También en sus causas de disolución

Enraizados propone al gobierno español el pleno reconocimiento de los efectos civiles al matrimonio canónico

La Asociación Enraizados, coincidiendo con la celebración de San Valentín del Papa Francisco con miles de parejas de novios que festejan «la alegría del sí para siempre» demanda el pleno reconocimiento de los efectos civiles al matrimonio canónico. «Se trata de una cuestión de libertad y de autonomía de la voluntad -señala José Castro Velarde, presidente de Enraizados- aquellos ciudadanos que libremente optan por una forma deben ver respetada su decisión tanto en lo que se refiere al origen como a las posibles causas de disolución».

(Enraizados/InfoCatólica) A juicio de la Asociación el Estado español ha acabado con los rasgos del matrimonio natural. Para recuperarlos, al menos para aquellos que voluntariamente lo deseen, pide que se estudie, también para los no creyentes, una fórmula que les permita acceder al matrimonio para toda la vida, con objeto de poder ver reconocida en la legislación su voluntad y ser reflejo de esa «alegría de la que el Papa habla»- concluye Castro.

El Manifiesto completo es el siguiente:

D. Alberto Ruiz-Gallardón, Exmo. Sr. Ministro de Justicia

C/C Portavoces Congreso de los Diputados, VOX, Coalición Principios No Negociables

Excmo. Sr.:

Quiero hacerle llegar mi petición para que, desde su ministerio, se promueva el reconocimiento civil, de forma plena, del matrimonio canónico, no sólo en su celebración, sino también en sus causas de disolución, de forma que este sea la unión indisoluble de un hombre y una mujer que se rija por la ley canónica.

El artículo 32.2 de la Constitución confía al legislador ordinario el desarrollo normativo de diversos aspectos del matrimonio con la expresión la ley regulará, a la que sigue, entre otras, la mención de las formas de matrimonio, la edad y la capacidad para contraerlo y las causas de separación y disolución.

Además, el artículo 14 de la Constitución, aplicado al matrimonio, posibilita la instauración de un sistema compuesto en el que, junto al matrimonio civil, concurra el matrimonio religioso 24; y también fundamenta, tal y como viene siendo interpretado por la jurisprudencia constitucional, la existencia de distinciones de trato cuando exista una causa justa y razonable.

También, el artículo 16 de la Constitución hace viable la instauración de un sistema facultativo, en virtud de los principios de libertad religiosa (art. 16.1), laicidad del Estado y cooperación con las confesiones (art. 16.3).

En efecto, el Estado debe garantizar la admisión de diversas formas de matrimonio religioso, sin más limitaciones que las necesarias para el mantenimiento del orden público protegido por la ley; también parece descartable «la imposición a todos los ciudadanos de un único estandard de matrimonio».

Por último, el Estado reconoce que las confesiones pueden participar en la determinación de su estatus jurídico civil, facilitando la implantación de un sistema matrimonial compuesto, donde coexistan el matrimonio civil y una pluralidad de matrimonios religiosos, en los términos que se establezca para cada uno de ellos, ya sea como simple forma de manifestación del consentimiento o como realidad sustantiva.

Un precedente similar al que solicito lo encontramos en Portugal, donde existe un sistema matrimonial facultativo establecido en el año 1940 tras un acuerdo («concordato») con la Santa Sede. El sistema era un sistema latino en el que el matrimonio canónico se reconocía con todos sus efectos (indisolubilidad) y jurisdicciones religiosas exclusivas.

También en otros países como República Dominicana y Colombia, se ha establecido, por vía concordataria, la posibilidad de elegir entre el matrimonio civil, con posibilidad de divorcio, y el matrimonio canónico con efectos civiles, que venía a ser indisoluble no sólo ante la Iglesia sino también ante el Estado.

Por último, y con objeto de recuperar el matrimonio en nuestro ordenamiento jurídico, también para aquellos que opten por la forma civil, le animamos a promover también un matrimonio civil indisoluble donde los cónyuges, si así lo desean, puedan ver reconocida por la sociedad y por el estado su entrega definitiva de por vida. ¿Sabe Vd. las ventajas que para la sociedad y especialmente para los hijos tiene la fidelidad matrimonial?

La adhesión al manifiesto puede hacerse en el siguiente enlace: http://enraizados.org/e/1771

Más información:

José Castro Velarde 627754430

[email protected]

www.enraizados.org

@asocenraizados

http://www.facebook.com/asociacionenraizados

 

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12 comentarios

Milagros
Con todos los respetos, esta propuesta es una estupidez. Como los bautizos civiles ¿?
14/02/14 10:50 PM
María
¿Se pretende que a nivel civil no exista el divorcio para un matrimonio canónico? ¿Y qué hacemos con el Catecismo de la Iglesia Católica del 2382 al 2386? ¿Los quitamos?

En vez de divorcio nulidad matrimonial. ¿Cuántos cuentan con los miles de euros de pedir la nulidad en Roma cuando en Primera Instancia se falló a favor de la misma y en Segunda no, o viceversa?

¿Y qué hacemos con los matrimonios válidos y sacramentales no canónicos celebrados con dispensa? No hay consenso sobre si es sacramental un matrimonio canónico celebrado con dispensa de disparidad de culto, digamos católico con budista casado por la Iglesia. ¿Cómo aplicaría aquí? ¿Habría que pedir la disolución? Digo, porque sería canónico, pero al no haber sacramento no habría matrimonio, por tanto el Sumo Pontífice tiene la potestad de disolver este matrimonio natural.

Con todo respeto, no me parece realista este planteamiento. Creo que los esfuerzos deberían concentrarse en dejar de celebrar matrimonios en la Iglesia por la linda ceremonia,y de fortalecer los matrimonios de las parroquias, que bastante vacío solemos encontrar.
14/02/14 11:34 PM
Luis Fernando
Me temo que María y Milagros no han entendido la propuesta. Se trata de que los matrimonios que se celebran sacramentalmente tengan a nivel civil la misma protección legal que tienen canónicamente.

Eso significaría que se admitiría la separación y la nulidad pero no el divorcio.
15/02/14 12:27 AM
Fran
la Iglesia mete las manos en cuestiones que le competen al estado, y a la vez el estado se sentira con derecho a meter las manos en cuestiones de la Iglesia, no me gusta eso.
15/02/14 6:54 AM
amauta
Una propuesta tan bien intencionada como inútil, tal como están las cosas. Los distintos gobiernos que padecemos no respetan el derecho a la vida del concebido y no nacido, así que no cabe esperar que los mismos respeten la naturaleza del matrimonio canónico.
15/02/14 11:43 AM
Juan Mariner
No dudo de la bondad de la proposición, pero, con el Estado, cuanto menos trato o pacto, mucho mejor.
15/02/14 8:41 PM
Edwin
Si en este mundo de libertades.. hasta reclaman los derechos a matar a los no nacidos, rerecho a considerar las uniones de hecho como natural o sacar la religion, etica o moral de las instiruciones públicas, etc.....Por qué no tambien prestar atencion a ese grupo que, de alguna manera, intentan reconsiderar lo qeu el matrimonio es en su sentido verdaro. Seria bueno reconocerlo y ya...
16/02/14 12:12 AM
Fernando
LF, según tengo yo entendido, la Iglesia sí que admite el divorcio (civil) en algunos casos, en los que sea conveniente. Ojo, sin que ello signifique una disolución del matrimonio.
17/02/14 9:33 AM
Luis Fernando
Fernando, admite la separación, no el divorcio.
17/02/14 10:59 AM
Javier
Dentro desl sistema de libertad y variedad que inspira nuestra legislación civil matrimonial, no es desdeñable contaemplar la posibilidad de contemplar la posibilidad de un matrimono civil -que ahora en disoluble- en que también sea indisoluble. Lo que ocurre es que no existe demanda social al respecto, y los polñiticos en esto se atienen a lo que la sociedad les reclame. Se trata de una minoría. Lógicamente, no impondría que el matrimonio civil fuera indosoluble, sino que existieran esas dos formas (disoluble e indisoluble).

Dicho esto, los matrimonios canónicos son "per se" indisolubles. Ahora bien, civilmente sí que cabe el divorcio, que es lo que hace la mayoría. Un ejemplo, en Jaén en 2013, hubo 1.600 divorcios y sepraciones civiles. De estos, solo se tramitaron 20 nulidades matrimoniales. Es decir, la gente pasa -la gran mayoría, desgraciadamente- en dar importancia a la indisolubilidad. Todos esos, se volverán a casar, civilmente, y, lógicamente, estarán apartados de la Iglesia, en cuanto a la recepción de los sacramentos. Hay que volver a dar importancia al matrimonio indisoluble, y no a los contratos -con todos los respetos- basura
18/02/14 11:02 AM
Fernando
LF, el Catecismo dice:

2383 La separación de los esposos con permanencia del vínculo matrimonial puede ser legítima en ciertos casos previstos por el Derecho Canónico (cf CIC can. 1151-1155).

Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar ciertos derechos legítimos, el cuidado de los hijos o la defensa del patrimonio, puede ser tolerado sin constituir una falta moral.

Ergo en algunos casos el divorcio civil es legítimo.
19/02/14 4:37 PM
Luis Fernando
Fernando, existe la figura de la separación civil, que no divorcio.
19/02/14 4:58 PM

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