Necesidad de claridad sobre lo común y lo propio en la vida de Iglesia
© Angelo Senchuke, LC

Necesidad de claridad sobre lo común y lo propio en la vida de Iglesia

El obispo emérito de Almería aborda varios temas sobre los que hay una «notable confusión»: el camino sinodal, la evolución doctrinal, la corresponsabilidad en la misión, el Sínodo de los Obispos y la tradición, los cambios en el estatuto del Sínodo de los Obispos y la relación potestad-sacramento

Es opinión extendida que la Iglesia vive una situación de notable confusión. El camino sinodal abierto por los obispos alemanes, espoleados por el «Comité Central de los Católicos Alemanes» (Zentralkomitee der Deutschen Katholiken = ZdK), ha llevado a la constitución de un amplio Comité sinodal con la función de orientar la vida de la Iglesia en Alemania. La Santa Sede ya ha hecho saber que esta decisión no es aceptable, porque el carisma de orientación y gobierno de las Iglesias es por derecho divino propio de los obispos. Mons. Georg Bätzing, presidente de los obispos alemanes, precisa que la sinodalidad es preocupación central de la Iglesia, quedebe «reforzarse y concretarse como modus vivendi et operandi de toda la Iglesia»[1].

1. Las dificultades del camino sinodal. Llama la atención que se diga que la sinodalidad es la preocupación central de la Iglesia, si no se precisa mejor. En un documento de 2018 la Comisión Teológica Internacional observa con precisión que la sinodalidad determina la forma de vivir y obrar de la Iglesia por el hecho de ser comunión de los bautizados «que se realiza mediante el Espíritu Santo en Cristo» (n. 6)[2]; y es así resultado de la acción divina que hace de la Iglesia el sacramento de la salvación. Sin esta identidad propia de la comunión eclesial, el procedimiento sinodal se reduciría a sola corresponsabilidad de los miembros de una entidad social que persigue determinados objetivos, y cuenta con la aportación de todos sus miembros para lograrlo. En los años del primer postconcilio se hablaba mucho de «responsabilidad compartida» de los fieles, clérigos, religiosos y laicos; es decir, de corresponsabilidad avalada por la teología de los ministerios y carismas, y de los estados en la Iglesia. Se trataba de poner en práctica la enseñanza conciliar al servicio de la participación de los bautizados en la vida de la Iglesia que se suponía diferenciada; y que en ningún modo podía convertirse en objetivo principal de la Iglesia, cuyo fin determinante es la misión confiada por el Resucitado a sus apóstoles. Sin embargo, la participación en la vida de la Iglesia se ha convertido progresivamente en una pugna por el poder en ella, estimulada por una ideología eclesial que postula a ultranza el igualitarismo funcional de todos sus miembros. Se suprime en la práctica la diferencia que da identidad a los ministerios y carismas, y a los estados puestos por el Espíritu al servicio del bien espiritual de la comunión en Cristo. El igualitarismo y el feminismo radical son ideologías que han venido a alimentar una espiritualidad ramplona y mediocre de lo diverso que se pretenden imponer allanando la diferencia, ya que lo diverso se disuelve en una concepción relativista de la diversidad que todo lo allana, dándose a todo el mismo valor.

La doctrina de la tradición de fe ha sido recordada sobre este punto por el Concilio y, partiendo de la común llamada de todos los fieles a la santidad, afirma «la igualdad en la dignidad y actividad común en la construcción del Cuerpo de Cristo», y la «diferencia que estableció el Señor entre los ministros sagrados y el resto del pueblo de Dios», que «lleva consigo la unión, pues los Pastores y los demás fieles están unidos entre sí porque se necesitan mutuamente, y deben estar los unos al servicio de los otros y al servicio de los demás fieles» (LG, n. 32). Obsesionados, sin embargo, por convertir la Iglesia en una sociedad igualitaria nos hemos visto abocados a la contradicción de creer que la pretensión de que «todos somos iguales» encierra la ilimitada multiplicidad de lo diverso, en la que naufraga sin remedio la comunión eclesial. El Concilio reitera con la tradición de fe que la Iglesia existe para la misión, y para que a todos llegue la salvación, la Iglesia siguiendo el mandato de Cristo (cf. Mt 28,20) «mediante la predicación atrae a los oyentes a la fe y a la confesión de fe, los prepara para el bautismo, los libra de la esclavitud del error y los incorpora a Cristo para que lleguen hasta la plenitud en Él por la caridad» (LG, n. 17). Así, son muchos los que minimizan el hecho de estar dentro o fuera de la Iglesia y entregados a un buenismo, supuestamente en sí mismo salvífico, no muestran inquietud alguna por dar a conocer a Cristo, siendo hoy tan grave y extendido el déficit kerigmático que padecemos[3]; y sí manifiestan múltiples temores de ofender a los que no son cristianos con un proselitismo indeseable. Una actitud hoy extendida entre los bautizados en la que se pone de manifiesto la confusión que se ha apoderado de tantos cristianos que parecen haber descartado que para entrar en la Iglesia se requiere la fe en Cristo, y que la fe es obra de la gracia, que orienta y sostiene la libertad del que viene a la fe, porque ha llegado a tener clara conciencia de que no es lo mismo estar bautizado que no estarlo.

2. Evolución de las doctrinas. Se añade a este relativismo eclesiológico una concepción de la evolución de la fe que no tiene suficientemente en cuenta que la comprensión del contenido profesado como fe creída es inseparable de la tradición eclesial. El desarrollo de esta tradición no procede por saltos cualitativos, sino que gracias a la sucesión lógica de los pasos que guían la evolución de una doctrina, se produce un «desenvolvimiento homogéneo» de la misma, que impide que el resultado de este desarrollo conduzca a lo contrario o heterogéneo de aquello que se desarrolla. No hay verdadera evolución de una doctrina, si se abandona el marco hermenéutico de la tradición de fe eclesial que la sustenta y hace posible su transmisión de una generación a otra. San Juan Enrique Newman decía que en la evolución de una doctrina debe mantenerse el tipo de doctrina que se desarrolla, de modo que el resultado de su evolución esté anticipado en él y permita a la doctrina permanecer en su identidad evitando su corrupción[4]. La oposición que ha encontrado la declaración Fiducia supplicans (18 diciembre 2023), y la fuerte división que ha generado entre los obispos y los fieles, tiene que ver con este principio del desarrollo doctrinal, a pesar de las cautelas del documento por preservar la enseñanza de la Iglesia sobre el sacramento del matrimonio. El Concilio declara que corresponde al magisterio de la Iglesia, que está al servicio de la palabra de Dios y no sobre ella, la custodia del depósito revelado y salvaguarda de su interpretación en el tiempo como obra del Espíritu (DV, n. 10); de suerte que el discernimiento de las doctrinas y su aplicación a la vida de la Iglesia corresponde a los obispos, unidos al sucesor de Pedro como cabeza del colegio episcopal (LG, n. 22b) y de la entera comunión de los fieles (LG, n. 23a). Manteniendo estas afirmaciones, hay que prestar también atención al proceso de recepción que acompaña toda evolución doctrinal, en el cual «criterio esencial para el discernimiento de los espíritus es la edificación de la unidad del cuerpo de Cristo (1Cor 12,4-11), ya que la actuación del Espíritu Santo en la Iglesia se muestra también en la recepción mutua»[5]. Se trata del criterio de comunión que, junto con el criterio del origen o de apostolicidad de las doctrinas, orienta el discernimiento del magisterio y guía la recepción por parte del entero pueblo de Dios de pastores y fieles. Es evidente que la división del episcopado y la resistencia de importantes sectores de fieles ponen en evidencia que la declaración tropieza con una clara resistencia y la fragmentación geográfica de la comunión eclesial.

3. Corresponsables de la misión común en lo que compete a cada uno. La doctrina conciliar es conocida, pero los protagonistas del camino sinodal alemán parecen ignorarla, afirmando que toda la Iglesia está en movimiento, porque se trata de «descubrir qué significa de verdad ser Iglesia sinodal», agregando además que ha quedado claro que es así en la primera sesión del Sínodo mundial en octubre de 2023, y que ciertamente, «los requisitos son diferentes, los métodos son diferentes, incluso las formas; pero el objetivo es claro: responsabilidad compartida y fortalecimiento de la participación». Si comprendemos bien estas palabras del vicepresidente del ZdK, para que se haga realidad la Iglesia sinodal en Alemania se requiere este comité sinodal. Aunque se dice que no es «instancia superior», porque los obispos mantendrían su propia función, la verdad es que no se ve cómo. Lo que sí parece deducirse de dichas palabras es que los laicos compartirían el ministerio de los obispos, limitando sus facultades o condicionándolas.

Con la teología conciliar del episcopado concluimos que la estructura ministerial es constitutiva de la Iglesia por voluntad de Cristo, y es imposible alterarla sin salirse fuera de la tradición de fe; y sin arriesgar la acción ecuménica laboriosamente tejida en el diálogo teológico con las Iglesias ortodoxas. Los católicos tenemos una particular obligación de no proceder unilateralmente sin tener en cuenta los pasos hacia la unidad visible y orgánica con estas Iglesias hermanas, quebrando la unidad de fe que comparten ambas comuniones. En noviembre de 2019, el papa hizo saber a los obispos alemanes lo que es inadmisible en el camino sinodal, y se ha quejado recientemente de que no se le obedece. El papa advierte sobre los malos resultados a los que pueden conducir las que él llama «ideologías eclesiásticas» que de hecho están movidas por la pasión del poder. Conviene por ello examinar si se está haciendo todo lo posible para preservar la unidad de la Iglesia de la cual es particularmente garante el ministerio de Pedro, habida cuenta de las voces críticas que se han levantado contra decisiones que están dividiendo al episcopado.

Por mucho que se quiera suavizar el debate en curso, ya que algunos no dejan de apelar al procedimiento sinodal para dar respuesta a la aspiración al sacerdocio femenino, meta que para la ideología feminista equivale a conseguir la plena emancipación de la mujer en la Iglesia, sin poder ocultar que de lo que verdad se pretende es el poder en la Iglesia. El diaconado femenino se ve como el primer paso para el alcance de la meta. No deja de ser preocupante que haya propuestas de introducir una versión femenina del diaconado para paliar el hecho teológico dogmático de que el varón es, por designio de Dios, sujeto receptor de los tres grados del sacramento del Orden: episcopado, presbiterado y diaconado. Las investigaciones históricas y teológicas dejan constancia de que la mujer no ha ejercido nunca un diaconado sacramental, y es importante aceptar con agradecimiento el inmerecido don de los ministerios para el servicio de la fe.

4. El Sínodo de Obispos y la tradición ortodoxa. Volviendo a la cuestión de la participación de laicos en el ministerio de los obispos, es preciso afirmar que un sínodo de obispos deja de serlo, si al sínodo se agregan miembros que no lo son para tomar parte en el discernimiento que sólo a los obispos corresponde y para tomar las decisiones que son conformes con su propio ministerio. Como se ha dicho, nada obsta para contar con consejos y organismos, configurados de una u otra forma, y compuestos por laicos, religiosos y personas de vida consagrada para asesorar a los obispos; e incluso contar con estructuras orgánicas donde convergen servicios y carismas diversos, como en el caso del obispo diocesano sucede con los consejos diocesanos de pastoral, economía o laicado. San Juan Pablo II instituyó con fines específicos el Consejo de Laicos al servicio de la Iglesia universal y hay diócesis con este consejo a escala diocesana.

Como se ha venido apoyando en la tradición de las Iglesias ortodoxas al procedimiento sinodal de la Iglesia, conviene tener presente lo que dice uno de los teólogos ortodoxos más significados de nuestro tiempo. Ioannis Zizioulas, metropolita de Pérgamo, fallecido no hace todavía mucho, sostiene con la tradición ortodoxa que el sínodo como institución eclesial, desde un punto de vista histórico y eclesiológico, está compuesto exclusivamente de obispos. Añade que este hecho no excluye que en el desarrollo de los sínodos puedan participar otras personas, clérigos e incluso laicos, en tanto que consejeros, pero la decisión final no pertenece más que a los obispos[6]. El metropolita griego explica que así ha sido en la Iglesia antigua, como lo demuestra en su obra, observando que la noción de sínodo se corresponde con la teología ortodoxa de la Iglesia local, que es estrictamente fiel a la eclesiología de la Iglesia antigua, en la cual ningún fiel, laico o clérigo, puede ser constituido miembro del sínodo, porque no puede entrar en relación con la unidad de la Iglesia de forma individual. El teólogo precisa la argumentación:

«Esta relación no puede ser establecida, sino en tanto que miembro de una Iglesia local. Por consecuencia, los sínodos, eclesiológicamente considerados, constituyen asambleas de Iglesias, es decir, de unidades ya formadas y no «descompuestas» –para emplear una expresión de san Ignacio de Antioquía– y divididas. Por tanto, las Iglesias locales no pueden participar en los sínodos sino en cuanto unicidad indivisible, «de una sola boca y un solo corazón», como lo exige la unidad eucarística. El obispo es la boca única de su Iglesia, no en el sentido de la representación democrática, sino en el sentido de aquel que, en cuanto icono de Cristo, transmite la bendición y el poder del Señor al pueblo y, como proéstos [preste] de la Eucaristía, une al pueblo en un solo cuerpo. Por consecuencia, si se rechaza la composición episcopal de los sínodos, se termina en una «descomposición» de la Iglesia local, dado que no se le reconoce otra posibilidad de comunión con las otras Iglesias, en tanto que unidad indivisible e indisoluble, como la quiere Dios y la presupone la verdadera noción de Iglesia»[7].

Quien desconoce la eclesiología ortodoxa no dejará de observar que se afirma la Iglesia universal como comunión de Iglesias, aunque desde la teología católica son pertinentes algunas matizaciones a esta noción de la Iglesia universal, si se tiene en cuenta, por una parte, el ministerio del papa y su condición de fundamento visible de la unidad de la Iglesia universal; y por otra, que «uno es constituido miembro del Colegio episcopal en virtud de la consagración sacramental y por la comunión jerárquica con la Cabeza y con los miembros del Colegio» (LG, n. 22b). La integración en el colegio de los obispos en la tradición occidental puede ser anterior a la asignación del nuevo obispo a una Iglesia local o diócesis. El teólogo griego lo tiene en cuenta y no deja de observar que, «por influencia de la tradición occidental», también la Iglesia ortodoxa ha terminado introduciendo la figura del obispo auxiliar y e incluso la del obispo titular. Sin embargo, es obligado tener en cuenta la aproximación de ambas eclesiologías católica y ortodoxa a partir del Vaticano II, y que el diálogo ecuménico interconfesional de católicos y ortodoxos ha contribuido a equilibrar las posiciones teológicas de ambas tradiciones. La influencia de la teología ortodoxa en la eclesiología católica occidental ha contribuido a revalorizar la teología de la Iglesia local, inseparable de la teología del episcopado; y a su vez, la tradición ortodoxa se ha debido ocupar con la recuperación de una noción de la Iglesia universal gracias al diálogo ecuménico entre ambas comuniones, en un empeño recíproco de convergencia eclesiológica sobre la base de la unidad del primer milenio y afrontando los desarrollos del segundo milenio.

5. Los cambios en el estatuto del Sínodo de los Obispos. San Pablo VI instituyó en 1965 mediante la Carta ap. Apostólica sollicitudo el Sínodo de los Obispos, con ánimo de contar con un instrumento idóneo que, basado en la tradición sinodal de la Iglesia, respondiera a «la necesidad e importancia de hacer cada vez mayor uso de la colaboración de los obispos, para bien de la Iglesia universal»[8]. El papa se proponía obrar como pastor de la Iglesia universal consolidando con «vínculos más íntimos Nuestra unión con los Obispos, «a quienes puso el Espíritu Santo (...) para gobernar la Iglesia de Dios» (Hech 20, 28)». Se proponía, pues, contar con la colaboración en el ejercicio de su propio ministerio de un instrumento idóneo, llevando a la práctica con el respaldo de los obispos una idea e iniciativa motu proprio afianzada en su conciencia durante el trascurso del Concilio. Instituyó así un consejo estable de obispos que participara «más abierta y eficazmente en Nuestra solicitud por la Iglesia universal»: un instrumento formado por obispos, excepción hecha de un número muy limitado de superiores mayores de las órdenes religiosas clericales canónicamente asimilados a los obispos[9].

La institución del sínodo no le pareció extensible a otros miembros de la Iglesia, porque su función requiere las facultades propias de los obispos y el Concilio había afirmado la apertura a la Iglesia universal de la acción de los obispos como sucesores de los apóstoles y miembros del Colegio episcopal. Con ello facilitaba al episcopado mundial el ejercicio colegial del ministerio episcopal, haciendo presente en el sínodo las preocupaciones y acción de los obispos como pastores de sus Iglesias locales, pues por pertenencia al Colegio insertan a las Iglesias que presiden en la sucesión apostólica y en la comunión de la Iglesia universal presidida por el Papa. Cada obispo «ejerce su función pastoral sobre la porción del pueblo de Dios que le ha sido dada, no sobre otras Iglesias ni sobre la Iglesia universal, pero como miembro del Colegio episcopal y legítimo sucesor de los Apóstoles, cada uno tiene el deber, por institución y precepto de Cristo, de preocuparse de toda la Iglesia» (LG, n. 23b).

Sólo los obispos forman parte del sínodo, aun cuando puedan ser asesorados por otros miembros del pueblo de Dios, incluidos naturalmente los laicos, hombres y mujeres. Es verdad que el Sínodo de los Obispos era para Pablo VI como para sus sucesores, particularmente Juan Pablo II, un instrumento perceptible, y Francisco mediante la Constitución apostólica Episcopalis Communio (18.9.2018), ha introducido importantes modificaciones en su concepción y estructura, con el fin de proseguir su perfeccionamiento. Sin embargo, al incorporar a religiosos y laicos como miembros de pleno derecho y reformular los fines del mismo, su nueva estructura ha suscitado la inquietud de si el sínodo cambia su identidad y seguirá manteniendo su propia naturaleza teológica. Cabe, por ello, preguntar si no sería mejor contar con un nuevo instrumento eclesial distinto del Sínodo de los Obispos, lo cual es perfectamente legítimo.

Las modificaciones realizadas alejan la identidad del sínodo de la concepción del mismo en las Iglesias ortodoxas y de la identidad que le diera Pablo VI y han mantenido sus sucesores, generándose dudas y no poca perplejidad entre muchos obispos católicos. Da la impresión de que la promoción de la sinodalidad de la Iglesia resulta permutable con la colegialidad episcopal, saltando de hecho sobre la diferencia que hace diversa y complementaria la participación en la vida de la Iglesia de los ministerios, estados y carismas. Es legítimo preguntar si no se ha apoderado del sentir de la Iglesia una visión de la misma inducida por los colectivos sociales que dan cauce a las ideologías, que pugnan por imponer una concepción uniforme de la vida engullendo la vida espiritual de la Iglesia y su configuración social. A nadie escapa hoy que con este objetivo desempeñan una importante función de asimilación de la Iglesia al «espíritu del mundo» los medios de comunicación, que dependen del poder económico, político y la presión globalizadora de la cultura y pugnan por el dominio de la opinión.

¿Nos estamos alejando de la teología conciliar del episcopado y de la Iglesia local, de modo que el sucesor de Pedro pudiese contar con el parecer de los obispos como responsables con él de tomar decisiones que sólo a ellos corresponde tomar? El sínodo ciertamente no agota el ejercicio de la colegialidad, por eso no se ha de entender erróneamente que la celebración del sínodo pudiera colmar el pleno ejercicio de la colegialidad episcopal que se manifiesta en el concilio. Es razonable pensar que la consulta a los obispos en sus sedes representa un modo de proceder al que no se debería renunciar en asuntos que afectan a toda la Iglesia, contando con la colaboración de las Conferencias episcopales, y no excluyendo a los obispos eméritos que tengan voluntad de participar, si es que se tiene por teológicamente fundado el derecho divino del episcopado, que no desaparece por la jubilación administrativa.

El costosísimo proceso sinodal, por su misma naturaleza aleatoria deja mucho que desear como instrumento de representación de las Iglesias locales, y es susceptible de padecer un exceso de directividad impuesta o de manipulación ideológica. La crítica al clericalismo ha de incluir la crítica a la clericalización del laicado, cuando es bien preocupante la ausencia del testimonio de los laicos en la sociedad y el complejo mundo de las realidades terrenas, que según el concilio es el lugar propio del laicado (LG, n. 31). La confusión de competencias se deja ver en las declaraciones del vicepresidente del ZdK, Thomas Söding, cuando dice en el lugar citado: «Todo es bueno cuando la responsabilidad recae sobre el mayor número posible de hombros y cuando la tarea específica de los obispos se sitúa en una nueva relación con la competencia del pueblo de Dios». El problema estriba en la diferencia de cometidos en la Iglesia que tienen los muchos hombros, y el del episcopado no es transferible al laicado con la potestad que los obispos «desempeñan personalmente en nombre de Cristo, propia, ordinaria e inmediata», aunque esté «regulada por la autoridad suprema de la Iglesia» (LG, n. 27). La competencia de los obispos está justamente en ser «principio y fundamento visible de unidad en sus Iglesias particulares formadas a imagen de la Iglesia universal» (LG, n. 23). Sin el obispo no se da la articulación que sostiene orgánicamente la comunión eclesial de todo el pueblo de Dios con sus ministerios, carismas y estados. La razón teológica de la doctrina conciliar sobre el episcopado como inseparable de la teología de la Iglesia local estriba en que el obispo es condición indispensable de la realización particular de la Iglesia[10].

6. Potestad y sacramento. Se ha vuelto al debate sobre la separación de la potestad de régimen del sacramento del episcopado, legitimando teológicamente el ejercicio ordinario de la potestad de régimen por los laicos en la Iglesia, con tal de que esta potestad se comprenda como potestad delegada. Se dice, sin pretender convencer en exceso, que sólo podría legitimarse en una situación de clara excepción, y no como pretexto para la incorporación del laicado al ministerio de gobierno de la Iglesia, pero esto no es importante. El camino sinodal alemán parece pretender algo más, fundando la participación de los laicos en el gobierno de la Iglesia en su condición de bautizados. Sin embargo, una eclesiología bautismal no puede ser referente que obvie su referencia fundamental constitutiva a la eclesiología eucarística[11]. Es legítimo preguntar si esto no ha sucedido ya tras la modificación del estatuto del Sínodo de los Obispos.

El Vaticano II afirma que la potestad no es separable del sacramento y que incluso la potestad del papa está enraizada en la consagración episcopal, activada por la elección para suceder a Pedro. Tras la bien fundamentada carta del papa de 2019 al pueblo de Dios peregrino en Alemania, voces de competencia probada como las de los obispos teólogos Marc Ouellet y Luis F. Ladaria, Walter Kasper y Gebhard Ludwig Müller, que han sido prefectos de importantes dicasterios, han advertido que separar la potestad de régimen del sacramento del Orden sería volver a posiciones teológicas superadas en el Vaticano II. Estaríamos, en efecto, ante un verdadero retroceso, que no logra encubrir el atajo por el cual se pretende dar participación a los laicos en el ministerio de los obispos, alejándonos de la convergencia deseada con las Iglesias ortodoxas, que consideran imposible la separación de la dimensión mistérica (sacramental) de la consagración episcopal y el cometido administrativo que conlleva.

Por otra parte, no parece argumentación suficiente para ampliar la participación de los laicos en la vida de la Iglesia extender a laicos elegidos la responsabilidad de las decisiones sinodales que corresponden a los obispos, apelando a la «unción bautismal». Tampoco basta recurrir a la infallibilitas in credendo del pueblo de Dios, porque esta infalibilidad no se puede separar del munus docendi de los obispos, elemento constitutivo de la unidad en la fe del pueblo de Dios. Esta unidad resulta según san Agustín, desde los obispos hasta el último de los laicos cristianos, de la acción del Espíritu de la verdad que inspira y sostiene el sentido de la fe del entero pueblo de Dios (LG, n. 12). Por tanto, la apelación sinodal a la «responsabilidad compartida» de todos los bautizados no puede obviar que la diferencia de requisitos, métodos y formas, como quiere Söding no puede ser tan creativa como para pretender reinventar la naturaleza de la Iglesia y su constitución apostólica.

En la Iglesia de Jesucristo la diversidad de ministerios, carismas y estados tiene su armonización en la unidad de la fe y en la adscripción al común bien espiritual de los fieles mediante el desempeño propio de todos ellos, sin rivalizar en el dominio que asegura mediante el poder la tentación de pretender modular la constitución de la Iglesia al espíritu del mundo y a imagen de la sociedad contemporánea plural y relativista que avanza sobre sí misma sin otra orientación que la que permite el equilibrio de fuerzas entre los elementos que la configuran. El Cuerpo místico de Cristo se articula socialmente en la comunión que el Espíritu gobierna mediante aquellos ministerios, dones y funciones que persiguen una sola misión como tarea: dar a conocer a Jesucristo para que sea amado y en él hallen las generaciones la salvación que sólo el amor de Dios ofrece al mundo.

Adolfo González Montes
Obispo emérito de Almería

 



[1] Cf. declaraciones del obispo Georg Bätzing, presidente de los obispos almenes y de Thomas Söding, vicepresidente del ZdK, que citamos siempre por la entrevista de Rosalía Sánchez, corresponsal del diario ABC (13/11/2023): https://www.abc.es/sociedad/cuatro-obispos-alemanes-boicotean-nuevo-comite-sinodal-20231113192140-nt.html

[2] Cf. S. Madrigal (ed.), La sinodalidad en la vida y misión de la Iglesia. Texto y comentario del documento de la Comisión Teológica Internacional (Madrid 2019).

[3] Cf. E. Biser, Pronóstico de la fe. Orientación para la época postsecularizada (Barcelona 1994) 214-226.

[4] Cf. A. Boix, «Notas complementarias para la interpretación del ensayo de Newman sobre el desarrollo de la doctrina cristiana», Diálogo ecuménico 32/103-104 (1997) 195-250.

[5] Comisión Teológica Internacional, La interpretación de los dogmas (1989), parág. n. II. 4, en  Documentos 1969-1996 (Madrid 1998) 417-453.

[6] L’Église et ses institutions (París 2011) 202.

[7] Ibid., 202-203.

[8] Carta apostólica m. p. Apostolica sollicitudo [AS] (15 septiembre 1965).

[9] AS: Normas V. 1d).

[10] Cf. G. Canobbio, «Il vescovo visibilie principio e fundamento de l’unitá nella Chiesa particolare», en G. Canobbio et alii (eds.),  Il vescovo e la sua Chiesa. Quaderni teologici del Seminario di Brescia 6 (1996) 51-82.

[11] Cf. A. González Montes, Imagen de Iglesia. Eclesiología en perspectiva ecuménica (Madrid 2008) 639-666.

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5 comentarios

Nèstor
Excelente, Monseñor, muchas gracias y saludos cordiales.
14/01/24 2:06 PM
Martinna
Así nos lo han enseñado siempre y lo entendemos todos
14/01/24 3:36 PM
Maria
Fantástica exposición. Un gran obispo.

Dios lo bendiga y siga haciendo tanto bien con sus escritos. Sin duda tiene una gran formación teológica y defiende la sana doctrina. Ojalá tuviéramos muchos como usted.

Gracias D.. Adolfo..
14/01/24 4:58 PM
Alex
Muchas gracias por el articulo cuya exposición es muy clara frente a la ambigüedad doctrinal del momento.
14/01/24 8:58 PM
gustavo perez
Muy bien lograda la página que nos ofrece el señor obispo emérito de Almería. Destaco sobre manera lo que el llama con una y con gran objetividad el "igualitarismo funcional" que ha seguido a lo que se impuso en el postconcilo como "corresponsabilidad". Dice el obispo que hoy por hoy se quiere y se intenta la participación en la vida de la Iglesia se ha convertido progresivamente en una pugna por el poder en ella, -cosa por de más positiva- pero, estimulada por una ideología eclesial que postula a ultranza el igualitarismo funcional de todos sus miembros. Se suprime en la práctica la diferencia que da identidad a los ministerios y carismas, y a los estados puestos por el Espíritu al servicio del bien espiritual de la comunión en Cristo. Eso se quiere imponer por todos los medios y el Papa y los dicasterios romanos van por ese lado, es decir, por imponer semejante mentalización.
15/01/24 4:58 PM

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