La formación religiosa y moral contribuye al crecimiento y maduración de la personalidad de los alumnos dado que aporta un conocimiento profundo y científico sobre el Hecho Religioso y, en concreto, del Cristianismo. Guste o no guste el Cristianismo ha sido y es motor de nuestra civilización.
Esto es, la materia de Religión ofrece una explicación ordenada y razonada de los fundamentos –pasados y presentes- de nuestra sociedad y de nuestra cultura (ciencia, artes y música, filosofía…). Esta transmisión de conocimientos y valores no se realiza en solitario sino que se lleva a cabo en relación con los demás saberes, quedando integrandos en el conjunto de los conocimientos escolares. Es por ello que la clase de religión católica está abierta a todo tipo de alumnado ya sean cristianos, no cristianos o ateos.
En consecuencia la clase de religión no es catequesis. La catequesis en la parroquia está dirigida a los que desean ser cristianos y a los que ya son cristianos pero quieren aumentar y mejorar su Fe. La catequesis educa y mejora en la Fe. Por su parte, la Religión en la escuela y en la universidad trata sobre el hecho religioso humano –y en concreto sobre el hecho religioso cristiano- de manera racional, intelectual y científicamente. Es, por lo tanto, una materia científica más igual que la historia, las matemáticas, la geografía, la física, el arte, la música, la educación física, las ciencias naturales, la filosofía.
La clase de Religión: más que una simple transmisión de conocimientos
Asimismo multitud de valores tan diluidos en nuestro día a día -como el respeto, la dignidad, el perdón, la responsabilidad, el cumplimiento del deber, la honestidad, entre muchos otros- suelen estar muy presentes en el transcurso de las clases de religión. Estos valores quedan enraizados en Jesucristo, pero no por ello quedan invalidados para el resto de alumnos y sus familias. Ante la actual crisis moral, económica, social, política e institucional por la que estamos pasando, se hace muy necesario enraizar a los jóvenes en valores sólidos y firmes de Verdad, de Justicia, de Bien, de Amor.
Un derecho
La clase de religión es un derecho establecido en la Legislación Española (autonómica y Estatal) y en la Legislación Internacional: la Constitución española, art. 27.3 y 10.2, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) artículo 26.3 y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y culturales (ONU 1966) artículo 3, o la Convención Europea sobre los derechos del Hombre y de las Libertades Fundamentales, entre muchas otras legislaciones internacionales firmadas por España.
En esta legislación queda asentado que el Estado no tiene el derecho a enseñar, sino que son los padres los que tienen este derecho. El Estado sólo es el encargado de dar servicio educativo para hacer realidad el derecho de los padres.
Por lo tanto, La exclusión de la enseñanza religiosa de la escuela pública vulneraría este derecho fundamental recogido en toda la legislación autonómica, estatal e internacional.
Por lo que respecta a la Iglesia Católica, ella es también encargada de dar este servicio educativo aportando todo su bagaje espiritual, humanístico, religioso, teológico, moral, científico, artístico, cultural. Este encargo parte del propio Jesucristo: «Id y enseñad a todas las gentes».
España no es diferente a los países europeos: la religión materia fundamental
En todos los países europeos, excepto Francia, existe la clase de Religión en todos niveles y cursos de la enseñanza pública, concertada y privada. Por ejemplo Alemania, Italia, Bélgica o Portugal. Y al Igual que en España la materia de Religión es equiparable a cualquier otra materia, con la consideración de materia fundamental.
Asimismo en todos los países europeos, excepto en Francia, la materia de religión es de obligada oferta para los centros escolares, es evaluable y opcional para las familias. Si un centro no ofrece la materia de religión los padres pueden acudir al obispado y a los servicios de inspección educativa y presentar denuncia.
La materia de religión en números
Actualmente en toda España hay cerca de 15.000 profesores de religión impartiendo clases en los diversos niveles de la enseñanza pública. A ellos se les debe sumar los profesores que imparten religión en la enseñanza concertada y privada. La mayoría de los profesores de religión son laicos.
En los últimos 12 años en la Educación Primaria los padres que eligieron la enseñanza religiosa católica fueron el 83% en la Escuela Pública, y el 98% en la Escuela Católica (ya concertada y privada). El porcentaje baja en la Educación Secundaria. Las causas de este descenso son variadas, entre las que destaca: que a los padres se les ha hecho creer que la nota de Religión Católica no cuenta en la ESO y en el Bachillerato.
La nota de Religión cuenta tanto en la ESO como en el Bachillerato. Ahora bien, en el Bachillerato la nota de religión no es tenida en cuenta para el resultado del examen de selectividad y acceso a la universidad. Tampoco cuenta para la obtención de becas.
Esta es la situación real de la materia y clase de religión en España y en el resto de países europeos. Porque estamos en un contexto de estados que se definen no-confesionales, lo cual quiere decir que el Estado no tiene confesión religiosa, pero la sociedad sí tiene confesiones religiosas que el Estado debe preservar y apoyar. Así lo reconocen y establecen las leyes europeas e internacionales.
Por lo tanto, toda confesión religiosa con acuerdo o convenio con el Estado (católica, ortodoxa, evangélica, judía, islámica) tiene derecho hacerse presente en la sociedad y a enseñar (en toda la red educativa) su propia manera de entender y ver la vida. Este derecho se reafirma más aún hoy en día, en una sociedad plural y multicultural.
Antonio R. Peña
Profesor de Religión IES Pompeu Fabra.
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