(Live Action/InfoCatólica) La ley recientemente aprobada dice que un médico no estará sujeto a ninguna responsabilidad civil o penal o acción disciplinaria profesional si prescribe a un paciente con una condición terminal un medicamento para ser autoadministrado con el propósito de acelerar la muerte del paciente y el médico afirma documentando en el registro médico del paciente que todo lo siguiente ocurrió:
- El paciente solicitó verbalmente al médico, en presencia de éste o por telemedicina, si el médico determina que el uso de la telemedicina es clínicamente apropiado, que se autoadministre la medicación con el fin de acelerar la muerte del paciente.
- No menos de 15 días después de la primera solicitud verbal, el paciente hizo una segunda solicitud verbal al médico en presencia de éste o por telemedicina, si el médico determina que el uso de la telemedicina es clínicamente apropiado, para que se autoadministre la medicación con el fin de acelerar la muerte del paciente.