(InfoCatólica) El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha hecho público un comunicado de prensa sobre la recepción de «Fiducia supplicans»
El Dicasterio insiste en que Fiducia Supplicans «contiene la propuesta de bendiciones pastorales breves y simples (no litúrgicas ni ritualizadas) de parejas irregulares (no uniones), subrayando que se trata de bendiciones sin forma litúrgica que no aprueban ni justifican la situación en la que se encuentran estas personas».
Es decir, tanto el cardenal Victor Manuel Fernández como Mons. Armando Mateo, firmantes de la nota de prensa, pretenden que se bendice a la pareja y no su unión. Lo cierto es que si hay pareja es porque hay unión, y por tanto, pecado.
En marzo del año 2021, el mismo dicasterio publicó un responsum asegurando que la Iglesia no tiene poder para impartir la bendición a las uniones homosexuales y al resto de uniones homosexuales, con la siguiente argumentación:
En consecuencia, para ser coherentes con la naturaleza de los sacramentales, cuando se invoca una bendición sobre algunas relaciones humanas se necesita —más allá de la recta intención de aquellos que participan— que aquello que se bendice esté objetiva y positivamente ordenado a recibir y expresar la gracia, en función de los designios de Dios inscritos en la Creación y revelados plenamente por Cristo Señor. Por tanto, son compatibles con la esencia de la bendición impartida por la Iglesia solo aquellas realidades que están de por sí ordenadas a servir a estos designios.
Por este motivo, no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo
A pesar de ello, el comunicado de prensa asegura que «no habría espacio para distanciarse doctrinalmente de esta Declaración o considerarla herética, contraria a la Tradición de la Iglesia o blasfema».
Doctrina de la Fe va más allá y advierte que los obispos no pueden cumplir lo indicado por dicho dicasterio hace casi tres años, y por tanto no pueden prohibir totalmente a los sacerdotes realizar las bendiciones:
Cada Obispo local, por su función propia, tiene desde siempre la potestad del discernimiento in loco, en ese lugar tan concreto que él conoce más que otros porque es su rebaño. La prudencia y la atención al contexto eclesial y a la cultura local podrían admitir diversos modos de aplicación, pero no una negación total o definitiva de este paso que se está proponiendo a los sacerdotes.
Los africanos y su cultura
Refiriéndose claramente a la oposición de los obispos africanos, el texto de Doctrina de la Fe les falta al respeto al señalar que no admiten la bendición de parejas en pecado, no porque quieran ser fieles a lo que siempre ha enseñado la Iglesia, sino por razones culturales:
El caso de algunas Conferencias episcopales debe comprenderse en su contexto. En varios países hay cuestiones fuertemente culturales e incluso legales que requieren tiempo y estrategias pastorales más allá del corto plazo.
Texto del comunicado de prensa del Dicasterio para la Doctrina de la Fe