(Agencias/InfoCatólica) En un comunicado, la Consejería ha asegurado que Educación para la Ciudadanía no vulnera los derechos constitucionales, tal como sentenció el Tribunal Supremo, que rechazó también la objeción de conciencia a esta asignatura. La Sala de lo Contencioso del TSJA, en una sentencia divulgada a través de su gabinete de prensa, acepta el recurso de una familia de Bollullos Par del Condado (Huelva) y autoriza a que su hijo no acuda a clases de EpC ni sea evaluado mientras se imparta con dicho manual.
La sentencia contiene un voto particular del magistrado Eloy Méndez, que era el ponente inicial, quien cree que el libro puede considerarse “a lo sumo, atrevido porque expone corrientes filosóficas, políticas y morales de las que era impensable tratar en tiempos pasados”, pero “no adoctrina hacia ninguna de ellas”.
La sentencia se ha dictado a petición de la familia Flores Cano, la primera que consiguió del TSJA el derecho a objetar frente a la asignatura, luego anulado por el Tribunal Supremo porque la materia no vulneraba su derecho fundamental a que sus hijos recibiesen la formación moral más acorde a sus convicciones.
Contenido “claramente adoctrinador”
Ahora, el TSJA sentencia que el manual es en la mayoría de sus unidades “claramente adoctrinador”, con “una visión parcial del ser humano, inexacto en sus apreciaciones, atribuyendo méritos cuestionables cuando menos a determinadas etapas de la historia e ideologías, centrándose exclusivamente en la cosmovisión de la izquierda”.
Además el libro introduce “lo que se ha denominado ideología de género” y “dice a las claras al alumno que su sexo y su sexualidad es neutra y depende del entorno cultural y social en el que se desarrolle”, actitud derivada de “una posición filosófica, cultural y sociológica vinculada a un feminismo radical”.
La “familia tradicional, sea extensa o estricta, aparece marginada dentro del proceso educativo” pues el autor recoge la aparición de nuevas relaciones de pareja con las que “relativiza desde la óptica de las convicciones morales de los recurrentes el concepto de familia con nuevas fórmulas cuestionadas moralmente u objeto de controversia en la sociedad española”.
Sobre la sexualidad, entiende que el manual “denosta hasta casi el ridículo la concepción 'tradicional'“, y dice que el “necesario respeto cívico” a los homosexuales “no incluye de modo alguno la aceptación ética ni compartir moralmente que la mayor parte de las personas sean 'pluritendentes sexualmente'”.
Estereotipos religiosos, sociales y económicos
Según el alto tribunal andaluz, el Cristianismo es presentado en todo el texto “siempre en un sentido represivo y sectario”, “como obstáculo social e histórico de progreso social y cívico, cuando menos de la Europa Occidental” y en el caso de la homosexualidad aparece “nuevamente asociado con crueldad, injusticia o maldad”.
Los jueces rechazan además que a lo largo del manual aparezcan “desperdigados estereotipos económicos respecto a ciertas instituciones como las empresas, las multinacionales o la banca, genéricamente como antítesis de los valores de solidaridad e igualdad, causantes de gran parte de los pasados y actuales problemas de pobreza”.
Concluyen que el manual va contra el derecho del menor a recibir una formación “que no sea contraria a su formación moral y religiosa”, lo que “se vulnera mediante la transmisión en el sistema educativo de aspectos siempre opinables y valorables históricamente, pero parciales” y que se presentan “bajo una aparente objetividad”.
El voto discrepante, sin embargo, sostiene que las frases que explican el “adoctrinamiento” se han sacado de contexto, dice que enseñar “otros valores y convicciones propios de una sociedad pluralista” no vulnera el derecho de los padres y que “un amplio sector de la sociedad” considera la homosexualidad como algo normal.
La Junta alega que EpC se imparte con normalidad
Según la Consejería, la asignatura se imparte "con normalidad" en las aulas andaluzas y la sentencia del TSJA se refiere solo a un manual recurrido por la familia de un alumno.
El departamento de Educación ha expresado la "confianza" que deposita en los profesionalidad de los docentes que imparten la asignatura y su respaldo a la libre elección de los libros de texto por parte de los centros educativos y sus consejos escolares.
Desde la Consejería se ha recordado que la sentencia "no es firme y recoge un voto particular", y ha explicado que recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo.