Comunicado de AES tras la sentencia absolutoria de Rita Maestre

AES considera que la sentencia "políticamente correcta" absolutoria de Rita Maestre es una vergüenza jurídica acorde con la "filosofía jurídica" del polvo del camino que llega a la toga.

 

Alternativa Española no puede más que mostrar no solo su desacuerdo sino su más profunda vergüenza ante la sentencia absolutoria de la Sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid, tras la anterior sentencia condenatoria, de la podemita Rita Maestre por el asalto a la capilla universitaria.

AES considera que la argumentación del Magistrado Ponente David Cubero Flores, suscrita por la sentencia por la Sala, para exonerar de toda culpa a la conocida popularmente como la asalta capillas Rita Maestre, que constituye un cheque en blanco para que este tipo de acciones continúen realizándose en cualquier templo católico con total y absoluta impunidad, no demuestra otra cosa que el peso de lo "políticamente correcto" sobre la propia Justicia en consonancia con aquella "filosofía jurídica" de que el "polvo del camino" debía llegar a las togas.

AES, tras leer con asombro la sentencia, se pregunta cómo es posible que por un lado se consideren probados unos hechos, de los que ahora se vanaglorian y presentan como triunfo de la libertad de expresión, consistentes en entrar en una capilla, evidentemente, aunque la Sentencia lo ignore, para prácticas distintas a las que está ese espacio destinado, rodear el altar, levantarse la ropa para mostrar el sujetador o los pechos desnudos, darse besos entre mujeres, pero sin que ello, indica el ponente, implique actos obscenos ni grotescos, alegando que ello no es ofensa, ni profanación, sino solamente un acto "irrespetuoso" para "ciertos ámbitos", entre los que evidentemente no se encuentra el Magistrado Ponente David Cubero. Considerando que desde el punto de vista "técnico jurídico" no hay delito, pues la Sala no entra en valoraciones "ético morales". No es necesario recalcar que la Sala sí entra en esas valoraciones, precisamente para no considerarlas como constitutivas de delito. AES estima que el Magistrado Ponente y la Sala se podrían haber ahorrado la argumentación excusatoria y darle la vuelta al lenguaje.

AES, por último, quiere destacar el sentido del lógico júbilo, complemento necesario para comprender el alcance político de la sentencia, de la acusada declarada inocente o de la alcaldesa y ex juez Manuela Carmena, afirmando que es "un paso adelante en el camino de la libertad". Ya sabemos cómo entiende la libertad la izquierda en general y el conglomerado podemita en particular, cuyos dirigentes, Errejón e Iglesias, ahora se sienten orgullosos de que la Justicia les de la razón apoyando el acto realizado, lo que les invita a seguir manifestando, volvemos a los términos de la sentencia, sus protestas contra "las posiciones de la jerarquía católica" en las iglesias, interrumpiendo con gritos a los que allí estén porque para el señor Magistrado y la Sentencia de la Audiencia Provincial eso ni es violencia ni es ofensa en "técnica jurídica".

Madrid, 16 de Diciembre de 2016.

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