(Actual/InfoCatólica) Recientemente, cuatro magistrados del Perú votaron a favor de que las píldoras de levonorgestrel, conocidas popularmente como las «pastillas del día siguiente» sean distribuidas de forma gratuita por el Ministerio de Salud en todos los establecimientos de salud del país.
Estos cuatro jueces fueron Manuel Monteagudo Valdez, Francisco Morales Saravia, César Ochoa Cardich y Helder Domínguez Haro, quienes aseguraron que dicha píldora no se trata de un fármaco abortivo a pesar de toda la documentación científica que se tiene al respecto.
Los magistrados Gustavo Gutiérrez y Luz Pacheco, quienes también forman parte del Tribunal, presentaron la evidencia científica correspondiente, con el fin de demostrar los efectos abortivos de la píldora y con tal evidencia convencer a sus colegas, pero el resto de jueces no la quisieron ver.
Constatando las fuentes bibliográficas de ambos magistrados, se puede demostrar que los votos de los otros cuatro magistrados no tienen ninguna base y representan una gran falta a su honestidad profesional.
Debido a esta nueva resolución, una parte de los impuestos de los peruanos se destinará a financiar este fármaco para su distribución gratuita.
Para el caso, se centraron en los posibles efectos anti-implantatorios del levonorgestrel, o sea, en el mecanismo que ocurre tras la fecundación. La diferencia entre un anticonceptivo y un abortivo es que el primero actúa de forma previa a la concepción, y el último trabaja después.
Cabe destacar que la Constitución del Perú defiende la vida desde el momento de la concepción en el artículo 2, inciso 1, por lo que, si el Ministerio de Salud distribuyera libre y gratuitamente un fármaco abortivo como este, estaría yendo en contra de nuestras propias leyes.
Asimismo, el Tribunal Constitucional dictó una sentencia en el 2005 en el que se detuvo la distribución de la píldora del día siguiente debido a que la información farmacológica que se tenía en el momento no descartaba completamente los efectos anti-implantatorios de dicho fármaco.
En las votaciones recientes, los miembros a favor expusieron como argumento la existencia de «nueva evidencia científica», con dos fuentes (una de la OMS y otra de la FDA) que afirman que la píldora no trabaja de manera abortiva.
No obstante, no son más que afirmaciones falaces, pues ambas organizaciones no consideran el inicio del embarazo en la fecundación sino a partir de la implantación; todo lo que suceda con el feto antes de la implantación, no lo consideran un aborto.
Es decir, las nuevas afirmaciones de la OMS y la FDA no traen novedades sobre evidencia científica, sino solo una posición ideológica sobre el embarazo diferente.
Este reciente fallo no cambia ni afecta la protección del concebido desde el momento de la fecundación, por lo que ahora queda en manos del Ministerio de Salud aprobar el fraude de estos cuatro jueces o comprobar los efectos anti-implantatorios de la píldora del día siguiente.
Esto conlleva un peligro no solo para la población sino también para los trabajadores del área de salud, pues al ocultar información a los ciudadanos, podrían enfrentar fuertes consecuencias administrativas y penales.