(Efe) El párroco ha declinado hacer declaraciones y se ha remitido al Obispado, que ha recordado que la normativa eclesial, reflejada en el Código de Derecho Canónico, canon 874, da orientaciones claras sobre los requisitos que deben tener los padrinos de bautismo.
Entre otras, señala que el padrino "sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el santísimo sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir".
Asimismo, desde el Obispado aseguran que han querido "aclarar este tema para evitar los juicios que se han realizado sobre una supuesta discriminación en la actuación del párroco a la vez que reitera la necesidad de cumplir la normativa eclesial universal".