(EP/InfoCatólica) La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) declara, de este modo, nulas las resoluciones del Gobierno del Principado por las que se denegó a los colegios de Fomento de Centros de Enseñanza Peñamayor y Los Robles la renovación del concierto por ser centros de educación diferenciada.
El Tribunal reitera en sus sentencias “la plena constitucionalidad” de la educación diferenciada, subrayando que su legitimidad no debe discutirse “dada la multitud de resoluciones que así lo vienen a reconocer”. Asimismo, el fallo del TSJA sostiene que la Administración Educativa no prohíbe la educación diferenciada como debería hacer de resultar inconstitucional.
De este modo, las sentencias destacan que LOE “no excluye” este modelo pedagógico y recuerdan que tiene el aval de organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Por otra parte, el Tribunal Superior de Justicia hace especial hincapié en que la educación diferenciada “no implica, por sí sola, discriminación alguna”, y que resulta manifiesto que “no existe una normativa que impida a dichos centros concurrir al régimen de conciertos”.
Fomento de Centros de Enseñanza ha manifestado, en un comunicado, su satisfacción por el hecho de que las dos sentencias reconozcan, en el marco de la LOE, el derecho de la educación diferenciada a la financiación pública.