(Agencias/InfoCatólica) El Código Penal revisado de Nicaragua, que entró en vigor en julio de 2008, prevé penas de prisión para las mujeres que intenten abortar, así como para los profesionales de la salud que faciliten servicios de salud relacionados con el aborto. La prohibición de matar al embrión o feto humano en el seno materno incluye los casos en los que el embarazo es consecuencia de una violación o de un incesto.
“La prohibición del aborto en Nicaragua es resultado de una ley escandalosa y draconiana que obliga a las víctimas de una violación y de un incesto a llevar a término su embarazo, y está causando un aumento de las muertes maternas –ha declarado Widney Brown, directora general de Derecho Internacional y Política de Amnistía Internacional–. Los Estados Miembros de la ONU deben aprovechar esta oportunidad para hacer que Nicaragua rinda cuentas de una ley que viola los derechos de las mujeres a la vida, a la salud y a la dignidad”.
La organización también ha reiterado a las autoridades nicaragüenses su petición de despenalizar el aborto en todas las circunstancias. Amnistía Internacional ha afirmado que Nicaragua debería garantizar que las mujeres y niñas tienen acceso a un aborto sin riesgos y legal cuando el embarazo no deseado es consecuencia de una violación o de un incesto, o cuando corra peligro la salud o la vida de la mujer.