El Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla ha acordado en reciente resolución la apertura de juicio oral contra don Juan Carlos Ruiz Fuentes, Secretario General de las Juventudes Socialista de Andalucía por la presunta comisión de un delito contra las sentimientos religiosos, y otro delito por provocación al odio por motivos religiosos.
Dicho Juzgado ha impuesto igualmente al Secretario General de las Juventudes Socialistas una fianza de 192.4000 euros para asegurar las posibles responsabilidades pecuniarias en relación a la comisión de ambos delitos. De esta forma el Juzgado de Instrucción da cumplimiento al Auto nº 78/2013 de trece de febrero pasado dictado por la Audiencia Provincial de Sevilla por el que se desestimaba al Recurso de Apelación del imputado don Juan Carlos Ruiz Fuentes.
El Centro Jurídico Tomás Moro en su escrito de acusación solicitaba la imposición de una multa de doce meses con una cuota diaria de 400 euros por el presunto delito de ofensa contra los sentimientos religiosos, y la imposición de pena de prisión de una año y multa de seis meses por el presunto delito de provocación al odio por motivos religiosos.
El Centro Jurídico Tomás Moro presentó querella criminal contra don Juan Carlos Ruiz Fuentes por entender la concurrencia de varios delitos contra la libertad religiosa en la campaña que las Juventudes Socialistas presentaron en diciembre de 2010, coincidiendo con el día Mundial del la Lucha contra el Sida, con el título “Que no te den una hostia. Ponte el codón”.
La campaña fue acompañada de un cartel promocional con el lema “Bendito condón que quitas el sida del mundo”, y de un video sumamente ofensivo para los católicos, al suponer un escarnio de los dogmas, creencias, ritos y ceremonias de la Iglesia Católica. Efectivamente, resultaba evidente que en dicho video se realiza escarnio de la transubstanciación del pan en el Cuerpo de Cristo tras la Consagración, al transformar la Hostia Consagrada, en un condón.
Por todo ello el Centro Jurídico Tomás Moro decidió iniciar acciones penales contra las Juventudes Socialistas Andaluzas, y contra sus representantes, para evitar la propagación de conductas contrarias al interés general de la juventud, y poco respetuosas con el sentir mayoritario del pueblo español.
El 12 de enero de 2011, el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla notificó el archivo de actuaciones por razones que este Centro Jurídico consideraba jurídicamente inadmisibles, por lo que nuestro cuerpo jurídico presento el pertinente recurso que fue estimado por la Audiencia Provincial de Sevilla que vio clara la presunta comisión de un delito contra los sentimientos religiosos, obligando al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla a continuar las actuaciones penales.
Felizmente, y por medio de auto notificado el día 26 de junio del 2012, la Magistrado titular del Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla decide incoar Procedimiento Abreviado contra don Juan Carlos Ruiz Fuentes como representante de las Juventudes Socialistas de Andalucía, instando a la acusación particular y al Ministerio Fiscal a presentar escrito de acusación.
Ahora con esta Auto de Apertura de Juicio Oral se culminan las actuaciones penales conducentes a la celebración del juicio oral, vista oral en donde el Centro Jurídico tratará de probar los graves quebrantamientos a la libertad religiosa llevados a cabo desde las Juventudes Socialistas de Andalucía.
Desde el Centro Jurídico Tomás Moro valoramos muy positivamente la apertura de juicio oral pues permitirá defender los derechos de la mayoría del pueblo español que se siente agredido por conductas irrespetuosas con los sentimientos religiosos mayoritarios, conductas irresponsables que suponen la creación de un caldo de cultivo propicio a la violencia por motivos religiosos fácilmente constatable en actuaciones como la profanación de la capilla de la Universidad Complutense, o la bomba recientemente descubierta en la Catedral de la Almudena de Madrid.
Para la mejor defensa de los sentimientos mayoritarios de la sociedad española y con el fin de hacer frente a los gastos del proceso judicial el Centro Jurídico Tomás Moro ha abierto la cuenta bancaria BBVA, 0182-4016-05-0208517204 (IBAN ES72) para recibir las donaciones que permitirán seguir adelante con el procedimiento penal. De esta forma el Juzgado de Instrucción da cumplimiento al Auto nº 78/2013 de trece de febrero pasado dictado por la Audiencia Provincial de Sevilla por el que se desestimaba al Recurso de Apelación del imputado don Juan Carlos Ruiz Fuentes.
(CJTM) De esta forma el Juzgado de Instrucción da cumplimiento al Auto nº 78/2013 de trece de febrero pasado dictado por la Audiencia Provincial de Sevilla por el que se desestimaba al Recurso de Apelación del imputado don Juan Carlos Ruiz Fuentes.
El Centro Jurídico Tomás Moro en su escrito de acusación solicitaba la imposición de una multa de doce meses con una cuota diaria de 400 euros por el presunto delito de ofensa contra los sentimientos religiosos, y la imposición de pena de prisión de una año y multa de seis meses por el presunto delito de provocación al odio por motivos religiosos.
El Centro Jurídico Tomás Moro presentó querella criminal contra don Juan Carlos Ruiz Fuentes por entender la concurrencia de varios delitos contra la libertad religiosa en la campaña que las Juventudes Socialistas presentaron en diciembre de 2010, coincidiendo con el día Mundial del la Lucha contra el Sida, con el título «Que no te den una hostia. Ponte el condón».
La campaña fue acompañada de un cartel promocional con el lema «Bendito condón que quitas el sida del mundo», y de un video sumamente ofensivo para los católicos, al suponer un escarnio de los dogmas, creencias, ritos y ceremonias de la Iglesia Católica. Efectivamente, resultaba evidente que en dicho video se realiza escarnio de la transubstanciación del pan en el Cuerpo de Cristo tras la Consagración, al transformar la Hostia Consagrada, en un condón.
Por todo ello el Centro Jurídico Tomás Moro decidió iniciar acciones penales contra las Juventudes Socialistas Andaluzas, y contra sus representantes, para evitar la propagación de conductas contrarias al interés general de la juventud, y poco respetuosas con el sentir mayoritario del pueblo español.
El 12 de enero de 2011, el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla notificó el archivo de actuaciones por razones que este Centro Jurídico consideraba jurídicamente inadmisibles, por lo que su cuerpo jurídico presento el pertinente recurso que fue estimado por la Audiencia Provincial de Sevilla que vio clara la presunta comisión de un delito contra los sentimientos religiosos, obligando al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla a continuar las actuaciones penales.
Felizmente, y por medio de auto notificado el día 26 de junio del 2012, la Magistrado titular del Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla decide incoar Procedimiento Abreviado contra don Juan Carlos Ruiz Fuentes como representante de las Juventudes Socialistas de Andalucía, instando a la acusación particular y al Ministerio Fiscal a presentar escrito de acusación.
Ahora con esta Auto de Apertura de Juicio Oral se culminan las actuaciones penales conducentes a la celebración del juicio oral, vista oral en donde el Centro Jurídico tratará de probar los graves quebrantamientos a la libertad religiosa llevados a cabo desde las Juventudes Socialistas de Andalucía.
Desde el Centro Jurídico Tomás Moro valoran muy positivamente la apertura de juicio oral pues permitirá defender los derechos de la mayoría del pueblo español que se siente agredido por conductas irrespetuosas con los sentimientos religiosos mayoritarios, conductas irresponsables que suponen la creación de un caldo de cultivo propicio a la violencia por motivos religiosos fácilmente constatable en actuaciones como la profanación de la capilla de la Universidad Complutense, o la bomba recientemente descubierta en la Catedral de la Almudena de Madrid.
Para la mejor defensa de los sentimientos mayoritarios de la sociedad española y con el fin de hacer frente a los gastos del proceso judicial el Centro Jurídico Tomás Moro ha abierto la cuenta bancaria BBVA, 0182-4016-05-0208517204 (IBAN ES72) para recibir las donaciones que permitirán seguir adelante con el procedimiento penal.