(Efe) En declaraciones a Efe, Galera ha calificado "muy positivamente" la sentencia del Alto Tribunal Andaluz, que confirma el fallo dictado el pasado mes de mayo por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería tras el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, que dio amparo a la profesora.
Ahora espera que la sentencia del juzgado de Almería "se ejecute de manera inmediata" para ser readmitida en la actividad docente de religión.
Respecto al salario de estos últimos diez años que deberá abonarle el Ministerio de Educación, Galera ha dicho que el cálculo de la cantidad exacta es "complicado", ya que habría que incluir las subidas acumuladas por diferentes conceptos a los cerca de 17.000 euros anuales que percibió el último año antes de su no renovación.
Pese a valorar el nuevo pronunciamiento judicial, ha dicho no entender que la Justicia haya tardado tanto tiempo en darle la razón y que el asunto haya tenido dos lecturas totalmente contrapuestas, ya que el propio juzgado de Almería y el TSJA desestimaron sus demandas contra el Obispado en 2001 y 2002, respectivamente.
El TC reconoció el pasado mes de abril el derecho de la profesora a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar, y anuló las sentencias anteriores, lo que ha dado lugar a que la Justicia le haya dado ahora la razón.
El marido de Galera, Johannes Romes, quien ha abogado por revisar la relación entre la Iglesia y el Estado en la contratación de profesorado, ha acusado al vicario general de la Diócesis de Almería, Tomas Cano, de "mentir descaradamente" cuando afirma que su mujer carece de la titulación necesaria para impartir clases de religión.
Ha asegurado que Galera conserva todavía la Declaración Eclesiástica de Idoneidad (DEI) que le concedió la Iglesia en 1998 para impartir las clases de religión, así como el título de especialista en educación infantil del Ministerio de Educación, que obtuvo en 1996.
Galera contrajo matrimonio civil con Romes, que era divorciado, el 1 de septiembre de 2000. En mayo de 2001, cuando trabajaba en el colegio "Ferrer Guardia" de Los Llanos de la Cañada, en la capital almeriense, el delegado diocesano de Enseñanza de Almería, Antonio Rueda, se reunió con la profesora para informarle de que había tenido conocimiento de su situación matrimonial.
El delegado diocesano advirtió a la docente, que renovaba su relación contractual año a año, de que si persistía esta situación no la propondría como profesora de religión en el siguiente curso escolar por considerar que su postura no era coherente con la doctrina de la Iglesia Católica.
Al mes siguiente, el delegado incluyó el nombre de Resurrección Galera en la relación de profesores de enseñanza primaria que, después de prestar servicios en el curso 2000-2001, no eran propuestos al Ministerio para ser contratados al año siguiente, lo que supuso su no renovación.