(La Voz de Galicia/InfoCatólica) La ley fue aprobada en el Parlamento portugués el pasado 29 de enero, con votos tanto de diputados de izquierda como de derecha,
Rebelo de Sousa que es catedrático de Derecho Constitucional y católico practicante considera que «el artículo dos recurre a conceptos excesivamente indeterminados en la definición de los requisitos para permitir la despenalización de la muerte médicamente asistida».
El presidente luso ha dirigido una carta al presidente del Tribunal Constitucional portugués, João Caupers, publicada en la página oficial de la Presidencia de la República, en la que indica que «al Parlamento portugués le competía haber especificado en su redacción con más detalle los requisitos en los que se podrá realizar la eutanasia sin ser penalizado por ello». Por dicho motivo, Rebelo de Sousa quiere que tenga la última palabra el Constitucional porque para él la ley aprobada es insuficiente y viola la constitucionalidad al enumerar únicamente que «se permitirá la eutanasia cuando así lo decida una persona mayor de edad por voluntad propia y en situación de sufrimiento intolerable».
Otra opción que tenía el presidente portugués al recibir la ley era vetarla y enviarla de vuelta a la Asamblea de la República, lo que llevaría a una nueva votación en unos meses, donde con casi total probabilidad resultaría aprobada de nuevo.
Rebelo de Sousa ha manifestado en varias ocasiones los últimos meses que «para avanzar la ley de la despenalización de la muerte médicamente asistida en Portugal tendrá que haber un gran consenso en la sociedad portuguesa y ser aprobada por más de los dos tercios de los diputados de la Cámara», lo que no ocurrió el 19 de enero.
El sistema de vetos en Portugal
En Portugal el presidente de la República tiene capacidad de vetar los decretos leyes del gobierno y las leyes aprobadas por el Parlamento. En el primer caso, el veto es definitivo. En el segundo, dichas leyes pueden ser votadas y aprobadas de nuevo, lo que evitaría el veto. Es por ello más «efectivo» el enviar la ley el Constitucional