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2.08.03

595 - ONU: EL CEDAW AVANZA EN LA REINGENIERÍA SOCIAL DE IBEROAMÉRICA (II).

ONU: EL CEDAW AVANZA EN LA REINGENIERÍA SOCIAL DE IBEROAMÉRICA (II).

Notoria tendencia totalitaria. Claras referencias contrarias a la Iglesia Católica.

(Continúa del nº NG 593)

La ministra para la Condición de las Mujeres de Costa Rica, Esmeralda Britton González, presentó el informe de su país, que consta de 207 páginas.

González dijo: "el compromiso de Costa Rica para eliminar las diferentes formas de discriminación en contra de las mujeres es un requerimiento necesario para la construcción de la democracia". "La aprobación del Acta de Igualdad Social de las Mujeres de 1990 fue el comienzo de un fecundo período de desarrollo de los instrumentos legales e institucionales para proteger los derechos humanos de las mujeres", aunque continuó diciendo que existía aún una brecha entre la teoría y la práctica.

"La visión masculina aún prevalece en los cuerpos legislativos y judiciales, y no adoptan definitivamente medidas punitivas en contra de la discriminación de género", señaló.

"Son significativos los logros realizados para el cuidado de la salud sexual y reproductiva", continuó, "en 1999, el Ejecutivo aprobó por decreto el reconocimiento de los derechos de las mujeres para acceder a la esterilización quirúrgica como control de nacimientos".

Señaló que su país reconoce la necesidad de prestar más atención al problema de la salud reproductiva y sexual de las mujeres. Existe, dijo, una amplia política nacional de salud que incluye un área sobre derechos y salud reproductiva.

Victoria Popescu, experta de Rumania, dijo que en Costa Rica "aún persisten las imágenes estereotipadas de las mujeres". "Es importante remover los estereotipos en la educación y en otras áreas" (…) , preguntó si se usaban los medios de comunicación para cambiar las imágenes estereotipadas de las mujeres, y cuál era el papel de la Iglesia Católica en la "perpetuación de los estereotipos".

Rosario Manalo experta de Filipinas, preguntó si a los jóvenes se les proveía de "educación sexual constructiva", es decir "entrenamiento" para evitar los llamados "embarazos no deseados", como pide la Convención.

Refiriéndose a las barreras sociales para la introducción de las medidas de salud reproductiva, otra experta, Ferrer Gómez, quiso saber qué hacía el Gobierno para intentar cambiar esta situación que viola los derechos de las mujeres en Costa Rica; y señaló que los grupos conservadores trataban de frenar la educación sexual, la cual es "extremadamente" importante. Preguntó también qué hacía el Gobierno para proveer información a los jóvenes en contracepción, si se les proveía anticoncepción de emergencia, y si se tenía en cuenta el aborto terapeútico para las mujeres y las niñas que habían sido violadas. La violencia contra la mujer es otro de los argumentos que utiliza el Comité, y en general las redes mundiales de movimientos feministas, para exigir la legalización del aborto.

Maria del Rocio Saenz, ministro de salud de Costa Rica, respondió algunas preguntas diciendo que la salud era un derecho en su país. Ya en los 70 cuando la planificación familiar estaba en sus comienzos, habían logrado una reducción de la tasa de maternidad. Entre el 2001 y el 2002 esta disminución había sido del 7,8%. La Ley sobre Paternidad Responsable había favorecido este "logro".

El Comité concluyó que, "el mayor desafío para el Gobierno de Costa Rica, era asegurar la implementación práctica en la legislación del país del avance de las mujeres, superando los patrones discriminatorios y la oposición de los grupos conservadores de la sociedad".

La presidenta de turno del Comité, la cubana María Yolanda Ferrer Gómez, felicitó a Costa Rica por sus logros, pero señaló que deben imponer sanciones a quienes no cumplen las leyes para asegurar los derechos de las mujeres. Estas metas se deben reflejar en todos los niveles y en todas las esferas económicas, políticas, culturales y en la vida social.

La ministro para la Condición de las Mujeres, Esmeralda Britton González, respondió entre otras cosas que: "la Comisión para la Salud Sexual y Reproductiva puso en práctica, entre otros, programas extensivos para la prevención del HIV/SIDA". Y agregó: "la Iglesia ejerce una gran presión sobre el Gobierno para que se frenen los programas de salud reproductiva que nos preocupan". FIN, 02-08-03.

31.07.03

594 - CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE. LAS UNIONES HOMOSEXUALES

CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE

CONSIDERACIONES

ACERCA DE LOS PROYECTOS

DE RECONOCIMIENTO LEGAL

DE LAS UNIONES

ENTRE PERSONAS HOMOSEXUALES. COMPORTAMIENTO DE LOS POLÍTICOS CATÓLICOS.

INTRODUCCIÓN

1. Recientemente, el Santo Padre Juan Pablo II y los Dicasterios competentes de la Santa Sede (1) han tratado en distintas ocasiones cuestiones concernientes a la homosexualidad. Se trata, en efecto, de un fenómeno moral y social inquietante, incluso en aquellos Países donde no es relevante desde el punto de vista del ordenamiento jurídico. Pero se hace más preocupante en los Países en los que ya se ha concedido o se tiene la intención de conceder reconocimiento legal a las uniones homosexuales, que, en algunos casos, incluye también la habilitación para la adopción de hijos. Las presentes Consideraciones no contienen nuevos elementos doctrinales, sino que pretenden recordar los puntos esenciales inherentes al problema y presentar algunas argumentaciones de carácter racional, útiles para la elaboración de pronunciamientos más específicos por parte de los Obispos, según las situaciones particulares en las diferentes regiones del mundo, para proteger y promover la dignidad del matrimonio, fundamento de la familia, y la solidez de la sociedad, de la cual esta institución es parte constitutiva. Las presentes Consideraciones tienen también como fin iluminar la actividad de los políticos católicos, a quienes se indican las líneas de conducta coherentes con la conciencia cristiana para cuando se encuentren ante proyectos de ley concernientes a este problema.(2) Puesto que es una materia que atañe a la ley moral natural, las siguientes Consideraciones se proponen no solamente a los creyentes sino también a todas las personas comprometidas en la promoción y la defensa del bien común de la sociedad.

I. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS

IRRENUNCIABLES DEL MATRIMONIO

2. La enseñanza de la Iglesia sobre el matrimonio y la complementariedad de los sexos repropone una verdad puesta en evidencia por la recta razón y reconocida como tal por todas las grandes culturas del mundo. El matrimonio no es una unión cualquiera entre personas humanas. Ha sido fundado por el Creador, que lo ha dotado de una naturaleza propia, propiedades esenciales y finalidades.(3) Ninguna ideología puede cancelar del espíritu humano la certeza de que el matrimonio en realidad existe únicamente entre dos personas de sexo opuesto, que por medio de la recíproca donación personal, propia y exclusiva de ellos, tienden a la comunión de sus personas. Así se perfeccionan mutuamente para colaborar con Dios en la generación y educación de nuevas vidas.

3. La verdad natural sobre el matrimonio ha sido confirmada por la Revelación contenida en las narraciones bíblicas de la creación, expresión también de la sabiduría humana originaria, en la que se deja escuchar la voz de la naturaleza misma. Según el libro del Génesis, tres son los datos fundamentales del designo del Creador sobre el matrimonio.

En primer lugar, el hombre, imagen de Dios, ha sido creado « varón y hembra » (Gn 1, 27). El hombre y la mujer son iguales en cuanto personas y complementarios en cuanto varón y hembra. Por un lado, la sexualidad forma parte de la esfera biológica y, por el otro, ha sido elevada en la criatura humana a un nuevo nivel, personal, donde se unen cuerpo y espíritu.

El matrimonio, además, ha sido instituido por el Creador como una forma de vida en la que se realiza aquella comunión de personas que implica el ejercicio de la facultad sexual. « Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer, y se harán una sola carne » (Gn 2, 24).

En fin, Dios ha querido donar a la unión del hombre y la mujer una participación especial en su obra creadora. Por eso ha bendecido al hombre y la mujer con las palabras: « Sed fecundos y multiplicaos » (Gn 1, 28). En el designio del Creador complementariedad de los sexos y fecundidad pertenecen, por lo tanto, a la naturaleza misma de la institución del matrimonio.

Además, la unión matrimonial entre el hombre y la mujer ha sido elevada por Cristo a la dignidad de sacramento. La Iglesia enseña que el matrimonio cristiano es signo eficaz de la alianza entre Cristo y la Iglesia (cf. Ef 5, 32). Este significado cristiano del matrimonio, lejos de disminuir el valor profundamente humano de la unión matrimonial entre el hombre la mujer, lo confirma y refuerza (cf. Mt 19, 3-12; Mc 10, 6-9).

4. No existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia. El matrimonio es santo, mientras que las relaciones homosexuales contrastan con la ley moral natural. Los actos homosexuales, en efecto, « cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso ».(4)

En la Sagrada Escritura las relaciones homosexuales « están condenadas como graves depravaciones… (cf. Rm 1, 24-27; 1 Cor 6, 10; 1 Tim 1, 10). Este juicio de la Escritura no permite concluir que todos los que padecen esta anomalía sean personalmente responsables de ella; pero atestigua que los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados ».(5) El mismo juicio moral se encuentra en muchos escritores eclesiásticos de los primeros siglos,(6) y ha sido unánimemente aceptado por la Tradición católica.

Sin embargo, según la enseñanza de la Iglesia, los hombres y mujeres con tendencias homosexuales « deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta ».(7) Tales personas están llamadas, como los demás cristianos, a vivir la castidad.(8) Pero la inclinación homosexual es « objetivamente desordenada »,(9) y las prácticas homosexuales « son pecados gravemente contrarios a la castidad ».(10)

II. ACTITUDES ANTE EL PROBLEMA

DE LAS UNIONES HOMOSEXUALES

5. Con respecto al fenómeno actual de las uniones homosexuales, las autoridades civiles asumen actitudes diferentes: A veces se limitan a la tolerancia del fenómeno; en otras ocasiones promueven el reconocimiento legal de tales uniones, con el pretexto de evitar, en relación a algunos derechos, la discriminación de quien convive con una persona del mismo sexo; en algunos casos favorecen incluso la equivalencia legal de las uniones homosexuales al matrimonio propiamente dicho, sin excluir el reconocimiento de la capacidad jurídica a la adopción de hijos.

Allí donde el Estado asume una actitud de tolerancia de hecho, sin implicar la existencia de una ley que explícitamente conceda un reconocimiento legal a tales formas de vida, es necesario discernir correctamente los diversos aspectos del problema. La conciencia moral exige ser testigo, en toda ocasión, de la verdad moral integral, a la cual se oponen tanto la aprobación de las relaciones homosexuales como la injusta discriminación de las personas homosexuales. Por eso, es útil hacer intervenciones discretas y prudentes, cuyo contenido podría ser, por ejemplo, el siguiente: Desenmascarar el uso instrumental o ideológico que se puede hacer de esa tolerancia; afirmar claramente el carácter inmoral de este tipo de uniones; recordar al Estado la necesidad de contener el fenómeno dentro de límites que no pongan en peligro el tejido de la moralidad pública y, sobre todo, que no expongan a las nuevas generaciones a una concepción errónea de la sexualidad y del matrimonio, que las dejaría indefensas y contribuiría, además, a la difusión del fenómeno mismo. A quienes, a partir de esta tolerancia, quieren proceder a la legitimación de derechos específicos para las personas homosexuales conviventes, es necesario recordar que la tolerancia del mal es muy diferente a su aprobación o legalización.

Ante el reconocimiento legal de las uniones homosexuales, o la equiparación legal de éstas al matrimonio con acceso a los derechos propios del mismo, es necesario oponerse en forma clara e incisiva. Hay que abstenerse de cualquier tipo de cooperación formal a la promulgación o aplicación de leyes tan gravemente injustas, y asimismo, en cuanto sea posible, de la cooperación material en el plano aplicativo. En esta materia cada cual puede reivindicar el derecho a la objeción de conciencia.

III. ARGUMENTACIONES RACIONALES

CONTRA EL RECONOCIMIENTO LEGAL

DE LAS UNIONES HOMOSEXUALES

6. La comprensión de los motivos que inspiran la necesidad de oponerse a las instancias que buscan la legalización de las uniones homosexuales requiere algunas consideraciones éticas específicas, que son de diferentes órdenes.

De orden racional

La función de la ley civil es ciertamente más limitada que la de la ley moral,(11) pero aquélla no puede entrar en contradicción con la recta razón sin perder la fuerza de obligar en conciencia.(12) Toda ley propuesta por los hombres tiene razón de ley en cuanto es conforme con la ley moral natural, reconocida por la recta razón, y respeta los derechos inalienables de cada persona.(13) Las legislaciones favorables a las uniones homosexuales son contrarias a la recta razón porque confieren garantías jurídicas análogas a las de la institución matrimonial a la unión entre personas del mismo sexo. Considerando los valores en juego, el Estado no puede legalizar estas uniones sin faltar al deber de promover y tutelar una institución esencial para el bien común como es el matrimonio.

Se podría preguntar cómo puede contrariar al bien común una ley que no impone ningún comportamiento en particular, sino que se limita a hacer legal una realidad de hecho que no implica, aparentemente, una injusticia hacia nadie. En este sentido es necesario reflexionar ante todo sobre la diferencia entre comportamiento homosexual como fenómeno privado y el mismo como comportamiento público, legalmente previsto, aprobado y convertido en una de las instituciones del ordenamiento jurídico. El segundo fenómeno no sólo es más grave sino también de alcance más vasto y profundo, pues podría comportar modificaciones contrarias al bien común de toda la organización social. Las leyes civiles son principios estructurantes de la vida del hombre en sociedad, para bien o para mal. Ellas « desempeñan un papel muy importante y a veces determinante en la promoción de una mentalidad y de unas costumbres ».(14) Las formas de vida y los modelos en ellas expresados no solamente configuran externamente la vida social, sino que tienden a modificar en las nuevas generaciones la comprensión y la valoración de los comportamientos. La legalización de las uniones homosexuales estaría destinada por lo tanto a causar el obscurecimiento de la percepción de algunos valores morales fundamentales y la desvalorización de la institución matrimonial.

De orden biológico y antropológico

7. En las uniones homosexuales están completamente ausentes los elementos biológicos y antropológicos del matrimonio y de la familia que podrían fundar razonablemente el reconocimiento legal de tales uniones. Éstas no están en condiciones de asegurar adecuadamente la procreación y la supervivencia de la especie humana. El recurrir eventualmente a los medios puestos a disposición por los recientes descubrimientos en el campo de la fecundación artificial, además de implicar graves faltas de respeto a la dignidad humana,(15) no cambiaría en absoluto su carácter inadecuado.

En las uniones homosexuales está además completamente ausente la dimensión conyugal, que representa la forma humana y ordenada de las relaciones sexuales. Éstas, en efecto, son humanas cuando y en cuanto expresan y promueven la ayuda mutua de los sexos en el matrimonio y quedan abiertas a la transmisión de la vida.

Como demuestra la experiencia, la ausencia de la bipolaridad sexual crea obstáculos al desarrollo normal de los niños eventualmente integrados en estas uniones. A éstos les falta la experiencia de la maternidad o de la paternidad. La integración de niños en las uniones homosexuales a través de la adopción significa someterlos de hecho a violencias de distintos órdenes, aprovechándose de la débil condición de los pequeños, para introducirlos en ambientes que no favorecen su pleno desarrollo humano. Ciertamente tal práctica sería gravemente inmoral y se pondría en abierta contradicción con el principio, reconocido también por la Convención Internacional de la ONU sobre los Derechos del Niño, según el cual el interés superior que en todo caso hay que proteger es el del infante, la parte más débil e indefensa.

De orden social

8. La sociedad debe su supervivencia a la familia fundada sobre el matrimonio. La consecuencia inevitable del reconocimiento legal de las uniones homosexuales es la redefinición del matrimonio, que se convierte en una institución que, en su esencia legalmente reconocida, pierde la referencia esencial a los factores ligados a la heterosexualidad, tales como la tarea procreativa y educativa. Si desde el punto de vista legal, el casamiento entre dos personas de sexo diferente fuese sólo considerado como uno de los matrimonios posibles, el concepto de matrimonio sufriría un cambio radical, con grave detrimento del bien común. Poniendo la unión homosexual en un plano jurídico análogo al del matrimonio o la familia, el Estado actúa arbitrariamente y entra en contradicción con sus propios deberes.

Para sostener la legalización de las uniones homosexuales no puede invocarse el principio del respeto y la no discriminación de las personas. Distinguir entre personas o negarle a alguien un reconocimiento legal o un servicio social es efectivamente inaceptable sólo si se opone a la justicia.(16) No atribuir el estatus social y jurídico de matrimonio a formas de vida que no son ni pueden ser matrimoniales no se opone a la justicia, sino que, por el contrario, es requerido por ésta.

Tampoco el principio de la justa autonomía personal puede ser razonablemente invocado. Una cosa es que cada ciudadano pueda desarrollar libremente actividades de su interés y que tales actividades entren genéricamente en los derechos civiles comunes de libertad, y otra muy diferente es que actividades que no representan una contribución significativa o positiva para el desarrollo de la persona y de la sociedad puedan recibir del estado un reconocimiento legal específico y cualificado. Las uniones homosexuales no cumplen ni siquiera en sentido analógico remoto las tareas por las cuales el matrimonio y la familia merecen un reconocimiento específico y cualificado. Por el contrario, hay suficientes razones para afirmar que tales uniones son nocivas para el recto desarrollo de la sociedad humana, sobre todo si aumentase su incidencia efectiva en el tejido social.

De orden jurídico

9. Dado que las parejas matrimoniales cumplen el papel de garantizar el orden de la procreación y son por lo tanto de eminente interés público, el derecho civil les confiere un reconocimiento institucional. Las uniones homosexuales, por el contrario, no exigen una específica atención por parte del ordenamiento jurídico, porque no cumplen dicho papel para el bien común.

Es falso el argumento según el cual la legalización de las uniones homosexuales sería necesaria para evitar que los convivientes, por el simple hecho de su convivencia homosexual, pierdan el efectivo reconocimiento de los derechos comunes que tienen en cuanto personas y ciudadanos. En realidad, como todos los ciudadanos, también ellos, gracias a su autonomía privada, pueden siempre recurrir al derecho común para obtener la tutela de situaciones jurídicas de interés recíproco. Por el contrario, constituye una grave injusticia sacrificar el bien común y el derecho de la familia con el fin de obtener bienes que pueden y deben ser garantizados por vías que no dañen a la generalidad del cuerpo social.(17)

IV. COMPORTAMIENTO

DE LOS POLÍTICOS CATÓLICOS

ANTE LEGISLACIONES FAVORABLES

A LAS UNIONES HOMOSEXUALES

10. Si todos los fieles están obligados a oponerse al reconocimiento legal de las uniones homosexuales, los políticos católicos lo están en modo especial, según la responsabilidad que les es propia. Ante proyectos de ley a favor de las uniones homosexuales se deben tener en cuenta las siguientes indicaciones éticas.

En el caso de que en una Asamblea legislativa se proponga por primera vez un proyecto de ley a favor de la legalización de las uniones homosexuales, el parlamentario católico tiene el deber moral de expresar clara y públicamente su desacuerdo y votar contra el proyecto de ley. Conceder el sufragio del propio voto a un texto legislativo tan nocivo del bien común de la sociedad es un acto gravemente inmoral.

En caso de que el parlamentario católico se encuentre en presencia de una ley ya en vigor favorable a las uniones homosexuales, debe oponerse a ella por los medios que le sean posibles, dejando pública constancia de su desacuerdo; se trata de cumplir con el deber de dar testimonio de la verdad. Si no fuese posible abrogar completamente una ley de este tipo, el parlamentario católico, recordando las indicaciones dadas en la Encíclica Evangelium Vitæ, « puede lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública », con la condición de que sea « clara y notoria a todos » su « personal absoluta oposición » a leyes semejantes y se haya evitado el peligro de escándalo.(18) Eso no significa que en esta materia una ley más restrictiva pueda ser considerada como una ley justa o siquiera aceptable; se trata de una tentativa legítima, impulsada por el deber moral, de abrogar al menos parcialmente una ley injusta cuando la abrogación total no es por el momento posible.

CONCLUSIÓN

11. La Iglesia enseña que el respeto hacia las personas homosexuales no puede en modo alguno llevar a la aprobación del comportamiento homosexual ni a la legalización de las uniones homosexuales. El bien común exige que las leyes reconozcan, favorezcan y protejan la unión matrimonial como base de la familia, célula primaria de la sociedad. Reconocer legalmente las uniones homosexuales o equipararlas al matrimonio, significaría no solamente aprobar un comportamiento desviado y convertirlo en un modelo para la sociedad actual, sino también ofuscar valores fundamentales que pertenecen al patrimonio común de la humanidad. La Iglesia no puede dejar de defender tales valores, para el bien de los hombres y de toda la sociedad.

El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en la audiencia concedida al Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 28 de marzo de 2003, ha aprobado las presentes Consideraciones, decididas en la Sesión Ordinaria de la misma, y ha ordenado su publicación.

Dado en Roma, en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 3 de junio de 2003, memoria de San Carlos Lwanga y Compañeros, mártires.

Joseph Card. Ratzinger

Prefecto

Angelo Amato, S.D.B.

Arzobispo titular de Sila

Secretario

(1) Cf. Juan Pablo II, Alocución con ocasión del rezo del Angelus, 20 de febrero de 1994 y 19 de junio de 1994; Discurso a los participantes en la Asamblea Plenaria del Pontificio Consejo para la Familia, 24 de marzo de 1999; Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 2357-2359, 2396; Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración Persona humana, 29 de diciembre de 1975, n. 8; Carta sobre la atención pastoral a las personas homosexuales, 1 de octubre de 1986; Algunas consideraciones concernientes a la Respuesta a propuestas de ley sobre la no discriminación de las personas homosexuales, 24 de julio de 1992; Pontificio Consejo para la Familia, Carta a los Presidentes de las Conferencias Episcopales de Europa sobre la resolución del Parlamento Europeo en relación a las parejas de homosexuales, 25 de marzo de 1994; Familia, matrimonio y « uniones de hecho », 26 de julio de 2000, n. 23.

(2) Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política, 24 de noviembre de 2002, n. 4.

(3) Cf. Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et spes, n. 48.

(4) Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2357.

(5) Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración Persona humana, 29 de diciembre de 1975, n. 8.

(6) Cf. por ejemplo S. Policarpo, Carta a los Filipenses, V, 3; S. Justino, Primera Apología, 27, 1-4; Atenágoras, Súplica por los cristianos, 34.

(7) Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2358; Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta sobre la atención pastoral a las personas homosexuales, 1 de octubre de 1986, n. 12.

(8) Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2359; Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta sobre la atención pastoral a las personas homosexuales, 1 de octubre de 1986, n. 12.

(9) Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2358.

(10) Cf. Ibid., n. 2396.

(11) Cf. Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, 25 de marzo de 1995, n. 71.

(12) Cf. ibid., n. 72.

(13) Cf. Sto. Tomás de Aquino, Summa Theologiæ, I-II, p. 95, a. 2.

(14) Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, 25 de marzo de 1995, n. 90.

(15) Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, 22 de febrero de 1987, II. A. 1-3.

(16) Cf. Sto. Tomás de Aquino, Summa Theologiæ, II-II, p. 63, a.1, c.

(17) No hay que olvidar que subsiste siempre « el peligro de que una legislación que haga de la homosexualidad una base para poseer derechos pueda estimular de hecho a una persona con tendencia homosexual a declarar su homosexualidad, o incluso a buscar un partner con el objeto de aprovecharse de las disposiciones de la ley » (Congregación para la Doctrina de la Fe, Algunas consideraciones concernientes a la Respuesta a propuestas de ley sobre la no discriminación de las personas homosexuales, 24 de julio de 1992, n. 14).

(18) Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, 25 de marzo de 1995, n. 73.

22.07.03

593 - ONU: EL CEDAW AVANZA EN LA REINGENIERÍA SOCIAL DE IBEROAMÉRICA (I).

ONU: EL CEDAW AVANZA EN LA REINGENIERÍA SOCIAL DE IBEROAMÉRICA (I). El Comité y el Protocolo Opcional. La rendición de Brasil.

Fuentes: Propias; UN Wire, 30-06-03; 02-07-03; 11-07-03; Press Release, WOM/1404, 01/07/2003; WOM/1405, 02/07/2003; WOM/1407, 07/07/2003; WOM/1409, 09/07/2003; CEDAW/C/CRI/1-3, 26-12-01; CEDAW/C/BRA/1-5, 7-11-02.

Por Elena Brañas

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas realizó del 30 de junio al 18 de julio, su sesión bianual, nº 29 en New York.

Los 8 países que presentan sus informes son: Brasil, Costa Rica, Ecuador, Francia, Japón, Marruecos, Eslovenia y Nueva Zelanda. Las 23 expertas del Comité monitorean la implementación de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en Contra de las Mujeres (CEDAW), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979, en vigencia desde 1981.

EL COMITÉ Y EL PROTOCOLO OPCIONAL

Al 3 de junio de 2003 la Convención ha sido ratificada por 174 países. Al Protocolo Opcional de la Convención, que entró en vigor el 22 de diciembre de 2000; al 23 de junio del corriente año solamente 52 estados lo ratificaron y fue firmado sólo por 74.

Como hemos informado en otras ocasiones, el Comité formula en base a los informes, recomendaciones sobre la implementación de la Convención al Estado Parte. Se invita también a las agencias especializadas de la ONU, que expongan sus informes, lo mismo que a las ONG´s de los países en cuestión, la mayoría feministas. Los informes que elaboran las ONG´s se llaman "informes en la sombra". Las expertas reciben información además otras informaciones de la ONG´s, a las que se les permite participar de las pre-sesiones de los grupos de trabajo del Comité y de los encuentros plenarios.

Cabe destacar que el Comité adoptó hasta la fecha 24 Recomendaciones Generales -que deben aplicar los estados partes, ya que son interpretaciones "auténticas" de los artículos de la Convención-, y cubren temas tales como: la violencia contra las mujeres, las reservas a la Convención, la igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, las mujeres y la salud, etc. El Comité está trabajando en su Recomendación General nº 25, la cual cuando se complete agregará al artículo 4.1 de la Convención, "medidas temporales especiales que permitirán acelerar la igualdad entre hombres y mujeres". Estas recomendaciones generales, son las que ha usado el Comité para imponer el concepto de salud reproductiva -que incluye el aborto-; la extensión de éste a menores de edad sin conocimiento de los padres; la llamada "plena autonomía reproductiva de las mujeres sin injerencia de terceros: padres, cónyuges, estado, etc."; y la abolición de todo tipo de restricciones legales al aborto quirúrgico.

BRASIL

Brasil, que ratificó el Protocolo Opcional en 2002, presentó un informe de 258 páginas, detallando "la situación de las mujeres". Emilia Therezinha Fernandes, Secretaria Especial de Políticas de las Mujeres, cargo creado por el presidente Lula da Silva en enero de este año, fue quien glosó el informe. Cabe destacar que el actual Ministro de Relaciones Exteriores es Celso Amorim, uno de los principales impulsores de la Carta de la Tierra, documento con el que el Consejo de la Tierra y la Cruz Verde Internacional, íntimamente relacionados con la ONU, pretenden reemplazar a los Diez Mandamientos.

Respondiendo a las preguntas planteadas por las 23 expertas del Comité, la delegación brasileña delineó las medidas "que se tomarán para poner a la legislación de su país acorde con las normas de la Convención, superando los estereotipos negativos y entre otras cosas, desarrollando una política nacional para el avance de la mujer tanto en la esfera constitucional como civil, donde aún existen prejuicios que reflejan actitudes sexistas y discriminatorias hacia las mujeres". Este modo de decir significa: despenalización total del aborto y legalización de las uniones homosexuales.

Fernandes continuó aclarando que la legislación brasileña no reconoce los derechos resultantes de las relaciones homosexuales, pero en el Congreso Nacional existen proyectos en discusión para el reconocimiento de éstas. Dijo que "es urgente y necesaria, una profunda reforma del Código Penal -que data de 1940-, para eliminar las claúsulas discriminatorias contra las mujeres y que les imponen severas penas por aborto. Estos proyectos agregó están en discusión en el Congreso Nacional, pero existe una fuerte resistencia por parte de los legisladores para despenalizar el aborto o ampliar los permisos para la "interrupción voluntaria del ambarazo". Para Fernandes, "el sistema judicial continúa perpetuando estereotipos, prejuicios y discriminaciones contra las mujeres".

Ayse Feride Acar de Turquía, presidente del Comité le señaló a Brasil, entre los cambios fundamentales que debe hacer que: "la erradicación de la discriminación es un requisito previo necesario para el fortalecimiento de la democracia", urgiendo al Gobierno a: "que cuidara los compromisos hechos en su agenda para el avance de las mujeres, poniendo en acción medidas y políticas concretas que les aseguraran igualdad de género, educación, salud, empleos y participación política". Y continuó: "en algunos lugares del país la nueva legislación tiene reglas arcaicas que se necesitan corregir para alinearlas con la Convención", es decir despenalizar el aborto y reconocer social y jurídicamente las uniones homosexuales. FIN, 22-07-03

8.07.03

592 - ONU:DÍA DE LA POBLACIÓN:DERECHO A LA SALUD REPRODUCTIVA ADOLESCENTE

ONU: DÍA DE LA POBLACIÓN: EL DERECHO A LA SALUD REPRODUCTIVA DE LOS ADOLESCENTES.

Nueva claudicación de Argentina. Graves denuncias de corrupción.

Fuentes: Propias; UNFPA in the News: Week of June 21-27, 2003; UNFPA NEWS, Speeches, June 2003; Vid NG 384, 385, 388--393, 396, 397, 438, 440-443, 448, 462, 463, entre otros.

Por Juan Bacigaluppi

El Día Mundial de la Población, 11 de julio, tendrá este año como objetivo someter a mil millones de adolescentes del mundo a los servicios de salud reproductiva, que incluyen el aborto: un paso más del Nuevo Orden Mundial para consolidar la destrucción de la familia. Amparándose en una torcida interpretación de los derechos a la confidencialidad, a la privacidad, y a la no discriminación, se excluye radicalmente a los padres de los temas relacionados con la salud y la educación sexual de sus hijos.

Mientras impulsa a los jóvenes al uso del sexo precoz y banalizado, hipócritamente el Fondo hace planes para combatir el embarazo adolescente, universalizar la educación sexual y a proveer indiscriminadamente anticonceptivos, que no sólo son abortivos sino altamente tóxicos. A la vez, para combatir el SIDA, sólo publicita y provee preservativos, que se ha demostrado no previenen contra esa enfermedad; aunque, para conformar a los ingenuos o para volver a obtener las subvenciones del gobierno de los Estados Unidos, este año hace referencia a la abstinencia y a la fidelidad para evitar el contagio. Sin ningún escrúpulo, el Fondo se apresta también a "combatir los estereotipos de género", promoviendo el "sexo polimorfo", entre los jóvenes.

"Todos los jóvenes tienen derecho a la salud, incluida la salud reproductiva, y a la información y los servicios necesarios para la vigencia real de ese derecho. Esto es especialmente urgente en la lucha contra el VIH/SIDA. El Fondo para la Población de la ONU (UNFPA) apoya las acciones de los países encaminadas a velar por que los jóvenes adopten decisiones responsables y bien fundamentadas y tengan vidas saludables y productivas", declaró Thoraya A.Obaid, Directora Ejecutiva del UNFPA.

Añade la declaración del Fondo: "Los jóvenes (especialmente, las niñas adolescentes) necesitan tener voz en las decisiones que afectan sus vidas y oportunidades de participar como ciudadanos y protagonistas del cambio. Los resultados beneficiarán a todos en materia de derechos humanos, cohesión y estabilidad sociales y productividad en la adultez para contribuir al desarrollo".

Las políticas programadas para este año, para "afianzar el derecho" a la salud reproductiva de los jóvenes y adolescentes, son:

"Impartir educación sobre la sexualidad; Aplazar el matrimonio; Prevenir los embarazos no deseados; Proporcionar servicios costeables, accesibles y acogedores para los jóvenes; Combatir los estereotipos de género; Ofrecer tratamiento para las enfermedades relacionadas con el embarazo, como la fístula obstétrica; Establecer políticas nacionales para la juventud; Realizar investigaciones más a fondo; Crear conciencia sobre los peligros del alumbramiento precoz; Proteger a adolescentes que corren mayores riesgos porque son de sexo femenino, pobres o refugiados, o porque viven en las calles, no asisten a la escuela o son vulnerables por otras razones; Involucrar a los jóvenes en los procesos de adopción de decisiones".

Las instrucciones para la proganda en los medios son:

"Capte la cooperación de artistas, escritores, actores, pintores y músicos para que colaboren con los jóvenes en la creación de mensajes para el Día. Organice concursos públicos sobre los mejores carteles, ensayos, canciones, discursos, obras teatrales, poemas, eslogans y obras de arte acerca de los jóvenes y la salud reproductiva. Ofrezca premios o la publicación de las obras y organice la cobertura en los medios de difusión locales. Organice talleres, debates, conferencias, seminarios, reuniones de mesa redonda y conferencias de prensa. Prepare estudios de casos y reseñe ejemplos de personas o programas. Utilice citas, indique el ámbito y describa las personas y los procesos. Colabore con los periodistas para crear materiales de difusión especiales o suplementos de periódicos y revistas. Produzca programas de radio, televisión y cine. Intercambie información y establezca enlaces con el sitio Web del UNFPA. Aliente el debate entre los jóvenes, dentro y fuera de la escuela".

Poco antes de iniciarse la campaña, el Fondo para la población anunciaba con bombos y platillos el primer acuerdo firmado con Argentina. El 25 de junio, fue firmado por el ministro de salud del gobierno argentino, Ginés González García, el primer acuerdo con el Fondo para poner el marcha el primer programa de salud reproductiva inspirado en los objetivos de la Conferencia de El Cairo (1994). Implícitamente el Fondo festeja esta victoria sobre la soberanía argentina, porque da por supuesto que este país dejará de lado las reservas y declaraciones interpretativas que hiciera en la Conferencia Mundial de Población y Desarrollo.

¿Corrupción en el Fondo?

Mientras tanto, Friday Fax (Vol. 6, nº 27), hizo pública el 27 de junio pasado, una investigación interna de las Naciones Unidas, cuyo resultado no es positivo para los agentes del Fondo en los distintos países dónde éste actúa. "Si los ejecutivos de Enron acabaron en la cárcel por irregularidades financieras, ¿por qué no se aplica el mismo criterio con los del Fondo?", se pregunta la publicación del Family and Human Rights Institute, de New York.

Por otro lado, recordemos que el Fondo está seriamente cuestionado por su intervención en programas de aborto y esterilización coactivos en varios países del mundo, lo que le valió el retiro de fondos por parte del gobierno de los Estados Unidos. FIN, 08-07-03

25.06.03

591 - EL LOBBY HOMOSEXUAL Y EL LOBBY ABORTISTA

EL LOBBY HOMOSEXUAL Y EL LOBBY ABORTISTA.

"Normalización" de la pedofilia. Denuncias en la ONU. Iberoamérica: FLACSO y otras instituciones.

Fuentes: Propias; APA Statement, June 17, 2003, Release 03-28; Lifesite, June 12, 2003; FLACSO, Santiago de Chile, 10-06-03; Vid también NG 44; NG 53; NG 54; NG 277; NG 588.

Por Juan Bacigaluppi

A raíz de la presentación por parte del Dr. Robert Spitzer ante la American Psychiatric Association (APA), de un trabajo en el que se propone eliminar a la pedofilia de la lista de alteraciones mentales graves, la APA publicó, el 17 de junio, una declaración en la que reafirma el criterio médico sobre la pedofilia.

La APA desde 1968, incluyó la pedofilia en su manual de Diagnóstico y Estadísticas sobre Desórdenes Mentales (siglas en inglés DSM). El comunicado insiste en que la pedofilia sigue clasificada como un desorden mental severo (DSM-IV-TR).

Dice, además, que "un adulto que se involucra en actividades sexuales con un niño realiza un acto criminal e inmoral y esta conducta no puede ser nunca considerada normal o socialmente aceptable". Darel A. Regier, director de investigación de la APA, declaró "no hay planes o procedimientos para remover las parafilias de la lista de reales desórdenes mentales".

Basándose en una postura más ideológica que médica, Spitzer reconoce que para remover la pedofilia de la lista de enfermedades mentales, hay que seguir el mismo camino de presión y escándalo mediático, que siguió el "lobby" homosexual a principios de los años 70, consiguiendo, en 1973, eliminar la homosexualidad de la lista de enfermedades del manual de Diagnóstico y Estadísticas de la APA.

Para estos "especialistas en identidad de género", la pedofilia es "normal y saludable", y sólo "los prejuicios culturales y religiosos" impiden que sea aceptada socialmente, y proponen no sólo una "reclasificación médica", sino también un cambio en todas las legislaciones del mundo que condenan la pedofilia.

Como en otros temas, por ejemplo el derecho a la vida, los llamados "progresistas" dicen que quienes se oponen al cambio son fundamentalistas que imponen a la sociedad sus convicciones culturales y religiosas, ignorando lo que naturalmente rechaza cualquier ser humano normal.

Denuncias en la ONU

Según Lifesite, por primera vez en la historia, en el seno del Comité de seguimiento de la Convención de Derechos del Niño, una ONG (REAL Woman of Canada), denunció la presión homosexual sobre los menores.

El informe de REAL Woman, presentado en Ginebra el pasado 10 de junio, en los colegios de enseñanza media de Canadá -país que acaba de reconocer derechos jurídicos y sociales a las parejas de gays y lesbianas-, las organizaciones de homosexuales instan a los chicos a probar el estilo de vida homosexual y enseñan a considerar la homosexualidad como una opción más, "válida y saludable".

REAL Women, denunció además, ante el Comité de seguimiento de la Convención del Niño, que el gobierno de Canadá, ha ignorado más de medio centenar de trabajos científicos que desaconsejan la adopción de menores por parejas de gays y lesbianas.

Recordemos la recomendación sobre salud de los adolescentes, dada a conocer por el Comité, de la que dimos cuenta en NG 588 (15-06-03). En ella se pide a los estados el reconocimiento de plenos derechos sexuales y reproductivos para los menores, que incluyen la llamada perspectiva de género, sin intervención de sus padres. La recomendación se basa en una concepción perversa del principio de no-discriminación y del principio de confidencialidad.

En Iberoamérica

Como anunciaron hace pocos días las agencias de prensa, en el Parlamento de Chile se presentó un proyecto de ley de reconocimiento de las parejas homosexuales. Buenos Aires, Argentina, desde noviembre de 2002, tiene el triste record de ser la primera ciudad latinoamericana que reconoció legalmente a "las parejas de hecho". En San Pablo, Brasil, el gobierno del estado, desde hace dos años, "instruye" a maestros y profesores de colegios, en programas de no-discriminación por opción sexual, en los que se presenta la homosexualidad y otras patologías anexas, como "normales y aceptables socialmente".

En el ámbito del Foro de la Sociedad Civil en preparación de la XXXIII Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), Sociedad Civil y Gobernabilidad, la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO, anunció en Santiago de Chile, la organización del "'Seminario-taller: estudios culturales, homosexualidades y estrategias de identidad en Chile' a realizarse el 26 y 27 de junio de 2003 surge como una necesidad de generar espacios de reflexión e interrogantes entre actores sociales y políticos de organizaciones gay/lésbicas y académicos, que permita visualizar líneas de debate y construcción de una agenda académica y política acerca de las homosexualidades en Chile. Su objetivo es el de actualizar el debate chileno sobre las políticas de identidad y sexualidades desde de los estudios culturales. Con él, se pretende además; cartografiar los actuales debates teóricos en materia de identidad y sexualidades, la re-construcción histórica de los discursos de la diferencia en Chile en la década de los noventa del siglo XX, y la generación de un espacio de reflexión y diálogo teórico en materia de políticas de identidades y sexualidades'".

Es decir, para la nueva sociedad global, la aceptación de la homosexualidad, y por supuesto del aborto, es condición de gobernabilidad.

FLACSO, es una de las instituciones que intenta imponer una ideología anticristiana: feminista, eco-feminista y neomarxista basada en la educación desde la perspectiva de género en América Latina. Intervienen en el proyecto las organizaciones abortistas: Red de Salud Mujeres Latinoamericanas y del Caribe, ISIS Internacional, CLADEM, IPPF y Católicas por el Derecho a Decidir. (vid. NG 277, Chile: Principales instituciones que difunden la perspectiva de género, 29-12-99).

El exdirector de FLACSO en Argentina, Daniel Filmus, es el actual ministro de Educación Nacional del gobierno del presidente Néstor Kirchner. Filmus, hasta hace un mes, era Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuya cabeza es Aníbal Ibarra. Bajo este gobierno, un verdadero "bunker" de feministas y abortistas, la Ciudad de Buenos Aires, "obtuvo" su ley de salud reproductiva (aborto encubierto); se sancionó la ley de uniones civiles (homosexuales); se dio entrada en los colegios a los miembros de la Sociedad Gay-Lésbica; la llamada "anticoncepción de emergencia" se convirtió en política de salud, distribuyéndose la píldora del día después en los hospitales públicos; por resolución de la Secretaría de Salud, la ligadura de trompas fue aceptada como método anticonceptivo; etc. FIN, 25-06-03.