El sacramento del perdón y las absoluciones colectivas

¿Cuales son las razones en que se fundan grandes Conferencias Episcopales, para decidir que la confesión auricular debe ser masivamente reemplazada por la absolución general? Es un tema de enorme importancia, sobre el cual debería evitarse la «incertidumbre y confusión en las conciencias»,

En el umbral de la Asamblea, dos signos de esperanza.

Estamos ya en el umbral cronológico, pero el título se refiere a los conceptos iniciales, al umbral conceptual que en octubre de 2013, significó la primera página del Documento Preparatorio para la Asamblea. Comenzaba su segundo párrafo indicando que en relación a la familia en el contexto de la evangelización, «hoy se presentan problemáticas inéditas hasta hace unos pocos años». Y el párrafo concluía con dos problemáticas muy significativas: «Pero, sobre todo, en ámbito más estrictamente eclesial, la debilitación o el abandono de fe en la sacramentalidad del matrimonio y en el poder terapéutico de la penitencia sacramental

Esta última problemática no quedó incluida de modo directo en el Cuestionario subsiguiente de 39 preguntas, pero es indudable su vinculación con el motivo mismo de la Asamblea.

Nos parece interesante señalar que los términos «poder terapéutico de la penitencia sacramental», coinciden exactamente con los utilizados por el Papa Paulo VI en la Audiencia General del 23 de marzo de 1977: «la Confessione il sacramento terapéutico per eccellenza». En esa Audiencia, el Pontífice indicó con total claridad que la absolución colectiva sólo podía autorizarse en casos particulares de carácter excepcional, y no como dispensa de la confesión personal, que valoró en altísimo grado. ( Dicha absolución colectiva, sin confesión previa de los pecados, apareció en la Iglesia con motivo de las dos guerras mundiales del siglo XX, en situaciones de peligro próximo de muerte. Paulo VI estableció en 1972 «Normas Pastorales» al respecto, que fueron mal interpretadas, obligándolo a estas intervenciones correctivas.)

Luego, el 20 de abril de 1978, en un Discurso a obispos de los Estados Unidos en visita «Ad limina», les recordó las palabras dirigidas a todos los Obispos de esa nación en la Carta con motivo de su bicentenario (1976) : «Pedimos suprema vigilancia en la cuestión de la confesión auricular». Y les añadió: «Hoy, explícitamente, os pedimos la observancia fiel de las normas (. . .) esta fidelidad será garantía de la eficacia sobrenatural de vuestra misión eclesial de reconciliación».

El tema del abandono de fe en el poder terapéutico de la penitencia sacramental fue sin duda objeto de apasionado interés para el Papa San Juan Pablo II. (El adjetivo «apasionado» responde a la concepción tradicional de que si un acto humano bueno es apasionado, es plenamente bueno). Convocó a la VI Asamblea General del Sínodo de los Obispos, y explicó la elección del tema. «A la hora de señalar un tema al Sínodo, me he encontrado plenamente de acuerdo con el sugerido por numerosos hermanos míos en el episcopado; esto es, el tema tan fecundo de la reconciliación en relación estrecha con el de la penitencia».

En la Exhortación Apostólica Post-Sinodal Reconciliatio et Paenitentia (La reconciliación y la penitencia en la misión de la Iglesia hoy), del 2 de diciembre de 1984, desarrolló ampliamente el tema en 35 puntos, y dedicó el Nº 33 a «La celebración del sacramento con absolución general». Refirió la cuestión al entonces nuevo -promulgado el 25/01/83- Código de Derecho Canónico, Cann. 961-963, señalando que sobre dichos cánones debía evitarse «todo tipo de interpretación arbitraria»

Aclaró categóricamente que la absolución general «no puede convertirse en forma ordinaria». El obispo que pueda autorizarla a modo de excepción, «dará este juicio sintiendo la grave carga que pesa sobre su conciencia».

Y concluyó: «Deseo inculcar en todos el vivo sentido de responsabilidad que debe guiarnos al tratar las cosas sagradas que no son propiedad nuestra, como es el caso de los sacramentos; o que tienen derecho a no ser dejadas en la incertidumbre y en la confusión, como es el caso de las conciencias. Cosas sagradas son unas y otras –los sacramentos y las conciencias- y exigen por parte nuestra ser servidas en la verdad. Esta es la razón de la ley de la Iglesia».

Pasaron luego 17 años y 4 meses. Y en ese lapso, el último Papa santo llegó a la conclusión de que su servicio a la verdad del perdón de Dios debía extenderse del llamado a obispos, (que ni obedecían ni daban razones valederas de su desobediencia), al llamado a Conferencias Episcopales. Fue la Carta Apostólica en forma de «Motu Proprio», Misericordia Dei, del 7 de abril de 2002, que en su Nº 6 disponía que, «siendo de importancia fundamental en una materia tan esencial para la vida de la Iglesia, la total armonía entre los diversos episcopados del mundo, las Conferencias Episcopales enviarán cuanto antes a la Congregación para el Culto Divino y la disciplina de los sacramentos, el texto de las normas que piensan emanar o actualizar, a la luz del presente Motu Proprio, para la aplicación del can. 961 del Código de Derecho Canónico». Pero si hubo respuestas, fue para dejarlo todo en suspenso . . .

Un distinguido teólogo, con muy importante intervención respecto a la sacramentalidad del matrimonio, ha destacado la conveniencia de que en la Asamblea Sinodal haya una discusión abierta, sin miedo a enfrentar determinados temas.

Y entonces, nos animamos a preguntar. ¿Cuales son las razones en que se fundan grandes Conferencias Episcopales, para decidir que la confesión auricular debe ser masivamente reemplazada por la absolución general? Es un tema de enorme importancia, sobre el cual debería evitarse la «incertidumbre y confusión en las conciencias», a que se refería San Juan Pablo II. Debería haber razones que expliquen la actitud ante las públicas aclaraciones pontificias, entre 1977 y 2002.

Los dos signos de esperanza señalados en el título de nuestro aporte, se referían a la decisión eclesial de enfrentar el desafío de las nuevas problemáticas, vinculadas a «la debilitación o el abandono de la fe en la sacramentalidad del matrimonio y en el poder terapéutico de la penitencia sacramental». Con el lema paulino, creciendo en la verdad por el amor, mantenemos esa esperanza.

 

+ Jorge Luis Lona, obispo emérito de San Luis (Argentina)

13 comentarios

Josep Antoni
Yo, no soy ningún teólogo, soy un católico que desea cumplir con la doctrina predicada por Jesucristo y ser fiel al enunciado y al contenido de la misma. No busco subterfugios ni interpretaciones varias.

Según el evangelista Juan en 20 21-22 relata lo que Jesucristo les dijo: "La paz esté con vosotros. Como el Padre me envió, así os envío yo. Dicho esto sopló sobre ellos y les dijo: Recibid el Espíritu Santo, a quienes les perdonéis los pecados, les son perdonados; a quienes se los retengáis, les son retenidos".

De ésta afirmación de Jesús arranca el maravilloso Sacramento del Perdón (la Confesión o Penitencia) que yo además le añado "de la alegría". Yo me pregunto, si se da la absolución general a todo el mundo ¿como se aplica el párrafo a quienes se los retengáis les son retenidos? ¿como puede el sacerdote que imparte la absolución general calibrar la gravedad del pecado, mas los agravantes que pudieran acaecer en dicho pecado?. Realmente no pienso pontificar ya que como digo soy un católico común, y necesito que se me oriente.

Sin embargo,las directrices de la Iglesia, son que la Confesión debe ser personal, auricular y secreta, con lo cual no se adapta la Confesión Comunitaria. La obediencia es básica para la fidelidad y el amor a Dios; por la desobediencia entró el pecado en el mundo y por la obediencia Jesús aceptó la muerte de Cruz para nuestra redención la cual nos abrió de nuevo las puertas del cielo. La Iglesia ya nos indicó la manera de actuar de sus hijo
4/10/14 7:27 PM
TH
"¿Cuales son las razones en que se fundan grandes Conferencias Episcopales, para decidir que la confesión auricular debe ser masivamente reemplazada por la absolución general?"

No he tenido ninguna noticia de esto. Una Conferencia Episcopal no tiene autoridad para derogar ninguna parte del Derecho Canónico, y a mi entender la norma está más que clara.
Creo que este obispo exagera.
4/10/14 7:49 PM
abc
La causa más importante del desatre moral y intelectual de los cristianos de hoy día es que no se con fiesan con el sacerdote. Y el pecado los va carcomiendo como una carcoma en el alma y se van resquebrajando y se quedan sin ánimos ni arrestos para todo. Lo que quita el pecado y da la alegría de vivir es el perdón de los pecados en el sacramento de la Confesión. Así de simple.
4/10/14 10:01 PM
Cándido
Nos da la impresión que volvemos a tiempos felizmente superados. También nos da la impresión que la confesión auricular les cuesta mucho tato a SACERDOTES como a fieles.
5/10/14 12:27 AM
Tomás Bertrán
El Papa Francisco ha dicho que las lucecitas de los confesionarios deben estar encendidas.
Y sobre la vergüenza que uno puede sentir ante el confesor al contarle nuestras debilidades, que es bueno, ya que si no sintiéramos vergüenza, seríamos unos sinvergüenzas (sic).
6/10/14 5:58 AM
julia
Quien no se confiesa directamente con el sacerdote, es pq no quiere;el sacerdote aunque haga una confesión comunitaria,cada vez q alguien solicita sus servicios, los tiene.Por lo menos es lo q yo he vivido en mi parrquia.
6/10/14 12:30 PM
TooMach
La celebracion comunitaria del sacramento de la penitencia es una ceremonia con la presencia de muchos sacerdotes y muchos penitentes. Es una respuesta a la obligacion de confesar los pecados graves de los que se tenga conciencia por lo menos una vez al año. La realidad cotidiana es qu
e no siempre puede estar presente el sacerdotr para escuchar confesiones antes de la eucaristia y menos los fines de semana y no vas a estar buscandole. La verdad es que la confesion y la penitencia es un sacramento que ha caido en desuso y que somos unos inconscientes que no sabemos lo que hacemos.
6/10/14 3:14 PM
Mons.Jorge Luis Lona, Obispo emérito de San Luis, Argentina
Respuesta a TH.
En la Carta Apostólica y "Motu Proprio" Misericordia Dei,de abril de 2002, San Juan PabloII dispuso, para todas las Conferencias Episcopales de la Iglesia, que "cuanto antes" comunicaran las normas con que actualizarían su armonía con la Santa Sede y con los diversos episcopados del mundo. Es DE CONOCIMIENTO PUBLICO que no todas las Conferencias dieron esa respuesta. No cabe hablar de "exageración".
Sólo se propone que si no hay temor a tratar ciertos temas - este tema que fue señalado como uno de los dos más importantes en el Documento Preliminar- sea objeto de razonable clarificación, en caridad y prudencia, y en obvio acatamiento a lo que disponga Su Santidad el Papa Francisco.
7/10/14 10:51 PM
Mons.Jorge Luis Lona, Obispo emérito de San Luis, Argentina
Respuesta a Cándido.
Se queda usted corto. La confesión auricular le puede costar mucho no sólo a SACERDOTES como a fieles, sino también a OBISPOS. Le puede costar mucho a NUESTRA SOBERBIA, que ODIA pedirle perdón no sólo a Dios, sino también a los demás seres humanos. Y que desde luego, también ODIA perdonar, si alguien llega a ofenderla. Si usted se cree suficientemente humilde, desconfíe. Un gran pensador cristiano dijo que no hay señal más clara de una soberbia empedernida, que el creerse suficientemente humilde. TODOS SOMOS SOBERBIOS, y nuestra vida es una lucha cotidiana contra ese primer pecado del ser angélico y del ser humano.
En cuanto a que sea una situación feliz el no tener que pedir perdón a Dios (ni por lo tanto a los demás, ni tampoco perdonar), basta con mirar los periódicos para ver más claro.
Quizás su dificultad se refiera al hecho de que el sacramento del perdón sea administrado por un ser humano presbítero u obispo. No fue iniciativa de la Iglesia, sino mandato de Jesús:
"Recibid el Espíritu Santo; a quienes les perdonéis los pecados,
les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan
retenidos"(Juan 20, 22-23).
Y ese servidor del perdón, que recibe al penitente, no puede ser confesor de si mismo, sino penitente ante otro.
Sólo si vive así su propia penitencia, podrá ponerse en el lugar del que viene a su encuentro, y ser no sólo padre, sino su
hermano confesor.
8/10/14 11:09 PM
Mons.Jorge Luis Lona, Obispo emérito de San Luis, Argentina
Respuesta a Julia.
La enseñanza sobre el perdón de Dios, con confesión y absolución INDIVIDUAL como ÚNICO MODO NORMAL DE CELEBRACIÓN DEL SACRAMENTO, nunca ha sido modificada por la Iglesia Católica. Lo que usted llama CONFESIÓN COMUNITARIA es lo que San Juan Pablo II recordó que sólo puede tener "carácter de excepción, Y POR LO TANTO NO QUEDA A LA LIBRE ELECCIÓN", ni de fieles, ni de sacerdotes, ni de determinados Obispos, ni de determinadas Conferencias Episcopales. Es ley de la Iglesia, y en tanto no se modifique, debería ser observada por todos.
Es muy loable que usted se preocupe personalmente por cumplirla, y lo logre en su parroquia. Pero sería muy loable también que su párroco le informara a los fieles cuales son esas CONDICIONES EXCEPCIONALES, DE GRAVE NECESIDAD -aprobadas por su Obispo y por la Conferencia Episcopal- que le permiten celebrar el rito de la reconciliación de varios penitentes con confesión y absolución general.
9/10/14 12:03 AM
Luis Fernando
Lo siento, monseñor, pero los comentarios en las noticias y los artículos de opinión no se pueden editar. O se borran o se dejan tal cual. Tiene que escribirlo de nuevo. Entonces borramos el primero.
9/10/14 8:12 PM
Mons.Jorge Luis Lona, Obispo emérito de San Luis, Argentina
Respuesta a TooMuch
La "celebración comunitaria" SIN ABSOLUCIÓN COLECTIVA, está incluida en el procedimiento normal.
Pero, para evitar el USO INDEBIDO de la absolución colectiva, el sacerdote DEBE estar presente TODO EL TIEMPO QUE NECESITE para cumplir con su responsabilidad pastoral. Dijo categóricamente Paulo VI a los Obispos de EEUU (20/4/78): "Los sacerdotes pueden verse obligados a posponer o incluso a dejar otras actividades por falta de tiempo, PERO NUNCA EL CONFESIONARIO".
Por su parte, el penitente debe estar dispuesto a buscar al sacerdote todo el tiempo necesario para hallarlo. No solamente un breve rato, algún fin de semana antes de la Eucaristía, lo cual indicaría que le concede muy poca importancia al perdón de Dios.

Lamentablemente, es verdad que la confesión y penitencia sacramental "ha caído en desuso". Pero eso no significa que Dios esté dispuesto a DEJAR CAER el sacramento de Su perdón. Aunque la situación llegara a ser aparentemente tan desastrosa como pareció serlo en la sinagoga de Cafarnaún (Jn 6,67), Jesús volvería a preguntarles, como entonces, a los últimos confesores y a los últimos penitentes:"¿También vosotros queréis marcharos?". Y les infundiría la fe, esperanza y amor, que hicieron posible la primera evangelización, renovándola ahora hasta el fin de los tiempos.
Dios no nos abandonará a un "sacramentalismo" tan vacío, que su signo del perdón de los pecados, prescinda de todo reconocimiento consciente de los mismos por parte del pecador
9/10/14 11:17 PM
Hortensia
Estimado Monseñor en Ntro. Señor: hace desgraciadamente muchos años que se viene practicando en la Iglesia el doble discurso. Por un lado la doctrina (a la que casi no se la enseña ) y por otro lo que llaman la pastoral, completamente opuesta a ésta. Dijo Pablo VI que había penetrado el humo de satanás en la Iglesia. Y la relatio de este sínodo y los invitados que llevan a dar testimonio, nos habla a las claras de ello.
16/10/14 1:07 AM

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