Gracia y libertad: Visión de conjunto (II)
(viene del “post” anterior)
Por todo ello, entendemos con el tomismo que en la distinción entre dos tipos de Voluntad salvífica en Dios, la antecedente condicional y la consecuente absoluta, hay que poner el cumplimiento o no de la condición de la primera, en última instancia, en la misma Voluntad divina consecuente, y no, en última instancia, en la libertad de la creatura.
Es decir, Dios quiere con Voluntad antecedente que todos los hombres se salven, si ellos libremente eligen el camino del bien, pero que lo elijan en vez de no elegirlo, y perseveren en ello hasta el fin, depende de que Dios, con Voluntad consecuente, los haya elegido previamente para la gloria.

Presentamos aquí un resumen de las diversas posturas en torno a la relación entre la Providencia y la gracia divinas y la libertad humana.
Sandro Magister ha publicado una nota en la que comenta el aporte del P. Guido Innocenzo Gargano, del Pontificio Instituto Bíblico, sobre el tema de la indisolubilidad matrimonial a la luz de su interpretación del pasaje evangélico en que Jesús se pronuncia sobre el permiso de divorcio dado por Moisés en su ley.
El principio de no contradicción, en adelante, PNC, es la base del sentido común, de la filosofía realista, cuyos máximos exponentes son Aristóteles y Santo Tomás de Aquino, pero que en este punto reúne también a Platón y a San Agustín; y de la fe católica.




