En el Consejo de Ministros del día 17 inició su camino hacia su promulgación oficial, la nueva Ley que reforma la Enseñanza. Sobre la nueva Ley no quiero de momento pronunciarme en espera de noticias más completas, pero sí quiero expresar lo que pienso sobre la Ley actual, todavía en vigor, en relación con la pederastia.
En la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de Marzo, de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo, más conocida como Ley del Aborto, podemos leer lo siguiente: «Artículo 5. Objetivos de la actuación de los poderes públicos. 1. Los poderes públicos en el desarrollo de sus políticas sanitarias, educativas y sociales garantizarán: a) la información y la educación afectivo sexual y reproductiva en los contenidos formales del sistema educativo. b) El acceso universal a los servicios y programas de salud sexual y reproductiva… e) La educación sanitaria integral y con perspectiva de género sobre salud sexual y salud reproductiva.»
«Artículo 8. Formación de profesionales de la salud. La formación de profesionales de la salud se abordará con perspectiva de género e incluirá: a) La incorporación de la salud sexual y reproductiva en los programas circulares de las carreras relacionadas con la medicina y las ciencias de la salud , incluyendo la investigación y formación en la práctica clínica de la interrupción voluntaria del embarazo.»
Ante estos artículos, a cualquiera se le ocurren dos preguntas: 1ª ¿Qué significa perspectiva o ideología de género?; 2ª ¿En qué lugar o materia del currículo escolar hay que dar esa educación afectivo sexual con perspectiva de género? La respuesta a la segunda pregunta es fácil: en la asignatura Educación para la Ciudadanía.
Como la ideología de género la he explicado varias veces, voy a ser muy breve, salvo en lo que concierne a la pederastia. En la ideología de género el ser humano puede escoger libremente su sexo. En esta mentalidad, el hombre y la mujer eligen su sexo y lo podrían cambiar, cuantas veces lo estimen oportuno, hasta el punto de que las diferencias entre hombres y mujeres no tienen relación con las causas naturales o biológicas, sino que se deben a determinaciones sociales. Por supuesto no hay que admitir límites en el terreno sexual ni hay ningún criterio discriminante entre lo lícito y lo ilícito, lo normal y lo anormal, siendo, por tanto, permisibles y moralmente iguales todas las relaciones sexuales voluntarias, significando para ellos el ser responsable tan sólo el tomar precauciones contraceptivas a fin de evitar embarazos no deseados.
El matrimonio pasa a ser una institución a combatir. La sexualidad es una relación de poder y el matrimonio es la institución de la que se ha servido el hombre para oprimir a la mujer. El matrimonio y la familia son dos modos de violencia permanente contra la mujer y por tanto instituciones a combatir.
Y ahora llegamos ya a la pederastia. Por supuesto soy un adversario decidido de ella y considero con la Iglesia que es un pecado muy grave, de los peores que se pueden cometer y no puedo por menos de recordar la durísima frase de Jesús sobre el que escandaliza a un pequeño (Mt 18,6). La pederastia o corrupción de menores realizada por un sacerdote o religioso me parece, por supuesto, un pecado gravísimo absolutamente intolerable.
Pero precisamente por ello no logro entender a aquéllos que, criticándolo ferozmente en los sacerdotes y religiosos, les parece fenomenal en el campo educativo. Es evidente que no lo llaman pederastia, sino libertad sexual de niños, jóvenes y adolescentes, que suena más bonito, pero la realidad es la misma. Lo único que cambia es el modo de llamarlo. Lo que antes se llamaba corrupción de menores, pasa a ser práctica recomendable. La igualdad radical es un principio básico de esta ideología que pone la sexualidad al servicio del placer y como los órganos sexuales los tenemos para algo, es decir para usarlos, se alienta no sólo la masturbación, sino también las relaciones sexuales de toda clase, también entre menores. Es un estilo de vida que mira a la promoción de la homosexualidad, del lesbianismo y de todas las formas de sexualidad fuera del matrimonio. Se pretende enseñar que cada uno puede hacer con el cuerpo lo que uno quiera, evitando, eso sí, el embarazo y la natalidad. Pero si esto sucediera, el aborto es un derecho básico. Las leyes son la moral del Estado y esto está en las leyes. Con estos antecedentes, es fácil comprender que se esté enseñando a niños y niñas a que aprendan a masturbarse y hasta que se acuesten juntos. Lo que no logro entender es si chicos y chicas de doce, trece años pueden hacer esto, e incluso tal vez antes, pues no sé dónde está el límite, ya que la Ley del Aborto en su artículo 5 b) garantiza «el acceso universal a los servicios y programas de salud sexual y reproductiva», es decir sin límite de edad, por lo que ¿qué inconveniente hay en que lo hagan con gente mayor?, pero ¿no es esto corrupción de menores y pederastia?
Sólo por este motivo, y sin contar que hay muchos más, estaría encantado que desaparezca la actual Ley de, o más bien contra, la Educación. Pero recuerdo que la Ley del Aborto sigue en vigor.
P. Pedro Trevijano, sacerdote