Como cabía esperar, cualquier declaración del Papa sobre la situación de los divorciados vueltos a casar sería interpretada por los medios de comunicación como la puerta abierta al reconocimiento del adulterio -esa es la palabra que Cristo usa para referirse a quienes están en esa situación- y el acceso a la comunión de esas personas. El Papa dijo que los divorciados vueltos a casar no están excomulgados y los medios dan por hecho que les está permitiendo tomar la Eucaristía. Pues bien, no es así.
Doy por hecho que la mayor parte de los medios de comunicación seculares ignoran que existe una diferencia fundamental entre estar excomulgado y no poder comulgar. Luego están los medios de información religiosa perversos y manipuladores, que aun sabiendo la diferencia, hacen como si no existiera para torcer así el sentido de las palabras del Santo Padre.
Ciertamente todos los excomulgados no pueden comulgar, pero muchos de los que no pueden comulgar, sea de forma temporal o de forma “continua", no están excomulgados.
La excomunión supone literalmente la expulsión del bautizado de la Iglesia. Es la pena medicinal más “dura” y se aplica solo a determinados pecados o delitos. Entre ellos, el de la herejía, el cisma, el aborto y otros. El excomulgado queda fuera absolutamente de la vida eclesial, de tal forma que si muere en ese estado, ni siquiera podría recibir las exequias cristianas.
Como bien explica el P. Pedro María Reyes Vizcaíno:
Por lo demás, no sería legítimo afirmar la excomunión no es una institución evangélica: el Señor, en Mt 18, 17, establece la posibilidad de que la Iglesia expulse de su seno a quienes cometen pecados especialmente graves. Los primeros cristianos ya la practicaron. San Pedro, en Hch 8, 21, expulsó de la Iglesia a Simón el Mago, por pretender comprar el poder de administrar el sacramento de la confirmación: cometió el delito de simonía, que por este episodio tiene tal nombre. San Pablo, en I Cor 5, 4-5 también expulsó de la Iglesia a un delincuente, en este caso a un incestuoso. En esta ocasión, además, el texto de la epístola deja claro que la finalidad de la pena es medicinal: a fin de que el espíritu se salve en el día del Señor. Sin rodeos San Pablo exige a los corintios que apliquen la pena: “¡echad de entre vosotros al malvado!” (I Cor 5, 13).
Es doctrina católica, concretamente dogma de fe, que la comisión de un pecado mortal hace que el fiel no pueda recibir el sacramento de la comunión si no se ha confesado y ha sido absuelto del mismo.
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