Entrevista al Promotor de Justicia de la Congregación para la Doctrina de la Fe

Charles Scicluna: «Alentamos a los obispos a que inviten a las víctimas a denunciar ante la justicia a los pederastas»

El diario «Avvenire» de la Conferencia Episcopal Italiana publica en su edición de este sábado 13 de marzo de 2010 una entrevista a Monseñor Charles Scicluna, Promotor de Justicia de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre la rigurosidad de la Iglesia en los casos de pedofilia. En la misma, Scicluna explica con detalle cómo funciona la Iglesia cada vez que tiene conocimiento de un posible caso de pederastia por parte de uno de sus sacerdotes. A los obispos en cuyos países no tienen obligación legal de denunciar a los pederastas, Roma les alienta a que animen a las víctimas a hacerlo.

(Avvenire/InfoCatólica) Monseñor Charles J. Scicluna es el “promotor de justicia” de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Prácticamente se trata del fiscal del Tribunal del antiguo Santo Oficio, cuya tarea es investigar los llamados delicta graviora, los delitos que la Iglesia Católica considera en absoluto los más graves, es decir: contra la Eucaristía, contra la santidad del sacramento de la penitencia y el delito contra el sexto mandamiento (No cometerás actos impuros), por parte de un clérigo con un menor de 18 años. Delitos que con un motu proprio del 2001, Sacramentorum sanctitatis tutela, ha reservado como competencia a la Congregación para la Doctrina de la Fe. De hecho el “promotor de justicia” es el encargado, entre otros cosas, de la terrible cuestión de los sacerdotes acusados de pedofilia que salta periódicamente a las páginas de los medios de comunicación. Y monseñor Scicluna, un maltés afable y cordial, tiene fama de cumplir la tarea encomendada con absoluta escrupulosidad y sin distingos de algún tipo.

–Monseñor, usted tiene fama de “duro”, y sin embargo se acusa sistemáticamente a la Iglesia católica de ser tolerante con los llamados “curas pedofilos”.

Puede ser que en el pasado, quizás también por un malentendido sentido de defensa del buen nombre de la institución, algunos obispos, en la praxis, hayan sido demasiado indulgentes con este tristísimo fenómeno. En la praxis, digo, porque en el ámbito de los principios la condena por esta tipología de delitos ha sido siempre firma e inequívoca. Por lo que respecta solamente al siglo pasado, basta recordar la famosa instrucción Crimen Sollecitationes de 1922.

–¿Pero no era de 1962?

No, la primera edición se remonta al pontificado de Pío XI. Más tarde con el beato Juan XXIII el Santo Oficio se ocupó de una nueva edición para los padres conciliares, pero la tirada fue solo de dos mil copias que no bastaron para la distribución, aplazada sine die. De todas formas, se trataba de normas de procedimiento en los casos de solicitudes durante la confesión y de otros delitos más graves de tipo sexual como el abuso sexual de menores.

–Sin embargo, eran normas en las que se recomendaba el secreto...

Una mala traducción en inglés de ese texto dio pábulo a que se pensara que la Santa Sede imponía el secreto para ocultar los hechos. Pero no era así. El secreto de instrucción servía para proteger la buena fama de todas las personas involucradas, en primer lugar las víctimas, y después los clérigos acusados, que tienen derecho –como cualquier persona– a la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario. A la Iglesia no le gusta la justicia concebida como un espectáculo. La normativa sobre los abusos sexuales no se ha interpretado nunca como prohibición de denuncia a las autoridades civiles.

–No obstante, ese documento sale siempre a relucir para acusar al pontífice actual de haber sido –como prefecto del antiguo Santo Oficio– el responsable objetivo de una política de encubrimiento de los hechos por parte de la Santa Sede.

Es una acusación falsa y una calumnia. A propósito me permito señalar algunos datos. Entre 1975 y 1985 no aparece que se haya sometido a la atención de nuestra congregación ningún aviso de casos de pedofilia por parte de clérigos. De todas formas, tras la promulgación del Código de Derecho Canónico de 1983 hubo un período de incertidumbre acerca del elenco de delicta graviora reservados a la competencia de este dicasterio. Sólo con el motu proprio de 2001 el delito de pedofilia volvió a ser de nuestra exclusiva competencia. Desde aquel momento el cardenal Ratzinger demostró sabiduría y firmeza a la hora de tratar esos casos. Más aún. Dio prueba de gran valor afrontando algunos casos muy difíciles y espinosos, sin acepción de personas (sine acceptione personarum). Por lo tanto, acusar al pontífice de ocultación es, lo repito, falso y calumnioso.

–¿Qué pasa si un sacerdote es acusado de un delictum gravius?

Si la acusación es verosímil, el obispo tiene la obligación de investigar tanto la credibilidad de la denuncia como el objeto de la misma. Y si el resultado de la investigación previa es atendible, no tiene ya la facultad de disponer en materia y debe referir el caso a nuestra congregación, donde será tratado por la oficina disciplinaria.

–¿Quienes forman parte de esa oficina?

Junto a mí, que por ser uno de los superiores del dicasterio debo ocuparme de otras cuestiones, hay también un jefe de oficina, el padre Pedro Miguel Funes Díaz, siete eclesiásticos y un penalista laico que siguen esos procedimientos. Otros oficiales de la congregación dan su valiosa aportación según sus diversos idiomas y competencias.

–Se dice que esa oficina trabaja poco y con lentitud...

Es una observación injusta. En 2003 y 2004 una avalancha de casos cubrió nuestras mesas. Muchos procedían de Estados Unidos y se referían al pasado. En los últimos años, gracias a Dios, el fenómeno se ha reducido mucho. Y, por tanto, intentamos tratar los casos nuevos en tiempo real.

–¿Cuántos han tratado hasta ahora?

En los últimos nueve años (2001-2010) hemos analizado las acusaciones relativas a unos 3000 casos de sacerdotes diocesanos y religiosos concernientes a delitos cometidos en los últimos cincuenta años.

–Es decir, ¿tres mil casos de sacerdotes pedofilos?

No es correcto definirlo así. Podemos decir que “grosso modo” en el 60% de esos casos se trata más que nada de actos de “efebofilia”, o sea debidos a la atracción sexual por adolescentes del mismo sexo, en el otro 30% de relaciones heterosexuales y en el 10% de actos de pedofilia verdadera y propia, esto es, determinados por la atracción sexual hacia niños impúberes. Los casos de sacerdotes acusados de pedofilia verdadera y propia son, entonces, unos trescientos en nueve años. Son siempre demasiados, es indudable, pero hay que reconocer que el fenómeno no está tan difundido como se pretende.

–De los tres mil acusados, ¿cuántos han sido procesados y condenados?

Podemos decir que en el 20% de los casos se ha celebrado un proceso penal o administrativo, verdadero y propio que normalmente ha tenido lugar en las diócesis de procedencia –siempre bajo nuestra supervisión– y, sólo raramente, aquí en Roma. Haciendolo así se agiliza el procedimiento. En el 60% de los casos, sobre todo debido a la edad avanzada de los acusados, no hubo proceso, pero, se emanaron contra ellos normas administrativas y disciplinarias, como la obligación de no celebrar misa con los fieles, de no confesar, de llevar una vida retirada y de oración. Hay que reafirmar que en estos casos, entre los cuales hubo algunos de gran impacto, de los que se han ocupado los medios de comunicación, no se trata de absoluciones. Ciertamente no ha habido una condena formal, pero si a una persona la obligan al silencio y a la oración, será por algo.

–Nos queda por analizar el 20% de los casos...

En un 10% de los casos, particularmente graves y con pruebas abrumadoras, el Santo Padre asumió la dolorosa responsabilidad de autorizar un decreto de dimisión del estado clerical. Se trata de un procedimiento gravísimo, emprendido administrativamente, pero inevitable. En el restante 10% de los casos los mismos clérigos acusados pidieron la dispensa de las obligaciones derivadas del sacerdocio que fue aceptada con prontitud. Los sacerdotes implicados en estos últimos casos tenían en su poder material de pornografía pedófila y por eso fueron condenados por las autoridades civiles.

–¿Cuál es la procedencia de estos tres mil casos?

Sobre todo de Estados Unidos que entre 2003-2004 representaban alrededor del 80% de la totalidad de los casos. Hacia 2009 el porcentaje estadounidense disminuyó pasando a ser el 25% de los 223 nuevos casos señalados en todo el mundo. En los últimos años (2007-2009), efectivamente, la media anual de los casos señalados a la Congregación en todo el mundo ha sido de 250 casos. Muchos países señalan sólo uno o dos casos. Aumenta, por lo tanto, la diversidad y el número de los países de procedencia de los casos, pero el fenómeno es muy limitado. Hay que tener en cuenta que son 400.000 en total los sacerdotes diocesanos y religiosos en el mundo. Esa estadística no se corresponde con la percepción creada cuando casos tan tristes ocupan las primeras planas de los periódicos.

–¿Y en Italia?

Hasta ahora no parece que el fenómeno tenga dimensiones dramáticas, aunque lo que me preocupa es un tipo de “cultura del silencio” que veo todavía muy difundida en la península. La Conferencia Episcopal Italiana (CEI) ofrece un óptimo servicio de asesoría técnico-jurídica para los obispos que deban tratar esos casos. Observo con gran satisfacción el compromiso de los obispos italianos por afrontar cada vez mejor los casos que les señalan.

–Decía hace poco que los procesos, propios y verdaderos, atañen al 20% de los tres mil casos examinados en los últimos años. ¿Se han resuelto todos con la condena de los acusados?

Muchos procesos ya celebrados se resolvieron con la condena del acusado. Pero tampoco han faltado otros en que el sacerdote fue declarado inocente o en que las acusaciones no fueron consideradas lo suficientemente probadas. De cualquier modo, en todos los casos, se analiza siempre no solo la culpabilidad o no culpabilidad del clérigo acusado sino también el discernimiento sobre su idoneidad al ministerio público.

–Una acusación recurrente a las jerarquías eclesiásticas es que no denuncian también a las autoridades civiles los delitos de pedofilia que les señalan.

En algunos países de cultura jurídica anglosajona, pero también en Francia, los obispos que saben que sus sacerdotes han cometido delitos fuera del secreto sacramental de la confesión, están obligados a denunciarlos a las autoridades judiciales. Se trata de un deber pesado porque estos obispos están obligados a realizar un gesto como el de un padre que denuncia a su hijo. A pesar de todo, nuestra indicación en estos casos es la de respetar la ley.

–¿En los casos en que los obispos no están obligados por ley?

En estos casos no imponemos a los obispos que denuncien a los propios sacerdotes, sino que les alentamos a dirigirse a las víctimas para invitarlas a denunciar a estos sacerdotes de los que han sido víctimas. Además, les invitamos a proporcionar toda la asistencia espiritual, pero no solo espiritual, a estas víctimas. En un reciente caso concerniente a un sacerdote condenado por un tribunal civil italiano, esta Congregación sugirió precisamente a los denunciantes, que se habían dirigido a nosotros para un proceso canónico, que lo comunicaran también a las autoridades civiles en interés de las víctimas y para evitar otros crímenes.

–Una última pregunta: ¿está prevista la prescripción por los “delicta graviora”?

Ha tocado un punto crítico. En el pasado, es decir antes de 1889, la prescripción de la acción penal era una norma ajena al derecho canónico. Para los delitos más graves, solo con el motu proprio del 2001 se introdujo una prescripción de diez años. Sobre la base de estas normas, en los casos de abuso sexual el decenio comienza el día en que el menor cumple dieciocho años.

–¿Es suficiente?

La praxis indica que el término de diez años no es adecuado a este tipo de casos y sería deseable volver al sistema precedente en el que no prescribían los delicta graviora. El 7 de noviembre de 2002, el Venerable Siervo de Dios Juan Pablo II concedió a este dicasterio la facultad de derogar la prescripción caso por caso ante una petición motivada por parte del obispo, y la derogación normalmente se concede.

Traducido del italiano por Jorge Enrique Mújica.

9 comentarios

César Fuentes
Espero que Benedicto XVI acabe bien lo que ha comenzado,y expurgue la Iglesia de lo que hay que limpiar,caiga quien caiga;el clamor de las víctimas lo exige,la justicia también. Pero defendamos a la Iglesia de Cristo de los muchos ataques que sufre desde dentro y fuera,y gastemos energías en la buena lucha. Evangelicemos,OREMOS,y no nos partamos la crisma unos a otros,que,os lo aseguro,hay quienes están gozando con este espectáculo lamentable.
14/03/10 8:48 AM
Bien. Pero eso de 'vida retirada y de oración' no casa muy bien con ser Arcipreste de Santa María la Mayor. Y el Papa tendría que sacar al cardenal arcipreste y enviarlo donde corresponda. Aunque no sea culpa de Benedicto XVI que el cardenal sea arcipreste. Espero que los fieles católicos estadounidenses que fueron víctimas de abusos le hagan llegar una solicitud formal al Papa.

Es vergonzoso tener que leer esto en la Wikipedia:

'After his resignation, John Paul appointed Law to a post in Rome, putting him in charge of the Basilica di Santa Maria Maggiore, with the title of Archpriest. He is also a member of the Congregations for the Oriental Churches, the Clergy, Divine Worship and Discipline of the Sacraments, Evangelisation of Peoples, Institutes of Consecrated Life and Societies of Apostolic Life, Catholic Education, Bishops as well as the Pontifical Council for the Family. He held membership of all these congregations and of the council before resigning from the governance of the Archdiocese of Boston, and at that time was also a member of the Pontifical Council for Culture.'
14/03/10 10:53 AM
asrona: "vida retirada y de oración" se refiere a los sacerdotes pedófilos, no a los obispos que no denunciaron a dichos sacerdotes. No lo mezclemos todo!
14/03/10 1:23 PM
Pues vaya ética más curiosa la tuya, Algarrobo. El cardenal encubrió delitos graves y no cumplió con su tarea de buen pastor. Tendría que abandonar, motu proprio, el arciprestazgo, regresar a los Estados Unidos y entregarse a las autoridades. Si por prescripción de los delitos o lo que fuera no ingresa en prisión, tiene la obligación moral de retirarse al desierto aunque no se lo pida nadie. Como mínimo.
14/03/10 2:36 PM
Tenan
Me parece que la foto no corresponde a mons. Scicluna, pues aunque tiene el título de monseñor no consta que sea obispo. Puede constatarse su ausencia en la lista de obispos de la Iglesia consultando http://www.catholic-hierarchy.org/bishop/lls.html, es la parte donde debería aparecer si fuera obispo.
14/03/10 3:39 PM
Tenan
Por si ayuda, la foto escogida para esta noticia parece ser la de mons. Cremona, arzobispo de Malta (cf. http://www.freewebs.com/abbatinifloriana/kappellaspubljum.htm).
14/03/10 4:05 PM
InfoCatólica
Gracias Tenen, ha sido un lapsus. Lo hemos corregido.
14/03/10 4:45 PM
Esteban
asrone, tiene razón, leyendo la entrevista veo porque los medios identificaron que se hablaba de Maciel, ojala para la otra entrevista que le hagan a este obispo, diga claro que se refiere a Maciel, porque mientras no sea así sus seguidores lo seguiran idolatrando y negando los hechos
14/03/10 10:25 PM
He leído con profunda pena esta entrevista. Hace muchos años yo era uno de los ingenuos que creía en la seguridad con que se podía confiar a los niños y jóvenes a religiosos y religiosas y sus instituciones. Y como muchos me enteré de que debemos tener las mismas prevenciones- acerca del mal comportamiento del clero y sus asistentes- que sobre el común denominador de las personas. No todos ellos representan la elemental integridad moral de la que muchos pensamos no estar suficientemente provistos.
No cuestiono la administración de sacramentos por los sacerdotes consagrados y la excelencia de la mayoría de las instituciones religiosas. Reitero que- es lamentable- que con religiosos y religiosas debamos tener las mismas prevenciones que con otras personas. Hasta tanto sea depurado su numerario y seleccionen con acierto a los seminaristas y novicios. En la Argentina por pecadores sufre Julio César Grassi sacerdote inocente de los delitos que falsariamente se le imputaron.
14/03/10 11:03 PM

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