Por ser un asunto que trasciende al ámbito nacional

La diócesis de Almería traslada a la Conferencia Episcopal el conflicto judicial con Resurrección Galera

El Obispado de Almería ha decidido trasladar a la Conferencia Episcopal Española el conflicto judicial con la profesora de religión Resurrección Galera, que no fue renovada en 2001 tras casarse por lo civil con un divorciado, y a la que la Justicia ha dado la razón. Fuentes del obispado han explicado a Efe que se ha optado por el traslado del caso a la Conferencia Episcopal al tratarse de un «asunto que trasciende al ámbito nacional».

(Efe) Los servicios jurídicos de la Conferencia Episcopal analizarán el caso de esta profesora y estudiarán situaciones similares registradas en otras diócesis para ver si existe margen de actuación.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dio recientemente la razón a Resurrección Galera y confimó la sentencia dictada en mayo por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería tras el pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC), que concedió amparo a la profesora.

El Constitucional reconoció en abril el derecho de la profesora a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar, y anuló las sentencias anteriores dictadas por el juzgado almeriense y el Alto Tribunal andaluz, en 2001 y 2002, respectivamente, que habían desestimado las demandas de Galera contra el Obispado.

La nueva sentencia dictada por el juzgado almeriense de acuerdo al criterio del TC, y confirmada por el TSJA, condenó al Ministerio de Educación, como empleador del colegio público, a readmitir a la profesora y a pagarle el salario que dejó de percibir desde que no fue renovada por decisión del Obispado.

Fuentes judiciales han señalado a Efe que la única opción que tiene en estos momentos el obispado, después de no haber presentado recurso de casación ante el Supremo para la unificación de doctrina, es acudir a la Corte Europea de Derechos Humanos. No obstante, han remarcado que ello no afectaría a la ejecución de la sentencia, solicitada ya por la propia profesora ante el juzgado.

El Obispado de Almería no se ha pronunciado de forma oficial sobre sus intenciones ante la sentencia, aunque hace unas semanas publicó en su página web un artículo de opinión firmado por el director del Colegio Diocesano, Juan Antonio Moya Sánchez, que abogó por recurrir el fallo ante la Corte Europea de Derechos humanos.

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18 comentarios

Jaume C.
Todo este asunto muestra una vez más que uno de los problemas más graves que tiene hoy la Iglesia en España es precisamente un elevado número de profesores de religión que no se identifican con la fe y la moral católicas. En estas circunstancias y en muchos casos mejor sería que los alumnos no cursaran la materia. Es un tema muy grave porque en tantos lugares el único contacto que muchos chicos y chicas con la Iglesia se da precisamente en el ámbito de la clase de religión. La nueva Evangelización pasa necesariamente por sanear este ámbito y dotarlo con profesores que no sólo sean competentes académicamente hablando sino que sean verdaderos apóstoles de Cristo. Un tema que requiere para los obispos tanta atención como para los seminarios.
13/02/12 6:27 PM
clavel
Me parece muy bien esto. No hayque callar. Hay que recurrir a cuantos medios sean posibles para que se haga justicia. Porque ahora no se hace justicia a la Iglesia. No hay que callar. No se debe. Hay que actuar. No debemos permitir sean pisoteados los derechos humanos de la Iglesia en este caso de los alumnos de Religión que tienen derecho a ser enseñados por una profesora competente y no, la incompetente de ahora. No se debe pisotear a los chicos cristianos.
13/02/12 6:36 PM
Chema
Si planteando bien los asuntos, no hay garantía de ganarlos, planteándolos de forma incorrecta deja todo en el aire.

Tener razón no basta, hay que argumentarla mejor que la otra parte plantee su sinrazón. Y dejar vencer un plazo es una verdadera chapuza.

Recurrir a Europa, como no sea con mejores mimbres que hasta ahora, puede traer consecuencias peligrosas.

"A Dios rogando y con el mazo dando" o, como dicen más al Sur, "reza a Alá, pero ata al camello". No siempre es la Iglesia perseguida; a veces es mera incompetencia de quienes deben velar por ella.
13/02/12 7:45 PM
María
Esta señora me parece que es muy lista, lo que quiere es un empleo en un colegio sin pasar por las oposiciones. De todas formas yo creo que eso de la religión en los colegios es un timo, mi hija cursó todos los años religión y fue un fiasco. Muchos profesores de religión estan divorciados, viviendo con alguien, o no van a misa, y como en el caso de mi hija les dió religión un curso una lesbiana.
13/02/12 7:58 PM
José Jacinto Verde Colinas
Esta señora no debe volver a dar clases de religión católica nunca más, por lo menos hasta que se arrepienta de su pecado según establece la Iglesia católica, asuma en su totalidad las enseñanzas de la Iglesia católica y se comprometa a enseñar la religión católica según establece la Iglesia.

Esperemos que la Conferencia Episcopal Española no ceda ante la justicia humana, sino que sea firme. "Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres".

En todo caso, ojalá esta señora experimente en el futuro uan "Resurrección" para la Vida Eterna y no tenga que ser condenada a la "Galera" eterna del Infierno. Que Dios le proporcione las gracias necesarias para ello.
13/02/12 9:11 PM
Nacho
Esta sentencia es totalmente injusta y va contra la constitución en el artículo 27.3, además de los artículos de la libertad de expresión, de pensamiento, religión, creencias....

Hombre, vamos a hacer una cosa: voy a apuntarme a una asociación de gays y lesbianas. Y cuando ya me hayan admitido, el día de la asamblea general me levanto y digo públicamente que son unos enfermos. Cuando me expulsen, pediré que me readmitan porque es discriminatorio que me expulse por tener una diferente manera de pensar.

Y lo mismo podíamos decir de entrar en Izquierda Unida, y después en los congresos empezar a gritar: "viva el capitalismo", "abajo la Pasionaria" u otras cosas semejantes. Y que tampoco me pudieran echar.... jejej

ES EL FIN DE LA DEMOCRACIA!!!!!!!!!!!
13/02/12 9:47 PM
MH
Creo que es un caso en el que la ley positiva se impone a la libertad religiosa. La ley positiva del Tribunal Constitucional se impone a unos principios religiosos, porque a esta profesora la paga la escuela pública, pero lo hace por delegación de los padres que son los que realmente la pagan con sus impuestos, al igual que el resto de la enseñanza pública, y los padres tienen derecho a que si eligen clase de religión, ésta no este desvirtuada por la conducta pública inadecuada de quien la enseña, entre otras cosas porque puede ser un mal ejemplo para los críos. Y la Iglesia tiene la obligación ante los padres que no se de en nombre de la religión católica algo que puede no estar de acuerdo con su doctrina, si la Iglesia no fuese vigilante con qué se da en clase de religión, muchos padres podrían sentirse engañados si a sus hijos en vez de clase de religión les dan otras cosas. Al fina TC en el fondo legisla sin conocer qué esta realmente juzgando y acaba imponiendo una versión desvirtuada de la clase de religión como si el derecho de la profesora a dar clase estuviera por encima del derecho de los padres a que sus hijos reciban una clase de religión como es debido por su contenido y por el ejemplo de vida pública que deben dar los que la enseñen, más cuando se hace desde la autoridad e influencia de ser profesor/ra. Un señores porque han estudiado leyes legislan sobre una cuestión que tiene que ver con los principios de una religión...
13/02/12 10:56 PM
Jordi
Me parece que existe el modelo italiano:

- los candidatos se examinan de religión con el Estado y la CE les elige libremente


De todas maneras, la condición personal SÍ es condición necesaria para dar clase de religión católica, puesto que ésta conlleva el ejemplo de vida, no sólo la capacitación y competencia docente.

Es absurda la sentencia constitucional, dado que una persona puede tener una vida contraria a lo que predica su propia religión; es más, llevando la situación al límite, podría dar religión quien fuera indiferente o perteneciera a otra religión o creencia.

La CEE deberá de reformar el actual sistema, los padres y los alumnos tienn el derecho básico a que su profesor de religión tenga competencia, capacidad... y ejemplo de vida congruente y coherente con lo que enseña.
13/02/12 10:58 PM
Forestier
Ya se ha comentado en otras ocasiones, pero las clases de religión, tanto en la escuela estatal como la no estatal, ha sido un coladero con la venia de de los obispados, para dar trabajo a ex-curas, ex-seminaristas y ex-religiosos, un gran porcentaje de ellos, rebotados y con desviaciones doctrinales, pero claro, lo primero es "vivir la caridad cristiana" y no se les puede dejar sin trabajo.
13/02/12 11:25 PM
Daniel
Cualquier medida que se quiera adoptar ahora, de nada sirve. El "despido" fue improcedente, lo ha confirmado el Tribunal Constitucional.

Vamos a ver, la Sra. Galera, es una "mala" católica pues vive en situación irregular cara al Derecho Canónico a la Iglesia y a Dios, ¿eso la invalida para el ejercicio de la profesión de profesora de religión? Sabemos que sí. Lo vemos al momento. Pero este "verlo" inmediatamente no es válido para despedirla. ERa necesario crear un procedimiento para verificar su ausencia de comprensión -y por tanto de conocimiento- de materias morales tan importantes como el concepto de pecado...etc.

La Iglesia no ha creado ningún procedimiento para acreditar la pérdida sobrevenida de cualificación para el ejercicio de esa "profesión". Lo hay para retirar a un teólogo la capacitación para enseñar teología católica, pero no para retirar a un laico la idoneidad para enseñar religión católica.

Lo que había que hacer es crear un procedimiento para comprobar si un profesor de religión posee los conocimientos en dicha materia (por supuesto, el conocimiento implicaría la teoría y la praxis, y si la praxis no concuerda con la teoría se podría deducir que la persona no era idónea para el puesto)

A la Sr. Galera hay que dejarla volver... creando antes dicho procedimiento (o aplicandole el mismo de los teólogos) y al segundo día, que una comisión diocesana la convoque para un examen de la materia, y si la praxis vital de esta persona implica la ausencia d
14/02/12 12:38 AM
Luis
Culpa de los obispados por no haber puesto medios para discernir quien está preparado y quien no. Ha habido muchos errores de base a la hora de formar católicos y a la hora de ponerlos a funcionar. Es como la verguenza que supone que en muchas universidades católicas los propios profesores ni son creyentes ni favorecen el clima religioso sino todo lo contrario. Tenemos lo que nos merecemos.
14/02/12 12:39 AM
leibnitz
Voy a hablar en general sin ceñirme a este caso. Si una profesora está contratada por el Estado y cumple con su función de transmitir correctamente la asignatura no encuentro razón ninguna para despedirla. Parecerá fuerte lo que voy a decir pero podemos estar cayendo en un fariseísmo de tomo y lomo. Es imposible saber si un profesor está en pecado mortal habitual aunque en muchos casos lo esté. Yo doy catequesis y puede ser que algún día esté en pecado mortal tan grave como el adulterio, pero eso no me impide transmitir con pasión y veracidad lo que enseña la Iglesia. Vete tu a saber lo que hacen en su casa los profesores, sacerdotes etcétera, pero esto no significa que deban ser despedidos. La cosa es además más clara puesto que el que contrata es el Estado. Es natural exigir transmitir la asignatura con comportamiento coherente dentro del aula, pero no se puede ni debe indagar el comportamiento extraescolar. Sí se debe defender a los alumnos pero no pretender despedir a una profesora por lo que hace fuera de la clase. Pueden y deben los pastores señalar comportamientos públicos incoherentes para la necesaria instrucción y santificación de los fieles. Y no siempre se hace. Y no siempre se vela en medios económicamente en manos de los obispos por el contenido ni menos por el comportamiento público de muchos de los que peroran o catequizan a su modo ante miles de bautizados creando opinión, tendencias, cultura, costumbres muchas veces inadecuadas para el progreso de la vida cr
14/02/12 10:08 AM
aris
esta es la que decía que sus denuncias no eran ni por el dinero ni por dar clases.
14/02/12 10:37 AM
MH
Es cierto que el que enseña puede estar en pecado mortal porque es humano pero se espera que quien así haga intente enmendar su situación y para eso existe la confesión y los sacramentos. Pero lo que no puede es estar en una situación de pecado público permanente que no tiene intención de cambiar, porque entonces no se trata de un fallo de debilidad sino de mostrar a los demás una situación irregular como si fuese algo normal, y eso es malo que sirva de ejemplo a los chavales a los que dan clase. ¿Cómo puede esta profesora enseñar los valores de la familia cristiana si ella no los sigue?, precisamente con lo necesario que es ahora enseñarlos.
14/02/12 12:48 PM
Javier Alvarez
El problema de fondo sigue siendo que queremos jugar con ases en la manga. Si se sostiene con fondos públicos se tendrán que atener a la legislación vigente y no al ideario católico; por otro lado arbitrario cuando, esta misma situación, se repite en muchos casos sin repercusión alguna.
14/02/12 2:42 PM
yomismo
¿No se la podría denunciar por estafa o por negligencia? Después de todo, el comportamiento de esta señora no ayuda, precisamente, a enseñar correctamente la religión Católica. Y si uno no cumple aquello por lo que le pagan...
14/02/12 5:05 PM
MH
Javier Alvarez: ¿Entonces se puede dar una clase de religión católica que no se atenga al ideario católico...? si un padre quiere que a su hijo le den clase de religión se supone que quiere que le den ideario católico y si le dan otra cosa le estarían haciendo un fraude. Y sí la enseñanza se sostiene con fondos públicos, pero estos salen de los bolsillos de los padres que pagan impuestos y son ellos los que deciden qué educación quieren para sus hijos, sino estaríamos en la tiranía del estado que suplanta a los padres. Se podría con la legislación vigente que promueve el progresismo por ejemplo dar en clase de religión algo completamente contrario a ésta.
14/02/12 5:48 PM
Javier Alvarez
MH: tal y como describe eso sucede en centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos. Pero ese no es el asunto que expongo. Estoy con usted en cuanto indica. Pero nos suceden varias cosas de distinta índole a estudiar:
1º La naturaleza de los acuerdos establecidos entre el Estado y la Iglesia en materia educativa es irregular. La Iglesia consiente en la situación (voz pero sin voto en equipos docentes, movilidad de destinos, etc.), en nombre de motivaciones pastorales. Al final solo hay dinero de por medio. Como me decía un cura: «las clases de religión son las nuevas canongías». Si algo veo claro es que no se pueden hacer discriminaciones laborales por razones pastorales. Un divorcio o matrimonio civil son problemas canónicos, no laborales.
2º La educación católica no nos la garantizan ni siquiera los centros pertenecientes a determinadas congregaciones que, en el nombre de la Iglesia, transmiten serios errores doctrinales.

Ignoro la solución al problema, pero requiere de un verdadero ejercicio de custodia de la Fe.

Sea como fuere no me parece que se pueda abusar del Derecho del Trabajo por motivos "pastorales" ni "canónicos"; así como el Estado no puede implantar un sistema educativo férreo para adoctrinar a los ciudadanos.

Por otro lado las congregaciones religiosas requieren una seria observación por parte de los obispos.

Sinceramente estoy con usted, y siempre con la Iglesia en materia de Fe y costumbres, pero no se si me he sabido hacer compre
14/02/12 9:25 PM

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