
Existencia del purgatorio.
El purgatorio es el estado en el que las almas de los que murieron en gracia de Dios con el reato de alguna pena temporal debida por sus pecados, se purifican enteramente antes de entrar en el cielo. Hemos mostrado ya en diversos lugares de esta síntesis, los fundamentos escriturísticos de dicha doctrina, así que pasaremos directamente a reseñar los documentos del Magisterio de la Iglesia.
- Concilio II de Lyón (1.274): «Creemos que (…) los que verdaderamente arrepentidos murieron en caridad antes de haber satisfecho con frutos dignos de penitencia por sus comisiones y omisiones, sus almas son purificadas después de la muerte con penas purgatorias» (Denz. 464).
- Benedicto XII (1.336): «Por esta constitución, que ha de valer para siempre, con autoridad apostólica definimos: que, según la común ordenación de Dios, las almas de todos los sanos que salieron de este mundo antes de la pasión de nuestro Señor Jesucristo, así como las de los santos apóstoles, mártires, confesores, vírgenes, y de los otros fieles muertos después de recibir el bautismo de Cristo, en los que no había nada que purgar al salir de este mundo, ni habrá cuando salgan igualmente en el futuro, o si entonces lo hubo o habrá algo purgable en ellos, cuando después de su muerte se hubieren purgado (…), estuvieron, están y estarán en el cielo (…), donde vieron y ven la divina esencia (…) hasta el juicio y desde entonces hasta la eternidad» (Denz. 530).
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