(ABC/InfoCatólica) Afganistán ha aprobado una nueva ley que prohíbe a las mujeres emitir su voz en público, ya sea cantando o leyendo, y les impide salir a la calle o acudir a establecimientos sin estar completamente cubiertas en presencia de hombres ajenos a su familia.
La normativa, compuesta por 35 artículos, fue publicada en el Diario Oficial el 31 de julio. Aunque estas prohibiciones ya eran generalmente conocidas en el emirato islámico, la ley podría facilitar un control todavía más extremo.
El ministerio informó este miércoles que la ley fue previamente ratificada por el líder supremo de los talibanes, el emir Hibatulá Akhundzada, quien gobierna Afganistán mediante decretos desde su bastión en Kandahar, en el sur del país.
El Ministerio para la Propagación de la Virtud y la Prevención del Vicio, una entidad con gran influencia en Afganistán, es el encargado de garantizar el cumplimiento estricto de la sharía, abarcando tanto la vida social como privada de los ciudadanos. Esta organización tiene el poder de regular múltiples aspectos de la vida cotidiana de los afganos.
Desde que el gobierno talibán tomó el control en septiembre de 2021, ha prohibido a las niñas asistir a clases, una medida que ha dejado a la mitad de la población en un estado de aislamiento durante mil días. Además, la legislación vigente impone estrictas restricciones a los conductores de vehículos, tales como la prohibición de la música, las drogas, y el transporte de mujeres sin velo, mujeres acompañadas por hombres que no sean parte de su familia, o mujeres que no vayan acompañadas de un mahram (un pariente masculino).
Entre otras prohibiciones se encuentran el adulterio, la homosexualidad, los juegos de azar, las peleas de animales, así como la creación o visualización de imágenes de seres vivos en dispositivos electrónicos. Además, los hombres están obligados a llevar una barba adecuada, ya que no está permitido no tener barba o mantenerla demasiado corta.
La ley también prohíbe «la amistad» con «un infiel» (una persona no musulmana) y exige el cumplimiento de las cinco oraciones diarias. Las sanciones previstas por esta normativa son graduales: comienzan con advertencias, seguidas de multas y detenciones preventivas que pueden durar de una hora a tres días. En caso de reincidencia, el caso es remitido a la justicia para una posible acción legal.