(AlbaDigital/InfoCatólica) Desde la plataforma HazteOir se promovió la presentación de denuncias, y diversos medios de comunicación como Alba, Intereconomía, La Razón y ForumLibertas se hicieron eco de la indignación de numerosas personas. El Centro Jurídico Tomas Moro (CJTM) presentó una querella por entender que el programa atentaba gravemente los sentimientos religiosos de los telespectadores (art. 525 del Código Penal).
El auto de apertura de juicio oral expone literalmente: "Durante dicha entrevista, se emitieron las imágenes del corto elaborado por Javier Krahe y Enrique Seseña en el año 1978, en el que se explica cómo cocinar a un Cristo para dos personas: la escena muestra cómo una persona desprende el cuerpo de Cristo de una cruz, lo deposita en una fuente, lo unta con mantequilla y lo introduce después en el horno de una cocina, al tiempo que se hace el siguiente comentario: ‘se deja tres días dentro del horno y sale solo', frase que se ve acompañada de una imagen del Cristo saliendo del horno arrastrado por un hilo".
Cinco años después de presentarse la querella, el Juzgado de Instrucción que lleva el caso, el nº 3 de Colmenar Viejo (Madrid), ha decretado la apertura del juicio oral, mediante un auto con fecha 12 de mayo del 2010, por "hechos que pueden ser constitutivos de un delito contra los sentimientos religiosos, previsto y penado en el artículo 525 del Código Penal".
El auto fija para Javier Krahe de Salas una fianza de 192.000 euros y para la productora del programa de Canal+, Montserrat Fernández Villa, otra fianza de 144.000 euros. Con ellas se cubren las cantidades solicitadas por el CJTM y que consisten en una multa de doce meses con una cuota diaria de 400 euros para Krahe y otra multa con la misma cuota y de nueve meses para Fernández Villa.
"Sería la primera vez que se aplica el art. 525 del Código Penal y es que en esta ocasión no podrán dar carpetazo", ha señalado con satisfacción a AlbaDigital el presidente del CJTM, Javier Pérez-Roldán.