(CEE) Tras el estudio del Proyecto de Ley "de Muerte digna" remitido hace unas semanas por el Gobierno al Congreso, para su tramitación parlamentaria, los obispos, reunidos el martes-miércoles de la semana pasada aprobaron un amplio documento, que lleva por título Declaración con motivo del “Proyecto de Ley Reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida”.
Además, han publicado un modelo de Testamento Vital, acorde con la Doctrina Católica, que es una redacción actualizada del que ya ofreció en su momento la Conferencia Episcopal Española.
Los obispos reafirman dos principios fundamentales: La muerte no debe ser causada (no a la eutanasia), pero tampoco absurdamente retrasada (no al encarnizamiento terapéutico):
“Hemos de renovar la condena explícita de la eutanasia como contradicción grave con el sentido de la vida humana. Rechazamos la eutanasia en sentido verdadero y propio, es decir, ‘una acción o una omisión que por su naturaleza y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor’. En cambio, no son eutanasia propiamente dicha y, por tanto, ‘no son moralmente rechazables acciones y omisiones que no causan la muerte por su propia naturaleza e intención. Por ejemplo, la administración adecuada de calmantes (aunque ello tenga como consecuencia el acortamiento de la vida) o la renuncia a terapias desproporcionadas (al llamado encarnizamiento terapéutico), que retrasan forzadamente la muerte a costa del sufrimiento del moribundo y de sus familiares. La muerte no debe ser causada, pero tampoco absurdamente retrasada’”
Reiteran también que “El objetivo de la legislación sobre el final de la vida ha de ser garantizar el cuidado del moribundo, en lugar de recurrir a falsos criterios de calidad de vida y de autonomía para, en realidad, desproteger su dignidad y su derecho a la vida” y que
“En nuestra sociedad, que cada día tiene mayor proporción de personas ancianas, las instituciones geriátricas y sanitarias ‐especialmente las unidades de dolor y de cuidados paliativos‐ han de estar [bien dotadas] y coordinadas con las familias y éstas, por su parte, ya que son el ambiente propio y originario del cuidado de los mayores y de los enfermos, han de recibir el apoyo social y económico necesario para prestar este impagable servicio al bien común”
Conclusiones de la valoración
Analizan después los obispos diversos aspectos del Proyecto de Ley y concluyen sintetizando su valoración del mismo en cinco puntos:
1. El Proyecto pretende dar expresión a un nuevo enfoque legal que supere un enfoque asistencialista y dé paso a otro basado en el reconocimiento de los derechos de la persona en el contexto de las nuevas situaciones creadas por los avances de la medicina. Pero no lo consigue.
2. No logra garantizar, como desea, la dignidad y los derechos de las personas en el proceso del final de su vida temporal, sino que deja puertas abiertas a la legalización de conductas eutanásicas, que lesionarían gravemente los derechos de la persona a que su dignidad y su vida sean respetadas.
3. El erróneo tratamiento del derecho fundamental de libertad religiosa supone un retroceso respecto de la legislación vigente.
4. Ni siquiera se alude al derecho a la objeción de conciencia, que debería reconocerse y garantizarse al personal sanitario.
5. La indefinición y la ambigüedad de los planteamientos lastran el Proyecto en su conjunto, de modo que, de ser aprobado, conduciría a una situación en la que los derechos de la persona en el campo del que se trata estarían peor tutelados que con la legislación actual.