Creo que es bueno que inicie este artículo haciendo una referencia a algo sin lo que no podemos entender el sacramento de la Penitencia: me refiero al secreto de confesión o sigilo sacramental.
El Catecismo de la Iglesia Católica hace referencia a él en los número 1467 y 2490: «Dada la delicadeza y la grandeza de este ministerio y el respeto debido a las personas, la Iglesia declara que todo sacerdote que oye confesiones está obligado a guardar un secreto absoluto sobre los pecados que sus penitentes le han confesado, bajo penas muy severas. Tampoco puede hacer uso de los conocimientos que la confesión le da sobre la vida de los penitentes. Este secreto, que no admite excepción, se llama ‘sigilo sacramental’, porque lo que el penitente ha manifestado al sacerdote queda ‘sellado’ por el sacramento» (nº 1467). Este secreto obliga sólo al confesor, no al penitente.
La obligación se funda: a) en el derecho natural, igual que otros secretos profesionales; b) en el derecho positivo divino: Jesucristo al instituir este sacramento no quiso infamar a la gente, sino establecer un rito de santificación. El «sensus Ecclesiae» siempre ha interpretado la ley del sigilo como absolutamente inviolable; c) en el derecho positivo eclesiástico, que castiga con sus penas más severas a los transgresores.
Nunca se puede violar el sigilo sacramental, aunque se hunda el mundo. Obliga ante cualquier persona, incluso ante el penitente mismo, pero en este caso sólo fuera de confesión, no siendo por tanto ruptura de sigilo el uso dentro de la confesión de cosas sabidas en otras confesiones del mismo penitente. En cambio cuando se charla fuera de confesión de cosas sabidas en ella, hay que empezar pidiendo permiso para ello al penitente.
Son objeto del sigilo: 1º) Todos los pecados del penitente en cuanto confesados en orden a la absolución, sean mortales o veniales. Los pecados son el objeto primario del sigilo. Con el término pecados se incluyen los pecados mortales aun en general y los veniales en especie.
2º) Objeto secundario del sigilo es todo lo que el penitente manifiesta, para explicar su pecado, a no ser que sean cosas públicas o conocidas extrasacramentalmente por el confesor. Entran en este ámbito las circunstancias, los objetos y los cómplices del pecado.
3º) Objeto accidental del sigilo es todo lo que se conoce exclusivamente a través de la confesión y no es conocido públicamente, pudiendo su manifestación hacer temer que ha habido revelación de la confesión, o al menos resulte gravosa para el penitente o simplemente haga odioso el sacramento. A menudo se trata de cosas que el confesor comprueba, aunque no las diga el penitente p. ej. algún defecto de éste.
La violación del sigilo puede ser directa o indirecta. La directa cuando se dice el pecado y el pecador. Es siempre pecado grave, aunque el pecado sea levísimo. Indirecta cuando sólo se dice el pecado o el pecador, pero con peligro de llegar al conocimiento del otro término.
«El confesor que viola directamente el sigilo sacramental incurre en excomunión latae sententiae (es decir automática) reservada a la Sede Apostólica»(CIC c. 1388 & 1 a). Es la sanción más severa que tiene la Iglesia y manifiesta la importancia que tiene este delito.
«Quien lo viola sólo indirectamente, ha de ser castigado en proporción con la gravedad del delito»(c. 1388 & 1 b).
Sobre este punto del sigilo recuerdo un día que confesé a varios alumnos que se preparaban para la confirmación, uno de ellos me dijo: «Recuerda, Pedro, que no puedes decir nada, que estás bajo secreto». Me hizo gracia y me dio vergüenza decir la verdad, que era que, aunque habían pasado pocos minutos, no tenía ni idea de lo que se había confesado. Sobre este punto me llama la atención que jamás he soñado sobre cosas sabidas en confesión y que tampoco he oído que un sacerdote delirando lo haya violado. Pero sobre todo donde veo la Providencia divina es que habiendo renunciado bastantes sacerdotes a su ministerio y siendo algunos muy enemigos de la Iglesia, sin embargo el sigilo sacramental lo respetan.
Por otra parte el secreto de confesión tiene mártires como san Juan Nepomuceno y cualquier sacerdote sabe que debe morir antes de no respetarlo.
Pedro Trevijano, sacerdote