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30.03.02

490 - ONU: ENCUENTRO DE LOS MINISTROS DE SALUD DE AMÉRICA

Nos unimos al dolor y a la oración de los familiares y amigos de Michel Raoult, fundador de Choisir la Vie, miembro del consejo municipal de Nanterre (Francia), asesinado junto con otros siete representantes, el pasado día 27.

A su vez, encomendamos al Señor el alma de Rory O'Hanlon, ex-juez de la Corte Suprema de Irlanda. O'Hanlon perdió su cargo en la Corte en 1992, cuando declaró que Irlanda debería retirarse de la Unión Europea si seguía la presión de ésta para que su país legalizara el aborto. Murió el 25 de marzo, a los 79 años. Rezamos por él y pedimos al Señor que su actitud sirva de ejemplo a los jueces y legisladores cristianos de todo el mundo.

ONU: PREPARANDO RÍO+10 (VIII). ENCUENTRO DE LOS MINISTROS DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE DE AMÉRICA

Fuentes: Propias; Earth Negotiation Bulletin, Vol. 72, N.1, Summary of the Meeting of the Health and Enviroment Ministers of the Americas, 4-5 March 2002;

Por Juan C. Sanahuja

Desde hace más de diez años los organismos internaciones engloban las políticas de salud reproductiva (aborto encubierto), en los planes de conservación del medio ambiente. En vista a la Cumbre de Desarrollo Sustentable convocada para este año, los ministros de salud de los países de América, han dado un paso más en este sentido, de modo que "desarrollo sustentable" o "sostenible", incluye definitivamente los llamados servicios de salud reproductiva, que incluyen el aborto.

La protección del medio ambiente se ha convertido en una excusa para imponer planes de control de natalidad, con el fin de asegurar los recursos naturales de la tierra para unos pocos, los países centrales y sus opulentos patrones de consumo. Recordemos que en la Cumbre de Río, fue la primera vez que la Santa Sede denunció el plan de "erradicar la pobreza esterilizando a los pobres". La trilogía pobreza, salud, medio ambiente, se ha transformado en una de las excusas para el proyecto de poder global de la ONU, en otras palabras, sinónimo de la cultura de la muerte.

De acuerdo con al compromiso de los líderes reunidos durante la Cumbre de las Américas realizada en la ciudad de Québec, en abril de 2001, los ministros de salud y medio ambiente y los jefes de delegación de 34 gobiernos de América, se reunieron en Ottawa, Canadá, del 4 al 5 de marzo de 2002, con la participación activa y la contribución de la OPS, Organización Panamericana de la Salud, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, (PNUMA), y el Programa de la ONU para el Desarrollo (PNUD).

Los objetivos de la reunión, dice la información oficial, fueron hacer balance del progreso logrado en la instrumentación de la Carta panamericana sobre salud y medio ambiente dentro del desarrollo sostenible; identificar las áreas prioritarias donde poner el énfasis de nuevo y lanzar iniciativas de cooperación, y explorar maneras para hacer avanzar la agenda de salud y medio ambiente en las Américas y mundialmente con la intención de contribuir a la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible de 2002.

Los anfitriones del Encuentro fueron: la Ministro de Salud, Anne Mc Lellan y el Ministro de Medio Ambiente de Canadá, David Anderson, entre los expositores estaban, Trevor Hancock, Canadian Association of Physicians for the Environment; Dr. George Alleyne, Director de la OPS; Sra. Janine Ferretti, Director Ejecutivo de la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte; el Dr. Julio José Frenk Mora , Secretario de Salud de México; Sr. Ricardo Sánchez Sosa, Director Regional, Programa Ambiental de las Naciones Unidas para Latinomérica y el Caribe, ORLAC; Ms. Maureen O'Neil, Presidente, International Development Research Centre.

Fueron adoptadas tres resoluciones, de las que reproducimos algunos párrafos. Entre paréntesis comentamos algunas frases.

PONENCIA I:

1.0. INTRODUCCIÓN:

"La salud y el medio ambiente están incuestionablemente interrelacionados. Un medio ambiente sano es una condición previa para una buena salud humana y un desarrollo humano exitoso. Más aún, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas ha afirmado recientemente que 'la salud de la población no puede ser mantenida sin un desarrollo ecológicamente sostenible'".

2.0 CONSTRUYENDO PUENTES

"En 1992, los líderes mundiales se reunieron en Río durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y aprobaron el Programa 21 un plan global de acción para lograr el desarrollo sostenible. La conferencia puso sobre la mesa las discusiones sobre el concepto y los desafíos de la sostenibilidad; apeló en favor del desarrollo sostenible y de manera más específica, a favor del desarrollo humano sostenible. La conferencia mostró como la salud y el desarrollo no son dos aspiraciones contradictorias. Todo lo contrario, la salud humana es un ingrediente básico del desarrollo socioeconónico. La contribución clave de la Cumbre de Río fue el conseguir que el desarrollo sostenible se convirtiera en un tema a nivel mundial al comprometer a más de 150 países con sus conceptos y con un plan de acción. Aunque casi todos los capítulos del Programa 21 están relacionados con la salud humana y su bienestar, el Capítulo 6: Protección y Fomento de la Salud Humana es el centro del documento; este reafirma la importancia de mantener y mejorar la salud humana." (Subrayado en el original)

Recordamos el siguiente párrafo del Capítulo 6 de la Agenda 21 que dice:

"6.26. Los gobiernos deberían tomar medidas activas a fin de ejecutar programas para establecer y reforzar los servicios de salud preventivos y curativos, que incluyeran servicios de salud reproductiva seguros y eficaces, centrados en la mujer y administrados por mujeres, así como servicios asequibles y accesibles de planificación responsable del tamaño de la familia en consonancia con la libertad, la dignidad y los valores personales y teniendo en cuenta las consideraciones éticas y culturales". (Hace diez años en la Cumbre de Río, la ONU aún se veía obligada a incluir estas referencia a la libertad y los valores éticos de las personas. Años después este lenguaje fue dejado de lado. Ahora, aparece claramente la pretensión de cambiar los principios éticos y culturales de los pueblos y de imponer coactivamente los programas de salud reproductiva).

Sigue el punto 6.26 de la Agenda 21: "Los programas deberían centrarse en la prestación de servicios generales de salud, incluidas la atención prenatal y la educación e información en materia de salud y paternidad responsable, y dar a todas las mujeres la oportunidad de amamantar completamente a sus hijos, al menos durante los cuatro primeros meses después del parto. Los programas deberían apoyar plenamente la función productiva y reproductiva de la mujer, así como su bienestar, y prestar especial atención a la necesidad de proporcionar mejores servicios de salud a todos los niños, en condiciones de igualdad, así como a la necesidad de reducir el riesgo de la mortalidad y las enfermedades de madres e hijos".

PONENCIA 2. (…) 2.2 Las tendencias medioambientales:

"La Conferencia sobre el Medio Humano (Estocolmo 1972), y sobre todo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro 1992) son hitos de la política ambiental. Desde la Cumbre de la Tierra de Río, se ha logrado un progreso institucional a través de la región, en términos de mejorar de la conciencia de la población, la capacidad gubernamental y la legislación. No obstante, la degradación del medio ambiente continúa en la mayoría de los países."

"América Latina y el Caribe contienen la diversidad biológica más grande del planeta en cuanto a especies y ecoregiones. La abundancia de especies únicas hace que esta región sea aún más relevante biológicamente. Los cambios en el uso de los suelos y otros procesos están agotando esta diversidad biológica a una velocidad impresionante, con efectos sobre la salud que apenas se empiezan a comprender".

"Una de las principales ventajas ambientales de las Américas es la abundancia de recursos de agua dulce. Más del 46% de los recursos hídricos medios internos renovables del mundo se encuentran en este continente. La media regional de agua disponible por persona rebasa por mucho la de cualquier otra región de la Tierra". (Es decir, América Latina es el gran almacén, que debe abastecer los patrones de consumo del Norte, para cumplir esta finalidad debe controlar el crecimiento de su población).

Como resultado de este primer encuentro los ministros de salud y medio ambiente de las Américas emitieron un comunicado final en el que reafirmaron los conceptos vertidos en el Encuentro y, especialmente los resaltaron en el "Mensajes para la Cumbre Mundial Sobre Desarrollo Sostenible": (…)

"11. Renovamos nuestra determinación de cumplir los compromisos aprobados en la Cumbre de Río (1992), la Declaración de Río y el Programa 21, en particular del Capítulo 6, Protección y fomento de la salud humana".

"12. Subrayamos la necesidad de establecer un diálogo que conduzca a la creación de una ética del desarrollo sostenible". (Podría ser la Carta de la Tierra)

"13. Reconocemos, como ministros de salud y de medio ambiente, la relación entre pobreza, salud y medio ambiente". FIN, 30-03-02.

24.03.02

489 - ONU: LA PERVERSIÓN DEL LENGUAJE (PREPARANDO RÍO+10 VII).

ONU: LA PERVERSIÓN DEL LENGUAJE (PREPARANDO RÍO+10 VII).

Fuentes: Propias; UN News, 01-02-02; ECOSOC/5997, 05-02-02; Draft Opening Statement by H.E. Ambassador Ivan Simonovic, President of the Economic and Social Council, New York, 05-02-02; WHO/DG/SP/294, Dr. Gro Harlem Brundtland, WHO-ECOSOC, Rountable on Health and Human Resources Development, 05-02-02.

Por Juan C. Sanahuja

El lenguaje de los documentos de las Naciones Unidas, a medida que pasa el tiempo, es menos claro. Sus funcionarios oscurecen intencionalmente el modo de expresar algunos conceptos, para conseguir llevar a cabo los planes de "reingeniería social global" sin oposición.

Muchísimo más importantes que las conferencias y reuniones internacionales, son las mesas redondas, las reuniones de expertos, los acuerdos entre los miembros de los comités de los tratados internacionales, en los que se decide arbitrariamente el contenido de los términos que después se volcarán en los documentos presentados para el acuerdo de los países miembros.

Se trata de un modo premeditado, totalitario, de engañar, para que los estados no sepan a ciencia cierta cuáles son los verdaderos compromisos que contraen en las conferencias internacionales. Recordamos las mesas redondas de Glen Cove y de Kampala, en las que se decidió que los tratados de derechos humanos, incluían el "derecho a la salud reproductiva", es decir "el derecho al aborto". (Vid. Noticias Globales 478 y 479).

Así ahora, se ha reforzado la decisión de no hablar explícitamente de "salud reproductiva" y de "educación sexual", sino solamente de salud y educación, englobando en esas palabras, los términos "salud reproductiva", "servicios de aborto", "servicios de salud reproductiva para jóvenes", sin tener en cuenta a sus padres, etc. La decisión de generalizar este modo de decir, que no es nuevo, se tomó hace pocos días en un encuentro organizado por la OMS.

El pasado 5 de febrero, se realizó una reunión conjunta de la Organización Mundial de la Salud con el Consejo Económico Social de las Naciones Unidas (ECOSOC), bajo el nombre genérico de "mesa redonda sobre salud", en preparación para la reunión "de alto nivel" que el ECOSOC celebrará del 1 al 3 de julio de este año, cuyo tema será: "La contribución del desarrollo de los recursos humanos al desarrollo sustentable, particularmente en las áreas de la salud y la educación".

La reconocida abortista Gro Harlem Brundtland, Directora Ejecutiva de la OMS, lideró la mesa redonda. Participaron 55 funcionarios, entre ellos representantes de diversas agencias de la ONU, miembros de misiones diplomáticas y representantes de ONG's. Algunos de los asistentes fueron: el Ministro de Salud de Sudán, Dr. Ahmed Bilan Osman; el Ministro de Salud de Alemania, Dr. Els Borst Eilers; el Director General de Salud de Sud África, Dr. A. Ntsaluba; Carol Bellamy, Directora Ejecutiva de UNICEF; el Dr. Peter Piot, Director Ejecutivo del Programa HIV/SIDA (UNAIDS); Thoraya Obaid, Directora Ejecutiva del Fondo de las Naciones Unidas para la Población (FNUAP); la Dra. Myriam Abel, Presidente del Comité Ejecutivo de la OMS; la Dra. Eve Slater, Asistente del Secretario General de Salud del Departamento de Salud de los Estados Unidos; el Dr. Gordon Conway, Presidente de la Rockefeller Foundation; el Dr. Charles MacCormack, Presidente de la Fundación Save the Children de USA; la Dra. Jo Ivey Boufford de la Escuela de Graduados de Servicios Públicos; Dean Robert F. Wagner, de la Universidad de New York; Nils Daulaire, Presidente del Global Health Council; la Dra. Victoria Sharp, Presidente de Médicins du Monde (Doctors of the World); Mr. Ivan Simonoviae, Presidente del ECOSOC y Representante Permanente de Croacia; Stephen Lewis, Enviado Especial del Secretario General para el HIV/SIDA en África; Dr.Nils Daulaire, Presidente del Global Health Council; Mrs. Angela King, Consultora Especial del Secretario General para los Problemas de Género y el Avance de las Mujeres; Eduardo Dorian, Representante Especial del Banco Mundial en las Naciones Unidas; Mr. Kunio Waki, Director Ejecutivo Delegado del Fondo para la Población.

Como complemento a la decisión de oscurecer el lenguaje, se sumó la de reforzar los planes y estrategias conjuntas entre el Banco Mundial, la OMS, el Fondo para la Población, la UNICEF y el UNAIDS.

Para el mes de marzo se dejó el tratamiento de los temas referidos "a la educación y al desarrollo" y "de recursos humanos para el proceso para el desarrollo".

Los documentos acordados en estas reuniones se presentarán en julio al Secretario General, para ser tenidos en cuenta en la redacción de los acuerdos que se propondrán a las naciones reunidas en la Cumbre de Desarrollo Sustentable (Río+10), convocada para este año en Sud Africa.

Por otro lado, el presidente del ECOSOC, remarcó que "(…) la Declaración del Milenio, adoptada en la Cumbre del Milenio por los Jefes de Estado y Gobierno, nos impulsa a lograr (…) el mayor compromiso de las metas del Milenio: el logro de sistemas de salud efectiva y sustentable (…) para lograr poblaciones sanas y productivas". Es decir, no interesan las personas enfermas o la salud de la población en general, sino lograr "poblaciones sanas y productivas" para hacer rentables las inversiones de capital. Este modo de ver las cosas, parecería excluir a los enfermos, los pobres, los débiles, de la sociedad global programada por los funcionarios de la ONU. FIN, 24-03-02.

21.03.02

488 - ONU: CHILE ACEPTA EXCLUIR A LOS PADRES DE LA SALUD DE LOS MENORES.

ONU: CHILE ACEPTA EXCLUIR A LOS PADRES EN LOS PROGRAMAS DE SALUD PARA MENORES.

Fuentes: Propias; UN Wire 4-02-02; UN Press Release, 23-01-02, 01-02-02; Concluding Observations of the Committee on the Rights of the Child: Chile. 01/02/2002. CRC/C/15/Add.173. Vid. Noticias Globales 404, 444, 459.

La ONU insiste en conculcar la patria potestad e imponer a todos los países el aborto para las adolescentes. Estados Unidos parecería que no apoyará estos planes; los países de América Latina insisten en impulsarlos.

Por Juan C. Sanahuja

Como informó la agencia ACI, (15-03-02), Thomas Jacobson, representante para América Latina de Focus on the Family (organización evangélica pro-vida) advirtió al gobierno chileno que sus representantes en las reuniones preparatorias para la sesión especial de la Asamblea General de la ONU sobre la Infancia (Niño+10-mayo), organizada por la UNICEF, apoyan el reconocimiento del supuesto derecho al aborto para las adolescentes y la exclusión de los padres de los planes de salud para jóvenes.

Jacobson, que se entrevistó con importantes funcionarios del gobierno del presidente Lagos, advirtió que el Grupo Río, en el que se encuadran todos los países latinoamericanos, la Unión Europea y Canadá, siguen insistiendo en el acceso de los menores a los "servicios de salud sexual y reproductiva" y "a los cuidados obstétricos de emergencia", términos que se usan para evitar la palabra aborto. La administración Bush ha manifestado su oposición a los planes de la UNICEF.

El representante evangélico, declaró además, que esos países insisten en el reconocimiento universal del derecho al aborto lo que obligaría a los gobiernos a liberalizar las leyes que lo prohíben o lo limitan, con el agravante que en este caso se trata del acceso de las adolescentes excluyendo a sus progenitores, con la excusa del "derecho a la confidencialidad de los servicios médicos".

Lo cierto es que, además, el 23 de enero pasado, Chile presentó ante el Comité de seguimiento de la Convención de Derechos del Niño su segundo informe periódico dando cuenta del su cumplimiento de los compromisos asumidos al ratificar la Convención. Adelantándose a las recomendaciones del Comité los representantes chilenos aclararon que, aunque en su país se hicieron grandes progresos en la implementación de los derechos de los niños, aún se podría mejorar en varias áreas.

El informe fue presentado, por Cecilia Pérez, Ministro de Cooperación y Planeamiento de Chile y una numerosa delegación.

El Informe

En el informe se refleja no sólo la postura del gobierno chileno, sino también los intereses del Comité sobre la situación en Chile, por ejemplo, la edad mínima establecida legalmente para asesoramiento médico o jurídico sin consentimiento de los padres; y sobre el modo de encararse en el país el tratamiento médico o las intervenciones quirúrgicas sin el consentimiento de los padres; etc.

A lo que el informe contesta: "199. Respecto del asesoramiento médico, no existe en nuestro país ninguna regla especial que regule esta materia. No obstante, en la práctica toda persona puede ser objeto de asesoramiento médico, sin que se exija con carácter obligatorio el asentimiento de sus padres o representantes legales".

El informe chileno es quizás, de todos los informes que hemos leído de distintos países, el más complaciente con el Comité, y se esfuerza por demostrar que ese país acata los dictados del Comité.

"692. Hay que recordar que en Chile el aborto está prohibido por ley, por lo tanto los abortos que se producen son clandestinos o disimulados en otra dolencia, situación que no siempre permite actuar en forma oportuna".

"700. Las actividades de planificación familiar se integraron al Programa de Salud Materno Perinatal en 1967 con el objeto de combatir las complicaciones del aborto provocado. Esta actividad la desarrollan principalmente las matronas, dedicándose aproximadamente un 40% de los recursos disponibles de la atención primaria del programa a esta actividad. El método preferido por la población es el DIU (Tcu 380), ya que lo usa el 80% de las usuarias controladas. El sistema mantiene bajo control de planificación familiar a un 16% de las mujeres en edad fértil que atiende el SNSS, pero se estima que alrededor de un 57% de la población de Mujeres en Edad Fértil (MEF), usa algún método, aunque no estén bajo control en el sistema sanitario".

"705. La conducta reproductiva de las mujeres ha variado: ha habido una reducción de la fecundidad de 4,9 hijos promedio por mujer en 1965 a 2,5 en 1995. La concentración de nacimientos de orden uno y dos es del 71% y se constata una acumulación de la fecundidad en mujeres jóvenes (60% de los nacidos vivos provienen de mujeres entre los 20 y 29 años)".

"707. El descenso de la natalidad ocurrido en los últimos 25 años en Chile es atribuible en gran parte a la educación alcanzada en paternidad responsable por parte de la población y a la accesibilidad a los servicios de planificación familiar que están incorporados al Programa de Salud Materno y Perinatal del Ministerio de Salud desde 1976, actual Programa de Salud de la Mujer desde 1995".

"708. (…) se estima que la relación entre la población urbana y rural se mantendrá. Para lograr lo anterior, se confía en la política de planificación familiar recién revisada, que aumentará el acceso de la población a los servicios y a una política de población que espera la migración interna en ciudades de tamaño intermedio".

"709. En relación con la atención sanitaria preventiva, no existe atención diferenciada por sexo. Los(as) adolescentes son atendidos(as) en los consultorios del Ministerio de Salud sin diferenciación con respecto a los niños y niñas, salvo en aquellos lugares donde se está implementando el Programa de Salud Integral del Adolescente, creado en 1996, el que ha tenido una lenta instalación".

"710. En relación con los servicios de planificación de la familia, éste sigue siendo un tema controvertido. Legalmente sólo existen normas antiguas que no tienen ninguna operatividad. Las normas son anteriores a 1973 y dicen que los adolescentes tienen derecho a pedir métodos de anticoncepción y planificación de la fecundidad siempre que vayan acompañados de sus padres. Como es fácil comprender, en la práctica esto no se da porque un adolescente que pide anticonceptivos no quiere, normalmente, que los padres se enteren. El servicio está sujeto actualmente al criterio del médico o matrona que los atiende".

"712. Sin embargo, el Gobierno desde 1995 está implementando un programa intersectorial de prevención del embarazo adolescente, a través de jornadas de conversación de afectividad y sexualidad (JOCAS), en diversos establecimientos educacionales del país. En éstas, el tema de la planificación de la fecundidad suele emerger en la conversación, y los agentes educativos dan la información orientadora requerida por los adolescentes. Las JOCAS, en el nivel escolar, son una propuesta que los liceos asumen voluntariamente con el acuerdo de la Dirección y el Centro de Padres. No son una imposición. Si el liceo no quiere implementarlas, no se hacen".

"714. Paralelamente, el Ministerio de Educación está proponiendo en los objetivos fundamentales y contenidos mínimos de la educación, que los liceos y colegios implementen programas de educación sexual".

"719. Con respecto a los niños, se participó en la formulación intersectorial de la política de sexualidad del Ministerio de Educación, en cuyo marco se efectúan programas de educación sexual adaptados a las características de los establecimientos escolares. Desde el nivel ministerial se proponen las jornadas de conversación sobre afectividad y sexualidad (JOCAS), intersectoriales, que promueven la discusión sobre el tema en la comunidad escolar".

"720. Se han elaborado materiales educativos sobre afectividad, sexualidad y VIH/SIDA específicos para niños, adolescentes y jóvenes (…)".

"773. También ha propendido a que se elimine la discriminación de las adolescentes embarazadas y/o madres en el sistema escolar (…)".

Como respuesta al informe, el Comité publicó el 1 de febrero, un informe sobre Chile, con sus conclusiones formales escritas. Concluding Observations of the Committee on the Rights of the Child: Chile 01/02/2002.CRC/C/15/Add.173. Dice entre otras cosas:

40.-El Comité recomienda al Estado parte: "(a).-Disponga de los recursos apropiados y desarrolle políticas y programas comprehensivos para mejorar la situación de la salud de todos los niños sin discriminación, en particular centrándose más en el cuidado médico primario y descentralizando el sistema de cuidado de la salud. (b).-En orden de prevenir la morbi-mortalidad de los niños y la tasa de mortalidad materna, proveer adecuados servicios de cuidado de la salud, prenatales y postnatales, y, desarrollar campañas de información para padres acerca de la salud y la nutrición básicas del niño, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental, la planificación familiar y la salud reproductiva, especialmente en áreas rurales".

Salud Adolescente: "41.-Mientras que observa el desarrollo de una política nacional para la salud adolescente desde 1999, el Comité está preocupado por la disponibilidad limitada de los programas y servicios en el campo de la salud adolescente, incluyendo la salud mental, especialmente en las áreas rurales y la carencia de suficientes programas de prevención e información en las escuelas. Además expresa su preocupación por los altos índices de embarazos tempranos y la falta de información, asesoramiento y programas preventivos sobre salud reproductiva, incluyendo la carencia al acceso adecuado a los contraceptivos, en particular en la áreas rurales. También señala el creciente número de niños y adolescentes que usan drogas y el creciente número de casos de HIV/SIDA entre la juventud".

"42.- El Comité recomienda al Estado parte: (a).-Implementar en una forma efectiva la Política Nacional para la Salud Adolescente, especialmente en áreas rurales, e incrementar los esfuerzos para promover la salud adolescente, incluyendo la salud mental, las políticas y, en particular con respecto a la salud reproductiva y al abuso de sustancias y fortalecer el programa de educación para la salud en las escuelas. (b).-Emprenda un estudio comprensivo y multidisciplinario para evaluar el alcance y la naturaleza de los problemas de la salud adolescente, incluyendo el impacto negativo de las ETS y del HIV/SIDA, y la continuación del desarrollo de políticas y programas adecuados a ello. ©.-Emprenda otras medidas, incluyendo la asignación de recursos humanos y financieros adecuados para evaluar la eficacia de los programas de entrenamiento en la educación para la salud, en particular al cuidado de la salud reproductiva y al desarrollo de consejo y asesoramiento sensible y confidencial para los jóvenes; facilidades para el cuidado y la rehabilitación sin el consentimiento paterno cuando esto es para el mejor interés del niño y; (d).- Buscar la cooperación técnica entre otros del Fondo para la Población de las Naciones Unidas, UNICEF, OMS y el UNAIDS". (…) FIN, 21-03-02

10.03.02

487 - ARGENTINA: LA PÍLDORA DEL DÍA DESPUÉS ES ABORTIVA

Retomamos nuestros servicios después de unos días en los que asistimos en Roma a la Asamblea de la Pontificia Academia Pro-Vita.

ARGENTINA: LA PÍLDORA DEL DÍA DESPUÉS ES ABORTIVA

Fuentes: Propias; Noticias Globales 454 y 469 entre otros.

Por Juan C. Sanahuja

En agosto de 1999, la Asociación Civil Portal de Belén, de la ciudad de Córdoba, obtuvo el primer fallo judicial que declaraba abortiva la llamada "píldora del día después". El pasado 5 de marzo, la Corte Suprema se expidió sobre el caso, confirmando esa primera sentencia.

Síntesis del comunicado de prensa de los abogados de la ONG Portal de Belén, Dres. Aurelio García Elorrio y Jorge Scala.

"1. Mediante sentencia definitiva, del 5 de marzo de 2.002, dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el expediente "Portal de Belén -Asociación Civil sin Fines de Lucro c/Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación s/Amparo", la República Argentina considera que "todo método que impida el anidamiento (del óvulo humano fecundado) debería ser considerado como abortivo" (Considerando 10 de la resolución). Por tal motivo consideró violatoria de la Constitución Nacional, la autorización para fabricar y vender "el fármaco 'Imediat', denominado 'anticoncepción de emergencia'" (Considerando 3 del fallo). De los 9 miembros del Tribunal, 5 formaron el voto mayoritario y los otros 4, en dos grupos de dos jueces votaron el rechazo del recurso, por cuestiones meramente formales; ninguno de ellos negó el derecho a la vida desde el momento de la concepción, ni tampoco afirmaron que el fármaco no violara tal derecho. Esto significa que, técnicamente, el fallo se dictó con cinco votos favorables, cuatro abstenciones y ningún voto negativo.

2. El más Alto Tribunal de la República Argentina al estudiar el caso, estimo "necesario precisar si la concepción se produce con la fecundación o si, por el contrario, se requiere la implantación o anidación del óvulo fecundado en el útero materno" (Considerando 3). Con abundantes citas científicas de nivel internacional, desplegadas a lo largo de los puntos 4 a 8 de la sentencia, llega a la conclusión que "la vida comienza con la fecundación" (Considerando 10).

3. Como especiales elementos probatorios, la Corte Suprema valoró que "en forma coincidente con este criterio se expidió, por abrumadora mayoría, la Comisión Nacional de Etica Biomédica -integrada entre otros por un representante de la Academia Nacional de Medicina- a solicitud del señor ministro de Salud y Acción Social con motivo de la sentencia dictada en primera instancia en las presentes actuaciones" (Considerando 8), y el prospecto del Imediat coincidente con el Informe de la Administración Nacional de Medicamentos y Técnica Médica, según el cual el producto cuestionado actúa también "modificando el tejido endometrial produciéndose una asincronía en la maduración del endometrio que lleva a inhibir la implantación" (Considerando 9); con estos informes, la Corte da por probado el mecanismo de acción antiimplantatorio de la "antinconcepción de emergencia".

4. Luego de valorar los aspectos científicos y la prueba rendida en el expediente, la Corte Suprema analiza la legislación vigente, sosteniendo "que esta solución condice con el principio pro homine que informa todo el derecho de los derechos humanos. En tal sentido cabe recordar que las garantías emanadas de los tratados sobre derechos humanos deben entenderse en función de la protección de los derechos esenciales del ser humano" (Considerando 11).

En ese orden de ideas recuerda que "esta Corte ha declarado que el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana preexistente a toda legislación positiva que resulta garantizada por la Constitución Nacional … este Tribunal ha reafirmado el pleno derecho a la vida desde la concepción … También ha dicho que el hombre es eje y centro de todo el sistema jurídico y en tanto fin en sí mismo -más allá de su naturaleza trascendente- su persona es inviolable y constituye el valor fundamental con respecto al cual los restantes valores tienen siempre carácter instrumental" (Considerando 12). Y para rematar la cuestión, sostiene "que los aludidos pactos internacionales (que integran la Constitución de la República Argentina) contienen cláusulas específicas que resguardan la vida de la persona humana desde el momento de la concepción" (Considerando 14)". (Hasta aquí el comunicado de Portal de Belén).

Al igual que hace pocos meses en Chile, los laboratorios afectados, las funcionarias feministas y algunos organismos del Estado presionados por organizaciones abortistas, tratan de evadir el fallo, amparándose en la variedad de marcas comerciales, pero no por eso el fallo deja se ser un hito jurídico de máximo valor para la defensa del derecho a la vida.

Decía el diario La Nación de Buenos Aires el 9 de marzo, "El voto de la mayoría destacó que el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana y el procurador general señaló, con acierto, que la protección debía ser mayor cuanto mayor fuese la indefensión de la persona. (…). Como más de una vez se ha dicho, el embrión humano es víctima de muchas amenazas, pero también tiene derechos: a no ser discriminado, a ser transferido al seno materno si está fuera de él, a su 'salud fetal', a no ser clonado, ni manipulado genéticamente, a no permanecer congelado por generaciones sucesivas, en fin, tiene el derecho natural de desarrollarse conforme su destino, según su naturaleza primigenia, como todos los seres vivos. (…) No se trata, por supuesto, de inmiscuirse en aspectos que hacen a la privacidad de las parejas y que deben quedar guardados en el ámbito de su intimidad. Se trata de otra cosa: del deber del Estado de impedir la libre circulación de productos potencialmente aptos para interrumpir el desarrollo de la vida humana. Más allá del hecho de que la prohibición expresa del fallo recae sólo sobre una de las marcas que distribuyen el producto, lo que dejaría abierta la posibilidad de que otros fármacos similares circulen en el mercado, se debe subrayar lo que el fallo significa como reafirmación jurídica del principio de defensa de la vida. Con ese espíritu corresponde recibir el pronunciamiento del máximo tribunal".

El texto completo de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, como el fallo de primera instancia de la jueza federal Cristina Garzón de Lascano del pasado 26 de agosto de 1999 -publicado oportunamente en AICA-DOC 508 con el título "La píldora abortiva: No podrá fabricarse, distribuirse ni venderse en la Argentina"-, pueden leerse en la página de la Agencia Informativa Católica Argentina (AICA): www.aica.org. FIN, 10-03-02

14.02.02

486 - ARGENTINA: APOYO PARLAMENTARIO PARA IMPONER EL ABORTO (IV)

ARGENTINA: APOYO PARLAMENTARIO PARA IMPONER EL ABORTO (IV). Las trampas de los Pactos Internacionales.

Fuentes: Propias; Cámara de Diputados de la Nación; Vid. Noticias Globales 450, 457 y 460.

Por Juan Bacigaluppi

En nuestro servicio anterior informamos de las consecuencias que para Uruguay tiene la ratificación del Protocolo Opcional de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Estas consecuencias son comunes a todos los países que han ratificado y ratificarán el Protocolo, nos referimos en concreto a Argentina, cuya Cámara de Senadores tratará en marzo esa ratificación.

Damos a conocer a continuación 4 proyectos presentados el 30 de noviembre de 2001 (Trámite Parlamentario 187/2001), en la Cámara de Diputados argentina. Tres de ellos demuestran hasta que punto la colonización ideológica por parte de la ONU se extiende entre los legisladores. Éstos reconocen lisa y llanamente el llamado "derecho al aborto" como derecho humano. Como en otros casos de los que hemos informado, no sólo se pone de manifiesto lo que realmente se busca a través de la ratificación de los tratados y convenciones internacionales, sino también la interpretación perversa que hacen los Comité de Seguimiento de los tratados de los textos de esos documentos. (Vid. además NG 464, ténganse en cuenta también los números de Noticias Globales citados arriba).

La presentación de estos proyectos a pocos días de renovarse la Cámara de Diputados, no fue sólo un acto simbólico o de cumplimiento de compromisos, sino que pudo significar también que los legisladores que quedaron en la Cámara y otros que se incorporaron, están comprometidos en sacarlos adelante o, al menos, que sirvan de antecedente para otros similares.

Aclaración I: María Elena Barbagelata, dejó su banca en la Cámara de Diputados en diciembre, y ahora es Directora de la Mujer del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en reemplazo de otra abortista, Noemí Aumedes.

Aclaración II: Aunque la llamada Alianza (UCR-Frepaso), ya no existe, nos atenemos a los datos que proporciona la Cámara de Diputados.

I) María Elena BARBAGELATA y Rubén Héctor GIUSTINIANI (Alianza-Santa Fe): DE LEY. REGIMEN DE ANENCEFALIA. (Expediente 7346-D-01).

"Art. 1: La mujer embarazada cuyo feto se encuentre comprometido con anencefalia podrá decidir la interrupción del embarazo y requerir la inducción del parto o la realización de la acción terapéutica que resulte indicada". (…)

Fundamentan el proyecto, entre otras cosas, citando el artículo 12, 1 y 2, de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, "que impone a los estados partes adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación de la mujer en la esfera de la atención médica"; el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, art. 10, 2; y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, art. 4, 1.

II) Margarita STOLBIZER (Alianza-Pcia de Bs. As.), Maria Nilda SODA (Alianza-Misiones), Marta Silvia MILESI (Alianza-Río Negro), Juan Carlos FARIZANO (UCR-Ciudad de Bs. As.), María Elena BARBAGELATA, Ricardo VAZQUEZ (Alianza-Pcia de Bs. As.), Bárbara SPÍNOLA (Alianza-Pcia de Bs. As.) DE LEY. MODIFICACIONES AL ARTICULO 86 DEL CODIGO PENAL SOBRE LA PRACTICA DEL ABORTO. (Expediente 7348-D-01).

"Art. 1. Modifícase el art. 86 del Código penal, que quedará redactado: 'Incurrirán en las penas establecidas en el artículo anterior y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras, farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlos. El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 1. Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o salud de la mujer y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; 2. Si el embarazo proviene de una violación'".

"Fundamentos: (…) La despenalización del aborto practicado a una mujer embarazada como consecuencia de una violación es un acto de justicia y un avance en el cumplimiento de las obligaciones que como Estado Miembro nos imponen todos los pactos y convenciones internacionales de derechos humanos suscritos e incorporados con jerarquía constitucional luego de la Reforma del 1994". (…)

III) Margarita STOLBIZER, Maria Nilda SODA, Marta Silvia MILESI, FARIZANO, BARBAGELATA, Ricardo VAZQUEZ, Bárbara SPÍNOLA: DE LEY. RECONOCIMIENTO DEL DERECHO HUMANO DE LA MUJER A LA INTERRUPCION DE SU EMBARAZO EN LOS CASOS PERMITIDOS POR EL Art. 86 2º PARRAFO DEL CODIGO PENAL. (Expediente 7349-D-01).

"Art. 1.- El Estado Nacional Argentino reconoce el derecho humano de la mujer a la interrupción de su embarazo en los casos permitidos por la ley (art. 86, 2 del Código Penal)

Art. 2.- El Estado Nacional garantiza el ejercicio del derecho enunciado en el artículo anterior, mediante la atención en los hospitales públicos a cargo de profesionales médicos especializados y los auxiliares que estime necesarios." (…)

"Fundamentos: La incorporación en el inc. 22 del art. 75 de la Constitución Nacional de todos los Pactos Internacionales de DERECHOS HUMANOS, los hace operativos y son hoy, derecho positivo en nuestro país, entre ellas la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptada por la ONU el 18 de diciembre de 1979".

En base al art. 12.1 de la Convención, siguen diciendo los Fundamentos: "El aborto, entendido como una práctica legal para la preservación de la salud, está enmarcado dentro de las obligaciones o deberes gubernamentales referidos a la salud pública y por tanto no pueden omitir todas las acciones que esa obligación impone".

Para obligar a los médicos, a los que por supuesto se les niega implícitamente el derecho a la objeción de conciencia, dicen los Fundamentos: "El Comité de las Naciones Unidas de Seguimiento del Pacto de Derechos Civiles y Políticos en sus sesiones 1883 y 1884 celebradas en los días 25 y 26 de octubre de 2000, examinó el tercer informe periódico de Argentina,. En su sesión 1893, celebrada el 1 de noviembre de 2000 el Comité adoptó una serie de observaciones, entre ellas: '-14. En cuanto a los derechos relacionados con la salud reproductiva, preocupa al Comité que la criminalización del aborto disuada a los médicos de aplicar este procedimiento sin mandato judicial incluso cuando la ley se lo permite, por ejemplo, cuando existe un claro riesgo para la salud de la madre o cuando el embarazo resulta de la violación de una mujer con discapacidad mental'. Ello ha reconocido que la negativa a realizar el aborto terapéutico autorizado por la Ley, implica no sólo su trasgresión, sino una clara violación a los derechos humanos de las mujeres". Y sigue: "La realización del aborto terapéutico en caso de embarazo forzado, por parte del servicio público de salud, integra el derecho a la salud física y psíquica de la mujer (…) La intención de esta ley, en fin, es la de eliminar una forma cotidiana de discriminación y de negación de los derechos humanos de la mujer(…)".

NOTA: Recuérdese la definición de "embarazo forzado" defendida por las feministas durante las reuniones del Estatuto del Tribunal Penal Internacional: se considera "embarazo forzado" todo aquel en el que la mujer no tiene posibilidades legales o médicas de abortar. Después de muchas vicisitudes y discusiones esta postura no prosperó.

IV) María Elena BARBAGELATA y Rubén Héctor GIUSTINIANI (Alianza-Santa Fe): DE DECLARACION. ADHERIR A LAS DECLARACIONES ADOPTADAS POR LA INTERNACIONAL SOCIALISTA DE MUJERES REUNIDA EN LA REPUBLICA DOMINICANA EL 23 Y 24 DE NOVIEMBRE DE 2001. (Expediente 7347-D-01). Las declaraciones abundan en conceptos similares a los proyectos citados arriba. FIN, 14-02-01