(Efe) Los servicios jurídicos de la Conferencia Episcopal analizarán el caso de esta profesora y estudiarán situaciones similares registradas en otras diócesis para ver si existe margen de actuación.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dio recientemente la razón a Resurrección Galera y confimó la sentencia dictada en mayo por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería tras el pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC), que concedió amparo a la profesora.
El Constitucional reconoció en abril el derecho de la profesora a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar, y anuló las sentencias anteriores dictadas por el juzgado almeriense y el Alto Tribunal andaluz, en 2001 y 2002, respectivamente, que habían desestimado las demandas de Galera contra el Obispado.
La nueva sentencia dictada por el juzgado almeriense de acuerdo al criterio del TC, y confirmada por el TSJA, condenó al Ministerio de Educación, como empleador del colegio público, a readmitir a la profesora y a pagarle el salario que dejó de percibir desde que no fue renovada por decisión del Obispado.
Fuentes judiciales han señalado a Efe que la única opción que tiene en estos momentos el obispado, después de no haber presentado recurso de casación ante el Supremo para la unificación de doctrina, es acudir a la Corte Europea de Derechos Humanos. No obstante, han remarcado que ello no afectaría a la ejecución de la sentencia, solicitada ya por la propia profesora ante el juzgado.
El Obispado de Almería no se ha pronunciado de forma oficial sobre sus intenciones ante la sentencia, aunque hace unas semanas publicó en su página web un artículo de opinión firmado por el director del Colegio Diocesano, Juan Antonio Moya Sánchez, que abogó por recurrir el fallo ante la Corte Europea de Derechos humanos.