Serie Mandamientos de la Ley de Dios - 7º.- No hurtarás

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Diez Mandamientos

RAZÓN DE LA SERIE:

Los Mandamientos de la Ley de Dios vienen siendo, desde que le fueron entregados a Moisés (Éxodo 20, 1-17) en aquella tierra inhóspita por la que deambulaban hacia otra mejor que los esperaba, una guía, no sólo espiritual, que el ser humano ha seguido y debe seguir. Quien quiera ser llamado hijo del Creador ha de responder afirmativa a Cristo cuando le diga, como al joven rico (Mc 10, 19) “ya sabes los mandamientos…” y ha de saber que todo se resumen en aquel “Quien ama, ha cumplido toda la ley” que dejara escrito San Pablo en su Epístola a los Romanos (13,8).

Por otra parte, los Mandamientos, doctrinalmente así se entiende, están divididos, o podemos así entenderlo, en dos grandes grupos: el primero de ellos abarca los tres primeros que son referidos, directamente a Dios y que se resumen en el “amarás a Dios sobre todas las cosas”; el segundo abarca el resto, 7, referidos, exactamente, a nuestra relación con el prójimo y que se resumen en el “amarás a tu prójimo como a ti mismo”.

Tenemos, pues, que traer a nuestra vida ordinaria, el espíritu y el sentido exacto de los 10 Mandamientos de la Ley de Dios para no caer en lo que San Josemaría refiere en “Amar a la Iglesia” (El fin sobrenatural de la Iglesia, 11) cuando escribe que “Se rechaza la doctrina de los mandamientos de la Ley de Dios y de la Iglesia, se tergiversa el contenido de las bienaventuranzas poniéndolo en clave político-social: y el que se esfuerza por ser humilde, manso, limpio de corazón, es tratado como un ignorante o un atávico sostenedor de cosas pasadas. No se soporta el yugo de la castidad, y se inventan mil maneras de burlar los preceptos divinos de Cristo.

Seamos, pues, de los que son llamados humildes, mansos y limpios de corazón y traigamos, aquí, el sentido que la norma divina tiene para nosotros, hijos del Creador. Sabemos lo que nos espera, en la vida eterna, en tal caso.

7º.- No hurtarás

No hurtarás

Sabemos que hurtar es causar daño al prójimo tomando o reteniendo bienes que le son propios. Se hace, además, contra la voluntad del legítimo propietario pero sin causar daño en aquello que se hurta ni, tampoco, a las personas a las que se les hurta.

Pero, aunque se haga sin causar más estrago que el propio de privar de algo ajeno al prójimo, no extraña que tal forma de proceder sea contemplada en el Catálogo normativo de Dios de una forma no permitida. Sin embargo, como pasa en todos los Mandamientos de la Ley de Dios, su sentido va más allá de la letra de los mismos pues también la conducta incumplidora del ser humano de lo dicho por el Creador, es diversa y tiene, siempre, mucha imaginación para tergiversar lo que es la voluntad de Dios.

Las siguientes preguntas nos sirven, como en otros casos, para preguntarnos acerca de nuestra actitud sobre el séptimo Mandamiento:

¿Has hurtado algo ajeno en materia leve?
¿Has perjudicado gravemente a otros en sus bienes? (En su negocio, comercio, clientela, fortuna, hacienda…)
¿Has comprado o vendido con engaño? (En el peso, cantidad, calidad, medida, precio…)
¿Pagas lo justo (salarios, deudas, precios…), y cobras lo justo por tu trabajo? (Sueldos, ventas, negocios, prestamos…)
¿Has comprado, a sabiendas, lo hurtado?
¿Has jugado cantidades grandes o que no son tuyas?
¿Has hecho trampas en el juego por ganar?
¿Has pasado billetes falsos?
¿Has sisado en las compras?
¿Derrochas el dinero en lujos y caprichos?
¿Te has dejado sobornar? ¿Aceptas dinero de negociantes o litigantes?
¿Retienes el dinero ajeno? (De legados, limosnas, pagos, jornales de obreros…)

No hurtarás


¿Has cooperado de alguna manera a los robos ajenos? (Encubriéndolos, aconsejando, callando, ayudando, participando, no impidiendo…)
¿Sientes codicia excesiva, envidias a los ricos, y te quejas de Dios porque no te da más riquezas?
¿Has deseado robar al prójimo o perjudicarle en sus bienes?
¿Has tramado algo para apoderarte de lo ajeno?
¿Tratas de enriquecerte aprovechándote de la escasez o de la necesidad del prójimo?
¿Cumples con la justicia social, según tu posición?
¿Das limosnas proporcionadas a tus ingresos?

Y, ante esto, también podemos preguntarnos si hemos, por ejemplo, restituido, pudiendo, lo hurtado y resarcido el daño que se ha causado porque si está mal pecar no podemos dejar de recordar que debería ser posible que el corazón del cristiano, aquí católico, sintiera la necesidad de corregir el daño causado.

Pero para que se comprenda que lo básico en el comportamiento, ahora en este aspecto de la propiedad ajena, es que se tenga por cierto y verdadero lo que nos debe importar el prójimo, el Decreto sobre el Apostolado de los Seglares (8), de título Apostolicam actuositatem (del Concilio Vaticano II) dice que

“Para que este ejercicio de la caridad sea verdaderamente extraordinario y aparezca como tal, es necesario que se vea en el prójimo la imagen de Dios según la cual ha sido creado, y a Cristo Jesús a quien en realidad se ofrece lo que se da al necesitado; se considere con la máxima delicadeza la libertad y dignidad de la persona que recibe el auxilio; que no se manche la pureza de intención con ningún interés de la propia utilidad o por el deseo de dominar; se satisfaga ante todo a las exigencias de la justicia, y no se brinde como ofrenda de caridad lo que ya se debe por título de justicia; se quiten las causas de los males, no sólo los efectos; y se ordene el auxilio de forma que quienes lo reciben se vayan liberando poco a poco de la dependencia externa y se vayan bastando por sí mismos”

Por lo tanto, en el amor, en la caridad, ha de residir, y reside, la voluntad de tener en cuenta, para su bien, al prójimo y, así, no detraerle bienes que le son propios. Y todo esto porque sabemos, y no podemos dejarlo olvidado cuando nos conviene, que el resto de personas son criaturas de Dios y, por lo tanto, merecen respeto y tener en cuenta su dignidad como tales. Además, como expresión de verdadera caridad, San Juan, en su Primera Carta (3, 17) nos advierte acerca de que

“El que tuviere bienes de este mundo y viendo a su hermano pasar necesidad le cierra las entrañas, ¿cómo mora en él la caridad de Dios?”

Tengamos, pues, en cuenta, el sentido profundo de no hurtar pues, al fin y al cabo lo que tenemos lo habemos por gracia de Dios y el hermano que padece puede sentirse hurtado en su propia circunstancia.

En realidad, hay muchas formas de hurtar como, por ejemplo

-Quitar, retener, estropear o destrozar lo ajeno contra la voluntad de su propietario.

-El fraude o, lo que es lo mismo, hurtar con apariencias legales, con astucia, falsificaciones, mentiras, hipocresías, pesos falsos…

-La emisión de cheques sin fondo o la firma de letras de cambio que, a sabiendas, nunca podrán ser pagadas.

-La usura o las trampas en el juego.

-También lo siguiente a tener en cuenta y que recoge el Deuteronomio (25, 15-16):

Has de tener un peso cabal y exacto, e igualmente una medida cabal y exacta, para que se prologuen tus días en el suelo que Yahvéh tu Dios te da. Porque todo el que hace estas cosas, todo el que comete fraude, es una abominación para Yahvéh tu Dios.

No hurtarás

-O esto otro que recoge el Levítico (19, 35).

“No cometáis injusticia en los juicios, ni en las medidas de longitud, de peso o de capacidad: tened balanza justa, peso justo, medida justa y sextario justo. Yo soy Yahvéh vuestro Dios, que os saqué del país de Egipto”

Es más que posible que muchas de estas actuaciones queden sin castigo humano porque, como es comprensible, no todo puede ser controlado ni es posible que todas las diversas formas de hurtar que aquí hemos contemplado, tengan su justo castigo. Sin embargo, no es menos cierto y verdad que Dios, que todo lo sabe y todo lo ve, juzgará, cuando sea oportuno, semejantes comportamientos y que bien podemos darnos cuenta de esto en los textos del Antiguo Testamento aquí traídos.

Por otra parte, en el libro “Dios y el mundo” que es, como sabemos, la fijación por escrito de una larga conversación habida entre Peter Seewald y el entonces cardenal Joseph Ratzinger (Benedicto XVI) preguntó el escritor, precisamente, sobre el Mandamiento relativo a “No hurtarás”.

El cardenal respondió (a la pregunta “El séptimo mandamiento: ‘No hurtarás’. Respetar la propiedad ajena es un precepto banal. ¿Qué más esconde detrás?”) lo siguiente:

“La doctrina de la asignación universal de los bienes de la creación no es sólo una idea bonita, también tiene que funcionar. Por eso está supeditada a ella la verdad de que el individuo necesita su esfera en las necesidades fundamentales de la vida y por tanto debe existir un sistema de propiedad que cada individuo debe respetar. Esto exige, por supuesto, las necesarias leyes sociales orientadas a limitar y controlar los abusos de la propiedad.

Ahora vemos con una claridad antes infrecuente cómo las personas se autodestruyen viviendo solamente para atesorar cosas, para sus asuntos, cómo se sumergen en ello, convirtiendo la propiedad en su única divinidad. Quien, por ejemplo, se somete por completo a las leyes de la Bolsa, en el fondo no puede pensar en otra cosas. Vemos el poder que ejerce entonces el mundo de la propiedad sobre las personas. Cuanto más tienen, más esclavas son, porque deben estar continuamente cuidando esa propiedad y acrecentándola.

La problemática de la propiedad también se observa claramente en la relación perturbada entre el Primer y el Tercer Mundo. Aquí la propiedad ya no está supeditada a la asignación universal de los bienes. También aquí es preciso hallar formas legales para que esto siga equilibrado o se equilibre.

Ya ve usted cómo la palabra de respetar los bienes ajenos entraña una enorme carga de verdad. Abarca ambas cosas, la protección de que cada cual ha de recibir lo que necesita para vivir (y después hay que respetárselo), pero también la responsabilidad de utilizar la propiedad de forma que no contradiga la misión global de la creación y del amor al prójimo.”

Sepamos, pues, que hurtar, es mucho más que aquello que pudiera parecer y que, sobre todo, Dios, que ve en lo secreto, ama a quien sabe darse cuenta del mal hecho y que, al fin y al cabo, mejor cristiano es quien, ante el pecado sabe pedir perdón, levantarse y seguir adelante.

Leer Primer Mandamiento: Amarás a Dios sobre todas las cosas.

Leer Segundo Mandamiento: No tomárás el nombre de Dios en vano.

Leer Tercer Mandamiento: Santificarás las fiestas.

Leer Cuarto Mandamiento: Honrarás a tu padre y a tu madre.

Leer Quinto Mandamiento: No matarás.

Leer Sexto Mandamiento: No cometerás actos impuros

Eleuterio Fernández Guzmán

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6 comentarios

  
clavel
Recordemos el chascarrillo antiguo que decía: Si en el Sexto no hay perdón/ y en el Séptimo rebaja/ ya puede Dios Nuestro Señor/ llenar el Cielo de paja. Así que Dios nos tenga de su mano y nos pille Confesaos.
30/01/12 7:26 AM
  
Tikhon
¿Has descargado programas, películas o música piratas de internet?


Hay una manera de robar que es ya tan habitual que nos pasa desapercibida.

Descargarse de internet programas, películas o música pirateada es robar.

Los jóvenes lo hacen a todas horas y muchos adultos también. Se hace con toda naturalidad y nadie reflexiona sobre el tema...



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EFG


Eso es bien cierto. Los Mandamientos de la Ley de Dios no son, sólo, lo que la letra dice o, mejor, son, exactamente, lo que la letra significa. Y hoy día, tal forma de actuar es muy común.
30/01/12 8:52 AM
  
Mario Saladich
Después de leerte Eleuterio, podría preguntarte un montón de cosas (muy poco de tu agrado, presumo) al respecto de tu comentario sobre el Septimo Mandamiento y una hipotética relación con la Esposa de Cristo, pero no lo haré. Tan sólo plantearé una cuestión por si tienes a bien contestarme: ¿No es acaso pecado mortal, tal y como a mi me enseñó el padre Félix en clase de religión, tratar, reiteradamente y a sabiendas de lo que se dice, de santo a quien no lo es (todavía?)?


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EFG


Perdone, pero no sé a qué se refiere. Por favor, diga a qué se refiere para ver si me he equivocado en algo.
30/01/12 2:24 PM
  
Mario Saladich
Viene al caso, claro, por la referencia que haces a Escribá, por la controversia que hay alrededor de su canonización expres y por la proliferación de opiniones de este tipo:

"Para mi este seños José María Escrivá de Balaguer NO ES SANTO EN ABSOLUTO y me explico:
Un señor que era figurón, egócentrico, ególatra, narcisista y engreido NO PUEDE SER SANTO.
Un señor que lejos de ser humilde era todo lo contrario, es decir, que fomentaba la admiración hacía él, NO PUEDE SER SANTO.
Un señor que trataba a sus subordinados con evidentes trazas de prepotencia y malos modos, NO PUEDE SER SANTO.
Un señor que solicita para él un titúlo nobiliario - marqués de Peralta - y que lo consigue de forma por lo menos discutible ( aunque es cierto que después le cedió dicho título a uno de sus hermanos ), NO PUEDE SER SANTO.
Un señor que se cambia su segundo apellido por aquello del "bien sonar" y se cambia también el nombre por la misma razón, NO PUEDE SER SANTO. En realidad era José María ( ¡ separado, como todo el mundo !) Escribá Albás. ¡¡ Pobre madre !!
Al contrario, este señor es la antítesis de la santidad. Y el hecho de haber sido canonizado constituye una verdadera vergüenza para la cristiandad."

Pero no. No estoy ahora dudando de su santidad, ni creo pues que estés equivocado en nada de lo que ha esto se refiere, ni hay doble intención en mi pregunta. Sólo y al hilo de todo lo anterior, me gustaría saber si en tu opinión, hay pecado en el tratamiento de santo a quien no ha sido confirmado como tal por la iglesia.

Gracias, hombre

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EFG


Sobre la canonización de Josemaría Escrivá no hay duda alguna. Ahora es San Josemaría y sobre el tema no voy a discutir ni nada por el estilo.

Ahora bien decir, a esta altura de la película que San Josemaría no ha sido confirmado como tal por la Iglesia... la verdad, no sé de qué planeta viene usted para no saber que hace unos cuantos años que fue canonizado.
30/01/12 3:53 PM
  
Mario Saladich
No me has entendido o no me he sabido explicar Eleuterio. Yo, en este caso, ni digo, ni afirmo nada sobre el caso de Escribá. Si la iglesia a tenido a bien canonizarlo, pues me parece estupendo; eso que quede claro. No seré yo quien le niegue la santidad ¡Faltaría más!
Mi duda, una vieja duda por cierto, me ha venido a la mente al hilo de este señor y del tratamiento de santo que muchos le concedían antes de su canonización efectiva, pero solamente eso. Hasta ahí. La pregunta que te hacía sobre el pecado, era tal cual, totalmente desligada de cualquier personificación.
¿Es pecado tratar de santo a quien no lo es?
O para que se me entienda mejor ¿era pecado dar tratamiento de santo a Escribá, cuando solo era un beato?


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EFG


Para mí eso es bastante común porque sabemos que muchas personas han vivido con fama de santidad y se les ha considerado santos en vida. De todas formas, los cristianos se llamaban, entre sí, santos, en un principio. No sé la razón de que sea grave que a San Josemaría se le tuviese por santo en vida. Luego se ha certificado que lo era.
30/01/12 8:07 PM
  
Teresa
El séptimo mandamiento: no hurtarás, en cierta forma se ve reflejado en los últimos 7 porque (como lo leí una vez y no recuerdo de quien) quien mata, roba la felicidad y tal vez la asistencia económica de una familia; quien fornica, roba la paz y felicidad de una o mas oersonas; Quien no honra al padre y a la madre, roba su felicidad de haber enseñado bien a su hijo; y asi, podemos extendernos mucho mas en cada mandamiento. NO DEBEMOS ROBAR NADA A NADIE sean bienes materiales o espirituales.
12/01/13 9:29 PM

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