El Tribunal Constitucional de Italia da vía libre a la eutanasia en determinados casos

Nuevo avance de la cultura de la muerte en el país alpino

El Tribunal Constitucional de Italia da vía libre a la eutanasia en determinados casos

El Tribunal Constitucional de Italia ha considerado que no siempre es penalmente sancionable ayudar a morir a un enfermo con una patología irreversible, que le causa sufrimiento físico o psicológico, en un fallo histórico que ha sido celebrado en el país por los defensores de la eutanasia.

(Efe/InfoCatólica) Los magistrados del Constitucional han decidido que no es punible, bajo ciertas circunstancias, ayudar a morir a «un paciente mantenido vivo mediante tratamientos de soporte vital y que sufre de una patología irreversible, fuente de sufrimiento físico y psicológico que considera intolerable, pero que es totalmente capaz de tomar decisiones libres y conscientes», informaron los medios italianos.

Los magistrados se han pronunciado sobre este asunto a petición de un tribunal de Milán, que juzga a Marco Cappato, antiguo eurodiputado y miembro del Partido Radical, por ayudar a morir a Fabiano Antoniani, conocido como Dj Fabo. Antoniani quedó tetrapléjico y ciego tras un accidente de tráfico y se sometió a la eutanasia en una clínica suiza en febrero de 2017.

Cappato, que se arriesgaba a doce años de prisión, ha celebrado el fallo y ha señalado en las redes sociales que ahora la sociedad italiana es «más libre». «Los jueces han decidido: quienes están en condiciones como las de Fabo tienen derecho a ser ayudados», ha escrito.

El Constitucional pidió al Parlamento una ley

En octubre de 2018, el Constitucional instó al Parlamento a acabar con el vacío legal sobre la eutanasia en el plazo de un año, hasta el 24 de septiembre de 2019, algo que no ha sucedido.

El caso llegó al Constitucional después de que el Tribunal Penal de Milán (norte de Italia), donde tiene lugar el proceso a Cappato, decidiera en febrero de 2018 consultar a la alta corte la constitucionalidad del artículo 580 del Código Penal antes de emitir una sentencia.

El artículo 580 del Código Penal italiano sanciona con penas de prisión de entre uno y doce años a quien determine el suicidio o alimente el propósito de suicidio de otra persona.

 

12 comentarios

Rafa
En dos días barra libre para todos y acabar así con el agujero de las pensiones.
26/09/19 9:28 AM
Horacio Castro
Al toque. No parece ser que el Tribunal autorice el *suicidio asistido* sino la suspensión de lo que se denomina escarnecimiento terapéutico. El artículo 580 del Código Penal italiano sanciona con penas de prisión de entre uno y doce años a quien determine el suicidio o alimente el propósito de suicidio de otra persona. El Tribunal Constitucional de Italia ha decidido que no es punible, bajo ciertas circunstancias, *ayudar a morir* a un paciente **suspendiendo tratamientos de soporte vital** y que sufra de una patología irreversible, fuente de sufrimiento físico y psicológico que considera intolerable, pero que sea totalmente capaz de tomar decisiones libres y conscientes.
---

LF:
Nada, todos los medios en España, y en Italia, diciendo que la sentencia permite el suicido asistido, pero tú vas y dices que no. Qué tío más grande eres.
El caso era el de un tetrapléjico y ciego, ¿cómo iba a poder suicidarse sin ayuda? 
26/09/19 11:00 AM
maru
Se empieza por ''ciertos casos''y luego se lleva a la totalidad. Italia igual que el resto.
26/09/19 11:36 AM
Horacio Castro
LF. Sí, lo que te digo por lo conocido hasta ahora es que "una histórica sentencia del Constitucional abre la puerta al suicidio asistido en Italia". Todavía ni siquiera está legislado y corresponde a un caso puntual. Sería conveniente que no promuevas involuntariamente comentarios adversos en contra de lectores que traen información de valor a tu sitio.
---

LF:
Repito. La totalidad de los medios hablan de puerta abierta a la eutanasia. Que sea un caso concreto no cambia esa valoración. El tribunal no se va a contradecir a sí mismo en futuros casos. 
26/09/19 12:00 PM
Soledad
Se dice encarnizamiento terapéutico.

No parece que esté hombre estuviese en la parte final de su vida, más bien no aceptaba su situación clínica. Eso es suicidio asistido.vamos deseo morir, me pongo en un puente y me dan un empujóncito.



Enfrentarse al sufrimiento propio y ajeno requiere valentía y mucha generosidad. Darle sentido. Como somos materia y no hay más allá, para algunos, hay vidas que no merecen ser vividas. Eso ya se "invento" y se puso en práctica.
26/09/19 12:55 PM
Ad Ensem
Grazie Presidente Mattarella. Molte grazie ! (Es ironía).
En Italia hemos tenidos unos políticos y magistrados que se han puesto la piel de cordero, siendo LOBOS. La magistratura en Italia está podrida de masón-cato-comunismo luciferino, y además está una conferencia episcopal ausente (aunque niegue la evidencia) y "Monseñor" Vincenzo Paglia, "el misericordioso" amigo de los promotores de la eutanasia en Italia (Emma Bonino). No esperaba otro resultado, sino la hipocresía de que lo admitan " ....en unos casos ..." que son todos. Siervos de satanás con mandil.
26/09/19 1:29 PM
madre
¡Madre mía, como es posible que traguen con todo esto...! ¿Que estamos dejando que haga el mal...? en el aborto son personas totalment inocentes y en la eutanasia, son personas manipuladas psicologicamente, estamos yendo hacia una decadencia de la humanidad, ¡el ser humano, para algunos, vale menos que cualquier animal!
Primero iban a por los...luego..., después... ahora viene a por mi, pero ya es tarde. ¿Cuantas veces hemos oido esto? pues de nuevo, se está haciendo realidad.
26/09/19 3:27 PM
Chiquete
Ufficio Stampa della Corte costituzionale
Comunicato del 25 settembre 2019
IN ATTESA DEL PARLAMENTO LA CONSULTA SI PRONUNCIA SUL FINE VITA
La Corte costituzionale si è riunita in camera di consiglio per esaminare le questioni
sollevate dalla Corte d’assise di Milano sull’articolo 580 del Codice penale
riguardanti la punibilità dell’aiuto al suicidio di chi sia già determinato a togliersi la
vita.
In attesa del deposito della sentenza, l’Ufficio stampa fa sapere che la Corte ha
ritenuto non punibile ai sensi dell’articolo 580 del codice penale, a determinate
condizioni, chi agevola l’esecuzione del proposito di suicidio, autonomamente e
liberamente formatosi, di un paziente tenuto in vita da trattamenti di sostegno
vitale e affetto da una patologia irreversibile, fonte di sofferenze fisiche o
psicologiche che egli reputa intollerabili ma pienamente capace di prendere
decisioni libere e consapevoli.
In attesa di un indispensabile intervento del legislatore, la Corte ha subordinato la
non punibilità al rispetto delle modalità previste dalla normativa sul consenso
informato, sulle cure palliative e sulla sedazione profonda continua (articoli 1 e 2
della legge 219/2017) e alla verifica sia delle condizioni richieste che delle modalità
di esecuzione da parte di una struttura pubblica del SSN, sentito il parere del
comitato etico territorialmente competente.
La Corte sottolinea che l’individuazione di queste specifiche condizioni e modalità
proced
26/09/19 3:33 PM
Horacio Castro
Soledad. Gracias por no escarnecerme por mi error.
26/09/19 3:38 PM
Soledad
De nada Horacio.
Lo importante es que se nos diga, aceptarlo y crecer. Es una tontería, pero a mí me costó interiorizar lo linguisticamente, de hecho a veces tengo que pararme para escribirlo o decirlo correctamente.
Un saludo
26/09/19 5:30 PM
JCA
¿Esta m... de Tribunal Constitucional tuvo el cuajo de decir que "existía un vacío legal"? ¡Pero si precisamente reconocen en la sentencia que tan amablemente suministra Chiquete que entra la eutanasia dentro del Código Penal italiano como supuesto de asistencia o incitación al suicidio! Lo que es más grave: con esa despenalización en esos supuestos (así se empezó en Holanda y Bélgica) está de hecho legislando por su cuenta y dudo mucho de que sea legal en Italia.

A partir de ahora voy a hacer campaña a favor del garbanzo-uxoricidio, que consiste en cargarse a la parienta por hacer malos potajes de garbanzos, así podrá plantear el Constitucional que existe un vacío legal porque en el Código Penal no se contempla este caso y está a la espera de desarrollo legislativo.
26/09/19 6:22 PM
Ad Ensem
El artículo del código penal italiano, que sanciona la asistencia al suicidio no es vacío legal, sino una visión humana misericordiosa del ordenamiento jurídico hacia el hombre, que no se adegua a lo que creen los adeptos al templo de satanás. Debidos a unos cuantos (y rico-progres) que piensan ser dioses, los otros tienen que conformarse a ser solamente material biológico disponible. ¿ La próxima será establecer la obligatoriedad de la muerte clinica de todos los humanos que puedan aportar órganos a los "dioses" para su comercio y bienestar ? (de los "dioses" obviamente)
27/09/19 11:52 AM

Dejar un comentario



Los comentarios están limitados a 1.500 caracteres. Faltan caracteres.

No se aceptan los comentarios ajenos al tema, sin sentido, repetidos o que contengan publicidad o spam. Tampoco comentarios insultantes, blasfemos o que inciten a la violencia, discriminación o a cualesquiera otros actos contrarios a la legislación española, así como aquéllos que contengan ataques o insultos a los otros comentaristas, a los bloggers o al Director.

Los comentarios no reflejan la opinión de InfoCatólica, sino la de los comentaristas. InfoCatólica se reserva el derecho a eliminar los comentarios que considere que no se ajusten a estas normas.

Los comentarios aparecerán tras una validación manual previa, lo que puede demorar su aparición.