(379) Amoris lætitia–7. Norma moral... discernimiento y conciencia –y II

Ghirlandaio - Visitación -1486

–¿Más de lo mismo? Por favor…

–Por la gloria de Cristo y de su Iglesia, y por la salvación de los hombres.

Son tantas hoy las voces en este tema contrarias a la doctrina católica, incluso dentro de la misma Iglesia –o las voces que permanecen calladas– que no vendrán mal mis consideraciones. Y entro en la cuestión actualmente más discutida.

1. Las parejas «irregulares» y la comunión eucarística

–Sobre la comunión eucarística de adúlteros y de otras parejas «irregulares» la Amoris lætitia no cita las normas tradicionales reafirmadas con precisión por Juan Pablo II y Benedicto XVI, y que hoy siguen vigentes (1981, exhort. ap. Familiaris consortio 84; 2003, enc. Ecclesia de Eucaristia 36-37; 2007, exhort. ap. Sacramentum caritatis 29;). ¿Significa esto que esas disposiciones de los Papas no está vigentes?

El cardenal Caffarra en una entrevista concedida a La Nueva Bussola Quotidiana (25-V-2016) hace notar que «el capítulo VIII [de la Amoris lætitia ], objetivamente, no es claro. ¿Cómo se explicaría si no el “conflicto de interpretaciones” que ha estallado entre los obispos? Cuando esto ocurre, es necesario verificar si hay otros textos del Magisterio que sean más claros, teniendo presente un principio: en materia de fe y de moral el Magisterio no puede contradecirse […]

«Quien vive en un estado de vida que objetivamente contradice el sacramento de la Eucaristía no puede acceder a ella. Como enseña el Magisterio precedente, pueden acceder en cambio quienes, no pudiendo satisfacer la obligación de la separación (por ejemplo, a causa de la educación de los hijos nacidos de la nueva relación), viven en continencia. El Papa toca este punto en una nota (la n. 351). Ahora bien, si el Papa hubiera querido cambiar el Magisterio precedente, que es clarísimo, habría tenido el deber, y el deber grave, de decirlo clara y expresamente. No se puede cambiar la disciplina secular de la Iglesia con una nota [a pie de página], además de tenor incierto. Estoy aplicando un principio interpretativo que siempre se ha admitido en Teología. El Magisterio incierto se interpreta en continuidad con el precedente».

Sin embargo, la AL estima más bien que en el acceso de las parejas irregulares a la comunión eucarística no deberían aplicarse normas absolutas, vinculantes a la obediencia «semper et pro semper», sino que en cada caso debe llegarse a la opción conveniente considerando el «discernimiento» del pastor y la «conciencia» de las personas.Esto se comprueba en las citas que recuerdo ahora abreviadas, y que ofrecí completas en mi último artículo (378):

(300) «Si se tiene en cuenta la innumerable diversidad de situaciones concretas… sólo cabe un responsable discernimiento personal y pastoral»… también «en lo referente a la disciplina sacramental»… (303) … «la conciencia puede reconocer no sólo que una situación no responde objetivamente a la propuesta general del Evangelio. También puede reconocer con cierta seguridad moral que ésa es la entrega que Dios mismo está reclamando en medio de la complejidad concreta de los límites, aunque todavía no sea el ideal objetivo»… (305) … «es posible que, en medio de una situación objetiva de pecado –que no sea subjetivamente culpable o que no lo sea de modo pleno– se pueda vivir en gracia de Dios, y también se pueda crecer en la vida de la gracia y de la caridad, recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia». (Nota 351): «En ciertos casos, podría ser también la ayuda de los sacramentos» [alude a la Penitencia y a la Comunión eucarística]… (305 sigue) «El discernimiento debe ayudar a encontrar los posibles caminos de respuesta a Dios y de crecimiento en medio de esos límites».

 

2. «Discernimiento» moral del caso concreto

–(301) «Ya no es posible decir que todos los que están en alguna situación así llamada “irregular” viven en una situación de pecado mortal, privados de la gracia santificante», nos asegura la AL. Pero, como señala Stephan Kampowski, profesor del Pontificio Instituto Juan Pablo II, «en realidad, nunca se ha podido decir lo que Francisco afirma que no se puede decir más. San Juan Pablo II en 2003 escribe: “el juicio sobre el estado de gracia, obviamente, corresponde solamente al interesado, tratándose de una valoración de conciencia” (enc. Ecclesia de Eucharistía 37)». Y aún para la misma persona es ésta una tarea hasta cierto punto imposible: «nadie puede saber con certeza de fe, libre de toda posibilidad de error, que ha obtenido la gracia de Dios» (Trento, Decreto justificación 9: Denz 1534).

El sacerdote no tiene misión ni facultad para juzgar, esto es, para discernir sobre el estado íntimo de gracia de las personas. Pero varios textos de la AL parecen encomendarle ese ministerio, que vendría a autorizar o a prohibir la comunión eucarística a las parejas irregulares. De internis neque Ecclesia iudicat, dice el adagio; y el mismo papa Francisco: «¿quién soy yo para juzgar?». Santo Tomás advierte que hace «un juicio imprudente» aquel que «presume de juzgar de las cosas ocultas que sólo Dios tiene el poder de juzgar» (Com. ad Romanos II, 1,176). Si un sacerdote, ateniéndose al discernimiento de internis en el caso de unos adúlteros, por ejemplo, les autoriza la comunión, juzga con imprudencia; y con la misma imprudencia obra si, con ese mismo motivo, les prohíbe el acceso al sacramento. Podrá, sí, prohibírselo ateniéndose a las leyes de la Iglesia, a quien ha de servir fielmente.

Kampowski hace notar que «las palabras del Santo Padre sobre el discernimiento no pueden interpretarse, pues, como una invitación a discernir el estado de gracia de los fieles individuales, para a continuación, en caso de un juicio positivo, poder admitir a la comunión a las personas en situación objetiva de pecado. El Papa pediría algo imposible». Y Christian Brugger, profesor en Denver, EE.UU., del Seminario teológico, escribe: «Si no podemos y no debemos juzgar las almas de los otros, entonces no podemos ni debemos condenarlas, diciendo que son ciertamente culpables de pecado mortal, pero tampoco absolverlas, diciendo que no son subjetivamente culpables al llevar a cabo una decisión [contraria al mandato de Dios] en materia grave. No podemos juzgar» (Cinco serios problemas con el capítulo 8 de «Amoris lætitia»).

La Iglesia debe juzgar en ciertos casos, pero solamente de externis, es decir, de la objetividad de ciertos actos o de los estados objetivos de vida tenidos o mantenidos por una persona en modo consciente y libre. La Iglesia juzga, sí, por mandato de Cristo, concretamente cuando el sacerdote en el sacramento de la penitencia, oído el penitente, decide si debe «atar o desatar» (Mt 16,19). No es el ministro de Cristo una máquina expendedora de absoluciones: como si apretando una tecla, saliera un perdón automático. Ateniéndose a los datos objetivos que el propio penitente le comunica, juzga-discierne si debe o no darle la absolución de sus pecados; pero, por supuesto, suspende el juicio sobre el estado íntimo de su secreta conciencia. Ya dice Santo Tomás que Dios «nos ha dado el juicio de las cosas externas [… pero] ha reservado para sí las internas» (Com. Mat. 7,1).

Por ejemplo, si una pareja de concubinarios o de adúlteros, en orden a recibir la comunión, comunican a un sacerdote que «conviven en relaciones sexuales, como si fueran esposos», y que al menos por ahora piensan seguir así, el sacerdote deberá decirles –con toda la bondad y amabilidad que logre reunir– que no les es lícita la comunión eucarística, porque esa forma de vida está gravemente prohibida por Yavé en el Decálogo, por Cristo en el Evangelio y, consecuentemente, por la Iglesia en sus leyes canónicas. En efecto, si «la fornicación es la unión carnal entre un hombre y una mujer fuera del matrimonio» (Catecismo 2353), y según ellos mismos confiesan, en ella está viviendo, el pastor podrá y deberá invitarles en lo posible al acompañamiento personal, a catequesis, retiros y a todo lo que, con la gracia de Dios, pueda hacer para ayudarles a la conversión y el cambio de vida. Pero en conciencia deberá decirles con total claridad y caridad que no les es posible recibir la absolución y la comunión, mientras ellos no tengan ni siquiera el propósito de salir cuanto antes de una vida de pecado a una vida de amor a Dios, expresada en la obediencia a sus mandatos.

En orden al discernimiento pastoral necesario, se dice en varios lugares de la AL que unas personas pueden estar en gracia de Dios aunque vivan habitualmente en modos objetiva y gravemente inmorales (p.ej. 303 y 305). Ahora bien, como dice Brugger, «es verdad también que si un pastor supiera que se encuentran en una ignorancia [invencible] de este tipo, tendría el deber de caridad de ayudarles a salir de su situación objetivamente pecaminosa. Pero el pasaje citado [305] no supone que el pecador está en un estado de ignorancia invencible, o que el pastor supone eso. El pasaje supone que las personas que [consciente y] objetivamente cometen adulterio pueden pensar que están “en gracia de Dios”, y que también su pastor puede pensarlo, y que su juicio es justo porque aprueba lo que en realidad Dios les está pidiendo a ellos aquí y ahora, aunque no sea todavía el ideal. El pastor debe ayudarles a encontrar la paz en su situación, y debe ayudarles a recibir “la ayuda de la Iglesia”, que (como claramente dice la nota 351) incluye ”la ayuda de los sacramentos”…

«Y así, una vez más, los obispos alemanes obtienen finalmente lo que quieren […] Más en general, todos los que han disentido contra las enseñanzas morales absolutas de la Iglesia [p.ej., Trento, Denz 1661; canon 915; Familiaris consortio 84] obtienen lo que querían, porque esos llamados absolutos son ahora ideales no vinculantes, y las personas que piensan que la anticoncepción y otras cosas son justas para ellos aquí y ahora harían simplemente lo que Dios les está pidiendo en sus situaciones complejas».

La conciencia cristiana, sin embargo, no puede crear la ley moral, sino que aplica esa ley al caso concreto. No es la conciencia auto-noma del hombre la que, siguiendo la tentación diabólica, tiene «el conocimiento del bien y del mal»; es decir, la que decide lo que es bueno y lo que es malo. Al contrario, como dice el Vaticano II, tratando del matrimonio, en fórmula muy precisa, «los esposos cristianos sean conscientes de que no pueden proceder a su antojo, sino que siempre deben regirse por la conciencia, la cual ha de ajustarse a la ley divina misma, dóciles al Magisterio de la Iglesia, que interpreta auténticamente esa ley a la luz del Evangelio» (Gaudium et spes 50).

 

3. El matrimonio cristiano considerado como «el ideal», más que como «realidad» de gracia

Con frecuencia la AL se refiere al «ideal» de la vida cristiana, en vez de hablar de las «normas morales» que lo configuran y posibilitan. Esa alusión al «ideal» es frecuente concretamente cuando se refiere al «ideal del matrimonio cristiano» (nn. 34, 36, 38, 119,157, 230, 292, 298, 303, 307, 308). La expresión admite por supuesto un sentido verdadero y positivo. Pero más bien se presta a error en varios sentidos.

Así lo indica el cardenal Caffarra en la entrevista antes citada: «La fidelidad conyugal no es un ideal que hay que alcanzar. La fuerza para ser fieles está dada en el sacramento. ¿Se imaginan un marido que le dice a su esposa: “serte fiel es un ideal que intento alcanzar; pero que aún no consigo”?… La palabra “ideal” se utiliza demasiado a menudo en la Amoris lætitia; es necesario prestar atención sobre este punto». Lo mismo piensa Russell Ronald Reno, editor de «First Things», en su artículo Permanencia.

-Las normas absolutas deben ser obedecidas desde el principio, al menos intencionalmente, con un firme propósito, y con conciencia de culpa si no se cumplen. Una mujer, por ejemplo, no debe considerar como un simple «ideal» la evitación del aborto, que es una acción intrínsecamente mala, en la que quizá haya incurrido varias veces. Desde el principio debe considerar el aborto como «un crimen abominable», como un pecado mortal, que ninguna circunstancia puede hacer lícito. Y aunque ella esté muy incipiente en la vida cristiana, siempre le asistirá la gracia del Señor para que no cometa un homicidio. Por eso el pastor habrá de animarle a mantenerse unida a Dios por la obediencia, con la decisión firme de no separarse de Él por el pecado mortal del homicidio. No puede ser real el amor a un Padre, si se está matando a sus hijos.

De modo semejante, la evitación del concubinato, del divorcio o del adulterio, no es únicamente un ideal hacia el cual se ha de tender, sino que se trata de normas morales de Dios absolutas, que deben ser obedecidas en toda circunstancia y situación, porque configuran y posibilitan en el matrimonio la única forma de convivencia sexual digna del hombre y de la mujer, según la ley del Creador que los hizo. Por eso obligan, en principio, bajo pecado mortal. Y estos pecados aludidos son, por supuesto, mucho más graves cuando no son meramente caídas esporádicas, sino cuando se realizan consciente y libremente como modos de vida estables. En este sentido, enseña el Catecismo que «el hecho de contraer [después del divorcio] una nueva unión, aunque reconocida por la ley civil, aumenta la la gravedad de la ruptura: el cónyuge casado de nuevo se halla entonces en situación de adulterio público y permanente» (2384).

Esta verdad fundamental queda insuficientemente afirmada en AL, que abunda en cambio en frases de gradualidad moral al tratar de las parejas «irregulares». Por ejemplo (308): del peso de las circunstancias atenuantes, «se sigue que, “sin disminuir el valor del ideal evangélico, hay que acompañar con misericordia y paciencia las etapas posibles de crecimiento de las personas que se van construyendo día a día», dando lugar a “la misericordia del Señor que nos estimula a hacer el bien posible” (Evangelium gaudii 44)». Esas frases pueden llevar a pensar en «la gradualidad de la ley» que Juan Pablo II rechazó en la Familiaris consortio (34): los esposos «no pueden mirar la ley como un mero ideal que se puede alcanzar en el futuro, sino que deben considerarla como un mandato de Cristo Señor a superar con valentía las dificultades. “Por ello la llamada ley de gradualidad o camino gradual no puede identificarse con la gradualidad de la ley, como si hubiera varios grados o formas de precepto en la ley divina para los diversos hombres y situaciones” (Hom. clausura Sínodo Obispos 8. 25-X-1980)».

El vivir consciente y libremente la fornicación en forma estable por el concubinato o el adulterio difícilmente puede ser considerado como «el bien posible» que la misericordia de Dios «estimula» en una cierta etapa de la unión de una pareja. Resulta impensable que Dios pueda querer para el hombre algo que, según la misma Revelación divina, es un pecado mortal, que aparta al hombre de la comunión con Dios.

-Es cierto que la misericordia de Dios va asistiendo a las parejas a realizar cada vez mejor «el ideal del matrimonio cristiano» (203); pero también es cierto que siempre las asiste para que puedan evitar los pecados mortales que lo hieren y falsifican. La evitación de los crímenes siempre está posibilitada por la gracia de Dios en los cristianos. Puede un incipiente discípulo de Cristo no tener posibilidad todavía de hacer grandes bienes, porque la gracia de Dios no le mueve aún a ello; pero siempre tiene asistencia de la gracia para no incurrir en pecados mortales: aborto, pedofilia, adulterio persistente, narcotráfico, etc. La misericordia de Dios siempre nos asiste para evitar los pecados mortales, pues éstos nos impiden «vivir en gracia de Dios». De ellos, con la gracia de Dios, hay que salir cuanto antes por el arrepentimiento y el perdón sacramental de Cristo y de la Iglesia. No existe ninguna situación en la que lo aconsejable sea otra cosa que dejar de cometer un pecado mortal.

«El Evangelio es poder de Dios para salvación de todo aquel que cree» (Rm 1,16). Siempre que Dios nos da algún mandato –como «no lo separe el hombre… no cometerás adulterio»…–, siempre nos da gracia suficiente para que lo cumplamos. Es decir, todos los mandamientos de Dios son promesas anunciadoras de sus gracias, porque Él se compromete a posibilitarnos el cumplimiento de lo que nos manda. No insisto en el tema, porque ya lo traté al final del artículo (377), recordando en especial la doctrina de Trento. Y en este sentido, en las «parejas irregulares», al menos tratándose de cristianos –que son los destinatarios expresos de la AL–, fácilmente puede entenderse mal que su situación sea considerada como «la respuesta generosa que se puede ofrecer a Dios» por el momento, es decir, «la entrega que Dios mismo está reclamando en medio de la complejidad concreta de los límites, aunque todavía no sea plenamente el ideal objetivo» (203).

-El peligro de presentar el matrimonio cristiano como un «ideal» hacia el cual tender, más que como una «realidad» de gracia que se ha de recibir, se acentúa cuando el ideal se califica de «abstracto».También este término, que la AL emplea en pasajes importantes, se presta a malentendidos. Las normas que promueven la monogamia y prohiben la poligamia, las que afirman la indivisibilidad del matrimonio y prohíben el adulterio,  no son meramente ideales; son leyes morales naturales, absolutamente reales, grabadas por el Creador «al principio» en la naturaleza del hombre, y consiguientemente no son abstracciones ni idealizaciones exageradas, aunque su observancia sea muy infrecuente en las «parejas “reales”» del mundo pagano o descristianizado.

(36)…. «hemos presentado un ideal teológico del matrimonio demasiado abstracto, casi artificiosamente construido, lejano de la situación concreta y de las posibilidades efectivas de las familias reales. Esta idealización excesiva», etc.

Desde luego, «los pensamientos y caminos» del matrimonio cristiano, al ser los propios de Dios, distan tanto de «los pensamientos y caminos» de los matrimonios mundanos como el cielo de la tierra (cf. Is 55,8-9). Los misioneros, por ejemplo, que predican el Evangelio a polígamos, abortistas o antropófagos, les llaman a una vida  nueva, sumamente distante de «las familias “reales”» que les oyen. Pero ésa es premisa primera de todo el Evangelio, ya que éste hace en el nuevo Adán «hombres nuevos» (Ef 2,15; 2Cor 5,17), nuevos matrimonios y familias. Los cristianos no son meramente «hombres terrenales», como los que vienen del viejo Adán: son «hombres celestiales» (1Cor 15,45-46), renacidos en Cristo por obra del Espíritu Santo, que renueva la faz de la tierra. Y este proceso no es de idealización, sino propiamente de realización.

En este sentido los matrimonios paganos o descristianizados son «irreales», porque masivamente se alejan de su íntima ley natural, la que el Creador inscribió y mantiene en ellos. Por el contrario, en la medida en que estos matrimonios mundanos reciben de Cristo por la Iglesia la gracia sobre-natural y sobre-humana que los sana y los salva, en esa medida se hacen «reales» y naturales.

 

4. La negación de «actos intrínsecamente malos»

Quienes niegan la existencia de normas morales que prohíben siempre actos intrínsecamente malos –el aborto, por ejemplo–, cualesquiera que sean las circunstancias o fines, niegan la Cruz de Cristo. Se autorizan a sí mismos a desobedecer la ley de Dios en aquellos casos en que exige muerte. Se apartan de Cristo, «obediente hasta la muerte, y muerte de Cruz» (Flp 2,8). Suprimen el martirio de la historia cristiana; lo echan fuera por insano y perjudicial. En lo referente a la comunión de los adúlteros y otras parejas «irregulares», impugnan y resisten la doctrina y disciplina secular de la Iglesia (Familiaris consortio, 84; canon 915; Veritatis splendor, cp. II, IV; III; etc.). Consiguen con ello que el edificio completo de la teología moral católica se derrumbe, porque si no existen actos intrínsecamente malos, no se puede entonces calificar de malo ningún comportamiento, pues toda acción mala lo es o bien intrínsecamente o bien por su relación con un mal intrínseco.

Sin embargo, antes del Sínodo de 2015, el cardenal Schönborn, señalado hoy por el papa Francisco como intérprete fidedigno de la Amoris lætitia, declaraba en una entrevista: «Pienso que nos encontramos frente a un elemento que tendrá mucha importancia durante el próximo Sínodo. Y no oculto que yo había quedado conmovido por el hecho de que un modo de argumentar puramente formal maneje el hacha de lo “intrinsece malum”, es decir, del acto considerado siempre moralmente malo, independientemente de las intenciones y de las circunstancias».

Esta convicción –que por ejemplo, haría lícito el aborto en circunstancias personales o familiares extremas–, implica más o menos los rasgos que caracterizan la moral de situación, el consecuencialismo, la moral casuística.

 

4.1 Situacionismo. De este error traté en la última parte de mi artículo (374), al que me remito. Según esta moral errónea pueden darse circunstancias concretas en las que la conciencia quede eximida de obedecer leyes morales absolutas.

El cardenal Schönborn en la misma entrevista: «Sobre la cuestión del divorcio [y de los divorciados vueltos a casar], esta figura argumentativa ha sido sistemáticamente excluida por nuestros moralistas intransigentes. Si se lo comprende mal, lo “intrinsece malum” suprime la discusión sobre las circunstancias y sobre las situaciones de la vida, complejas por definición. Un acto humano jamás es simple»… «Hay también situaciones en las que el sacerdote, como acompañante que conoce a las personas en el fuero interno [al discernir que la pareja vive en gracia de Dios (!)], puede llegar a decir: “Vuestra situación es tal que, en conciencia, en vuestra conciencia y en la mía de pastor, veo el lugar de ustedes en la vida sacramental de la Iglesia”».

El cardenal Kasper, en una entrevista posterior a la AL, declaraba que está abierta la puerta a la comunión de los divorciados vueltos a casar. Y aducía un caso concreto: «Cuando yo fui obispo de Rottenburg [1989-1999], un párroco me contó de una madre separada y vuelta a casar, que había preparado a su hija para la primera Comunión de una manera mucho más intensa y sólida que otras madres. Era una mujer muy activa en la comunidad parroquial y en Caritas. Así, pues, no podía decirle a la niña en el día de su primera Comunión: “tú puedes comulgar, tu madre no”. El párroco tenía completamente la razón. Se lo conté al papa, y Francisco confirmó mi posición: “El párroco tiene que tomar una decisión al respecto”. Yo dije: “Él tomó la decisión”. Se trata de regular de una manera humana este tipo de situaciones. Ahora [después de la AL] hay un respaldo para hacerlo». (Nota bene: ya desde el modernismo estamos habituados a ver cómo la introducción de errores nunca se fundamenta en documentos claros de Escritura, Tradición o Iglesia, sino en tesis ambiguas, fantasmales espíritus evangélicos, conversaciones informales e inverificables [cf. Jn 3,20-21]).

Por tanto, segun las teorías precedentes, en circunstancias extremas es posible, por ejemplo, que sea lícito un aborto, o es posible que quienes viven en una situación «irregular» –concubinarios, adúlteros– puedan y deban ser autorizados a la comunión eucarística. Las circunstancias pueden ser tales que hagan lícito lo que la ley moral prohibe en forma absoluta.

Así lo afirma, por ejemplo, el P. Thomasset, S. J., que en Roma participó con el cardenal Kasper en el llamado Consejo en la sombra. Como consecuencia de su rechazo de la doctrina sobre los actos intrínsecamente malos, este «teólogo» considera en relación al aborto de un hijo con síndrome down que el Magisterio «ilumina, pero no puede dar más que referencias», debido a «la complejidad de las situaciones», de manera que no se puede decir que el aborto sea siempre malo. Es exactamente la misma posición mental de los abortistas, que defienden el derecho a discernir y decidir si uno mata o no a su hijo.

 

4.2 Consecuencialismo. En la Veritatis splendor, al tratar del «teleologismo» (71-77), Juan Pablo II  describe y rechaza toda modalidad de consecuencialismo, «que pretende obtener los criterios de la rectitud de un obrar determinado sólo del cálculo de las consecuencias que se prevé pueden derivarse de él». Y también toda forma de proporcionalismo, el cual, «ponderando entre sí los valores y los bienes que se persiguen, se centra más bien en la proporción reconocida entre los efectos buenos o malos, en vista del “bien más grande” o del “mal menor”» (75). Ni en un caso ni en otro, la moralidad del acto se define por su conformidad con la naturaleza humana y por su posible ordenación a Dios, «sumo bien y fin (telos) último del hombre» (73). Cito algunos ejemplos de consecuencialismo expresados en el debate que nos ocupa.

El cardenal Schönborn, en la citada entrevista y en torno al mismo tema, continúa diciendo que la sujeción al principio moral que veta absolutamente lo intrinsecamente malo «reduce el acto libre al acto físico, de tal forma que la nitidez de la lógica suprime toda discusión moral y toda circunstancia… No sólo se torna así unívoco el análisis moral de las situaciones, sino que también quedan separadas y fuera de una mirada global las consecuencias dramáticas de los divorcios: los efectos económicos, pedagógicos, psicológicos, etc». Según el Cardenal austríaco, estas graves consecuencias habrán de indicar la licitud o ilicitud moral de ciertas opciones.

También el cardenal Kasper en una reunión del Cenáculo Amici di Francesco, en Roma (mayo 2015), considerando la disciplina moral que la Iglesia hoy debe establecer en relación a las parejas irregulares, advertía en esa misma perspectiva que, para evitar consecuencias sumamente negativas para la Iglesia, «no podemos conducir una guerra ideológica, dado que no podemos ganar. Los otros tienen a disposición gigantescos medios económicos y tienen también de su lado los medios de comunicación». En opinión, pues, del Cardenal, debemos «desarmar nuestro lenguaje», buscando acercarnos al mundo secularizado.

El mismo Kasper, ya en la apertura del Consistorio sobre la Familia (20-II-2014), había propugnado un cambio en la norma moral y disciplinar de la Iglesia sobre los divorciados vueltos a casar, aduciendo las malas consecuencias que la aplicación de la norma tradicional hacía sufrir a los hijos. «¿No es necesario tal vez evitar lo peor precisamente aquí? Efectivamente, cuando los hijos de los divorciados vueltos a casar no ven a sus padres acercarse a los sacramentos, normalmente tampoco ellos encuentran el camino hacia la confesión y la comunión. ¿No tendremos en cuenta que perderemos también a la próxima generación y, tal vez, a la siguiente? ¿Nuestra praxis consumada no demuestra ser contraproducente?». En su cardenalicia opinión, será, pues, preciso autorizar la comunión sacrílega de los padres, procurando así el bien espiritual de sus hijos.

 

4.3 Moral casuística. En la Veritatis splendor (76) enseña Juan Pablo II que «semejantes teorías [consecuencialismo, proporcionalismo] no son fieles a la doctrina de la Iglesia, en cuanto creen poder justificar, como moralmente buenas, elecciones deliberadas de comportamientos contrarios a los mandamientos de la ley divina y natural. Estas teorías no pueden apelar a la tradición moral católica, pues, si bien es verdad que en esta última se ha desarrollado una casuística atenta a ponderar en algunas situaciones concretas las posibilidades mayores de bien, es igualmente verdad que esto se refería solamente a los casos en los que la ley era incierta y, por consiguiente, no ponía en discusión la validez absoluta de los preceptos morales negativos, que obligan sin excepción. Los fieles están obligados a reconocer y respetar los preceptos morales específicos, declarados y enseñados por la Iglesia en el nombre de Dios, Creador y Señor (cf. Trento, Denz 1569; errores Quesnel, ib. 2453-2456)».

En los Sínodos de 2014 y 2015, por el contrario, la expresión caso por caso se empleó con notable frecuencia. Y si atendemos a la presentación que los Diarios civiles hicieron de la Amoris lætitia hallamos también con frecuencia la misma perspectiva: El papa Francisco abre la puerta a los divorciados vueltos a casar: «decidió allanarles el camino para que pudieran tomar –según cada caso– la comunión» (Clarín 8-IV-2016). Resulta, pues, extraño que quienes más promueven ese modo moral de discernir en el tema que nos ocupa los actos y las situaciones considerándolos caso por caso, se manifiesten teóricamente adversarios de la casuística; y más aún: acusen de incurrir en una «moral casuística» a quienes queremos que la conciencia de los cristianos se ajuste a las leyes de Dios y de la Iglesia.

La Amoris lætitia, que tantas veces exhorta a la consideración de las circunstancias y situaciones concretas de las personas, dice que hay que evitar «dar lugar a una casuística insoportable» (304). Casuistas son hoy quienes, como los fariseos rabinos en tiempos de Jesús, dejando a un lado la Ley de Dios (Ex 20,14), aceptan en la práctica el adulterio –el libelo de repudio– «por cualquier causa» (Mt 19,3). 

* * *

Para salir de estas oscuras nieblas, recordemos finalmente las palabras luminosas del laico mártir San Justino: «A nadie es lícito participar de la eucaristía –si no cree que son verdad las cosas que enseñamos [fe] –y no se ha purificado en aquel baño que da la remisión de los pecados y la regeneración [bautismo], –y no vive como Cristo nos enseñó» [vivir en gracia: amando a Cristo y cumpliendo sus mandatos]. Esa verdad formulada en el año 155 (I Apología 66) es exactamente la misma que reafirmaron los Papas en los documentos citados al principio de este artículo, los de los años 1981, 2003 y 2007, y en otros más.

Oremos, oremos, oremos.

José María Iraburu, sacerdote

Post-post 1.–Llama la atención la pésima calidad teológica de aquellos que entienden la Amoris lætitia según ideas inconciliables con la doctrina católica. Ya expuse esta realidad con ocasión de los Sínodos 2014 y 2015, y la describí con bastantes ejemplos en mi artículo (323) Pensamientos y pensaciones –en torno al Sínodo. Allí reuní declaraciones de Kasper, Marx, Nicolás, Agrelo, Bonny, Radcliffe, etc. en un collar de «perlas» realmente alucinante. Abandono total de Escritura, Tradición y Magisterio. Teología apta para revistas del corazón. Terrorismo verbal. Y estos mismos Pastores y Teólogos, aprovechando las imprecisiones y ambigüedades de la Amoris lætitia, andan ahora en las mismas; pero, como dicen en Argentina, agrandados.

Post-post 2.–Hará muy bien el que se interese por este tema si lo lee expuesto con más orden y documentos de la Iglesia en el artículo de Alonso Gracián (141), Conciencia y ley moral en Amoris lætitia.

 

Índice de Reforma o apostasía

 

28 comentarios

  
Roberto Ibarra
Aun existe un resto fiel.!!!!!! Gracias. Y Mis oraciones por usted.
02/06/16 7:45 PM
  
Luis Fernando
... Resulta impensable que Dios pueda querer para el hombre algo que, según la misma Revelación divina, es un pecado mortal, que aparta al hombre de la comunión con Dios.

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No es solo que sea impensable. Es que es blasfemo.
02/06/16 9:37 PM
  
Luis Fernando
La evitación de los crímenes siempre está posibilitada por la gracia de Dios en los cristianos. Puede un incipiente discípulo de Cristo no tener posibilidad todavía de hacer grandes bienes, porque la gracia de Dios no le mueve aún a ello; pero siempre tiene asistencia de la gracia para no incurrir en pecados mortales: aborto, pedofilia, adulterio persistente, narcotráfico, etc. La misericordia de Dios siempre nos asiste para evitar los pecados mortales, pues éstos nos impiden «vivir en gracia de Dios». De ellos, con la gracia de Dios, hay que salir cuanto antes por el arrepentimiento y el perdón sacramental de Cristo y de la Iglesia. No existe ninguna situación en la que lo aconsejable sea otra cosa que dejar de cometer un pecado mortal.

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LF:
Bien, eso es exactamente lo que enseña la Escritura:
1ª Cor 10,13
No os ha sobrevenido ninguna tentación que no sea de medida humana. Dios es fiel, y él no permitirá que seáis tentados por encima de vuestras fuerzas, sino que con la tentación hará que encontréis también el modo de poder soportarla.


02/06/16 9:39 PM
  
Alonso Gracián
Un post muy necesario, de precisa y sólida doctrina. Dios se lo pague.

La moral de situación defiende no referir los actos humanos a la ley moral universal. Y este no referirlos a la ley objetiva deja los actos intrínsecamente malos en la niebla de la subjetividad. No se niega que sea pecado, simplemente se admite un doble valor, que sea pecado referido a la norma, y que a la vez no lo sea referido al ideal: es una fase discernida, una etapa, un momento.... luego es bueno porque se acerca al ideal.

Como certeramente se afirma en este post:

«Según esta moral errónea pueden darse circunstancias concretas en las que la conciencia quede eximida de obedecer leyes morales absolutas.»

Se trata de excepciones. Pero ya sabemos la doctrina de la Iglesia:

«Los preceptos morales negativos, es decir, los que prohíben algunos actos o comportamientos concretos como intrínsecamente malos, no admiten ninguna excepción legítima» (Veritatis Splendor 67)

Poco a poco, detalle a detalle, es bueno ir clarificando las ambigüedades del lenguaje de AL. Y si Dios lo concede, hará mucho bien. Gracias por todos estos artículos.

Oremos siempre por el Santo Padre con espíritu de servicio y amor a la Iglesia y al Vicario de Cristo. Que no es otra la intención que guía a Infocatólica.
02/06/16 9:43 PM
  
Juan Andrés
Gracias Padre pero son casi inexistentes los lectores de sus artículos que se "tragan este sapo". El problema se encuentra en todos aquellos mortales del montón que son "pastoreados" por los personajes que ha citado y que sólo leen los diarios. Sabrá Dios que pasará con ellos si son forzados y "discernidos" a ser "ignorantes invencibles". Y me parece como seguidor de su blog, aunque puedo equivocarme, que ha comenzado a elevar la voz. Esperemos que muchos lo hagan. Un cordial saludo a la espera que el Pater Nostrum ponga las cosas en orden, por el bien de quienes le aman.
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JMI.-Eso de que "son casi inexistentes los lectores" que etc. No esté usted seguro de su apreciación. Simplemente, no lo sabemos.

Hay mucha gente de buena voluntad que está abierta a la verdad... siempre que alguien se la dé, claro.
Por obra del ESanto, se da la verdad; y por obra del ESanto hay quienes la reciben... y la viven.
El número no lo sabemos... Padre,"cuéntanos entre tus elegidos" (Canon Romano).

Pero lo que sí sabemos es que lo que más necesita el mundo, que está bajo el influjo del Padre de la mentira, es que le den la verdad. Cristo dice: "Yo para esto he venido al mundo, para dar testimonio de la verdad" (Jn 18,37).
Y la misión de los cristianos en este mundo es la misma de Cristo.
Deus nos adiuvet!
02/06/16 9:44 PM
  
Gonzalo Mazarrasa
Dios se lo pague, don José María. Hace 20 años en Milán me encontré con un jesuita que defendía todo esto y me quedé horrorizado. Después he comprendido que no era un caso aislado. Pero la Verdad no depende del número ni de mayorías, a Dios gracias. No sé dónde leí una vez que el beato Pablo VI -que también se quedó "solo" con la Humanae Vitae, y hoy la demografía le da la razón una vez más, aunque muchos sigan huyendo hacia adelante sin quererlo ver- vino a decir algo así como que llegaría un día en que el pensamiento católico verdadero sería minoritario dentro los límites visibles de la misma Iglesia Católica. Ese día creo yo que ya ha llegado. Un fuerte abrazo y unidos en la oración.
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JMI.-Un fuerte abrazo, Gonzalo.
Oremus ad invicem!!!
02/06/16 10:14 PM
  
jose 2 catolico
Apreciado D. José María:
Oramos pocos, y los pocos, poco.
Así que a partir de ahora tengo una nueva jaculatoria que Ud. me ha dado: Oremus ad invicem!!!
Gracias.
In Domino
02/06/16 10:28 PM
  
Miriam de Argentina
Hoy el director de Radio Maria Argentina en su programa de catequesis a la mañana, ante la consulta de una oyente que le contó sobre su sufrimiento de no poder comulgar por estar "en nueva unión", le dijo textualmente :"luego de un fracaso matrimonial, Dios nos regala (¡!) una segunda oportunidad"... buaaaaaa
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JMI.-Qué miseria...
Oremos, oremos, oremos.
02/06/16 11:36 PM
  
Melanie
Hola Padre primero que nada gracias por ayudarnos en estos tiempos de oscuridad a poder discernir,
Querìa hacerle una consulta particular donde requiero su ayuda en el discernimiento. Soy madre de una nena de dos meses, con mi esposo estamos abiertos a la vida, siempre soñamos con una familia numerosa. El caso es que el dìa del parto, era una candidata a un parto natural pero resulta que por una "complicaciòn" tuvieron que hacerme cesàrea (eso espero creer yo y no que fue una cesàrea innecesarea como hoy en dìa hay tantas). Los mèdicos recomiendan mìnimo un año para volver a intentar concebir, el tema es que nosotros siendo catòlicos practicantes no podemos utilizar mètodos anticonceptivos y el mètodo de planificaciòn natural lo acepta la iglesia pero es aplicable una vez que vuelve la regla a la mujer, y en el mientras tanto? ese mientras tanto puede ser de hasta un año padre, què piensa usted que debemos hacer en ese período, estar abiertos a la vida aunque implique el riesgo de ruptura de útero en el supuesto y consecutivo próximo embarazo? hemos consultado a Padres de acà y sin dudarlo respondieron que en este caso especifico el uso de preservativo no està mal, porque serìa momentáneo y luego nos volvemos a abrir a la vida una vez que me vuelva la regla. El porqué me contestaron eso se entiende, el tema es que ahora me surge esta gran confusión, si usar preservativo no es aceptado por la iglesia (pero sì se me permite en este caso particular), la próxima vez que me confiese no puedo obviar esto, debo decirlo porque sino siento que estoy cometiendo sacrilegio, y no puedo engañar a Jesùs, sentirìa eso, que lo estoy engañando, porque le estarìa confesando algo que luego no intentaría enmendar me comprende? Por favor si puede orientarme en este caso le agradecerìa mucho, ya que sentimos que hoy en dìa prima el respeto humano al temor de Dios ya que se aconseja algo que ayude al bienestar de los cònyugues pero no se si se està considerando cuànto se ofende a Dios con ese acto.
Desde ya muchas gracias y Dios lo bendiga.
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JMI.-La Sala de Comentarios, perdone, no es un Consultorio. Copio su comentario y lo envío a un Centro Diocesano especializado en estas cuestiones ginecológicas (que yo conozco escasamente) y morales: ellos están preparados muy bien en ambos campos. Y les indico su email.
Creo que le darán una respuesta convincente y viable.

Lo que sí puedo decirle es que Pablo VI, en la Humanaer vitae, 14, dice: "Yerra totalmente el que piensa que un acto conyugal, hecho voluntariamente infecundo [caso de usar preservativo, p.ej.], y por esto intrínsecamente deshonesto, pueda ser convalidado por el conjunto de una vida conyugal fecunda".
Todo acto conyugal anticonceptivo (por medios físicos o químicos) es gravemente ilícito (Catecismo 2370).



02/06/16 11:44 PM
  
Luis Fernando
Miriam, ¿se puede consultar ese audio en Internet?
03/06/16 5:38 AM
  
carmelo
Melanie, A propósito de la pregunta (descifrable :)-) le refiero el texto del controversial Capítulo VIII # 398 que intenta ser sustentado mediante otro documentos que de ninguna manera se logra ajustar a ese # por mas vuelta que le demos (tenemos días en esto) y ahí sale su respuesta que es mas ajustado a su caso, seguro que si, espero le ayude a encontrar la LUZ!!.
298 La Iglesia reconoce situaciones en que «cuando el hombre y la mujer, por motivos serios, —como, por ejemplo, la educación de los hijos— no pueden cumplir la obligación de la separación»[329]. - …

El sustento del # 298 (329) en insistir en la persistencia de relación adultera con quien no es su consorte la funda en mal-interpretación del texto referido: miremos la nota de pie:
“ En estas situaciones, muchos, conociendo y aceptando la posibilidad de convivir «como hermanos» que la Iglesia les ofrece, destacan que si faltan algunas expresiones de intimidad «puede poner en peligro no raras veces el bien de la fidelidad y el bien de la prole»

Cuando el documento G.E.S #51 se refiere a situaciones DENTRO DEL MATRIMONIO, NO así a los adúlteros empedernidos como solución para evitar la vida como hermano o castidad o continencia.
En efecto siendo el caso el suyo amiga, ya que usted si es CASADA sacramentalmente léase todo el Artículo 51 GES:
Documento de referencia y sustento sacrificado por AL:
Conc. Ecum. Vat. II, Const. past. Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo actual, 51
El progreso del matrimonio y de la familia, obra de todos
52. La familia es escuela del más rico humanismo
51.” El Concilio sabe que los esposos, al ordenar armoniosamente su vida conyugal, con frecuencia se encuentran impedidos por algunas circunstancias actuales de la vida, y pueden hallarse en situaciones en las que el número de hijos, al menos por ciento tiempo, no puede aumentarse, y el cultivo del amor fiel y la plena intimidad de vida tienen sus dificultades para mantenerse. Cuando la intimidad conyugal se interrumpe, puede no raras veces correr riesgos la fidelidad y quedar comprometido el bien de la prole, porque entonces la educación de los hijos y la fortaleza necesaria para aceptar los que vengan quedan en peligro.****
“Hay quienes se atreven a dar soluciones inmorales a estos problemas; más aún, ni siquiera retroceden ante el homicidio; la Iglesia, sin embargo, recuerda que no puede hacer contradicción verdadera entre las leyes divinas de la transmisión obligatoria de la vida y del fomento del genuino amor conyugal.”
…Por tanto, la vida desde su concepción ha de ser salvaguardada con el máximo cuidado; el aborto y el infanticidio son crímenes abominables….. por tanto, los mismos actos propios de la vida conyugal, ordenados según la genuina dignidad humana, deben ser respetados con gran reverencia… criterios que mantienen íntegro el sentido de la mutua entrega y de la humana procreación, entretejidos con el amor verdadero; esto es imposible sin cultivar sinceramente la virtud de la castidad conyugal. No es lícito a los hijos de la Iglesia, fundados en estos principios, ir por caminos que el Magisterio, al explicar la ley divina reprueba sobre la regulación de la natalidad.
Saludos
03/06/16 6:11 AM
  
carmelo
Sacerdote de Cristo José María Iraburu, muchas gracia por su entrega y elaborada carta a los Católicos de hoy.
Me hacia una pregunta sobre el persistente enfoque de llamar “ideal” a la familia cristianas, de hecho ya salió hasta libros con títulos en ese sentido: “Parejas unidas familias felices”. Diría Padre José María, que razón de fondo se refleja en este # 57 que mediante el mal uso de una “realidad de la Familia de HOY” del texo referido de la “CONFERENCIA EPISCOPAL DE COLOMBIA #3,supone igualar la “realidad ahí referida” a la fragilidad de una familia constituida desde el adultero como realidad a ser incorporada y darle valides, y que en todo caso nos duele ya que en su ceguera va generando dolor y arrastrando dolor las consecuencias del pecado.
AL #57 “… A partir de las reflexiones sinodales no queda un estereotipo de la familia ideal, sino un interpelante «collage» formado por tantas realidades diferentes, colmadas de gozos, dramas y sueños. Las realidades que nos preocupan son desafíos. No caigamos en la trampa de desgastarnos en lamentos autodefensivos, en lugar de despertar una creatividad misionera… …como dijeron los Obispos de Colombia— un llamado a «liberar en nosotros las energías de la esperanza traduciéndolas en sueños proféticos, acciones transformadoras e imaginación de la caridad»[49].”
CONFERENCIA EPISCOPAL DE COLOMBIA-2003-
#3 …realidades humanas, en especial a las más dolorosas: las tragedias provocadas por la naturaleza, las situaciones consecuencia de la injusticia y de la ambición, la enfermedad, el envejecimiento y la misma muerte: “Les he dicho todo esto, para que puedan encontrar la paz en su unión conmigo. En el mundo encontrarán dificultades y tendrán que sufrir, pero tengan ánimo, yo he vencido al mundo” (Jn 16,33) …. Jesús suscita en nosotros, por medio de su espíritu la esperanza que no defrauda, es decir la esperanza que las dificultades tantas veces percibidas como insuperables, serán vencidas.
Si observamos el mismo documento no tiene nada que ver en igualar las realidades presentadas por y en consecuencias del adulterio para hacerlas una vida de pareja familiar en búsqueda de la Plenitud en Santidad en medio de las adversidades. Admeas se observa que el documento para las familias en crisis y sufridas por esas situaciones o realidades ahí expuestas da la voz de esperanza: “que las dificultades tantas veces percibidas como insuperables, serán vencidas” , o sea que no es que intente igualar chana con juana.
El menos cabo e idealización de la familia cristiana es bajarle intensidad y propósito de la acción de la gracia de Cristo operante en ella de modo que lo otro sea relevante como “realidad HUMANA”. De un modo sutil busca elevar como fin propio la realidad Humana cualquiera que sea en beneficio primario en lugar de la acción gratificante en el Matrimonio Bodas de Cana. Y esto si que es contradictorio!
03/06/16 7:06 AM
  
Rexjhs
Muchas gracias, como siempre, Padre Iraburu. No hay forma más alta de caridad que decir la Verdad. Aunque duela. Dios le bendiga.
03/06/16 1:29 PM
  
Daniel Iglesias
Muchas gracias, Padre, por exponer y defender la doctrina católica, que sufre hoy tantos ataques dentro y fuera de la Iglesia Católica.
03/06/16 1:57 PM
  
antonio
Aqui está la VERDAD!!!!!!!!!!!,pesima calidad teologica!!!!!!es asi!!!!!, y las almas que comulgan en pecado,y el Sacerdote que les otorga la EUCARISTIA, donde está DIOS, de GRAN MAJESTAD, con su Rostro de Pedernal Según la Escrituras, arrancadas la Barba, según las Escrituras, Amor Infinito, pero Infierno infinito, como dice el Santo Cura de Ars, en Scholla Veritatis, un SACRILEGIO, es superior a muchos otrios pecados, graves, y es asi, dar el Fruto de su Pasión, la unica y Santa Misa, que celebran ustedes, sin considerar el estado del ALMA!!!Es Gravisimo, fue y será enorme el Sacrilegrio.
Siempre me pregunto, porque unos se dan cuenta donde está la Verdad, y otros NO!!!!!
Será porque falta conversión, evidentemente, cuando me acerque, a la Iglesia, no tenia, la formación y las conversiones sucesivas, pero nunca se me ocurriö acercarme a la Eucaristia,estando en pecado Mortal, siempre le tiuve un respeto notable.
Por el Estado de GRACIA, si la tengo que me la siga manteniendo, y si no la tengo que me la De,Santa Juana de Arco.Por lo que ustedes, llaman predestinación!?

Que Dios lo bendiga Padre y lo haga con la Iglesia.
03/06/16 2:56 PM
  
antonio
Leer la VERDAD, en esta tempestad, no me duele, siempre me produce alegria, y gracias a los sucesos, lo que he aprendido, de ustedes, y leer fuentes importantes, que las tengo en mi mesita de luz.Pensar.
Gracias estimado Padre, gracias, que Dios lo bendiga y bendiga a la Iglesia.Usted defiende a CRISTO, DIOS NUESTRO SEÑOR Y A SU IGLESIA, impide que su Sagrado Cuerpo, como he manifestado en otros,comentarios, se fragmente en pedacitos.
Y a los comentaristas, que mis comentarios los han revisado, antes de publicarlos, para no difundir errores, no quiero fragmentalo yo-

Que la Resantisima Virgén Maria, San José, la Santisima Trinidad, rueguen por usted y a está página, aca está la verdad.
03/06/16 3:51 PM
  
Manuel Antonio
Padre José María Iraburu:

Siempre es necesario vivir algunos años para poder afinar las ideas, sobre el bien y el mal según la Ley del Altísimo y sumo Creador y Dueño, Dios Uno y Trino, para no dejarse engañar por el MUNDO. El laico también debe aprender a descartar lo que se opone a Dios, implorando su Sabiduría toda vez que sea necesario. De lo que he aprendido sobre este Pecado y muchos otros se por experiencia propia que:

" LA MISERICORDIA DE DIOS NO CONCILIA CON PECADO
ALGUNO, ESTA INCLUYE AL PECADOR QUE SE QUIERE
ARREPENTIR Y CAMBIAR DE VIDA, PERO SIEMPRE EXCLU-
CLUIRÁ EL PECADO QUE ESTE COMETE."


Gracias
03/06/16 4:58 PM
  
jordi
Lo único esencial de AL es la presunta comunión de adulteros de 305+351. Lo demás sólo es importante porque asienta las bases de ello: casuística, consecuencialismo, proporcionalismo, situacionalismo...

Pasados tres meses de la publicación de AL, ya es un deber comunicar oficialmente que no es lícita tal comunión.
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JMI.-Bueno, ya se está diciendo en muchos medios, en InfoCatólica concretamente.
03/06/16 10:02 PM
  
Gunteron
Como siempre magistral P. Iraburu.
Perdóneme la licencia humorística, pero a veces me pregunto porquė el Espíritu Santo no voló sobre Pamplona hace tres años.
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JMI.-No voló porque es muy listo.
04/06/16 11:48 AM
  
Campion
Soberbio. Luz que ilumina ante tanta confusión. Siga así, adelante.
04/06/16 5:41 PM
  
Ángel
Entiendo que el Papa Francisco quiere que la Iglesia acompañe de un modo u otro a los cristianos que sufren. Acompañad diciendo la verdad. Da órdenes para que los Obispos puedan revisar casos concretos de divorciados que se han vuelto a casar. Existen circunstancias que puedan eximir de situaciones extremas. No como un coladero.El amor y la misericordia sin duda, ayudarán. Recordad el pasaje de la mujer "adúltera", " Yo no te condeno. Vete y no peques más". La doctrina no se debe cambiar. La persona divorciada que se vuelve a casar, comete adulterio. La misión del diablo es destruir todo matrimonio. La misión de la Iglesia es mostrar el amor de Dios al hombre. Existen víctimas inocentes del divorcio. Acompañad a los que sufren...a los divorciados.Diciendo la verdad.
04/06/16 7:43 PM
  
Gunteron
P. Iraburu:
Efectivamente, en Infocatolica se está informando correctamente sobre la ilicitud, pero todos sabemos que en otros medios se está dando la información contraria.
Por ello tengo la siguiente duda, que creo compartirán otros lectores del blog.
Supongamos que una pareja en relación adulterina, por cohabitacion tras matrimonio civil posterior a un divorcio, ha estado asistiendo a Misa durante largos años sin acercarse a comulgar.
A raíz de la lectura de AL, deciden consultar la posibilidad de comulgar y lo hacen nada menos que a príncipes de la Iglesia como Kasper o Marx recibiendo de ellos la aprobación para recibir la Eucaristía.
Ellos, creyendo tener una información cierta, es decir con ignorancia invencible sobre la ilicitud de su conducta, pasan a comulgar a partir de entonces.
Supongamos ahora otra pareja, en la misma situación, pero consulta a S. E. Cardenal Sarah o a S. E. Cardenal Muller, recibiendo la contestación opuesta, es decir la imposibilidad de pasar a comulgar.
Todos los cardenales han usado el mismo documento, AL, para dar una respuesta a las parejas que les consultaban y sin embargo han llegado a conclusiones opuestas.
Si las parejas siguen las respuestas recibidas, me gustaría saber la valoración moral de sus conductas en orden a su salvación.
Igualmente me gustaría la valoración moral de los cardenales.
Por último, me interesa mucho saber la valoración moral del autor o firmante del documento que da lugar a las respuestas opuestas en el caso de que lo hubiese redactado con la intención de producir esa ambigüedad.
04/06/16 8:13 PM
  
carmelo
Saludos cordiales amigos/as,
Ante el desafortunado episodio transcurrido en a Santa Madre Iglesia, que causa un grado de confusión, perplejidad, desorientación y oscuridad hay que recapitular y profundizar en lo existente.. y prendido queda!!!:
Esto en cuanto al sujeto que rompe su alianza (por honor a la verdad a otro documento sacrificado):
AL 302 (34) o[344] : Exhort. ap.Reconciliatio et paenitentia (2 diciembre 1984), 17
Esto en cuanto al sujeto que rompe su alianza:
1. escribe Santo Tomás de Aquino:
«no hay que desesperar de la salvación de nadie en esta vida, considerada la omnipotencia y la misericordia de Dios»[91].

2. “Siguiendo la tradición de la Iglesia, llamamos pecado mortal al acto, mediante el cual un hombre, con libertad y conocimiento, rechaza a Dios, su ley, la alianza de amor que Dios le propone, prefiriendo volverse a sí mismo, a alguna realidad creada y finita, a algo contrario a la voluntad divina (conversio ad creaturam). Esto puede ocurrir de modo directo y formal, como en los pecados de idolatría, apostasía y ateísmo; o de modo equivalente, como en todos los actos de desobediencia a los mandamientos de Dios en materia grave”
Esto en cuanto a la teología y sus aspectos relevantes sobre la imputabilidad del pecado mortal:
3. “Sin duda pueden darse situaciones muy complejas y oscuras bajo el aspecto psicológico, que influyen en la imputabilidad subjetiva del pecador. Pero de la consideración de la esfera psicológica no se puede pasar a la constitución de una categoría teológica, como es concretamente la «opción fundamental» entendida de tal modo que, en el plano objetivo, cambie o ponga en duda la concepción tradicional de pecado mortal.”
4. “…..el riesgo que se corre de contribuir a atenuar más aún, en el mundo contemporáneo, el sentido del pecado.”
Respecto a los Pastores y por honor a la verdad (otro documento sacrificado):
[329] Juan Pablo II, Exhort. ap. Familiaris consortio (22 noviembre 1981), 84
5. “La Iglesia, no obstante, fundándose en la Sagrada Escritura reafirma su práxis de no admitir a la comunión eucarística a los divorciados que se casan otra vez. Son ellos los que no pueden ser admitidos, dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía. Hay además otro motivo pastoral: si se admitieran estas personas a la Eucaristía, los fieles serían inducidos a error y confusión acerca de la doctrina de la Iglesia sobre la indisolubilidad del matrimonio.”
6. “Del mismo modo el respeto debido al sacramento del matrimonio, a los mismos esposos y sus familiares, así como a la comunidad de los fieles, prohíbe a todo pastor —por cualquier motivo o pretexto incluso pastoral— efectuar ceremonias de cualquier tipo para los divorciados que vuelven a casarse. En efecto, tales ceremonias podrían dar la impresión de que se celebran nuevas nupcias sacramentalmente válidas y como consecuencia inducirían a error sobre la indisolubilidad del matrimonio válidamente contraído.”

Por honor a la verdad sobre la tergiversada frase: “receta sencilla” en (298) [333] Benedicto XVI, Diálogo con el Papa en la fiesta de los testimonios. VII Encuentro Mundial de las Familias en Milán (2 junio 2012): L’Osservatore Romano, ed. semanal en lengua española, 10 de junio de 2012, p. 12.
Al hablar sobre los casos de los DVC, este es el mensaje real de fondo:
7. “ Que encuentren realmente la posibilidad de vivir una vida de fe, con la Palabra de Dios, con la comunión de la Iglesia y puedan ver que su sufrimiento es un don para la Iglesia, porque sirve así a todos para defender también la estabilidad del amor, del matrimonio; y que este sufrimiento no es sólo un tormento físico y psicológico, sino que también es un sufrir en la comunidad de la Iglesia por los grandes valores de nuestra fe. Pienso que su sufrimiento, si se acepta de verdad interiormente, es un don para la Iglesia. Deben saber que precisamente de esa manera sirven a la Iglesia, están en el corazón de la Iglesia. Gracias por vuestro compromiso.
05/06/16 2:57 AM
  
Fernando del Carpio Marek
Como explica muy bien la carta de la CDF de 1994, el acceso a la comunión no es un asunto de que el fiel esté en gracia o no, por eso no tiene sentido dar lugar a discusiones sobre actos intrínsecamente malos, o de atenuantes, porque sencillamente no afectan en nada a la razón por la que la Iglesia niega la comunión eucarística. Copio aquí la explicación excelente de la CDF:

«El fiel que está conviviendo habitualmente «more uxorio» con una persona que no es la legítima esposa o el legítimo marido, no puede acceder a la Comunión eucarística. En el caso de que él lo juzgara posible, los pastores y los confesores, dada la gravedad de la materia y las exigencias del bien espiritual de la persona(10) y del bien común de la Iglesia, tienen el grave deber de advertirle que dicho juicio de conciencia riñe abiertamente con la doctrina de la Iglesia(11). También tienen que recordar esta doctrina cuando enseñan a todos los fieles que les han sido encomendados.

La errada convicción de poder acceder a la Comunión eucarística por parte de un divorciado vuelto a casar, presupone normalmente que se atribuya a la conciencia personal el poder de decidir en último término, basándose en la propia convicción(15),sobre la existencia o no del anterior matrimonio y sobre el valor de la nueva unión. Sin embargo, dicha atribución es inadmisible(16). El matrimonio, en efecto, en cuanto imagen de la unión esponsal entre Cristo y su Iglesia así como núcleo basilar y factor importante en la vida de la sociedad civil, es esencialmente una realidad pública.

Es verdad que el juicio sobre las propias disposiciones con miras al acceso a la Eucaristía debe ser formulado por la conciencia moral adecuadamente formada. Pero es también cierto que el consentimiento, sobre el cual se funda el matrimonio, no es una simple decisión privada, ya que crea para cada uno de los cónyuges y para la pareja una situación específicamente eclesial y social. Por lo tanto el juicio de la conciencia sobre la propia situación matrimonial no se refiere únicamente a una relación inmediata entre el hombre y Dios, como si se pudiera dejar de lado la mediación eclesial, que incluye también las leyes canónicas que obligan en conciencia. No reconocer este aspecto esencial significaría negar de hecho que el matrimonio exista como realidad de la Iglesia, es decir, como sacramento.»
06/06/16 6:53 AM
  
Beatriz Mercedes Alonso (Córdoba - Argentina)
Excelente post, Padre Iraburu. Muchísimas gracias.

Cuenta Teresita en Historia de un alma (Cap. VII – Primeros años en el Carmelo (1888-1890) del Manuscrito A):
"Hice, no obstante, una confesión general, como nunca la había hecho. Al terminar, el Padre me dijo estas palabras, las más consoladoras que jamás hayan resonado en los oídos de mi alma: “En presencia de Dios, de la Santísima Virgen y de todos los santos, DECLARO QUE NUNCA HAS COMETIDO NI UN SOLO PECADO MORTAL”. Y luego añadió: Da gracias a Dios por todo lo que hace por ti, pues, si te abandonase, en vez de ser un pequeño ángel, serías un pequeño demonio".
¿Basado en qué pudo hacer esa afirmación el Padre Pichon? ¿Fue, tal vez, una inspiración divina o contaba con otro fundamento?

Que el Espíritu Santo lo siga iluminando siempre.
06/06/16 8:17 PM
  
carmelo
Is 10,15: ¿Acaso se jacta el hacha frente al que corta con ella?; ¿o se tiene por grande la sierra ante quien la maneja?,
A propósito de la intervención de Beatriz Mercedes Alonso (Córdoba - Argentina) que narra un tema ocurrido en el monte Carmelo a Teresita que le distingue entre ser un “pequeno ángel o pequeno demonio”:
Le Dice el confesor:
“En presencia de Dios, de la Santísima Virgen y de todos los santos, DECLARO QUE NUNCA HAS COMETIDO NI UN SOLO PECADO MORTAL”. Y luego añadió: Da gracias a Dios por todo lo que hace por ti, pues, si te abandonase, en vez de ser un pequeño ángel, serías un pequeño demonio".
nuestro comentario a la luz de lo que nos trae aqui.
Biblia responde:
1. Ecle 12,14: "Dios llevará a juicio todas las obras, aun lo que está escondido, sea bueno o malo."
Apuntando la medula de los artículos de AL:
2. 298 “compromiso cristiano”, 300 “qué consecuencias tiene la nueva relación sobre el resto de la familia y la comunidad de los fieles”; 305 “se pueda vivir en gracia de Dios, se pueda amar, y también se pueda crecer en la vida de la gracia y la caridad, recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia” y 306 “via caritatis”

Que se puede decir notar al cruzar los conceptos (1) y (2):

R1/ Que se forma un monstro cuando pecamos contra la naturaleza misma de la bondad.
Por ejemplo en el caso “adultero contumaz”, puesto que rompe persistentemente un mandamiento de la ley de Dios.
AL plantea de algún modo sutil que mediante “obras o actos de caridad” podría entenderse que su fin último fuera eximirle o atenuarle su concurrente pecado mortal y darle lugar de una vida en gracia, a pesar de las consecuencias de su “persistente pecado”, (releva el actuar) y lo otro definiéndolo como: “no puede cumplir las exigencias del evangelio” o sea el mandamiento de “no cometerás adulterio” (obcecadamente). De este modo estaremos contrariando la bienaventuranza que en toda su esencia y orden “origen y fin” que es siempre buena y es el ABANDONO A ESTA VERDAD la que la Santa que en medio del acto tanto al inicio como “durante” o “próximo” no genera en ella ocio, ni beneficio propio en cuanto su fin definitivo o sea un “recto obrar horientado providencialmente”. En su abandono no tiene nada que ofreser solo su dispocicion. (es ver un pobre mendigo sin nada que poder dar, como alcanzaria la misericordia?) En ella no se denota pecado mortal, ni en la voluntad de obrar, no permite mezaclar recta intención con pecado mortal o intención de seguir perpetuándo un pecado ni siquiera venial o de excusar uno futuro que pretenda realizar.

Si notamos, mientras lo (1) tiene su paga en un juicio favorable basado en el “buen obrar” con recta intención también lo malo tendrá su paga en el método de su obrar incloso lo que escondía en ello los “fines” que seria contrarios, dentro del orden del buen obrar que se iban disponiendo como recursos d ela iglesia para creser en grasia.

Así es el caso también de los que posteamos aquí mensajes, discerniendo en el tema en cuestión. No tenemos como fin destruir la iglesia y el pontificado u ocultar nuestros pecados mediante obras que no nos conducen a nada, sino es solamente ordenar todos las herramientas dispuestas por la Iglesia a un fin único y que en toda su integralidad sea tanto en comunión con todos los documentos existentes tanto como con la palabra revelada, para bien de la familia por ende la prole. Figuramos que es exactamente lo que no se “MUESTRA”, y quienes han sido llamados o han intuido la existencia de una inconsistencia, lo hacemos abandonadonos de a un futuro incierto que puede incluso hacernos sentirnos lejanos de la mayoría que prefiere no ver nada, o engañarse a sí misma, caer bien, que es lo mismo a resistirse al abandono necesario para aspirar un caminito recto.

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JMI.-Conviene que los comentarios sean más breves.
Si los escribe más despacio, pensándolos más, quizá lo consiga.
07/06/16 9:59 PM
  
antonio
Nuevamente Padre Excelentes, los he de imprimir para tenerlos todos en mi poder, es un tema que aflige a numerosas personas, que no saben como llevar a la practica, semejante confusión, lo he recomendado, y lo recomiendo, por supuesto también todo lo que usted sugiere, es una gran aporte a la Verdad, estoy aprendiendo mucho.

Muchas Gracias, que Dios lo bendiga y lo haga con la Iglesia.
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JMI.-Bendición +
10/06/16 8:23 PM
  
EduaRod
Estimado padre Iraburu:

Con todo el amor y respeto que usted me merece, quisiera hacerle unas observaciones relativas a este tema, solo le pido una disculpa porque desafortunadamente hay tanto que decir, que no puedo ser breve como me gustaría haberlo sido:

1. Primero lo principal, que es que recordar que el Magisterio, no solo el Extraordinario Infalible, sino también el Ordinario, es, ante todo, un Don de Dios. Y, por eso, el Papa cuenta con la Asistencia Ordinaria del Espíritu Santo al Enseñar como Maestro Supremo de todos los fieles, porque el Espíritu nos Cuida continuamente. Y que, por lo mismo, el Magisterio se interpreta a la Luz del Espíritu Santo, es decir, de la Revelación y del Magisterio precedente, y NO a la luz del cardenal Schönborn, del cardenal Kasper, o de cualquier otro obispo o teólogo que humanamente pudiera parecer pertinente involucrar. Si, desde luego que en puntos concretos la interpretación de un ser humano puede ser correcta y arrojar luz, pero eso es meramente accidental o instrumental; de modo que, lo que jamás debe hacerse, porque simplemente no tiene sentido, es usar una interpretación humana, por aplicable o pertinente que parezca, para ver oposición o ruptura del Magisterio que recibimos, respecto al Magisterio precedente, especialmente cuando es patente que existe una interpretación alternativa ortodoxa.
Asi, por ejemplo, parece mejor profundizar en esa recta y sana interpretación del uso de la palabra "ideal" en vez de buscar posibilidades alternas equivocadas que claramente se opongan a los firmes principios morales propios del Evangelio. Porque el Vicario de Cristo no Enseña solito, y ESO lo tenemos que tomar en cuenta.

2. Que las guías pastorales contenidas en el capítulo 8 de la Amoris Laetitia las puede uno malinterpretar y generar confusiones, es algo que la propia Exhortación advierte expresamente:
"Comprendo a quienes prefieren una pastoral más rígida que no dé lugar a confusión alguna."
Es evidente entonces que esas confusiones NO son el recto sentido de lo que se quiere exponer o lograr. Si el Papa se toma el "riesgo", es porque lo que se expone es bueno en sí mismo (si existe entonces lo intrínsecamente malo, como lo intrínsecamente bueno) y, como ocurre con la aplicación de TODA medicina, el beneficio esperado de aplicarla es superior al daño ("efectos secundarios") que puede venir por esas previsibles confusiones. Entiendo que aquí es donde muchos discreparán. En lo personal, yo no me atrevo a opinar sobre algo que rebasa por mucho mi capacidad de previsión y análisis. Por eso, simplemente vivo en la Esperanza de que Dios Sabe más, y que si Él ha permitido que esta medicina sea aplicada por Su Representante en la Tierra, es porque Él sabe que SI se va a obtener mucho bien, aunque, como suele ocurrir con el Evangelio, al principio tal vez venga disfrazado de fracaso.
En cualquier caso, en lugar de temer y promover el posible "efecto secundario" negativo ¿no sería más conveniente aclarar el verdadero sentido de esa pastoral "menos rígida" -si Dios nos ha puesto en posición de hacerlo- y así maximizar el recto uso y beneficio de la medicina?

3. Retomando el que se ha vuelto ya famoso asunto del "cambio de disciplina en una nota al pie" ¿porqué no procedemos con lógica inversa? Si es una nota al pie, es porque NO ES un cambio de disciplina realmente, sino es aquello para lo que se usan las notas al pie: para una simple aclaración. Desde el punto de vista de un servidor, esto que ha causado tanto revuelo, se trata en realidad de una simple aplicación de los principios básicos (inmutables) de la Moral de la Iglesia. Y, para mostrarlo, expongamos dos sencillas posibilidades de los casos concretos a los que se podría estar refiriendo el Santo Padre:

4. Lo trataré de hacer lo más concreto que pueda:
a) Una mujer que se ha convencido que vive en una situación objetiva de pecado, la cual quiere abandonar para vivir como hermanos, pues no puede separarse por la educación de los hijos (hasta ahí todos estamos de acuerdo en que va bien la cosa, pero hay que apuntar que, para ser recibida en la Sagrada Eucaristía, además de recuperar el Estado de Gracia mediante la Reconciliación, persiste el deber de evitar el escándalo, y la Amoris Laetitia es expresa al respecto). Resulta, sin embargo, que el señor con el que habita no lo entiende, no está de acuerdo y la amenaza con abandonarlos si se interrumpe la convivencia sexual. Ella ya no participa en esas relaciones por voluntad, sino obligada y coaccionada. Vive una situación objetiva de pecado de la que está plenamente consciente, pero hay nulo consentimiento: si participa en ello es por la amenaza y no porque quiera. Su culpabilidad es la misma de la mujer que es violada y está consciente de que vive una situación objetiva de pecado, pero el pecado no es suyo, sino de quien la usa contra su voluntad. De hecho, en algún sentido esta mujer está siendo violada.
Así, pese a la persistencia de la situación objetiva de pecado y su plena consciencia de ello, la situación moral de esta mujer es análoga a la de los miembros de una pareja que han ambos aceptado convivir como hermanos. No hay nada, pues, que le impida confesarse de sus participaciones voluntarias previas, entrar en Estado de Gracia, y, si se cumple también la condición de evitar el escándalo, recibir la ayuda de Dios en el Sacramento de la Eucaristía para mejor soportar la difícil situación a la que cotidianamente se ve sometida de ser obligada a hacer lo que no quiere, y para tener también el Auxilio del Señor que pueda llegar a convencer al hombre de que lo que hace está profundamente mal, de modo que pueda él también ver el error y llegar a una conversión que le conduzca a una situación admisible.
La realidad es que nada de esto lo "inventó" la Amoris Laetitia, perfectamente se podía hacer ya desde antes, simplemente la AL, en una nota al pie, aclara que esa apreciación es correcta y que no procede una aplicación, que es realmente indebida, de las normas del Magisterio previo a un caso como este.
b) Otro caso: el de una pareja en la que ambos se han convencido de la situación indebida y han aceptado vivir como hermanos, igualmente por los hijos; se han confesado, no hay escándalo, etc. Todo como debería ser... pero ocurre que en una noche la fragilidad humana hace presencia y pues caen en el pecado. Es una situación objetiva de pecado, están plenamente conscientes de ella, fueron incluso culpables... pero entonces REALMENTE arrepentidos, acuden al Sacramento de la Reconciliación, y, si se mantiene la condición de evitar el escándalo, pueden ser admitidos a la Eucaristía. Bueno, para hacerlo más "esto es lo que se puede dar por el momento... que todavía no corresponde al ideal objetivo", supongamos que hay una de estas caídas de vez en vez, esporádicamente; todos sabemos que hay vicios difíciles de erradicar, y la convivencia cercana muy probablemente hará que caídas en este propósito real, firme y sincero de comenzar a vivir como hermanos no sea la excepción, que muy posiblemente no lo acaben logrando para toda la vida al primer intento. Pero si en cada ocasión de caída hay arrepentimiento total, si en cada ocasión existe con toda su fuerza el propósito de firme enmienda y de ahora si persistir aplicando los medios y Auxilios de la Gracia con toda diligencia... pues la caída ocasional, en tanto no acaba de desaparecer del todo, pese a implicar que de algún modo persista algo de la situación objetiva de pecado, de la que estas personas están plenamente conscientes y hasta llegan a ser culpables, no significa que la condición de pecado permanezca continuamente; y que no sea posible entonces, como con cualquier otro vicio o pecado, reconciliarse con Dios y enderezar el camino una, y otra, y otra y 70 veces 7 otras veces más. Como vemos, nada de subjetivisimo, nada de falsos gradualismos, simplemente lo de la Moral de siempre: caí, me reconozco pecador, me arrepiento, me levanto en Cristo, y sigo adelante.
Nuevamente la Amoris Laetitia no inventa nada, esto perfectamente podía ocurrir desde antes, simplemente en una nota al pie, la AL aclara que no se puede usar como pretexto las recaidas debidamente superadas para negar los Sacramentos en la medida en que se siga sin incurrir en escándalo, de tal suerte que una aplicación de las normas previas expresadas en un lenguaje más riguroso realmente no es correcta tampoco en este caso.
En ambos casos NO hay UNA norma específica para ellos que valide que pueden acceder a la Sagrada Eucaristía, sino es la aplicación legítima de un CONJUNTO de normas la que nos lleva a esa conclusión, y eso es un proceso de discernimiento, no subjetivo, sino completamente objetivo. En cambio, SI hay UNA norma que podría aplicarse equivocadamente para limitarlo. Esto es a lo que entiende un servidor que se refiere el Santo Padre cuando habla de discernimiento y de que no todo puede expresarse en una norma general. Y que la norma general tampoco se puede expresar en términos de una "casuística insoportable". (No esperaríamos que los casos que hemos citado, y todos los demás casos legítimos imaginables, hubiesen tenido que ser expresamente tratados por San Juan Pablo II diciendo "la disciplina de la Iglesia se mantiene... salvo en el caso A donde cualquier maestro de moral sabe que no aplica por no haber culpa de la persona, ni en el caso B, donde hubo legítima conversión, arrepentimiento y reconciliación ... ni en el caso ZW al que tampoco se puede referir esto, etc.").

5. Por último, podemos notar que el Papa habla de otras situaciones y casos que, contra los que hemos citado, claramente NO permitirían el acceso a los Sacramentos (p.ej. quien esta subjetivamente convencido de la nulidad del matrimonio original y, sin esperar al juicio de la Iglesia, incurrió en una unión que no es matrimonio y que no quiere romper porque espera poder regularizarla en el futuro). Pero al respecto hay que notar que el Papa NO DIJO que todos esos casos pudieran acceder a los Sacramentos, simplemente dijo que esos casos hay que distinguirlos de los del desgraciado que descaradamente rompe su matrimonio por mero egoísmo y sin que le importe en lo más mínimo su familia o cualquier otra persona que no sea él mismo. Por otro lado, tan solo puso una nota de que existen casos (y ya vimos dos claros casos) donde SI se podría incluso admitir a la persona a los Sacramentos, sin que ello tenga nada que ver con cambios en la Moral o la Doctrina o ninguna forma de subjetivismo.

Así pues, sinceramente la única diferencia que ve un servidor es que antes uno podía exponer casos como los 2 que hemos presentado y, fundado en una mezcla de documentos de la Iglesia y principios morales 100% católicos, llegar legítimamente a las conclusiones que hemos llegado, y pues ser visto con cara de "se me hace que estás inventando cosas", pero la verdad es que no estaba uno inventando nada, las cosas siempre han sido así. Ahora puede uno decir lo mismo y convalidar con la Amoris Laetitia que se trata de una recta aplicación de los principios inmutables de la Moral Católica fundados en el Amor de Dios.

Nuevamente disculpe la extensión, y le pido sus oraciones, al tiempo que le aseguro que cuenta con las mías.
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JMI.-JMI.-Su comentario es muy excesivamente largo y toca muchos puntos, que no puedo ponerme a analizar y contestar uno por uno. Por otra parte, muchas de las razones que Ud. aduce, ya les he dado respuesta en mis artículos anteriores. Si entonces no le valieron, tampoco le valdrán ahora.

En mi art (371) ya mostré y demostré que el cap. 8º de la AL no es propiamente Magisterio pontificio, aunque sí lo es, por supuesto, cuando enseña doctrinas católicas ciertas. Como muchos Autores estudiosos del documento, opino que la AL es excesivamente ambigua: que a priori se presta a interpretaciones diversas, incluso completamente contradictorias, inconciliables, como a posteriori se ha podido comprobar ampliamente. Y que ese dato objetivo, que me parece difícilmente discutible, causa en la Iglesia confusión y división entre Cardenales y obispos, sacerdotes y fieles. En tanto que lo propio del Ministerio docente del Papa es enseñar con claridad y precisión la verdad católica del tema que trate, lo que ayuda a la unidad de doctrina y de práctica pastoral en la Iglesia Católica, "columna y fundamento de la verdad".

13/06/16 9:20 AM

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