(Quenotelacuenten/Infocatólica) La conferencia del cardenal De Paolis ha sido traducida al español por el P. José Ansaldi, IVE, y reproducida íntegramante en el blog «Que no te la cuenten» del P. Javier Olivera Ravasi, IVE.
El cardenal hace referencia al último consistorio, donde se empezó a tratar la cuestión de los divorciados vueltos a casar:
El tema ha sido de algún modo anticipado en el Consistorio de los Cardenales del 20 y 21 de febrero pasado, donde, según los medios de comunicación, se ha de inmediato focalizado la discusión sobre la condición de los divorciados vueltos a casar, y de tal modo que el Card. Barbarin de Lyon, según lo que dice la prensa, parece exclamó: «habíamos sido llamados para hablar del matrimonio y nos encontramos en cambio discutiendo sobre los divorciados vueltos a casar».
Tras una reflexión sobre el diálogo de la Iglesia con el mundo moderno, en la que advierte que dicho diálogo se «ha transformado en adaptación, y tal vez ha comportado una cierta mundanización y secularización de la Iglesia, que ha terminado por no tener un lugar suficiente en la cultura actual ni fuerza en el trabajo de penetración de su mensaje», el purpurado entra de lleno en el debate, planteando cinco puntos:
1. Está en juego la ley divina: la indisolubilidad del matrimonio:
En primer lugar la cuestión de la cual se está hablando no trata simplemente de una ley humana positiva, que pueda ser modificada a voluntad del legislador humano, incluido el eclesiástico. La ley de la indisolubilidad del matrimonio es una ley divina proclamada solemnemente por Jesús y confirmada más de una vez por la Iglesia, al punto que la norma que afirma que el matrimonio rato y consumado entre bautizados no puede ser disuelto por ninguna autoridad humana sino que se disuelve solo con la muerte es doctrina de fe de la Iglesia.
2. Ley divina: la moral sexual
Una segunda norma de derecho divino es que la sexualidad es lícita solo entre personas unidas en matrimonio; esto implica que quién convive con una persona que, según las leyes de la Iglesia no es su cónyuge, se encuentre en una situación grave de pecado que la excluye del acceso a la Eucaristía, y no sólo, sino que no puede recibir ni siquiera el sacramento de la penitencia, porque esto implica que el penitente no puede ser absuelto porque desea perseverar en aquella situación. De hecho la absolución implica que haya arrepentimiento y el propósito de no repetir el pecado.
3. Ley divina: acceder a la Eucaristía en estado de gracia
Debemos decir además que el acceder a la Eucaristía en estado de pecado grave contrasta con la naturaleza misma de la comunión y como tal es contraria a la voluntad divina y a la naturaleza misma de la Eucaristía. La Iglesia de hecho exige a quién quiera acceder a la Eucaristía el estado de gracia santificante, normalmente adquirido a través del sacramento de la penitencia; excepcionalmente cuando no sea posible confesarse y urge el acceso a la Eucaristía, se requiere la contrición perfecta que implica el propósito de confesarse cuanto antes. De tal modo el acceso a la Eucaristía implica siempre, al menos como propósito, la referencia al sacramento de la Penitencia. Se trata no simplemente de una norma disciplinar sino de una doctrina muy profunda sobre la misma Eucaristía, doctrina a menudo ignorada por los mismos fieles que manifiestan la voluntad de recibir el sacramento. Situación de pecado y comunión eucarística están en neto contraste y oposición. El sacramento del amor, y tal es la Eucaristía, es el sacramento de la amistad entre Cristo que se ofrece a sí mismo y el fiel que acepta la amistad con el Señor. El problema por eso debería ser afrontado seriamente justamente a partir del sentido de la participación al sacramento de la Eucaristía.
4. Ley divina: el sacramento de la penitencia
Cualquier pecado por más grave que sea puede ser perdonado por Dios y por la Iglesia. Sin embargo para recibir la absolución sacramental se requiere el arrepentimiento del pecado y el propósito de no recaer y por lo tanto de huir de las ocasiones de pecado.
5. Ley divina: armonía entre la ley divina y la misericordia divina
De frente a la ley divina no se pueden poner en contraste la misericordia y la justicia; el rigor de la ley y la misericordia y el perdón. En estos casos evidentemente no se puede hablar de una incapacidad o inadecuación de la ley para medir todos los casos concretos, especialmente si en el caso concreto el recurso a la misericordia no sería otra cosa que una violación directa de la ley divina. No se puede oponer misericordia y moralidad; ni se puede identificar el amor con la misericordia. Esta es ciertamente un rostro del amor, y como hemos tenido oportunidad de explicar, es también amor pero en cuanto comunica el bien que elimina todo mal[9]. Pero el amor se puede a veces expresar, y en algunos casos se debe hacerlo, con la negación de la misericordia entendida como condescendencia benévola y peor aún como aprobación.
6. Ley divina: todo mandamiento de Dios es un don de su amor
El cumplimiento de un mandamiento de Dios no es ni puede ser visto como opuesto al amor y a la misericordia. Es más, todo mandamiento de Dios, incluso el más severo, refleja el rostro del amor de Dios, aunque no sea el de su amor misericordioso. El mandamiento de la indisolubilidad del matrimonio y de la castidad matrimonial es un don de Dios y no se puede oponer a la misericordia de Dios. Sin embargo, el amor tiene un rostro con múltiples aspectos: es siempre el rostro de Jesús que en todo acto de su vida divina en la tierra es un rostro amoroso, aun cuando se volvía severo para con los fariseos, los escribas y los hipócritas. Jesús, porque es Dios, es siempre amor.
A continuación el cardenal plantea y responde la pregunta: ¿se puede autorizar el acceso a la Eucaristía y a la Penitencia a un divorciado vuelto a casar que convive more uxorio?
De frente a estas reflexiones, no tiene sentido y no puede tener sentido la posibilidad de autorizar el acceso a la Eucaristía ni siquiera a la persona que no ha sido de ningún modo causa del fracaso matrimonial y que después ha pasado a convivir con otra persona porque se ha sentido objeto de injusticia, en la necesidad de ser ayudada en la educación de los hijos y necesitada de afecto estableciendo una situación irreversible. De hecho ni siquiera la injusticia puede justificar la violación de la ley de Dios. Ni se puede aducir la debilidad humana o la falta de la vocación a la continencia perfecta. La ley del Señor a veces puede pedir acciones heroicas. Si el Señor nos encuentra en esta condición no nos hará faltar la gracia. Ni se puede justificar la ayuda de la cual la eventual persona inocente tiene necesidad para la educación de los hijos. Y tanto menos se puede aducir la irreversibilidad de la situación. Siempre por las mismas razones.
Vivir conyugalmente con un partner que no es el propio marido o la propia mujer es un acto intrínsecamente malo que no se puede jamás justificar por ningún motivo. Es la doctrina moral católica confirmada recientemente por el Sumo Pontífice Juan Pablo II en la encíclica Veritatis Splendor. Justificar en estos casos el acceso a la Eucaristía afirmando que se trata de casos singulares que no se pueden medir con la ley, porque la ley no puede cubrir todos los casos, es olvidar que en el caso presente se trata de una ley divina que por su misma naturaleza cubre todos los casos y no admite excepción, a menos que se quiera admitir la doctrina de la ética de la situación, condenada por la Iglesia en la mencionada encíclica Veritatis splendor.
Sobre el cardenal Kasper
Tras explicar la postura del cardenal Kasper en su intervención del 21 de febrero de este año ante el consistorio cardenalicio, y en referencia a la que pregunta que entonces hizo respecto a los divorciados vueltos a casar -"¿debemos o podemos negar, después de un tiempo de nueva orientación (metanoia), los sacramentos de la penitencia y después de la comunión?"- el cardenal De Paolis responde:
Más allá de las buenas intenciones, la pregunta no parece que pueda tener una respuesta positiva. Más allá de las diferentes situaciones en las cuales los divorciados vueltos a casar puedan encontrarse, en todas las situaciones se encuentra el mismo problema: la ilicitud de una convivencia more uxorio entre dos personas que no están ligadas por un verdadero vínculo matrimonial. El matrimonio civil, de hecho, no es un vínculo matrimonial; según las leyes de la Iglesia no tiene ni siquiera la apariencia de matrimonio, tanto que la Iglesia habla de «atentado» de matrimonio. De frente a esta situación no se ve cómo el divorciado pueda recibir la absolución sacramental y acceder a la Eucaristía. A menudo para legitimar el acceso a la Eucaristía de los divorciados vueltos a casar se ofrecen motivaciones que pueden tener una apariencia de bondad y legitimación.
Finalmente el cardenal italiano realiza una reflexión sobre los equívocos de determinada forma de hacer pastoral, los errores acerca de la misericordia de Dios, la nueva evangelización y la fuerza y la luz de la gracia.
S.E.R Velasio de Paolis,cardenal, dio fin a su conferencia con esta reflexión:
La Iglesia, aún cuando debe tener en cuenta la cultura y los tiempos que cambian, no puede no anunciar a Cristo, que es siempre el mismo, ¡ayer, hoy y siempre! (Hb 13, 8). La referencia a la cultura no puede ser la referencia principal, y mucho menos la única y la determinante para la Iglesia, sino que su punto de referencia debe ser Cristo y su verdad. No puede no ser motivo de reflexión el hecho de que no pocos cristianos hoy tienden a diluir el mensaje cristiano para hacerse aceptar por la cultura del tiempo. Aun más, a menudo dan la impresión de padecer el peso de la disciplina de la Iglesia y de los mandamientos de Dios que la regulan. En particular Jesús ha venido para reconducir al hombre al proyecto de Dios. ¡En lo que respecta al matrimonio ha anunciado el gozo del amor indisoluble en el sacramento del matrimonio! ¿Cómo puede ser que tantos cristianos sientan esto como un peso más bien que como un don y lleven a cabo grandes esfuerzos para redimensionarlo o aun mas para anularlo en vez de trabajar para defender la verdad y dar el testimonio del gozo de vivirlo?