(Efe) En una sentencia el Alto Tribunal confirma la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra a Miguel Rosendo da Silva, que incluye también la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima, una de las mujeres que denunció al acusado, y a comunicarse con ella durante diez años cuando cumpla la condena de cárcel.
El Supremo confirma la absolución a Miguel Rosendo da Silva respecto a acusaciones que sostuvieron otras tres mujeres por agresión y abuso sexual, que la Audiencia Provincial no vio acreditados. La Audiencia declaró probado que el condenado mantenía una relación muy cercana con la víctima por su posición de «bastón» en el organigrama de la Orden, la asociación privada Grupo San Miguel Arcángel.
La víctima era menor de edad y Rosendo aprovechó su influencia sobre la joven para mantener relaciones sexuales con ella.
La primera sentencia descartó que la influencia del condenado sobre las otras mujeres, mayores de edad, supusiera en ellas un quebranto de su capacidad de mantenero o no relaciones sexuales con él. El Supremo ha confirmado dicha tesis.
Dado el régimen penitenciario en España, es probable que Miguer Rosendo salga en libertad dentro de no mucho tiempo.