Pedía la nulidad de la sentencia contra su readmisión

El Constitucional no ampara a la diócesis de Almería en el caso de Resurrección Galera

El Tribunal Constitucional ha negado el recurso de amparo presentado por el Obispado de Almería contra la sentencia que ordenaba la readmisión de la profesora de religión Resurrección Galera, que no fue renovada en 2001 tras casarse por lo civil con un divorciado. En una providencia, de la que informa Efe, la sección 1ª del TC acuerda no admitir el recurso a trámite «dada la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental» en el mandato de readmisión de la profesora.

(Efe) El Obispado, que durante este largo proceso ha defendido su potestad para proponer ante el Ministerio de Educación los profesores de religión, tal y como establece el Acuerdo entre el Estado Español y la Iglesia Católica, solicitó al Constitucional un pronunciamiento sobre la «cuestión de fondo» de este conflicto judicial.

El recurso, que contó con el asesoramiento de los servicios jurídicos de la Conferencia Episcopal, fue presentado el pasado mes de abril después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimara sus argumentos y confirmara la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería, que ordenaba la readmisión de la profesora y el pago de los salarios que dejó de percibir.

En su recurso, el Obispado sostenía que es «enteramente constitucional el hecho de que no pueda impartir religión y moral católicas quien no profesa voluntariamente los dogmas de esta fe religiosa». Asimismo, advertía de que la profesora, «en el más respetable ejercicio de su libertad», se situó «ella misma y por su sola voluntad en objetiva situación de inidoneidad sobrevenida para dar lecciones de moral católica».

Según defendía, también es «enteramente constitucional que los derechos individuales del docente no se sitúen por encima ni de los derechos fundamentales de los padres de los alumnos, ni sobre los de autoorganización de la propia confesión religiosa que les ha propuesto para desempeñar esa labor».

La ex-profesora de Religión pide su readmisión con contrato indefinido

El juzgado almeriense ordenó la readmisión de la profesora después de que el propio TC concediera amparo a la profesora y reconociera el derecho de la profesora a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar.

Para la ejecución de la sentencia, el juzgado dictó el pasado mes de abril un auto en el que ordenaba la readmisión de la profesora, aunque solo hasta el 31 de agosto, fecha en la que finalizaba el pasado curso, así como el abono de las cantidades que dejó de percibir desde que no fuera renovada, una vez descontados otros rendimientos de trabajo obtenidos con posterioridad.

El TSJA desestimó el pasado mes de diciembre el recurso de suplicación presentado por la docente, que pretendía una reincorporación indefinida después de que el despido se declarara nulo tras el amparo concedido por el Constitucional.

El tribunal andaluz, cuyo fallo ha sido recurrido por la representación de la profesora ante el Tribunal Supremo, consideró que hay que aplicar la normativa vigente en el momento del despido, y no el real decreto por el que los profesores de religión pasaban a ser indefinidos, de modo que la relación laboral era temporal con renovaciones anuales.

La abogada de CCOO que representa a la docente, Amalia Robles, presentó el pasado mes de septiembre una nueva demanda contra el Obispado después de que no fuera llamada a las aulas y de que el órgano eclesiástico le remitiera un burofax en el que se le informaba de que no cuenta con la «missio canonica» que otorga la Iglesia para certificar la idoneidad de los profesores a la hora de ser contratados por el Ministerio de Educación.

El Juzgado de lo Social número 1 de Almería ha señalado el juicio por la nueva demanda para el 25 de febrero de 2014.

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18 comentarios

Bernardita
Es inaudito, inadmisible, in.... no hay palabras. A esta mujer lo que menos le importa es impartir clases de religión, sino, evidentemente, perturbar a la Iglesia como enemiga. No se puede creer esta insistencia en entrometerse en un terreno que ya no es suyo. Los padres decentes, lo que deberían hacer es que si no hay otra solución, en la hora de sus clases, se encuentre con las aulas desiertas, así puede hablar cómodamente con las paredes. Que los directivos eximan del presentismo a ellas incluso con algún mérito, o lo que sea, pero NO CLAUDICAR.
11/01/13 8:12 PM
pedro de madrid
Si no está en el adulterio está cerca del mismo y no se como puede explicarle esto a sus pupilos.
Ella sabe que tiene detrás toda la izquierda, los homos y los que persiguen a la Iglesia de Jesús, pero sabe que moralmente no es idonea, que la sometan a un examen. La Iglesia debe, por todos los medios, hacer mejor las selecciones de su personal docente.
11/01/13 9:56 PM
ZXY
¿Cuándo se jubila esta señora? Porque el TC por lo visto sigue dispuesto a cambiar todas las leyes, decretos y sentencias, comenzando por la Constitución, obviamente. ¡Valiente seguridad jurídica la de España!
11/01/13 10:23 PM
Docente Catolica
Pero seguimos contratando profesores ajenos al sentir de la Iglesia. El burócrata/sacerdote de la CEE que tramita los permisos solo exige para ser profesor de religión tener un determinado título eclesiástico. Excelentes profersores con años de experiencia, fieles a la Iglesia y al Magisterio ven denegada su solicitud mientras curas, monjas y frailes rebotados son admitidos por cumplir con no se cuiales requisitos....
Así nos luce el pelo. ¿QUIEN ES EL RESPONSABLE DE CONTRATAR A ESTA SEÑORA?
11/01/13 10:36 PM
Ikari
A ver si entendi, para dar clases de religión no importa la autorización de la autoridad de dicha religión sino que esa persona solo diga que profesa esa fe. Algo así como dar clases de medicina sin el soporte de una facultad de medicina y del gremio médico del país, solo con decir soy médico.
11/01/13 11:21 PM
Luis Fernando
Ikari, exactamente.
12/01/13 12:05 AM
Percival
La Señora no está calificada, y punto. Por su propia decisión. Pero aunque lo estuviera, con todo el revuelo que va creando por su testarudez, y el daño que le proporciona así a la Iglesia, sólo confirma que es indigna de esa misión, y que se ha hecho bien en alejarla. Vaya cruzada de salirse con la suya.

Pero lo del Tribunal Constitucional es de aúpa. ¿Cuál es la calificación de los que lo forman?
Cada vez se parece más al de Venezuela. Sospechemos.
12/01/13 12:48 AM
Carlos
Buen ejemplo, el de la medicina, Ikari.
El criterio de la Conferencia Episcopal llevaría a despedir a un médico que en su casa fuma.
Ésta es la cuestión: Que la profesora, en su casa, en su vida privada, se ha divorciado. Nada que ver con que sepa los dogmas que ha de enseñar y los enseñe.
Como el médico que fuma, que sabe cuáles son las consecuencias de fumar y las explica a sus pacientes.
12/01/13 12:53 AM
Paulie
@Carlos:
Siguiendo con las analogías de la medicina, podríamos decir que si el tabaco, además de afectar la salud del médico, lo volviera torpe, ineficaz o incompetente en su desempeño como profesional, entonces sería sensato que los hospitales no le renovaran el contrato. Esto es precisamente lo que la fe católica dice que sucede con cualquiera, en particular con los profesores de religión, que viva en pecado mortal.
Si fuera idónea sabría que no está en condiciones para dar clase.
Saludos.
12/01/13 4:46 AM
Ikari
Me parece floja la comparación con el cigarrillo. Si alguien enseña doctrina católica es porque la vive. La enseñanza no es solo en la pizarra sino con la vida, es teoría y práctica amigo Carlos. Coherencia entre lo que se dice y lo que se hace. Si un médico es muy bueno con los libros pero malo en la práctica médica, difícilmente se le puede considerar alguien apto para la enseñanza de la medicina.
¿Como explica la importancia de la oración alguien que no ora? por ejemplo
12/01/13 5:05 AM
santi
carlos,
la enseñanza religiosa escolar debe enseñarse atendiendo a una coherencia entre lo vivido y lo enseñado. esa es su especificidad, guste o no.
siguiendo el ejemplo del medico, ¿que fuerza moral puede tener un medico que fuma y bebe como un cosaco, incluso alardeando ante sus pacientes, para convencer al enfermo que no beba ni dume?
ninguna. ¿como va a convencer de la bondad del seguir la moral catoloca quien le importa un pimiento y hace de su capa un sayo?
12/01/13 8:04 AM
Miguel Angel
No, Carlos. El ejemplo de Ikari llevaria a un medico a comportarse como un medico no debe. Acaso no ha habido juicios a medicos por haber asesinado a gente? Pues como puede una senhora ensenhar Moral Catolica si lugo vive lo opuesto? Es que la ensenhanza de la Religion se basa en valores, no en una culturilla general. Si no se vive lo que se predica, de que vale?? Ya me enfade... a la Iglesia le piden coherencia por todos lados pero luego en este caso lo de la coherencia no importa. Yo digo: DESOBEDIENCIA CIVIL, YA!! Y si la Iglesia de Almeria, apoyada por la CEE decidiera suspender todas las actividades en las que trabaja hasta que se le reconozca ese derecho que pide en los tribunales?
12/01/13 8:32 AM
María de las Nieves
Para ser profesor de Religión se necesita la DECA que es la que te permite tener la titulación adecuada para dar clases en Primaria, Secundaria y en Bachiller.

Pero no basta, a la vez se necesita la "missio canónica" que la concede el OBISPO que es el depositario de la fe y sana doctrina, como sucesor de los Apóstoles.

Y hay personas que son laicas y otros somos laicos cristianos católicos o sea cumplimos las leyes civiles justas y damos testimonio de nuestra fe con la vida que llevamos.
Pero la "missio canonica" para dar clases de Religión o catequesis es un ENVIO del Obispo de la Diócesis correspondiente.

si se da un caso como el de Resurrección Galera que es evidente que su matrimonio está en contradicción con la doctrina católica o renuncia ella o el OBISPO le tiene que retirar la missio, el acuerdo entre Iglesia y Administracción pública con respecto al sueldo no vincula al Obispo a su readmisión como profesora católica.

Si la ley civil considera que tiene derechos adquiridos tendrá que ponerse a dar otras clases que no implique a la doctrina de la IGLESIA ,ya que todos los padres protestaríamos, ya que en este caso el Profesor de la Doctrina Católica es un testigo también con su vida y no hay vuelta de hoja.
12/01/13 1:35 PM
Maribelita
Que la reincorporen a dar clases de computación, cocina y respostería, uñas...ja ja
Pero NO RELIGION
12/01/13 6:02 PM
refranero
En mi pueblo dicen: "De los curas lo que digan, no lo que hagan; de los médicos lo que hagan y de los boticarios ni lo que digan ni lo que hagan", con perdón de los boticarios
12/01/13 8:50 PM
alejandro
En un caso análogo el Tribunal Supremo de Estados Unidos se puso de lado de la confesión religiosa.
http://www.supremecourt.gov/opinions/11pdf/10-553.pdf
13/01/13 12:27 AM
Pedro Pablo
Ahora vendrá los moros a darnos clase de religión católica
13/01/13 12:21 PM
Anticlimacus
Carlos,
Mal ejemplo.

"Médico que fuma expulsado de carrera médica por fumar" sería equivalente a "Maestro de Religión Católica expulsado de la docencia por mentir a sus amigos acerca del tamaño de los peces que pesca en su tiempo libre".

"Maestro de Religión Católica expulsado de la docencia por cometer adulterio y perseverar en él" sería equivalente a "Médico expulsado por tratar errónea, intencionada y reiteradamente una dolencia grave con objeto de causar daño".
14/01/13 3:25 PM

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