(Efe/Abc) ABC resalta que «la nueva normativa, sobre la que todavía habrá que perfilar algunos detalles en los próximos consejos de ministros, partirá de la ley de 1985, en la que una mujer podía abortar en tres supuestos: violación (dentro de las 12 primeras semanas), daño para la vida o salud física o psíquica para la madre y malformaciones físicas o psíquicas del feto (dentro de las 22 primeras semanas de gestación)».
«Mientras que en los dos primeros apartados no habrá grandes cambios (más allá de una mayor regulación de quién o quiénes tienen que acreditar los daños psicológicos para la madre para que no se convierta en un coladero) -dice ABC-, es en el supuesto de malformaciones en el que más modificaciones se esperan».
«Y ello -asegura ABC- porque el Ejecutivo no va a considerar cualquier malformación del feto susceptible de un aborto, sino sólo aquellas que sean incompatibles con la vida».El diario ABC también alude a que el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha limado los «recelos» en el Ejecutivo y ha vuelto a «la ley de supuestos concretando que malformaciones del feto son incompatibles con la vida».