(Actuall/InfoCatólica) El Perú ha reafirmado una vez más su compromiso con sus raíces cristianas y su defensa a la vida tras la aprobación del Proyecto de Ley 1520/2021-CR, el cual fue respaldado con mucha ventaja tras obtener unos resultados de 87 votos a favor, 7 abstenciones y 18 en contra en las votaciones del Congreso peruano.
Este proyecto de ley, propuesto el 24 de marzo del 2022 por la congresista Rosangella Barbarán del partido Fuerza Popular, establece la obligación del Estado de garantizar el bienestar y la protección de toda mujer embarazada, su futuro hijo o hija, así como de todo el núcleo familiar, incluido el padre, con el fin de que el proceso gestacional se lleve a cabo sin inconvenientes ni interrupciones.
Después de la propuesta de dicho proyecto en 2022, tomó cuatro meses para ser aprobado por la Comisión de la Mujer y Familia, teniendo solo un voto en contra, proveniente de la congresista proaborto Ruth Luque.
Sin embargo, a pesar de los numerosos votos a favor, la congresista Barbarán, iniciadora de la propuesta, comenzó a recibir una enorme cantidad de ataques mediáticos incluso desde fuera del país.
Fue en septiembre del 2023 cuando el proyecto entró en acción dentro del pleno, lo que atrajo la atención de los opositores al mismo, especialmente dirigida hacia la congresista Barbarán. En un contexto de fuerte polarización, Susana Chávez, directora de la ONG PROMSEX, expresó en una emisora local su visión enérgicamente favorable al derecho a la vida contemplado en el proyecto de ley:
«Este proyecto de ley enfatiza en declarar al feto, al producto de la concepción, al embrión, desde el momento de la concepción, en persona. Es el gran cambio central…».
«Por ahora, ganan los derechos de las mujeres (sobre los de los concebidos) por el hecho de haber nacido. Al eliminar este elemento, ya los están equiparando al derecho de las mujeres… desde el día en que se une el óvulo y el espermatozoide».
«(De ser ley) obligaría a las mujeres a continuar su embarazo porque se declara al feto como persona, así tenga situaciones extremas».
«(La ley actual) jamás dice que (el feto) tiene igualdad de derechos que las mujeres… eso nos permite un marco legal. Con este tipo de proyectos, se cierra toda posibilidad (de abortar)».
«(Los médicos) podrían decir ‘ahora no estamos obligados porque hay una ley que protege la vida del concebido’…».
Durante la sesión del Congreso el 15 de septiembre de 2022, se llevó a cabo un acalorado debate sobre el proyecto de ley en cuestión. Los grupos abortistas mostraron una firme determinación en su oposición, centrándose en argumentar que la iniciativa «atentaba contra el derecho al aborto terapéutico». Esta afirmación, aunque amparada por la libertad de expresión, carece de validez jurídica. Al darse cuenta de que no contaban con los votos necesarios para detener el avance del proyecto, presentaron una primera objeción para que fuera devuelto a la Comisión de la Mujer con el fin de realizar un estudio más exhaustivo.
Esta estrategia parlamentaria, en términos prácticos, suele utilizarse con el fin de que el proyecto sea olvidado en el proceso legislativo. Sin embargo, su intento fracasó. Posteriormente, presentaron una segunda cuestión previa para que el proyecto fuera revisado por la Comisión de Salud, logrando su cometido. A pesar de esto, la congresista Barbarán presentó un recurso de reconsideración de la votación, desafiando esta decisión.
¿Cuáles ventajas ofrece esta legislación?
Lo principal es otorgar al niño o niña en gestación el derecho a nacer con seguridad de supervivencia y desarrollo integral. Absolutamente cada funcionario público tendrá el deber de proteger a ambos, a la madre y al feto.
Asimismo, citando a la directora de PROMSEX, «se cierra la posibilidad de abortar … y los médicos no podrán practicar un aborto porque hay una ley que los obliga a proteger la vida del concebido».
Desde este momento, los defensores del aborto no podrán apelar al Código Penal para argumentar la existencia de un supuesto «aborto terapéutico» en el Perú y justificar su legalidad. Tampoco podrán hacer referencia a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Artavia Murillo vs. Costa Rica, la cual establece que la vida y la salud de la madre tienen prioridad sobre la vida del concebido. Recientemente, el Congreso ha promulgado una ley que garantiza la protección estatal para ambas vidas.