(Efe/Infocatólica) Los magistrados entienden que los tribunales británicos no respetaron un «justo equilibrio entre, por un lado, el deseo de la demandante de manifestar su fe y poder comunicársela a los demás, y, por otro lado, el deseo de su empleador de conducir una imagen de marca precisa»
La sentencia destaca que otros empleados de British Airways «recibieron autorización para llevar vestimentas religiosas» como turbantes o velos «sin ningún efecto negativo sobre la imagen de marca y la reputación de esa compañía».
El Reino Unido deberá indemnizar a la demandante, Nadia Eweida, de 61 años, con 2.000 euros por daños morales y 30.000 euros por los costes del proceso al entender que existió una violación del artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, referente a la libertad de religión.
Eweida había librado desde 2006 una batalla legal contra la aerolínea, que llegó a ofrecerle un nuevo cargo en el que no tenía que ir uniformada y podía llevar la cruz, y que en 2009 modificó su reglamento para permitir que sus empleados lucieran ese tipo de símbolos.
La mujer rechazó sin embargo el ofrecimiento, así como la oferta de 11.500 euros por parte de la compañía para resolver el pleito al margen de los tribunales.