(El Mundo/InfoCatólica) Se trata de la primera vez que el Supremo se pronuncia sobre el burka. Lo hace advirtiendo que su decisión se limita a resolver sobre la legalidad de la ordenanza del Ayuntamiento de Lérida que estableció la prohibición de vestir esa prenda en los espacios y locales públicos y tipificó como infracción leve la vulneración de esa prohibición. Pero los magistrados advierten que no se pronuncian sobre si en España y en el marco de la Constitución cabe o no vetar el uso del velo integral en los espacios públicos ya que ello corresponde al legislador.
Precisamente la ausencia de una previsión legal -que, además, debería ser una ley orgánica- sobre el uso del burka es lo que lleva a la Sala a tumbar la ordenanza del Ayuntamiento ilerdense.