(La Vanguardia/InfoCatólica) Un año después, la misma procesión se celebró en Sevilla, en los hechos conocidos como la procesión del coño insumiso. Sus impulsoras también fueron llevadas a juicio, pero resultaron absueltas en sentencia dictada en octubre de 2019. Mismos hechos, diferentes sentencias.
La mujer de Málaga ha sido condenada a nueve meses de multa con una cuota diaria de diez euros, es decir, al pago de 2.700 euros. Así consta en la sentencia, en la que se le absuelve de un delito de provocación a la discriminación y el odio, del que también era acusada.
El caso se inició tras una denuncia de la Asociación de Abogados Cristianos, cuya presidenta, Polonia Castellanos, ha celebrado el fallo y ha dicho en un comunicado que «las ofensas gratuitas, innecesarias y deliberadas contra los católicos no pueden quedar impunes si queremos vivir en un estado democrático».
En la resolución, que se puede recurrir, se considera probado que la acusada participó en dicha manifestación por el 8M, lo que fue admitido por ella misma en el juicio; señalando que iba «ataviada con una peineta y con una vela grande en la mano, portaba, en compañía de otras personas no identificadas que vestían túnicas, mantillas o peinetas, lo que se antoja una imitación de un paso de Semana Santa cuya imagen es una vagina» de plástico.
Durante el acto, la acusada, no solo portaba la vagina gigante, «sino que a viva voz, leyó, usando un altavoz, un texto» basado en el Credo, pero modificado, según se señala el auto.