(InfoCatólica) La Santa Sede aprobó a mediados de este mes adaptaciones litúrgicas para las comunidades indígenas de Chiapas, como tseltales, tsotsiles, ch’oles, tojolabales y zoques, integrando elementos culturales a la liturgia sin que ello suponga alterar el contenido del rito romano. Estas incluyen danzas rituales contemplativas durante el ofertorio, la oración de los fieles y la acción de gracias, así como el uso de sahumerios tradicionales en la incensación, que puede ser realizada por mujeres, siguiendo costumbres locales.
Además, un laico de relevancia moral podrá guiar momentos de oración comunitaria bajo la autorización del sacerdote. El cardenal Felipe Arizmendi, impulsor de esta iniciativa, subrayó que estas medidas buscan valorar las expresiones culturales indígenas y fortalecer su integración en la Iglesia. También se aprobó la traducción al tseltal de textos fundamentales del Magisterio. Estas adaptaciones pretenden promover la participación activa de las comunidades originarias, preservando su identidad cultural y su plena comunión con la fe cristiana.
La CEM dice que no es un nuevo rito
Ante las interpretaciones surgidas en torno a dichas adaptaciones litúrgicas aprobadas por el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) emitió este 22 de noviembre una nota aclaratoria para precisar su alcance, contenido y propósito.
Adaptaciones específicas para pueblos originarios
La CEM destacó que estas adaptaciones al Ordinario de la Misa han sido aprobadas exclusivamente para las comunidades tseltal, tsotsil, chol, tojolabal y zoque. Subrayó que:
- Las adaptaciones son facultativas y no alteran la estructura esencial de la Misa del Misal Romano.
- No constituyen un nuevo rito ni pueden interpretarse como la creación de un «rito maya» o una «misa maya».
Las tres modificaciones autorizadas son las siguientes:
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El ministerio del Principal:
- Este rol es desempeñado por una persona reconocida en la comunidad que actúa como monitor en momentos específicos de la celebración, siempre bajo la invitación y supervisión del sacerdote.
- El Principal puede invitar a la asamblea a orar en voz alta en algunos momentos, pero no asume en ningún caso la presidencia de la Eucaristía.
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El ministerio de la incensación:
- Se utiliza incienso tradicional propio de estas comunidades en los momentos previstos por el Misal Romano.
- El ministro encargado es designado por el Obispo diocesano.
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Oración de la asamblea:
- Moderada por el Principal, la asamblea puede expresar intenciones personales y comunitarias en tres momentos específicos:
- al inicio de la Misa, tras el saludo;
- durante la oración de los fieles;
- después de la comunión, en la acción de gracias, donde pueden incorporarse movimientos rítmicos del cuerpo acompañados de música tradicional, pero sin tratarse de danzas rituales.
- Moderada por el Principal, la asamblea puede expresar intenciones personales y comunitarias en tres momentos específicos:
Puntos no aprobados
La CEM asegura enfáticamente que estas adaptaciones no incluyen:
- La creación de un «rito maya».
- Danzas rituales durante la Misa.
- La introducción de un «altar maya».
- Oraciones a los puntos cardinales.
- Cesión de la presidencia litúrgica a personas laicas.
Proceso de discernimiento e inculturación
Las adaptaciones son fruto de un proceso de discernimiento diocesano, respaldado por el estudio de la CEM y la aprobación final del Dicasterio para el Culto Divino. La implementación será gradual, y los sacerdotes y agentes pastorales recibirán formación adecuada para garantizar su correcta aplicación. Además, se llevará un seguimiento pastoral continuo para evaluar su impacto y eficacia.
La CEM reiteró que estas medidas son una expresión de la inculturación litúrgica, un proceso que busca integrar elementos culturales legítimos dentro de la liturgia sin comprometer su naturaleza universal. Asimismo, subrayó su compromiso de actuar siempre en comunión con la Iglesia universal y bajo la guía del Magisterio.