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8.11.01

460 - ARGENTINA: APOYO PARLAMENTARIO PARA IMPONER EL ABORTO (III).

ARGENTINA: APOYO PARLAMENTARIO PARA IMPONER EL ABORTO (III).

Fuentes: Propias; Vid. Noticias Globales 394 y 395.

Por Juan Bacigaluppi

Hace pocos días en la ciudad de Rosario una mujer pidió autorización a la justicia para abortar a un niño en gestación que padecía anencefalia. Este caso es el último, por ahora, de una sospechosa serie de presentaciones judiciales reclamando la misma autorización, que desde hace un año se vienen realizando en diversas ciudades del país. Estas acciones judiciales, es muy probable que formen parte de una campaña para que las autoridades amplíen las causales de aborto previstas en el Código Penal.

El 30 de agosto pasado, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó una declaración por la cual "solicita al Poder Ejecutivo (de la Ciudad) que, por intermedio de la Secretaría de Salud, se arbitren las medidas necesarias en los hospitales públicos para proceder a la interrupción del embarazo sin mediar autorización judicial en aquellas mujeres con diagnóstico fehaciente de anencefalia fetal y que soliciten tal procedimiento". Es decir, la Legislatura de la Ciudad Autónoma avaló en la declaración lisa y llanamente el aborto eugenésico. Sus democráticos miembros deben ignorar que ese tipo de aborto es el que algunos autores llaman "el más típicamente nazi".

Promovieron la medida los diputados Clorinda Yelicic; Eduardo Lorenzo Borocotó; Beatriz Baltroc, Enrique Rodríguez, Juliana Marino y Jorge Altamira.

La declaración, que llevó el número 186/2001, contradice manifiestamente la legislación vigente al solicitar medidas para "la interrupción del embarazo" en caso de anencefalia del no nacido. Debemos tener en cuenta que en el lenguaje internacional el término interrupción del embarazo se usa para evitar hablar de aborto y, en este caso, además se discrimina al niño por nacer negándole por su enfermedad el derecho a la vida. Si el Poder Ejecutivo de la Ciudad hubiera cumplido con esta solicitud de la Legislatura, habría autorizado a violar al Constitución Nacional en el ámbito de los hospitales públicos, obligando a los médicos a cometer abortos, delito tipificado por el Código Penal.

El texto de la declaración no se refiere al niño no nacido enfermo al hablar del diagnóstico de anencefalia, afirmando implícitamente que el diagnóstico de anencefalia se lo hacen a la mujer embarazada, por lo tanto desconoce que el niño por nacer es una persona distinta de la madre y que es él quien padece la enfermedad.

Pervirtiendo el lenguaje en forma típicamente abortista, además dice, "cualquiera sea la interpretación que se diera a la interrupción del embarazo, 'parto prematuro o aborto terapéutico', la negativa del hospital ……..". Parece que los autores quieren hacer entender que las palabras "aborto", "interrupción del embarazo" e "inducción del parto", son sinónimos. En realidad es esencialmente distinto que "la interrupción del embarazo" sea por inducción del parto o por aborto. La inducción no atenta contra el no-nacido, sin embargo el aborto busca activamente su muerte.

Los legisladores de la Ciudad que votaron en contra de la declaración fueron: Jorge Enríquez, Jorge Mercado, Ricardo Busacca, Irene López de Castro, Santiago de Estrada, Lucio Ponsa Gandulfo y Julio Crespo Campos.

El mismo día, en la Cámara de Diputados de la Nación se presentaba un proyecto de ley de "Régimen de anecefalia" (Trámite Parlamentario 125, 30-08-01), firmado por los diputados Enrique Cardesa (Alianza-Frepaso, Pcia. de Bs. As), Alfredo Bravo (Socialista-ARI, Ciudad de Bs. As.), Héctor Polino (Socialista-ARI, Ciudad de Bs. As.), Alfredo Villalba (Alianza-Frepaso, Pcia. de Bs. As.), Margarita Stolbizer (Alianza-UCR, Pcia de Bs. As.), Ramón Torres Molina (Alianza-Frepaso, Pcia de Bs. As.), Alicia Castro (Alianza-Frepaso, Pcia. de Bs. As) y Jorge Rivas (Alianza-Frepaso, Pcia. de Bs. As.)

El proyecto propone agregar al art. 86 del Código Penal que autoriza el aborto en dos supuestos, un tercer inciso autorizando el aborto eugenésico en caso de diagnóstico de anencefalia.

El art. 3 del proyecto dice, refiriéndose a la mujer embaraza: "Si el paciente es incapaz de ejercicio o no está en aptitud de expresar su voluntad, deberá recabarse el consentimiento de su representante legal, cónyuge o pariente más próximo o allegado que en presencia del médico se ocupe de él. La ausencia de todos ellos, o la negativa injustificada de las personas antes mencionadas a consentir este acto médico podrá ser suplida por la decisión del profesional tratante si su actuación tiene por objeto evitar un mal mayor al paciente".

Los términos "la ausencia de todos ellos o negativa injustificada" y "evitar un mal mayor al paciente", abren la puerta a todo tipo de abusos, convirtiendo implícitamente -de sancionarse este proyecto- al aborto eugenésico en obligatorio, al mejor estilo nazi.

Por si esto fuera poco, en los primeros días de septiembre la diputada de la Ciudad de Bs. As, Marcela Larrosa, presentó ante la Legislatura otro proyecto de ley a fin de obligar a los hospitales de la Ciudad a realizar abortos en caso de "mujeres embarazas, cuyos productos de gestación padezcan anencefalia".

En el proyecto se plasma otra perversión abortista del lenguaje, usar el término "productos de gestación" constituye todo un paradigma de la cultura de la muerte.

Pero además, en el art. 4º dice: "Los procedimientos aceptados, que se deban llevar a cabo son los denominados como 'parto prematuro' o 'inducción al parto prematuro', a partir del cuarto mes de gestación".

Es decir, en su afán de confundir y esconder el crimen detrás de palabras, cuando lisa y llanamente se está refiriendo a un aborto, habla de "inducción del parto". No es científico, ni siquiera es serio en el lenguaje normal, hablar de inducción del parto de un niño no nacido vivo, antes que ese niño pueda vivir fuera del vientre de su madre, es decir, alrededor de los 7 meses.

Aunque la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, como las provinciales, no pueden alterar la legislación nacional de fondo, el proyecto de Larrosa como también la declaración antes mencionada, junto con las presentaciones judiciales, buscan crear un ambiente de opinión propicio para esos cambios, manifiestos en el proyecto nacional de Cardesa y Bravo. FIN, 08-11-01

2.11.01

459 - ONU: SESIÓN ESPECIAL DE LA ASAMBLEA GENERAL SOBRE LOS NIÑOS

ONU: SESIÓN ESPECIAL DE LA ASAMBLEA GENERAL SOBRE LOS NIÑOS

Fuentes: Propias; UN Wire, 31-10-01;

Por Juan C. Sanahuja

La ONU anunció que la sesión especial de la Asamblea General sobre los Niños que se había suspendido por los atentados del 11 de septiembre en New York, se celebrará del 8 al 10 de mayo de 2002.

El 31 de agosto, las negociaciones para consensuar el documento final para esta sesión especial de la Asamblea General de la ONU, se interrumpieron porque los países latinoamericanos, insistían que el documento final incluyera el acceso de los menores al aborto. Estos países renunciando a numerosos compromisos, seguían apoyando los términos "servicios de salud reproductiva" y "cuidados obstétricos de emergencia" para los adolescentes, palabras usadas para disfrazar el odioso término "aborto".

La frase "servicios de salud reproductiva" es el "código" internacional con que se denomina al aborto. Una forma de promover el aborto entre los adolescentes sin mencionarlo por su nombre.

La táctica, conocida desde hace años, salió claramente a la luz en junio pasado, en uno de los encuentros preparatorios para esta Cumbre, cuando ante una pregunta directa sobre el contenido de la frase, un diplomático de Canadá confirmó que "servicios de salud reproductiva" comprendían el acceso al aborto: "Por supuesto que lo incluye", dijo, "aunque aborrezco usar esa palabra; pero incluyen el aborto".

Además, el Grupo de Río (bloque que agrupa los países latinoamericanos), insistió en reafirmar explícitamente en esta sesión especial de la Asamblea General otros documentos de la ONU como el de El Cairo+5 (1999), que no sólo contiene el mismo lenguaje sobre el aborto, sino que es también el único documento que pide asegurar el acceso al aborto. Este lenguaje fue rechazado incluso en la conferencia de Beijing+5, un año después.

Por supuesto que nada bueno se debe esperar con respecto a otro tema crucial, sobre lo que hemos advertido muchas veces: el levantamiento de las reservas a los tratados de derechos humanos, exigido por la ONU en el documento para esta reunión.

Levantar esas reservas significa, por ejemplo para Argentina, que no sólo desertaría de defender la vida humana desde la concepción, sino que renuncia a defender la patria potestad -el derecho de los padres a la educación de sus hijos, sobre todo en materias relacionadas con la sexualidad-, y además, ya no quedaría claro que este país entiende como familia sólo la unión de hombre y mujer ordenada a la procreación, lo que abre la puerta a cualquier interpretación aberrante del término y, por lo tanto, de la institución familiar.

Quien haya seguido las reuniones de Ministros de Juventud y de Jefes de Estado latinoamericanos (1999 y 2000), no debería extrañarse que los países más comprometidos hasta hace poco en defensa de la vida y la familia, sean los que ahora adopten posturas extremas contrarias a sus mismas legislaciones nacionales.

Algunos especulan que se trata de una condición de los países desarrollados, que ejercen presiones económicas sobre el Grupo Río. A principios de este año, por ejemplo, los países escandinavos, amenazaron con suspender su ayuda a Nicaragua, hasta que ese país adoptara la definición de "género" de la Unión Europea.

Otros sugieren que los diplomáticos latinoamericanos están promoviendo el aborto en la ONU, como un medio para forzar a sus propios países a que lo despenalicen, lo cual sería gravísimo, pues indicaría que la diplomacia ha caído bajo el "colonialismo ideológico" de la internacional del aborto. FIN, 01-11-01

Vid. Noticias Globales:

384) Los menores, objetivo de los planes de salud reproductiva. Declaración de la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno (1), 01-01-01

385) Los menores, objetivo de los planes de salud reproductiva. Declaración de la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno (2), 01-01-01

388) ONU: Derechos sexuales y reproductivos para los niños. incluyen el derecho a la propia orientación sexual, 07-01-01

393) ARGENTINA: La familia y los menores en grave riesgo, 15-01-01

396) ARGENTINA: La familia y los menores en grave riesgo (II), 21-01-01

397) ONU: Conferencias y sesiones especiales de la Asamblea General, 2001-2002: Insistiendo en la perversión de los menores, 25-01-01

404) ONU: Borrador de documento para la Asamblea General especial de septiembre, 18-01-01

444) ONU: Argentina, Brasil y Chile impulsan el aborto, 02-09-01

30.10.01

458 - JUAN PABLO II: LA FAMILIA. RESPONSABILIDAD DE POLÍTICOS Y GOBERNANTES

JUAN PABLO II: LA FAMILIA. LOS POLÍTICOS Y LOS GOBERNANTES TIENEN UNA ESPECIAL RESPONSABILIDAD.

Fuente: VIS (Vatican Information Service), 20-10-01

El 20 de octubre, el Santo Padre II participó en la Plaza de San Pedro en un encuentro con familias, organizado por la Conferencia Episcopal Italiana, y cuyo tema fue "Creer en la familia es construir el futuro". La llegada del Papa fue precedida por canciones y la intervención de varias familias.

El encuentro, celebrado un año después del Jubileo de las Familias, estuvo presidido por la imagen de la Virgen de Loreto, proclamada por el Papa Reina de la Familia, traída expresamente al Vaticano para la ocasión.

El Santo Padre puso de relieve ante unas 50.000 personas que la familia "es la fuente principal de esperanza para el futuro de la humanidad. (…) Si se pierde la convicción de que la familia fundada en el matrimonio no se puede equiparar con otras formas de agregación afectiva, la misma estructura social y su fundamento jurídico se ven amenazados. El desarrollo armónico y el progreso de un pueblo dependen en gran medida de su capacidad de invertir en la familia, garantizando a nivel legislativo, social y cultural la plena y efectiva realización de sus funciones y de sus tareas".

"Los políticos y los gobernantes tienen una especial responsabilidad, ya que deben aplicar la constitución y acoger las instancias más auténticas de la población, compuesta en su mayoría por familias que han fundado su unión en el vínculo matrimonial. Por tanto, hacen falta intervenciones legislativas, centradas en la dignidad de la persona humana y en la correcta aplicación del principio de subsidiariedad entre el Estado y la familia".

El Papa subrayó que "es importante y urgente que se ponga en marcha un sistema escolar y educativo que tenga su centro en la familia y en su libertad de decidir el tipo de escuela. No se trata, como algunos afirman erróneamente, de quitar a la escuela pública para dar a la escuela privada, sino más bien de superar una sustancial injusticia que penaliza a todas las familias, impidiendo una efectiva libertad de iniciativa y de elección".

"Una particular atención -concluyó- se debe reservar a la legítima preocupación de tantas familias que denuncian una creciente degradación de los medios de comunicación, que, canalizando violencia, frivolidad y pornografía, se preocupan cada vez menos de la presencia de los menores y de sus derechos. Las familias no pueden ser abandonadas a sí mismas por las instituciones y por las fuerzas sociales en sus esfuerzos por garantizar a los hijos ambientes sanos, positivos y ricos de valores humanos y religiosos". FIN, 30-10-01

29.10.01

457 - ARGENTINA: APOYO PARLAMENTARIO PARA IMPONER EL ABORTO (II).

ARGENTINA: APOYO PARLAMENTARIO PARA IMPONER EL ABORTO (II). El Senado argentino legislaría a favor del aborto "sin darse cuenta".

El Protocolo Facultativo de la Convención de eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) sería tratado y seguramente ratificado por el Senado argentino el miércoles 31 de octubre. Sintetizamos a continuación un artículo del diario El Mercurio de Santiago de Chile (21-10-01), sobre ese protocolo.

Llama la atención que Argentina y Chile se vean presionados a ratificar el Protocolo casi en los mismos días.

Remitimos a las más de cuarenta gacetillas e informes que hemos dado sobre este tema, casi un 10% de todo lo publicado en Noticias Globales en cuatro años. (Vid. Noticias Globales 450 y sus referencia, entre otras). Decía El Mercurio, (21-10-01): CAMINO AL ABORTO. Por Pamela Aravena Bolívar

Inadvertidamente en agosto pasado, la Cámara de Diputados aprobó por mayoría simple un Protocolo facultativo adicional a la "Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer" (Cedaw) y que podría traer consecuencias insospechadas para Chile.

Dicho Protocolo no es un simple anexo a la Cedaw. Implica más, mucho más. Por ejemplo, aceptar que existen órganos jurídicos superiores incluso a la Corte Suprema. Es decir, que nuestra soberanía puede ser sobrepasada, porque si el Protocolo es ratificado, instancias jurídicas internacionales pueden obligar al Estado chileno a legislar sobre determinadas materias o, por lo menos, lo ponen en condición de ser castigado por no contemplar determinadas leyes. Por ejemplo, las que permiten el aborto.

Las obligaciones del protocolo

La Convención contra la discriminación de la mujer, adoptada por la Asamblea General de la ONU en 1979, fue ratificada por Chile en 1989, durante el gobierno militar. Ella contempla una serie de disposiciones para conseguir la igualdad de derechos para las mujeres en la vida familiar, política, pública, educacional, de la salud y el trabajo. Además, tiene un Comité compuesto por 23 "expertos" (desde su creación todos, salvo uno, han sido mujeres) encargado de examinar los informes periódicos que los Estados entregan respecto de las medidas legislativas, judiciales o administrativas que han adoptado para acatar la Convención, para luego formular recomendaciones sobre qué otras medidas deben tomar.

Se puede recordar que en 1999, cuando Chile presentó sus informes respecto del cumplimiento del convenio, las expertas manifestaron su preocupación por diversos "problemas", entre ellos, "que la legislación chilena al prohibir y penalizar el aborto afecta la salud de la mujer, da lugar a que aumente la mortalidad derivada de la maternidad y ocasiona nuevos sufrimientos cuando las mujeres son encarceladas por violar esas disposiciones".

Por ello, el Comité recomendó al Gobierno contemplar la posibilidad de revisar la legislación relacionada con el aborto con miras a enmendarla, "en particular con objeto de proporcionar abortos en condiciones de seguridad y permitir la interrupción del embarazo por razones terapéuticas o relacionadas con la salud de la mujer, incluida la salud mental".

Hasta ahora, el Comité puede recomendar, pero no exigir a Chile que cumpla su propuesta.

Tal como explica el folleto informativo nº 22 de la oficina del alto comisionado para los derechos humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, el Comité está en condiciones de "ejercer fuertes presiones" sobre los Estados para que modifiquen sus políticas y su legislación, teniendo sus observaciones un alcance y efectos limitados.

El Protocolo adicional, en cambio, tendría un alcance y efecto ilimitados. Ello, porque agrega dos recursos que hasta hoy son inexistentes: el derecho de que personas presenten denuncias individuales ante el Comité, y el derecho del Comité de investigar los supuestos abusos cometidos contra las mujeres.

En otras palabras, la Convención contra la discriminación de la mujer les permite a nuestros propios tribunales de justicia interpretar sus normas. En cambio, mediante la firma del Protocolo adicional, nuestro Estado les estaría entregando a órganos internacionales la interpretación final de dicha Convención.

Por eso el folleto ONU explica que el Protocolo "reforzaría considerablemente al Comité y le permitiría influir directamente en el problema de la discriminación motivada por el sexo".

Angela King, gran promotora del Protocolo y consejera especial del secretario general de la ONU para los problemas del género y el avance de las mujeres, dice que "el Protocolo opcional es el paso más grande que se ha dado para obligar a los gobiernos a cumplir sus compromisos en orden al reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres".

Ahí está el punto: de acuerdo a una interpretación forzada de la Cedaw, el criterio que el Comité ha pretendido imponer es que el aborto es un derecho humano de la mujer.

Servicios del Estado para abortar

¿Qué artículo de la "Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer" autoriza el aborto?

Ninguno. Pero el artículo 12 afirma que se debe asegurar a las mujeres "el acceso a servicios de atención médica, inclusive los que se refieren a la planificación de la familia". Nada más inocuo que eso. Pero, forzadamente, las expertas de la Cedaw le han dado un sentido amplísimo, hasta el punto de considerar que entre los servicios que el Estado debe ofrecer para planificar la familia, está el aborto.

Por eso, cuando sus informes mencionan el "aborto", lo ligan al concepto de "derecho".

Por ejemplo, en el documento de 1999 respecto de Chile, el Comité se manifiesta preocupado ante el "inadecuado reconocimiento y protección de los derechos reproductivos de las mujeres… en particular, por las leyes que prohíben y penalizan toda forma de aborto".

Respecto de Colombia, que también prohíbe y penaliza el aborto, el Comité consideró que esas disposiciones jurídicas constituyen "no sólo una violación de los derechos de la mujer a la salud y a la vida, sino también una violación del artículo 12 de la Convención".

Contrario sensu, dos años antes, en 1997, las expertas había tomado nota "con satisfacción de la inclusión del derecho al aborto en la Constitución de Eslovenia".

Entonces, aceptar el Protocolo -como lo hizo la Cámara de Diputados chilena- sería autorizar veladamente el aborto en Chile, pues nuestro país podría ser condenado si mantiene su prohibición.

Ése ha sido el motivo para que el Senado de Estados Unidos -un país liberal en materia de aborto- no haya querido ni siquiera ratificar la Convención contra la discriminación de la mujer. El presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado de ese país, senador Jesse Helms, explicó que "bajo este tratado, el comité de seguimiento tiene poder para imponer todo lo que dictamine. Este comité propone la globalización del aborto. El tratado fue entendido así desde el principio: como vehículo para imponer el aborto en aquellos países que aún protegen los derechos del no nacido".

Razones constitucionales

El Protocolo se denomina opcional o facultativo porque los Estados no tienen la obligación de ratificarlo. A pesar de eso, una de las razones que más utilizaron los diputados chilenos para aprobarlo fue que si Chile ratificó la Cedaw en 1989, entonces, sería raro no aprobar el Protocolo.

El otro motivo que se arguyó recurrentemente es que no debería temerse que instancias internacionales intervengan cuando los tribunales chilenos no sean capaces de salvaguardar los derechos humanos de las mujeres.

La bancada de senadores de la UDI se opondrá a la firma del documento adicional no sólo por razones morales debido a que sería la puerta para aprobar el aborto, sino porque a su juicio sería inconstitucional hacerlo.

Uno, porque el artículo 4º del Protocolo afirma que el Comité examinará las denuncia de personas o grupos cuando se cerciore de que se han agotado todos los recursos de la jurisdicción interna, y que si la información revela violaciones graves o sistemáticas de los derechos de las mujeres, podrá iniciar una investigación que podrá incluir una visita al territorio del Estado acusado.

Dichos preceptos, explican en la UDI, atentan contra los artículos 73 y 79 de la Constitución que sostienen que la jurisdicción para investigar la tienen únicamente los tribunales de justicia chilenos, siendo la Corte Suprema la última instancia a recurrir.

Dos, porque el artículo 14 afirma que "el Comité elaborará su propio reglamento, que aplicará en ejercicio de las funciones que le confiere el presente Protocolo".

Tal párrafo vulnera el artículo 19, nº 3 constitucional, donde se establece que toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado.

El Protocolo, en cambio, no explica cómo ejercerá su jurisdicción.

Y tres, porque el Protocolo convierte al Comité de expertos en la última instancia interpretativa de la Convención contra la discriminación de la mujer, en circunstancias de que la Carta Política sólo faculta a los poderes Legislativo -a través de las leyes- y Judicial -a través de los fallos- a determinar la intención e interpretación de las leyes.

La Convención contra la discriminación de la mujer, al haber sido ratificada por Chile, pasó a formar parte de nuestras leyes, y por tanto debe ser interpretada por nuestros tribunales. Si el Protocolo es aprobado, aceptaríamos perder nuestra soberanía, según el partido de oposición.

El estudio del Protocolo lo verá el Senado la primera semana de noviembre. FIN, 29-10-01

20.10.01

456 - ALERTA SOBRE EL PARLAMENTO EUROPEO

ALERTA SOBRE EL PARLAMENTO EUROPEO

Fuente: www. hazteoir.org

El próximo 24 de octubre, el Parlamento Europeo en Estrasburgo debatirá sobre el presupuesto de la Unión Europea para el 2002.

Entre las partidas del debate se incluye la A-3037 que se refiere al presupuesto comunitario destinado a la mujer. Históricamente, esta partida presupuestaria (650.000 euros) ha ido dirigida íntegramente al "lobby europeo de mujeres". Dicho Lobby es una organización supuestamente "plural" que dice representar a 2.700 asociaciones europeas de mujeres. Pretende ser la única voz de las mujeres europeas y obtiene el 100% de los fondos comunitarios destinados a las mujeres.

Este Lobby está controlado por feministas radicales que aunque dan una imagen ideológicamente "neutra", defienden con descaro el aborto libre y gratuito y la legalización de las parejas homosexuales.

Tras el debate presupuestario de 1999, algunos europarlamentarios junto a otras asociaciones de mujeres trataron de quebrar el monopolio de facto ejercido históricamente por el Lobby europeo de mujeres y contrario al Derecho comunitario.

Quien quiera apoyar la campaña para que este año se evite este abuso cometido por un grupo de poder que no representa ni la totalidad ni siquiera a la mayoría de la realidad femenina europea, puede enviar un mensaje al menos a los eurodiputados españoles escribiendo a [email protected] o suscribiendo el formulario que se encuentra http://alerta9.hazteoir.org. FIN, 20-10-01