(Agencias/InfoCatólica) Marin Eugen Sabau había trabajado como vigilante en la empresa Securitas y pretendía quería vengarse por el «infierno» al que aseguraba que le habían sometido sus jefes. Antes de cometer el crimen lo anunció en diversos correos electrónicos: «Voy a ‘vacunar’ a los jefes de Securitas», dijo. El 14 de diciembre del 2021, entró en las oficinas de la compañía en Tarragona disfrazado con una peluca, sacó un arma larga y, tras una breve charla, empezó a disparar.
Sabau huyó del lugar de los hechos y fue acorralado por la policía en una masía abandonada en Riudoms. Tras amenazar con quitarse la vida, disparó contra los agentes que finalmente se vieron obligados a abatirlo, dejándolo en estado crítico y con una lesión medular. Desde entonces está ingresado en el hospital penitenciario de Terrassa (Barcelona) a la espera de juicio. La lesión le genera dependencia y dolor neuropático. Pese a haber llevado a cabo medidas médicas para mejorar su sintomatología, el acusado ha solicitado la ayuda médica para morir de manera asistida y hace dos semanas el hospital autorizó que iniciara el proceso autorizada por la actual ley española.
Dos de sus víctimas pidieron al juzgado que parase el procedimiento, pero la magistrada ha descartado intervenir, aunque su decisión puede ser recurrida. La ley de la eutanasia «no atribuye ninguna competencia al juez de instrucción para decidir sobre el proceso», afirma, porque todo depende de los médicos responsables y la verificación llevada a cabo por la Comisión de Garantía y Evaluación:
«No existe ninguna previsión legal que permita que un juez pueda interferir en un proceso que viene específicamente regulado en una ley orgánica en cuanto que afecta a derechos fundamentales».
Añade que en la ley «sólo se prevén exclusiones en caso de menores o personas que no tengan capacidad de decidir».
El abogado de dos de las víctimas defendió que el tribunal debía parar el proceso de eutanasia para no vulnerar el derecho de los afectados a la tutela judicial efectiva, es decir, que se pueda juzgar al acusado: «Un presunto asesino no puede sortear ni el juicio ni la condena mediante la eutanasia», planteó.
La magistrada Zapata asegura que no hay un conflicto de derechos al mismo nivel, puesto que tienen «prioridad» los derechos a la integridad física y moral, a la dignidad, a la libertad y autonomía personal del acusado, «no solo por la entidad» de estos derechos, «sino por su proximidad al núcleo del derecho en la vida».
El abogado argumentaba también que la prisión preventiva tiene que asegurar la presencia del acusado, pero la magistrada no opina lo mismo: «en este caso, la no presencia del investigado no vendría frustrada por la fuga sino por su defunción» por lo cual tampoco sería responsabilidad del tribunal.