(ACI/InfoCatólica) El prelado ha subrayado en su programa de Radio María en España «Sexto continente» que «claramente no es compatible» la propuesta de los obispos belgas con la doctrina católica, como explicó concretamente y respecto a una cuestión similar, la Congregación para la Doctrina de la Fe en su respuesta a dubium sobre bendiciones de uniones de personas del mismo sexo, publicada el 15 de marzo de 2021.
Mons. Munilla subraya que esta incompatibilidad es manifiesta «por mucho que se haya intentado forzar al máximo las palabras» tildando de «momento de oración» la propuesta de los obispos belgas.
Como relata la agencia ACI, Mons. Munilla ha recordado, en su programa Sexto Continente, que la pretendida bendición de los prelados belgas incluye «expresiones de compromiso» entre las personas homosexuales que la reciben y de la comunidad eclesial hacia ellas.
«No juguemos con las palabras», ha reiterado el Obispo de Orihuela-Alicante, quien afirma que «hay que ser sinceros y transparentes para decir que contradice absolutamente» lo afirmado por la Congregación para la Doctrina de la Fe.
Mons. Munilla subraya que lo predicado por el dicasterio vaticano «no es que la Iglesia no quiera. Es que no tiene autoridad para hacer tal cosa» como bendecir uniones homosexuales.
Una bendición es un sacramental
La razón es que la bendición es un sacramental. Según recoge el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 1667) los sacramentales «son signos sagrados con los que, imitando de alguna manera a los sacramentos, se expresan efectos, sobre todo espirituales, obtenidos por la intercesión de la Iglesia».
Por ellos, prosigue el texto «los hombres se disponen a recibir el efecto principal de los sacramentos y se santifican las diversas circunstancias de la vida». Por ello, y a diferencia de los sacramentos, los sacramentales «se pueden recibir sin estar en gracia, pero llaman a la conversión».
El Obispo de Orihuela-Alicante ha recordado que las bendiciones, «deben estar objetiva y positivamente ordenadas a la voluntad de Dios» y «no es suficiente la buena voluntad de los que lo reciben» para reclamar un presunto derecho a recibirlas.
No hay «discriminación injusta»
De esta manera, «no es lícito impartir la bendición a estas relaciones aunque sean estables porque implican una relación sexual fuera del matrimonio», continuó el Obispo, en consonancia con la doctrina católica y lo expresado por la Congregación para la Doctrina de la Fe.
En este sentido, Mons. Munilla recuerda que la Iglesia tampoco puede bendecir la unión entre un hombre y una mujer que viven en adulterio. Por tanto, no se puede dedir que se trate de «una discriminación injusta» hacia las personas con inclinaciones homosexuales, sino de reclamar «la verdad del acto litúrgico».
«Se puede bendecir a las personas con inclinaciones homosexuales, pero no una unión que no es conforme al designio natural y al designio de Dios», ha subrayado el Prelado, porque «una cosa es bendecir al pecador y otra cosa, al pecado».
Programa entero Sexto continente (tema obispos flamencos a partir del minuto 27)
Ver también Carta a los obispos católicos sobre la atención pastoral a las personas homosexuales, de la Congregación para la Doctrina de la Fe. 1 de octubre de 1986