(InfoCatólica) Esta mañana en la Nunciatura Apostólica, Mons. Adolfo González Montes, obispo de Almería, y Mons. Antonio Gómez Cantero, obispo coadjutor, han recibido de manos del Sr. Nuncio el Decreto del Papa Francisco, en relación a las facultades de Mons. Gómez Cantero, como obispo coadjutor de Almería, firmado el 12 de mayo de 2021 que seguidamente publicamos:
Prot. N. 441/2006
Congregación para los Obispos
Decreto sobre las facultades del Obispo Coadjutor de Almería
Para proveer el Gobierno de la Iglesia de Almería, teniendo presentes las circunstancias peculiares, el Sumo Pontífice Francisco, Papa por la Divina Providencia, con solicitud Apostólica, ha considerado que se debe examinar el gobierno de la citada Iglesia.
Por ello, su Santidad, en el presente Decreto de la Congregación para los Obispos, desde el día de hoy, atribuye exclusivamente al Excmo. Padre D. Antonio Gómez Cantero, Obispo Coadjutor de Almería, los derechos, oficios y facultades que competen conforme a la norma legal al Obispo Diocesano según el canon 381.
Sin que obste ninguna otra disposición.
Dado en Roma, desde el edificio de la Congregación para los Obispos, a día 12 de mayo del año 2021.
El mencionado canon reza así:
381 § 1. Al Obispo diocesano compete en la diócesis que se le ha confiado toda la potestad ordinaria, propia e inmediata que se requiere para el ejercicio de su función pastoral, exceptuadas aquellas causas que por el derecho o por decreto del Sumo Pontífice se reserven a la autoridad suprema o a otra autoridad eclesiástica.
§ 2. A no ser que por la naturaleza del asunto o por prescripción del derecho conste otra cosa, se equiparan en derecho al Obispo diocesano aquellos que presiden otras comunidades de fieles de las que se trata en el ⇒ c. 368.
De este modo, el Papa mantiene a Mons. González Montes como obispo titular de la diócesis de Almería, pero le deja sin capacidad alguna de gobernar dicha iglesia local. Los fieles están desconcertados porque no se ha comunicado ningún motivo para esta inusual decisión.