(Notivida/InfoCatólica) Ese fondo se integraría con una contribución especial anual de la que quedarían exceptuadas «las personas humanas o jurídicas cuyas convicciones morales, éticas, religiosas o científicas, o ideario institucional resultan contrarias a la aplicación de la Ley», que podrían manifestar objeción de conciencia. Tampoco estarían obligadas a aportar las personas sin «capacidad contributiva».
Se lee en los fundamentos que la iniciativa fue elaborada «en base a una propuesta proveniente de ciudadanos argentinos preocupados por la circunstancia de que el cumplimiento de sus obligaciones fiscales contribuye al financiamiento de la práctica de abortos en todo el territorio nacional».
Destaca que «la práctica del aborto es manifiestamente contraria a las más íntimas convicciones de una gran mayoría de los contribuyentes, que, producto de la configuración del sistema tributario argentino, se ven obligados a financiarla con sus aportes».
Y agrega: «esta propuesta, si bien mitiga los efectos de la ley 27610, es insuficiente. Tenemos la profunda convicción de que la citada norma, además de estar viciada de inconstitucionalidad, es intrínsecamente injusta; aun cuando no se exigiera a todos los argentinos el financiamiento de la práctica abortiva, nadie debería estar autorizado a decidir sobre la vida de otro ser humano». Motivo por el cual, añade, ya propuso la derogación de la ley de aborto en tres instancias anteriores.