Acabamos de saber que la Iglesia de la Cienciología ha dado el paso de solicitar la condición de confesión religiosa de "notorio arraigo". Ya a primeros del mes de noviembre del año pasado nos despertábamos con la siguiente noticia en los medios de comunicación: la Audiencia Nacional ha ordenado la inscripción de la Iglesia de la Cienciología en el Registro de Entidades Religiosas (RER) del Ministerio de Justicia. Es decir, se la reconocía legalmente como asociación religiosa, y a partir de entonces puede disfrutar de los beneficios de tal estatus. La sentencia llenó de satisfacción a los miembros de este movimiento, como es lógico. Pero también despertó el asombro y la inquietud de muchos, ya que se reconocía a un grupo muy controvertido en todo el mundo, acusado por expertos, estudiosos y antiguos adeptos, y con un historial nada recomendable. ¿Por qué ha pasado esto? Veamos el trasfondo.
En primer lugar, y lo puedo afirmar sin rubor alguno, es algo que se veía venir. Yo, al menos, lo veía. Porque en el año 2001 “le tocó” a la Iglesia de la Unificación, la secta fundada por el reverendo Moon. Entonces lo hizo el Tribunal Constitucional, que le dio la razón a este movimiento en un recurso de amparo frente a la decisión anterior de no inscribirlos en el RER. En esa decisión –al igual que en la que estamos comentando ahora sobre la Cienciología– había tenido una palabra de importancia la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, órgano consultivo que tiene el Estado para estos asuntos, y que está formada por destacados expertos de diversas confesiones religiosas.
Aquello también era predecible: los “unificacionistas”, tras la denegación, acudieron a la Audiencia Nacional, después al Tribunal Supremo y, por último, al Tribunal Constitucional, la más alta instancia jurídica en España. Obtuvieron la victoria legal, a pesar del informe desfavorable de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, y desde entonces están inscritos en el RER. Según aquella sentencia, “la Administración no debe arrogarse la función de juzgar el componente religioso de las entidades solicitantes del acceso al Registro”. Claro que el Estado no puede decidir qué es religión y qué no. Pero para eso hay un comité de expertos. Sin embargo, cuatro magistrados emitieron un voto particular contrario, argumentando que la Iglesia de la Unificación ya disfrutaba de la libertad religiosa, siendo improcedente su inscripción. Según ellos, “se sabe, pues, lo que Moon y los suyos han hecho fuera de España. Una medida prudente, jurídicamente bien fundada [...] es negar a la Iglesia de Unificación el plus de protección estatal”.
En fin, este caso sentó jurisprudencia, como es lógico, y en esto se han basado los magistrados para cambiar en el 2007 el rumbo en el tratamiento de este país a la Cienciología. No es algo que deba sorprendernos. Además, la secta ha trabajado con ahínco en los últimos años para “demostrar” que se trata de una religión. Si en sus primeros años de existencia, a partir de los 50, cuando la fundara L. Ronald Hubbard, insistió en su aspecto de psicoterapia en su forma de Dianética, su última táctica ha sido presentarse como una religión más. Se han rodeado de académicos que han defendido su carácter religioso y han publicado vistosos libros para ello. Además de las ya conocidas declaraciones de los famosos que pertenecen a este grupo. Lo último es la solicitud, en septiembre de 2008, de la consideración de "notorio arraigo", algo que hasta hace poco servía para calificar a protestantes, judíos y musulmanes, y que han obtenido recientemente también los mormones y los testigos de Jehová.
Según la sentencia de la Audiencia Nacional del año pasado, “la inscripción de una entidad religiosa en el Registro implica, ante todo, el reconocimiento de su personalidad jurídica como tal grupo religioso, es decir, la identificación y admisión en el Ordenamiento jurídico de una agrupación de personas que pretende ejercitar, con inmunidad de coacción, su derecho fundamental al ejercicio colectivo de la libertad religiosa”. La Ley Orgánica de Libertad Religiosa “excluye de su ámbito de protección las actividades, finalidades y entidades relacionadas con el estudio y experimentación de fenómenos psíquicos y parapsicológicos, o la difusión de valores humanísticos o espiritualistas u otros fines análogos ajenos a los religiosos”. Y ahora se ha querido demostrar que la Cienciología sale de este ámbito más difuso para pertenecer a la esfera de lo religioso. ¿No está entrando la Justicia a decidir qué es religión y qué no? ¿No hay una contradicción? ¿O es que se acepta sin más lo que diga sobre sí misma la entidad demandante? Es una cuestión verdaderamente complicada, pero que tiene que hacernos pensar. ¿Cuáles son los efectos personales y sociales de un movimiento religioso? Y me refiero a los verdaderos, no a los mostrados en pomposas campañas publicitarias.
Se trata de algo que han repetido los cienciólogos en España por activa y por pasiva, con ocasión y sin ella: eran una minoría religiosa “perseguida”, marginada... Ahora, según ellos, ha llegado el reconocimiento del derecho que tienen a la libertad religiosa. Libertad religiosa sí pero, ¿a qué precio? Sobre la secta llueven las acusaciones de personas que muchas veces tienen que ocultarse en el anonimato por el temor que tienen a represalias y agresiones. Porque, según dicen, las ha habido, y las documentan. Acusan al grupo de ser un negocio, y de tener técnicas ciertamente mafiosas. Libertad para ellos, la hay. ¿Y para sus miembros? ¿Y para una sociedad en la que viven y actúan, y que tendrá más difícil su defensa ante Cienciología? A partir de ahora, habrá que mirar con atención y precaución a este grupo, que se presentará como lo que es a nivel jurídico, una entidad religiosa más. Serán legalizados si a fecha de hoy no lo han sido ya, como efecto de la sentencia. Supongo que con el nuevo nombre con el que se han presentado en este proceso: Iglesia de Scientology de España. Y todas sus organizaciones pantalla, que son muchas, y dedicadas a diversas funciones.
Luis Santamaría, diácono