Decíamos en nuestro artículo anterior que «el ser humano, por el hecho de serlo, tiene una dignidad y una serie de derechos intrínsecos propios de su naturaleza, comprensibles por la razón y que los demás, incluido el Estado, deben respetar». El fundamento de estos derechos es que hay un Ser Supremo, al que llamamos Dios, que nos tiene bajo su protección. Si no existiese, seríamos los humanos los seres más importantes de la Creación y nuestros derechos no tendrían otro fundamento que nosotros mismos y, por tanto, estaríamos sujetos a la ley del más fuerte. Gracias a que existe una Verdad objetiva, superior a nosotros, alcanzable, aunque no plenamente, por la razón, podemos discernir el bien del mal, la verdad de la mentira. Por ello, tras los horrores de la Segunda Guerra Mundial, se elaboró por la ONU en 1948 «La Declaración Universal de los Derechos Humanos», que contiene, en un documento de treinta artículos, la lista de los derechos fundamentales del ser humano, lista que son mis derechos, pero también mis deberes para con los demás.
Como hoy nadie puede hablar contra los derechos humanos sin encontrarse con un rechazo general, aquéllos que no creen ni en la verdad ni en el bien, es decir los relativistas, intentan hablarnos de «nuevos» derechos humanos y así queda bonito, pero el criterio que debemos utilizar para distinguir los verdaderos de los falsos derechos, es muy sencillo: los verdaderos derechos son los que están de acuerdo con la Declaración de 1948. Los que no lo están son todo, menos derechos, o por lo menos, así debieran ser considerados.
He aquí los artículos no respetados por nuestros amigos progres: He repasado la hemeroteca y veo que la FETE-UGT de mi tierra se opuso a que los profesores de Religión entrasen en la Seguridad Social y se les pagase por su trabajo, (no me lo invento y está escrito por ellos en el periódico local La Rioja; creo que ni el sindicato más extremista de empresarios se atrevería a unirse a esta petición de un sindicato que se dice de trabajadores), por lo que violaron los siguientes artículos de la citada Declaración: art. 2 & 1 (no discriminación por razón de la religión); art. 7 (la Ley protege a todos por igual); art. 18 (libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, libertad de manifestar y enseñar la religión). En este artículo está además el problema de la objeción de conciencia, que Comisiones Obreras no respeta, porque para ellos los derechos colectivos prevalecen sobre los individuales; art. 19 (libertad de opinión y de expresión); art. 22 (derecho a la Seguridad Social); art. 23 & 2 y 3 (derecho percibir un salario como consecuencia de su trabajo). FETE-UGT también se opuso a que los profesores de Religión pudiesen votar en las elecciones del personal laboral del Ministerio de Educación, lo que el Juzgado de lo Social de Burgos calificó como «aberración jurídica que no tiene cobijo en ningún tipo de disposiciones».
«Art. 3. Todo individuo tiene derecho a la vida». Aquí uno no puede por menos de acordarse del aborto, considerado incluso un derecho de la mujer, sin tener en cuenta que nadie puede matar a un inocente, de la investigación con embriones, perfectamente inútil en lo científico, pero subvencionada con cuantioso dinero público, de la eutanasia, y hasta del terrorismo, pues los terroristas, según Zapatero son partidarios de la paz y representan el futuro (en esto puede que tenga razón, pues entre él, el Constitucional y la dejación de los demás les hemos abierto la puerta incluso para gobernarnos).
El artículo 16 hace referencia a la familia como «elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado». Si creemos que la institución familiar merece la pena, debemos esforzarnos en que la ley la proteja, cosa que desde luego no sucede en España, y en consecuencia la situación de las parejas no casadas no puede ponerse al mismo nivel que el matrimonio, porque una equiparación jurídica de cónyuges y conviventes, al no tener en cuenta que derechos y deberes son correlativos, daña a ese pilar básico de la sociedad que es el matrimonio. No se protege convenientemente a la familia matrimonial con su exigencia de estabilidad al equipararla con otras formas de conducta sexual en las que no se exige ningún tipo de compromiso.
Pero donde especialmente rizan el rizo nuestros progres es en la cuestión de educación. A imitación de nazis y comunistas, se trata de conseguir que sea el Estado el que eduque a los hijos y no, como dice la Declaración en el art. 26 & 3 los padres quienes «tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos». Y si alguien piensa que exagero, le recomiendo la lectura de los números 27 y 30 de la Encíclica de 1937 de Pío XI, Mit brennender Sorge contra los nazis y si lo que dice allí es aplicable o no a nuestros actuales progres.
Siempre he pensado que hay que ser progresista, pero por progresista entiendo quien está a favor de los derechos humanos. Como acabamos de ver esto no sucede con nuestros progres, que no son en consecuencia sino un hatajo de retrógrados a quienes se les paró el reloj en 1968, o tal vez antes. Al no reconocer que los derechos de las personas son anteriores, inalienables y no supeditados a las leyes del Estado, ello les convierte en personas inmorales y totalitarias.
P. Pedro Trevijano, sacerdote