¿Ha cambiado la Iglesia su doctrina? (Parte I)

Algunas entradas atrás, quedó pendiente responder a un verdadero desafío de un grupo de comentaristas escépticos, en base a esta pregunta.

La posición católica es conocida. Ante la constante revisión a que están sujetas las ideas en el mundo moderno, ante el relativismo que lo permea todo y parece ser la única constante, los católicos se empeñan en destacar la estabilidad de sus dogmas, como prueba de su veracidad y de su origen divino.

Los escépticos, a su turno, nos replican:

Pues mire, lo siento pero … va a ser que no. Y le pongo algunos ejemplos:
a) Hasta el año 381 (primer Concilio de Constantinopla) habia discrepancias sobre la naturaleza divina del Espiritu Santo.

b) Hasta el año 1215 (cuarto Concilio de Letrán) no estaba cerrado el concepto de la Transubstanciacion.

c) Hasta el año 1432 (concilio de Basilea) no se cierra definitivamente el Canon Biblico.

d) Hasta el año 1854 no se establece como dogma la Inmaculada Concepción.

¿Quién tiene la razón?

Nosotros, desde luego. Pero claro, no basta con mostrarlo, hay que demostrarlo, y para eso vamos a examinar qué queremos decir cuando afirmamos que las doctrinas católicas son inmutables.

Pero eso tendrá que esperar, porque antes de abordar directamente el tema, debemos hacer algunas advertencias.

Primero, tener presente que la Iglesia Católica es única en este respecto. Todos esperamos de las religiones cierta estabilidad, pero no siempre ha sido así. Las religiones politeístas y animistas, bajo las cuales ha vivido la mayor parte de los seres humanos, tenían dioses esencialmente caprichosos, que podían cambiar sus favores día a día y por eso debían ser “apaciguados".

A pesar de esta expectativa, la Iglesia católica sigue siendo única en este sentido. En efecto, Todas las religiones modernas ofrecen un núcleo básico de verdades inmutables, pero sólo los católicos sostienen que conservan la facultad de emitir nuevos pronunciamientos irreformables.

Así, dentro de las religiones modernas, el judaísmo y el islam cuentan con textos sagrados que presentan como inspirados por Dios, pero no con un órgano central que pueda hacer una declaración definitiva acerca de su interpretación. Como resultado de esto, cada creyente queda entregado a decidir por sí mismo entre las corrientes teológicas o filosóficas, cuál de ellas es la más acorde con la verdadera fuente.

Entre las comunidades nacidas luego de la reforma de Lutero, la situación es similar: se dice que la Biblia es la regla fundamental, pero en cuanto surge una divergencia percibida como fundamental, la separación es lo que se aplica. Las Iglesias orientales, por su parte, en lo formal conservan un principio de unidad en los patriarcas metropolitanos, y la adhesión a los primeros siete concilios ecuménicos, pero más allá no tienen una forma de resolver una disputa entre ellos sobre la interpretación de estas fuentes.

Un caso particular en este sentido sería el mormonismo, que efectivamente cuenta con una estructura jerárquica, capaz de emitir pronunciamientos obligatorios para todos los fieles, y en eso podría guardar cierto parecido a la Iglesia. Sin embargo, esto no se traduce en estabilidad doctrinal, pues sostiene que su líder puede recibir nueva revelación en cualquier momento, de modo que lo declarado hoy como cierto puede ser contradicho por una revelación posterior, sin mayor inconveniente o inconsistencia.

Un segundo elemento a tener en cuenta, si vamos a hablar de cambios en estas cuestiones, es que ninguna religión podría ser totalmente inmutable, o estar compuesta sólo de preceptos eternos. Desde luego hay ciertos principios de fe y moral que todos entendemos que no podrían cambiar y ni admitir excepciones, pero también hay otros, igualmente obligatorios, donde cualquier persona razonable aceptaría que debe existir el espacio para adaptaciones a las realidades concretas, sin que ello implique contradicción

Por ejemplo, el precepto de ir a misa los domingos es obligatorio, pero es evidente que si no hay cura que diga misa en 100 km a la redonda, no es una verdadera contradicción decir que ese católico está liberado de esa obligación.

Tercero, anotar que, como en este sentido la Iglesia es única, resulta natural que en ella haya existido una mayor reflexión que en otras religiones respecto a qué es inmutable y qué no, y que eso se reflejará en una doctrina con más sutilezas y matices. Si vamos a abordar una cuestión delicada como esta, debemos estar dispuestos a considerar argumentos de cierta complejidad, y no alegar que se trata de meras palabras o recursos retóricos, a la primera de cambio. Puede haberlos, pero no será nuestra primera explicación.

Existe la tendencia a pensar que las verdades de la religión deberían ser simples, tan accesibles que cualquiera las pudiera entender, para salvarse, pero eso presupone que nuestra salvación depende de nuestra capacidad intelectual, lo cual es falso. No seremos juzgados por lo correcto de nuestra teología, sino por el amor, pero parte de ese amor es también el amor a la Verdad, que es Jesús mismo.

Por otro lado, si la medicina no tiene que ser sencilla para ser efectiva, no veo por qué la religión tenga que serlo.

Una nota final, hay muchos supuestos “cambios de doctrina” que todavía provocan inquietud entre los mismos católicos y son objeto de debate. Sobre todo pienso en las supuestas innovaciones introducidas por el Concilio Vaticano II. Expresamente intentaré mantenerme alejado de esos ejemplos, para evitar la polémica asociada, porque probablemente nos distraerá de una verdadera discusión de principios, que es lo que me interesa.

Mantengan en mente que esta es una explicación originada en conversaciones con ateos y agnósticos, y no tanto con mis hermanos cristianos.

Hechas estas aclaraciones, vamos a lo nuestro.

¿Ha cambiado la Iglesia su doctrina?

Lamentablemente ese es todo el tiempo que tenemos por hoy. En la próxima entrada, y ya con estas advertencias en mente, intentaremos dar respuesta a esta pregunta.

Advertencia: Se filtrarán los comentarios acerca de innovaciones doctrinales del Papa, por ridículos.

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46 comentarios

  
Dirección InfoCatólica
No podemos a permitir que se aproveche la zona de comentarios de todos los blogs para arremeter contra el Papa venga o no venga a cuento, tenga o no tenga que ver con el tema del post.

Ya existen blogs en los que se ha abordado sus declaraciones en recientes entrevistas.

Por ejemplo:
http://infocatolica.com/blog/praeclara.php/1310020416-una-reaccion-creyente-a-las-p
http://infocatolica.com/blog/cura.php/1310010907-rafaela-mujer-yo-creo-que-lo
03/10/13 3:34 PM
  
Demandred
Se me ocurren algunos cambios:

- La existencia del limbo (desde el siglo V)
- La condenación de los no bautizados (ya no es asi)
- La esclavitud (la Iglesia ya no la tolera)
- La usura ( antes la Iglesia prohibía los prestamos con interés)
- La pena de muerte ( hoy en día la Iglesia se opone)
03/10/13 4:17 PM
  
Luis Fernando
- La existencia del limbo nunca formó parte del depósito de la fe.

- La condenación de los no bautizados siempre ha admitido excepciones (p.e, ignorancia invencible)

- No existe un solo documento magisterial promoviendo la esclavitud. La Iglesia siempre ha intentado limitar sus peores efectos. Por cierto, eso es lo que ocurrió precisamente a partir del emperador Constantino, ese al que tantos detestan sin saber los cambios humanitarios que introdujo en la legislación gracias al influjo del cristianismo.

- La Iglesia no tiene capacidad alguna de prohibir la actividad bancaria.

- Pena de muerte. Catecismo:

2267. La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas.

Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana.

Hoy, en efecto, como consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquél que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo «suceden muy [...] rara vez [...], si es que ya en realidad se dan algunos» (EV 56)
03/10/13 5:25 PM
  
Yo2
@Demandred
Y de todo lo que has dicho... que es verdad de fe o parte del cuerpo doctrinal?
Puedo opinar distinto y seguir siendo católico?
Amos! Podrías esforzarte un poco más, que hay temas más polémicos.
Un saludo en la Fe
03/10/13 5:53 PM
  
Joaquín
Respecto a los cuatro ejemplos que pone el autor:

a)Falso. El concilio de Constantinopla se convoca para atajar las dudas que habían surgido sobre lo que todos tenían claro: la divinidad del Espíritu Santo.
b)Aunque el término "transustanciación" es medieval, la idea de que una vez consagrado el pan eucarístico ya no es pan está implícita en la carta a los Corintios y explícita en San Ignacio (principios del siglo II).
c)Falso. El canon bíblico quedó cerrado en el siglo IV, cuando se resolvieron las dudas sobre la canonicidad de Hebreos, II Pedro, II y II Juan y Apocalipsis.
d)Verdad a medias. La proclamación formal del dogma es de esa fecha, pero la creencia es muy anterior. Está implícita en San Ireneo y es corriente en los Padres (si bien no usan esa terminología, la idea ahí queda).
03/10/13 6:52 PM
  
Franco
Ya va a saltar alguno diciendo que la declaracion de determinada doctrina como dogma es un cambio, de esos nunca faltan.
03/10/13 7:15 PM
  
Daniel Riquelme
De esto:

"Creo en Dios,
Padre Todopoderoso,
Creador del cielo y de la tierra.
Creo en Jesucristo, su único Hijo,
Nuestro Señor,
que fue concebido por obra y
gracia del Espíritu Santo,
nació de Santa María Vírgen,
padeció bajo el poder de Poncio Pilato,
fue crucificado,
muerto y sepultado,
descendió a los infiernos,
al tercer día resucitó de entre
los muertos,
subió a los cielos
y está sentado a la derecha
de Dios, Padre Todopoderoso.
Desde allí ha de venir a
juzgar a los vivos y a los muertos.
Creo en el Espíritu Santo,
la santa Iglesia católica,
la comunión de los santos,
el perdón de los pecados,
la resurrección de la carne
y la vida eterna.
Amén."

O de esto otro:

"Creo en un solo Dios,
Padre todopoderoso,
Creador del cielo y de la tierra,
de todo lo visible y lo invisible.

Creo en un solo Señor, Jesucristo,
Hijo único de Dios,
nacido del Padre antes de todos los siglos:
Dios de Dios,
Luz de Luz,
Dios verdadero de Dios verdadero,
engendrado, no creado,
de la misma naturaleza del Padre,
por quien todo fue hecho;
que por nosotros lo hombres,
y por nuestra salvación
bajó del cielo,
y por obra del Espíritu Santo
se encarnó de María, la Virgen,
y se hizo hombre;
y por nuestra causa fue crucificado
en tiempos de Poncio Pilato;
padeció y fue sepultado,
y resucitó al tercer día, según las Escrituras,
y subió al cielo,
y está sentado a la derecha del Padre;
y de nuevo vendrá con gloria
para juzgar a vivos y muertos,
y su reino no tendrá fin.

Creo en el Espíritu Santo,
Señor y dador de vida,
que procede del Padre y del Hijo,
que con el Padre y el Hijo
recibe una misma adoración y gloria,
y que habló por los profetas.

Creo en la Iglesia,
que es una, santa, católica y apostólica.

Confieso que hay un solo bautismo
para el perdón de los pecados.

Espero la resurrección de los muertos
y la vida del mundo futuro.
Amén."

que me diga un ateo, ¿qué lo que cambió?
03/10/13 7:55 PM
  
vicente
Nunca cambia la doctrina, sí cambia el modo de expresarla, etc....
03/10/13 8:37 PM
  
Hunter
Por alusiones, dado que los cuatro ejemplos fueron originalmente propuestos por mi.

Por favor, contestenme a esta pregunta.

El doctor de Aquino no creía en la Inmaculada Concepción, y, salvo error, estará a la derecha del Padre.

Yo hoy no puedo dejar de creer en ese mismo dogma, salvo pena de excomunión.

¿No ha cambiado la doctrina?
04/10/13 12:18 AM
  
Pato Acevedo
@ Hunter: No sólo por alusión, sino por enlace, Hunter. Siempre agradezco los comentarios que me dan tema para pensar. Si Dios quiere, intentaré contestar esa pregunta en la próxima entrada.
04/10/13 2:00 AM
  
DavidQ
A mí me da la impresión que más que "cambios", lo que hace la Iglesia son "aclaraciones", que una vez que están bien aclaradas, se fijan como dogma.

Un ejemplo clarísimo -y muy controversial- es la Asunción de la Virgen. Desde muy antiguo, podríamos decir que desde que la Virgen fue asunta, los católicos creemos en la Asunción. Y a la mayoría no le ha causado ningún problema. Alguno lo ha dudado, sin que eso causara mayor desvelo antes de 1950. A partir el 1 de Noviembre de 1950 ya no hay que dudar. A la mayoría nos da lo mismo, a algunos les causa escozor.

Veamos un poco a futuro: La Virgen como corredentora. Ahí corren ríos de tinta diciendo que sí, que no, que tal vez, que así sí, que asá no. Estamos confusos. El Magisterio aún no se pronuncia. Quizás tengan que pasar otros 18 siglos para que finalmente el Magisterio diga si es dogma, si no es dogma, de qué manera sí, de qué manera no. PERO ESO NO ES NI SERÁ NINGÚN CAMBIO. Si es, es. Si no es, no es. Simplemente hoy no sabemos con certeza, tenemos dudas al respecto. Pero no significa que hoy no sea y mañana sí. Significa que hoy no sabemos y dentro de 18 siglos sabremos. No es un cambio de doctrina, sólo es una aclaración.
04/10/13 3:36 AM
  
Ramontxu
¡Buena foto, Pato! Te imaginaba un poco mayor, con pelo moreno y con una expresión un poco más inteligente, pero no pasa nada.

En cuanto al tema del post, ya que parece que estás intentando sentar las bases para la discusión, creo que deberías definir lo que se entiende por "cambio de doctrina", con lo cual, lo más probable es que se termine la discusión.

Efectivamente, en castellano, añadir un dogma que no existía es un cambio de doctrina, como lo es una nueva prohibición, una nueva obligación o hacer explícito lo que estaba implícito (pero nadie se había dado cuenta). Así que, en castellano, los cambios de doctrina en la Iglesia Católica son abundantes, evidentes y fuera de toda discusión.

Sin embargo si defines "cambio de doctrina" como la negación explícita en una declaración ex cathedra de un dogma anterior o algo parecido, también se acabó la discusión, al menos por lo que a mi respecta. En este caso tu ganas: acepto tu palabra de que no ha habido cambios de doctrina.
04/10/13 9:27 AM
  
Demandred

* Limbo:

Cierto, hubo teólogos que se favorecieron a favor de su existencia, pero la Iglesia como tal, no se ha pronunciado.

* Condenación de no bautizados o el "fuera de la Iglesia no hay salvación":

Queda definido así en Letrán IV.

El Papa Eugenio IV (Cantate Domino, 1441): “La Iglesia Católica firmemente cree, profesa y predica, que ninguno de los que existen fuera de la Iglesia Católica, no solo paganos, sino también judíos, herejes y cismáticos, puedan tener una participación en la vida eterna, sino que van a entrar en el fuego eterno que fue preparado para el diablo y sus ángeles “

Ahora no es así, judíos, herejes, cismáticos y paganos pueden ir al cielo.

*Esclavitud: Es cierto que la Iglesia no promovía la esclavitud, pero tampoco se oponía y la toleraba, incluso después de la caída de Roma, la esclavitud se toleraba siempre y cuando los esclavos no fueran cristianos. En la construcción de la catedral de Santiago participaron esclavos musulmanes. Hubo Papas que disponían de esclavos.

Claramente la posición de la Iglesia es hoy abolicionista. No lo fue así en el pasado.

*Usura:

En el concilio de Viena (1311) se acuerdo que si alguna persona se obstinaba en afirmar en que no había pecado alguno en demanda de un interés, debía ser condenado como hereje. La prohibición de la usura por la Iglesia fue la principal razón por la cual era tan común que los judíos fueran prestamistas, al estar prohibida esta actividad para los cristianos.

* Pena de muerte: La posición de la Iglesia siempre derogó estas cuestiones en manos de los Estados. En los Estados Ponficios se aplicaba la pena de muerte y el Vaticano también se contemplaba su legislación a su favor . Pero últimamente, la postura ha cambiado con el último Papa
04/10/13 10:08 AM
  
Demandred
Por cierto que de otro tema del que se podría hablar y mucho es sobre la doctrina de la Infalibildad Papal...
04/10/13 10:14 AM
  
Ramontxu
No, Pato. La mayoría de la gente entiende que si antes no había que creer en una cosa y ahora si, eso es un cambio de doctrina. Que si antes no existía una obligación y ahora si, eso es un cambio de doctrina.

Si con "explicitar" quieres decir de verdad lo que sugieres en tu segundo punto ("adaptar un principio básico a una realidad concreta"), estoy de acuerdo, pero, en ese sentido, la mayoría de los dogmas no son explicitaciones de nada, porque no son adaptaciones de nada a la realidad, sino que son nuevos elementos de la doctrina, cambios en la doctrina.

Más bien verás que, en tu siguiente, o siguientes, posts sobre el tema te ves obligado a definir "explicitar" como "expresar claramente algo que estaba implícito u oculto", para poder alegar que un dogma determinado ya estaba contenido en algún oscuro texto de la Biblia, o algo así. Y ésta es una definición que sirve de subterfugio para sacarte de la manga cualquier cosa y decir que ya estaba implícita en algún sitio. Si eliges esta definición, te blindas contra cualquier razonamiento y no hay debate.
04/10/13 6:08 PM
  
Pato Acevedo
@ Ramontxu: Respóndeme una pregunta, a propósito de un ejemplo que pensaba usar: Cuando un homicida es condenado por su delito ¿es más o menos culpable que el día anterior a su condena?

Desde un punto de vista estrictamente jurídico efectivamente hay un cambio importante, antes y después de la sentencia, porque antes (incluso durante el juicio) la ley le presumía inocente, y después debe sufrir su castigo; pero desde la perspectiva común, la que usa la mayoría de las personas, decimos que en los hechos, él se hizo culpable cuando mató a otro, no cuando un juez declaró que lo era.

Efectivamente estamos ante un problema de definiciones, pero ambas perspectivas pueden entenderse en un sentido verdadero ¿Estarías de acuerdo con eso?

04/10/13 6:31 PM
  
Joaquín
Ramontxu: el cambio de doctrina, en el sentido en que lo entendemos nosotros, es que primero se mande creer una cosa y luego la contraria. Eso JAMÁS ha ocurrido. También lo es que se decrete que algo es ilícito y luego que se decrete lo contrario. Eso tampoco ha ocurrido JAMÁS. Respecto a la esclavitud, cierto que no se condenó universalmente hasta el siglo XIX, pero por otra parte tampoco hay un pronunciamento formal de ningún pontífice que declare zanjada la cuestión. La usura es un asunto más complicado, porque el funcionamiento de las finanzas en el siglo XIV nada tiene que ver con el actual. Es decir, que no ha cambiado la doctrina sino la realidad a la que se aplica esa doctrina. En cuanto a la pena de muerte, ten en cuenta que la Iglesia no empezó a tener una doctrina sociopolítica articulada hasta finales del siglo XIX, hasta entonces lo que hay son declaraciones inconexas y contradictorias, por el sencillo motivo de que no hay una doctrina revelada en materia política.
La clave está aquí: doctrinas divinamente reveladas (p.e. la Inmaculada) frente a doctrinas no divinamente reveladas (p.e. la inmoralidad de la esclavitud en todo caso), en las que Jesús dio poder a la Iglesia para decidir de modo definitivo (el "lo que ates en la tierra queda atado en el cielo" significa eso justamente), por supuesto contando con Su orientación.
04/10/13 7:00 PM
  
Ramontxu
Pato, en el ejemplo que mencionas, una cosa es el hecho (que el homicida cometió el asesinato) y otra cosa es la sentencia jurídica. Y aunque en ambos casos se puede utilizar la palabra "culpable", no tiene el mismo sentido en uno que en otro, y no se debe confundir. Estás jugando con las palabras, así que no, no estoy de acuerdo con eso.

Una cosa es la asunción y otra cosa es el dogma de la asunción. Sólo lo segundo es "doctrina".
04/10/13 7:53 PM
  
Antonio
Muchas gracias, me alegra un post de este tipo, me parecio gracioso pero sincero el terminar con la advertencia " por ridículos."
04/10/13 9:43 PM
  
Felipe
Traigo a colación otro ejemplo del que suelen usar para hablar de "cambios", no a nivel doctrinal pero sí de consideraciones dentro de la Iglesia: las canonizaciones.

¿Un santo/a lo es cuando se le canoniza, o cuando muere en gracia de Dios?

Lo correcto es la segunda afirmación, puesto que todo aquel que muere en gracia de Dios va al cielo y es santo. Si alguien muere en pecado venial, deberá pasar por el purgatorio para llegar al cielo, pero ciertamente su purgatorio debe ser menor en tiempo que el de aquellos que vivieron de manera inconsciente su fe sin ser pecadores mortales.

Hay, seguramente, santos canonizados que estuvieron o están en el purgatorio, pero la Iglesia al canonizarles lo que reconoce es que se han salvado (sí, quien va al purgatorio no puede ir al infierno, sólo demorará un poco en llegar al cielo) y que por sus obras comprobables pueden ser propuestos como modelo de vida cristiana e implorar su intercesión.

¿Por qué no puede ser, en varios casos, que aquellos cuyas causas de canonización demoran mucho en la primera fase (estudio de sus virtudes heroicas) pueda deberse a que aún están en el purgatorio y que la Providencia Divina determine que no puedan ser canonizados sino hasta llegar al cielo?

En resumen: con la canonización, la Iglesia no hace santos, pues estos hijos de Dios y de la Iglesia ya lo eran en el momento en que murieron en gracia de Dios.
04/10/13 10:35 PM
  
Ramontxu
Exacto, Joaquín. Si aceptamos ese sentido que vosotros le dais a la expresión "cambio de doctrina" no hay nada de lo que hablar. Concedo que hay una lógica interna en vuestros razonamientos. El problema es que vuestras conclusiones se basan en premisas arbitrarias.
04/10/13 10:43 PM
  
Hunter
Ramontxu,

No sólo eso. Es que además entienden "doctrina" sólo como aquello divinamente revelado en lo que un Papa ha tomado una decisión infalible e irrevocable.

Sobre lo demás, son doctrinas "no divinamente reveladas" y en consecuencia donde la Iglesia decide lo que le da la gana y los catolicos obedecen y punto.

Y si mañana cambian de opinión, los catolicos tambien tienen que cambiar de opinión y punto. Vease, como ejemplo, la Quanta Cura y la Dignitatis Humanae.

Pero eso sí, eso no es ningun cambio de doctrina

O dicho de otro modo, hay doctrina revelada que no cambia y se obedece y punto, y hay doctrina no revelada que cambia pero en realidad no cambia (y btambien se obedece y punto).

¿O si es doctrina no revelada, y en consecuencia mutable, no es doctrina y no hay que obedecerla?

Que me lo expliquen por favor.


04/10/13 11:21 PM
  
Franco
Ramontxu, si no hay nada de que hablar, ¿A que venis aca?

Hunter, harias bien en poner algun ejemplo de lo que decis, si es que vos mismo te entendes.
05/10/13 2:55 AM
  
Alf_3
Y sin haber entrado propiamente en el tema, las aclaraciones ya son varias. Controversial.
Pongo ejemplos del poder que dio Cristo a Pedro: Lo que atareis... :
-No se permitía la Cremación. Hoy sí.
-Han cambiado los requisitos para la Comunión(duración del ayuno previo).
Y me viene una idea respecto a la pena de muerte: al encerrar al criminal, dejaba de dañar. Hoy son muchos los crímenes que se realizan desde las prisiones. ¿A estos se les debería aplicar la muerte por seguir dañando seriamente a la sociedad?
Saludos.
05/10/13 10:31 PM
  
gringo
+Respecto a la esclavitud, nuevamente hay que recordar las bulas de Nicolás V Dun diversas y Romanus pontifex, que autorizan a los portugueses a esclavizar a los paganos y sarracenos de Africa y Asia, y que son la raíz del comercio transatlántico de esclavos a las colonias americanas (poca cosa, solo veinte millones de personas durante 400 años).
La esclavitud en todas sus formas y de manera contundente no fue condenada hasta el s.XIX por gregorio XVI.

+Respecto a cambios doctrinales es interesante la controversia del conciliarismo.
Dos concilios, el de Constanza y el de Basilea determinaron que la autoridad suprema de la Iglesia era el concilio, aunque al final en el concilio 5º de Letrán se impuso la idea de que el papa tenía la última y suprema palabra.

+También hay que tener en cuenta cómo el Concilio Vaticano II en su "Dignitatis humanae", corrige a Gregorio XVI en su encíclica "Mirari vos" y a Pío IX en la encíclica "Quanta cura" y su famoso "Syllabus", en lo referente a la libertad de conciencia y el derecho a cambiar de religión.
"Por muchas vueltas que le demos, no se puede evitar una conclusión: esta doctrina del Vaticano II [sobre libertad religiosa] es lo que Pío IX condenó en su encíclica Quanta cura".
(M. Rhonheimer, "Cristianismo y laicidad. Historia y actualidad de una relación compleja").
05/10/13 11:01 PM
  
Hunter
¿Un ejemplo? Con mucho gusto:

Con carácter preliminar: ¿Qué es la Doctrina?

Acudamos a la Pastor Aeternus:

“ El Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra, esto es, cuando en el ejercicio de su oficio de pastor y maestro de todos los cristianos, en virtud de su suprema autoridad apostólica, define una doctrina de fe o costumbres como que debe ser sostenida por toda la Iglesia, posee, por la asistencia divina que le fue prometida en el bienaventurado Pedro, aquella infalibilidad de la que el divino Redentor quiso que gozara su Iglesia en la definición de la doctrina de fe y costumbres. Por esto, dichas definiciones del Romano Pontífice son en sí mismas, y no por el consentimiento de la Iglesia, irreformables.”

Y ahora el ejemplo:

Mirari Vos, 1834 ”De esa cenagosa fuente del indiferentismo mana aquella absurda y errónea sentencia o, mejor dicho, locura, que afirma y defiende a toda costa y para todos, la libertad de conciencia. Este pestilente error se abre paso, escudado en la inmoderada libertad de opiniones que, para ruina de la sociedad religiosa y de la civil, se extiende cada día más por todas partes”

Dignitatis Humanae, 1965 “La persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. (...) todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos”.

Luego tengo dos opciones:

a) Mirari Vos y/o Dignitatis Humanae no gozan de infalibilidad, ergo pueden ser desobedecidos, ergo no son Doctrina.

b) La doctrina cambia.
05/10/13 11:35 PM
  
Franco
Hunter, es curiosa la costumbre de citar fragmentos de documentos eclesiales y sacarlos de contexto.
Veamos entonces, todo lo que dice Mirari Vos sobre la libertad de conciencia, y no solo una parte:

10. De esa cenagosa fuente del indiferentismo mana aquella absurda y errónea sentencia o, mejor dicho, locura, que afirma y defiende a toda costa y para todos, la libertad de conciencia. Este pestilente error se abre paso, escudado en la inmoderada libertad de opiniones que, para ruina de la sociedad religiosa y de la civil, se extiende cada día más por todas partes, llegando la impudencia de algunos a asegurar que de ella se sigue gran provecho para la causa de la religión. ¡Y qué peor muerte para el alma que la libertad del error! decía San Agustín[21]. Y ciertamente que, roto el freno que contiene a los hombres en los caminos de la verdad, e inclinándose precipitadamente al mal por su naturaleza corrompida, consideramos ya abierto aquel abismo[22] del que, según vio San Juan, subía un humo que oscurecía el sol y arrojaba langostas que devastaban la tierra. De aquí la inconstancia en los ánimos, la corrupción de la juventud, el desprecio -por parte del pueblo- de las cosas santas y de las leyes e instituciones más respetables; en una palabra, la mayor y más mortífera peste para la sociedad, porque, aun la más antigua experiencia enseña cómo los Estados, que más florecieron por su riqueza, poder y gloria, sucumbieron por el solo mal de una inmoderada libertad de opiniones, libertad en la oratoria y ansia de novedades.

Ahora, veamos. En primer lugar, en ninguna parte se condena a la libertad de conciencia, sino al indiferentismo religioso que conduce a defender esa libertad "a toda costa", incluso en detrimento de la conciencia misma a causa del desanimo, el desenfreno y la corrupcion en las costumbres, lo cual no afecta solo al ambito religioso, sino que sus consecuencias afectan a toda la sociedad, al haber desprecio no solo por lo sagrado, tambien por las leyes e instituciones civiles. Parece estar mas cerca de condenar el relativismo y la inmoderacion a la hora de actuar y expresarse segun la conciencia mal formada por ese indiferentismo, y de condenar el desprecio tanto a las cosas sagradas como a las instituciones civiles, tal como dije antes.
Veo ademas que en la cita de Dignitatis Humanae que escribiste pasaste por alto la parte que dice "dentro de los limites debidos". Esta falta de limites, es lo que se denuncia justamente en Mirari Vos("inmoderada libertad de opiniones" por ejemplo).
No hay, por tanto, contradiccion alguna entre ambos textos, ergo la doctrina no ha cambiado.
07/10/13 2:26 AM
  
Sonia S
Hola,

Solo me he leido vuestros dos ultimos comentarios, Hunter y Franco. Y hay cosas que no entiendo de estos textos que comentais. Y es que a veces se habla claro y otras de manera difusa. Dice que viene del indeferentismo, pero se refiere como 'locura', 'error pestilente' (que desagradable expresion) a la libertad de conciencia. Osea que se la maldice. O no?

Lo que me ha llevado a intervenir en el debate es la conclusion del documento de 1834. No es correcta. Todo al contrario. Desde que hay libertad de opinion el mundo se ha desarrollado mas que en 30 siglos anteriores. La riqueza el poder y la gloria estaban reservados a los reyes, nobles y notables, toda la demas poblacion vivia en la miseria.

Aunque, claro, hay que exculpar al Papa de entonces, poco se podria imaginar que en unas escasas generaciones mas habria aviones, coches y electricidad. Y lo que es mas importante, disponibles virtualmente para todos.

Y de hecho todo aquel sistema que desde entonces ha reprimido el don mas principal de la inteligencia ("libertad es libertad de pensar que dos+dos suman cuatro") como los totalitarismos, han perecido mas pronto (fascismo) o un poco mas tarde (URSS). Y no fueron poco importantes y poderosos.

Buen debate,
07/10/13 7:31 AM
  
Franco
Sonia, tal vez no lo explique lo suficiente, pero como escribo con un celular muy obsoleto, no puedo hacer comentarios demasiado largos.
Cuando Mirari Vos habla de "indiferentismo", se refiere a la forma de pensamiento que pone en pie de igualdad a todas las religiones, lo que va, y asi lo denuncia, en contra de la religiosidad misma. Recordemos que para entonces, las instituciones civiles estaban muy relacionadas con la creencia religiosa. Una sociedad que, por entonces, despreciara lo sagrado, terminaria haciendo lo mismo con lo civil. No es facil de explicar, para eso veamos que mas dice sobre la libertad de conciencia. Dice que el indiferentismo lleva a defender esa libertad a toda costa, si se le suma una inmoderada libertad de opinion, es decir, falta de limites, esta libertad podria atentar contra la sociedad misma. Hoy en dia podemos encontrar ejemplos de algo asi. Sin ir mas lejos, en la portada de InfoCatolica, podes ver uno: "La Patrulla Musulmana de Londres
impone la sharia en barrios de la
capital británica". Cabri preguntarse si en ese caso las autoridades britanicas deben respetar la libertad de esos individuos o ponerle limites.Veamos otro ejemplo del 2011:

Un tribunal holandes legliza un partido que promueve las relaciones sexuales con niños

Juzga vos misma sobre el ultimos ejemplo.
Saludos.
07/10/13 2:28 PM
  
gringo
Franco:
Lo quees curiosa es la costumbe católica de sostener una cosa y la contraria con total frialdad.
Cuando Gregorio XVI llama a la libertad de conciencia "absurda y errónea sentencia" y "locura", ¿cómo se puede decir que no la condena?.
¿No sabes analizar un texto?.
Al indiferentismo le llama "cenagosa fuente". Los demás piropos van destinados a la libertad de conciencia.
Y Pío IX es más claro si cabe.
En su Syllabus, proposición LXVII, se condena la idea de que el catolicismo deje de ser religión única del estado excluyendo a todas las demás.
En la LXXVIII, se condena que los extranjeros en países católicos tengan derecho a ejercer en público su culto.
En la LXXIX se culpa de la "peste del indiferentismo" a la libertad de culto.
Y todo eso va en contra de la Dignitatis humanae.
De lo contrario, resultaría que según la moderna doctrina católica, los inmigrantes no tendrían derecho a ir a sus propias iglesias, mezquitas, sinagogas, etc., que todos debríamos ser católicos a la fuerza, etc.
07/10/13 3:04 PM
  
Hunter
Franco:

"En ninguna parte se condena a la libertad de conciencia, sino al indiferentismo religioso que conduce a defender esa libertad a toda costa".

No es cierto.

El apartado 9 condena el indiferentismo religioso, y el apartado 10 (al que pertenece el texto que he citado) la libertad de conciencia. Así consta en sus respectivos encabezamientos.

Este apartado 10 califica el "defender a toda costa y para todos la libertad de conciencia" como absurdo, erroneo, locura, pestilente error, etc.

Dignitatis Humanae, por su parte, declara que "el derecho a la libertad religiosa está realmente fundado en la dignidad misma de la persona humana, tal como se la conoce por la palabra revelada de Dios y por la misma razón natural".

Lo siento, pero los textos dicen lo que dicen. Cuando las cosas son claras y diafanas, no hay que acudir a ningun contexto (que por lo demás tampoco modifica en nada lo aqui expuesto).

Y el propio Benedicto XVI lo reconoció en 2005: "al definir una nueva relación entre la fe de la Iglesia y algunos elementos esenciales del pensamiento moderno, el Concilio Vaticano II revisó o incluso corrigió algunas decisiones históricas de la autoridad eclesial precedente".

07/10/13 5:15 PM
  
Franco
Hunter, lo que decis seria cierto si en la enciclica no aparecieran expresiones tales como "a toda costa", "INMODERADA libertad de opiniones", etc. Estas expresiones indican claramente un cierto extremismo en lo que respecta a defender la libertad de conciencia, y los ejemplo que le di a Sonia son lo bastante claros. Y no hay que olvidar, como veo que volviste a hacer, que la Dignitatis Humanae dice "dentro de los limites debidos" ¿Que te parece que eso significa?
En lo que al contexto respecta, tiene mucho que ver, sobre todo en Mirari Vos.
Quisiera que me citaras, si en algun momento, BXVI dijo especificamente que hubo que cambiar alguna doctrina, porque eso de "decisiones historicas erroneas" no me dice nada.
07/10/13 7:06 PM
  
Hunter
Franco:

Su problema es el de siempre. Primero adopta la conclusión (la Doctrina no cambia) y despues retuerce ad infinitum los textos para que encajen con su conclusión.

No se agarre, por favor, a dos palabras en otro párrafo de los textos.

Es muy sencillo: si "la libertad de conciencia está fundada en la misma dignidad de la persona humana, conforme a la palabra revelada y a la razón natural", entonces debe ser defendida "siempre, a toda costa y para todos" (es decir, la proposicion de la Mirari Vos a sensu contrario).

Luego Mirari Vos y Dignitatis Humanae son incompatibles.

Haga un experimento. Sustituya "liberad de conciencia" por "derecho a la vida desde la concepcion". Estará de acuerdo conmigo en que esta ultima tambien se funda en la misma dignidad de la persona humana. Y ahora argumenteme, por favor, si es posible afirmar lo siguiente:

"aquella absurda y errónea sentencia o, mejor dicho, locura, que afirma y defiende a toda costa y para todos, el derecho a la vida desde la concepción. Este pestilente error se abre paso ..."

¿A que no cuadra? Pues eso.


07/10/13 10:34 PM
  
Franco
Hunter, el error de tu argumentacion al decir:
"la libertad de conciencia está
fundada en la misma dignidad de la persona humana, conforme a la palabra revelada y a la razón natural", entonces debe ser defendida "siempre, a toda costa y para todos"(es decir, la proposicion de la Mirari Vos a sensu contrario).
El error esta en considerar que Mirari Vos habla de la libertad de conciencia asi sin mas, ignorando que denuncia el defender esa libertad, aunque implique atentar contra el bien comun, y dice que la raiz de eso es el indiferentismo religioso, es decir, poner en igualdad a todas las religiones, una especie de relativismo religioso, y la falta de limites a la hora de expresar una opinion.
Sobre tu experimento, hay un pequeño problema: el derecho a la vida esta por encima del de conciencia, ya que es de donde salen los demas derechos. Ademas, habria que aclarar de que se habla cuando se dice "a toda costa". De todas formas, incluso el derecho a la vida puede verse en peligro sin poder evitarse(guerra, pena de muerte, etc.).
La libertad de conciencia, si no tiene sus justos limites, puede llevar a situaciones como las que puse como ejemplo antes(vale decir que esos limites se deben aplicar tanto en el terreno de las ideologias como en lo religioso para evitar el extremismo en ambos casos).
Saludos.
07/10/13 11:06 PM
  
Franco
Gringo, en vez de perder tu tiempo aca, mejor anda al blog de Juanjo, que todavia debe estar esperando tu respuesta.
Saludos.
08/10/13 1:26 AM
  
gringo
El Concilio IV de Letrán en sus cánones 68 a 70 condenaba a los judíos a llevar prendas que les distinguieran de los cristianos (¿recuerdan las estrellas amarillas en Alemania en los años 30?), les prohibía acceder a cargos públicos (¿recuerdan?) y también les negaba la posibilidad a los converso de volver a su antigua religión.
El canon 71 llamaba a preparar una nueva cruzada.
¿Puede realmente alguien sostener que la doctrina católica no ha cambiado, que el concilio Vaticano II no supone una ruptura con los concilios pasados, que son compatibles la Dignitatis humanae y la Pacem in terris con la discriminación a los judíos y la guerra santa?.
08/10/13 11:08 AM
  
Hunter
Franco, [snip].

Entre "la libertad de conciencia nace de la misma dignidad de la persona humana, dentro de los limites debidos" y "la libertad de conciencia para todos es absurdo, locura y pestilente error" hay tal diferencia de fondo que si ud. no quiere aceptarla, yo no puedo ayudarle. No hay mayor ciego que quien no quiere ver.

Pero le pongo otro ejemplo:

Syllabus SLXXVII. En esta nuestra edad no conviene ya que la Religión católica sea tenida como la única religión del Estado, con exclusión de otros cualesquiera cultos. CONDENADO

Syllabus LXXVIII. De aquí que laudablemente se ha establecido por la ley en algunos países católicos, que a los extranjeros que vayan allí, les sea lícito tener público ejercicio del culto propio de cada uno. CONDENADO.

Dignitatis Humanae:

A estas comunidades, con tal que no se violen las justas exigencias del orden público, se les debe por derecho la inmunidad para regirse por sus propias normas, para honrar a la Divinidad con culto público, para ayudar a sus miembros en el ejercicio de la vida religiosa y sustentarlos con la doctrina, y para promover instituciones en las que colaboren los miembros con el fin de ordenar la propia vida según sus principios religiosos.


Las comunidades religiosas tienen también el derecho de que no se les impida la enseñanza y la profesión pública, de palabra y por escrito, de su fe.

Forma también parte de la libertad religiosa el que no se prohiba a las comunidades religiosas manifestar libremente el valor peculiar de su doctrina para la ordenación de la sociedad y para la vitalización de toda actividad humana.

¿Esto tampoco ha cambiado?
08/10/13 6:32 PM
  
Franco
Hunter, a mi me parece que vos no queres entender. Y cuando citas frases sueltas me lo estas demostrando.
Con respecto al Syllabus, se la respuesta, pero me vas a tener que esperar hasta mañana. Mañana a la tarde te respondo, a mas tardar.
Saludos.
09/10/13 2:55 AM
  
Pepito
La doctrina católica de la libertad de conciencia y de religión no cambia en su esencia desde El Syllabus a la Dignitatis Humanae, sino lo que sucede es que en la actualidad se aplica de una manera más tolerante, atendiendo al criterio del mal menor, dada la creciente secularización de los Estados otrora católicos y confesionales, así como el debilitamiento de la Fe y la pérdida del sentido de pecado en sus ciudadanos, a fin de evitar mayores males.

Los Papas, al comprobar la creciente secularización de los Estados, no exigen un cumplimiento tan severo de la confesionalidad católica del Estado, aunque no renuncian a ella, y permiten que en tales estados secularizados existan, como mal menor, otras religiones dentro de los límites exigidos por la Ley natural y el orden público.

Algo parecido a la tolerancia de la prostitución, que se hace por evitar mayores males, pues como dijo San Agustín "prohíbe la prostitución y verás aumentar el número de violaciones."

Pero es simplemente ejercicio de tolerancia no cambio esencial de la doctrina.

11/10/13 12:56 PM
  
Hunter
Pepito,

Admirable. Es la misma doctrina, pero haciendo la "vista gorda".

Hágame el favor, dígame en que parte de la DH dice eso, porque no lo encuentro.

Los textos dicen lo que dicen, no lo que a uds. les gustaría que dijeran.
11/10/13 2:42 PM
  
Pepito
Hunter:

Cualquier versado en moral sabe que hacer uso del criterio del mal menor, dadas ciertas circunstancias, no es hacer la vista gorda ni adulterar la doctrina ni la moral, sino mero ejercicio de piadosa tolerancia.

Algunos cuando la Iglesia es rígida en matener la doctrina la llaman intolerante y cuando es tolerante, por ciertas circunstancias concurrentes que lo justifican, la llaman corrompida o que adultera o cambia su doctrina o que hace la vista gorda.

Son semejantes a los niños que cantan en la plaza: Os tocamos la flauta y no habéis danzado, os hemos dado palmas y no habéis cantado, porque cuando mantenemos la doctrina a rajatabla nos llamáis intolerantes y cuando somos tolerantes, aplicando por justa causa el criterio del mal menor, entonces nos llamáis relajados, corruptos o que hacemos la vista gorda. Con nada estáis contentos.
11/10/13 7:48 PM
  
Franco
Hunter, la DH habla de libertad segun la ley natural, mientras que el Syllabus habla de la libertad de conciencia en contexto determinado. No por casualidad el Syllabus es, basicamente, el listado de los errores de "nuestro tiempo", es decir, del momento en que fue escrito. Todos aquellos derechos provenientes de la ley natural son los mismos en todo tiempo y lugar, pero sus alcances, limites, y hasta excepciones, varian segun el contexto historico. Asi, hoy dia, no es gran problema permitir casi cualquier religion en la mayoria de los paises, pero en el Israel de hace 2000 a 3000 años, tal cosa era impensable, ya que eso implicaria permitir incluso los sacrificios humanos, recien nacidos inclusive. El Syllabus entonces, condena lo que en su contexto y circunstancias, se consideraron errores. Si te fijaras en las circunstancias en que fue escrito, te darias cuenta por que condena, entre otras cosas, a la libertad de conciencia y el estado laico.
Saludos.
11/10/13 11:21 PM
  
Hunter
Segun Pepito, hoy se aplica el Syllabus pero suavizado, por aquello del mal menor.

Según Franco, lo que vale es la DH, pero el SY lo matizaba en su tiempo concreto, por cosas de aquel momento.

Y luego el que no se entera soy yo.

Ahhhh.

Postdata: Franco: entonces, si la doctrina valida era la de la DH, pero en tiempo de Leon XIII no se podía adoptar, entonces me esta dadno la razon: lam doctrina ha cambiado. Punto.

Y nno desvie el debate. el syllabus no es de hace 2000 o 3000 años. Es de hace 150.
12/10/13 12:06 AM
  
Franco
Hunter, como te lo explico... La doctrina no ha cambiado. Si el Syllabus dijera "errores de todos los tiempos" tendrias razon, pero no lo dice. Y obviamente, no te tomaste la molestia de averigüar contexto alguna. Es la unica forma de que no podas entenderlo.
12/10/13 3:29 AM
  
Hunter
Yo insisto, con la esperanza de que alguien me lo aclare:

Pepito: la doctrina "a rajatabla" es la de Mirari Vos / Quanta Cura / Syllabus, pero hoy no se aplica por aquello del mal menor.

Franco: la doctrina reflejada en DH no ha cambiado, ya que en el Syllabus sólo se analizaban errores concretos de un momento temporal concreto.

Aclaranse, por favor, y luego me lo comentan.

Si ni siquiera saben cual es la doctrina, ¿como van a defender que no ha cambiado?

Ah, por cierto. ¿Me podrían dar las fuentes autorizadas de lo que afirman? Porque yo llevo todo el rato con citas literales de los documentos doctrinales de la Iglesia, y lo que ustedes dicen ... no lo pone en ninguna parte.
13/10/13 5:27 PM
  
Pepito
Hunter:

La Dignitatis Humanae es una de las Declaraciones conciliares del Concilio Vaticano II y responde al espíritu de aggiornamiento o puesta al día de la Iglesia respecto a los cambios operados en el mundo moderno. Y uno de los caracteres de ese aggionamiento es ejercer la tolerancia respecto a la nueva situación de los tiempos en materia de libertad religiosa y de conciencia.

Por tanto, aunque en DH no se diga expresamente que es un ejercicio de tolerancia respecto a la nueva situación de hecho, no hace falta, pues es evidente que implícitamente responde a ese espíritu de tolerancia que preside el Vaticano II.

La Doctrina tradicional de la Iglesia respecto a la libertad religiosa y de conciencia no cambia en su esencia en el aspecto moral, sino que lo que cambia es su aplicacion al ámbito jurídico civil y político, teniendo en cuenta la creciente secularización de los ciudadanos y el laicismo y aconfesionalidad de los Estados.

Ante tales hechos consumados (secularización y laicismo), la Iglesia no renuncia ni cambia esencialmente su doctrina desde el punto de vista moral, sino que simplemente decide no exigirla o aplicarla rigurosamente en el ámbito civil en sus relaciones con la sociedad y el Estado moderno, para impedir mayores males, haciendo un ejercicio de tolerancia.

La Iglesia sigue queriendo que todos los Estados cuyos ciudadanos son católicos la mayoría, fuesen confesionales y no se permitiesen en ellos otros cultos religiosos más que el católico, pero a la vista de que ello traería mayores males, debido a los fenómenos innegables de la secularización, el laicismo y los fuertes flujos de emigración, renuncia no a tales principios doctrinales sino a su aplicación rigurosa y hace un ejercicio de tolerancia a fin de evitar mayores males.

De ahí que Juan Pablo II, dijese por ejemplo que la Iglesia en su relación con los Estados no exige la confesionalidad de los mismos. Pero ello no quiere decir que la Iglesia renuncie a su doctrina tradicional de que los Estados cuya mayoría de ciudadanos son católicos sean confesionales, sino que sencillamente decide aquí y ahora, dada la nueva situación de secularización y laicismo consumados, no exigirla rigurosamente para evitar males mayores.

Yo lo veo así, se trata de un ejercicio de tolerancia para evitar mayores males, pero no de un cambio esencial de doctrina.

Te he dado mi explicación, que creo correcta, pero si a tí no te convence, no puedo hacer más. Puedes pensar lo que te parezca más correcto. Faltaría más.



14/10/13 11:44 PM

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