(InfoCatólica) El «Tratado sobre la propiedad intelectual, los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales conexos» es un marco jurídico y normativo que aborda la protección y el manejo de los derechos de propiedad intelectual relacionados con los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados. Este tratado se enfoca en varios aspectos clave:
- Protección de los conocimientos tradicionales: Busca reconocer y proteger los conocimientos y prácticas tradicionales de las comunidades indígenas y locales, asegurando que sus contribuciones sean reconocidas y recompensadas adecuadamente.
- Derechos sobre los recursos genéticos: Establece directrices para el acceso y uso de los recursos genéticos, incluyendo la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización. Esto es especialmente relevante en el contexto de la bioprospección y la investigación científica.
- Propiedad intelectual: Proporciona un marco para la gestión de los derechos de propiedad intelectual que surgen de la utilización de recursos genéticos y conocimientos tradicionales. Esto incluye la regulación de patentes y otros derechos relacionados.
- Consentimiento informado previo y acuerdos de participación en beneficios: El tratado enfatiza la necesidad de obtener el consentimiento informado previo de las comunidades locales antes de acceder a sus recursos genéticos y conocimientos tradicionales, y de establecer acuerdos claros para la participación en los beneficios generados.
- Fortalecimiento de capacidades y cooperación internacional: Promueve la cooperación entre países y el fortalecimiento de capacidades para que las comunidades y naciones puedan gestionar sus recursos y conocimientos de manera efectiva.
Este tratado es parte de los esfuerzos internacionales para armonizar la protección de la biodiversidad con los derechos de las comunidades locales y la promoción de la investigación y el desarrollo sostenible. Organismos como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) están involucrados en la implementación y promoción de estos principios a nivel global.
El tratado, declaró monseñor Ettore Balestrero, representante permanente de la Santa Sede ante las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en Ginebra, «establece un mecanismo internacional, marcando un significativo paso adelante en nuestra dedicación colectiva para salvaguardar los inestimables recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados».
La participación de los pueblos indígenas
Como ya se ha señalado, el documento pretende proteger las patentes de invenciones derivadas, por ejemplo, de plantas medicinales, cultivos agrícolas y especies animales, que a menudo están asociadas a conocimientos tradicionales, debido a su uso y conservación por parte de los pueblos indígenas y las comunidades locales. Conocimientos que, según se indica en la página web de la OMPI, a veces se utilizan en la investigación científica y, como tales, pueden contribuir al desarrollo de una invención protegida.
En este sentido, la Santa Sede ha observado con aprecio «la participación de los pueblos indígenas y las comunidades locales en el proceso de toma de decisiones, así como la inclusión de un lenguaje sensible a los contextos culturales y jurídicos específicos en los que viven».
El representante del Vaticano también elogió el «enfoque constructivo adoptado por todas las partes implicadas en el proceso de negociación», que «refleja un profundo compromiso para promover la cooperación multilateral, alcanzar un compromiso y hacer avanzar un sistema de propiedad intelectual dinámico y orientado al futuro en beneficio de todos».
Excluidos los recursos genéticos humanos
Además, la Santa Sede reiteró la importancia de excluir los recursos genéticos humanos del ámbito de aplicación del Tratado. «Esto – afirmó el arzobispo Balestrero – subraya el reconocimiento de que el respeto de la dignidad humana sigue siendo el principio común y fundamental que subyace a nuestra convivencia, la santidad de la vida humana y el bien común».