(83) La ley de Cristo –IV. católicos protestantes
–Dice usted unas verdades muy gordas.
–Es cierto, las del Catecismo. Pero el calificativo que usted emplea no me parece el más adecuado.
Católicos falsos. Las normas universales de la Iglesia unas veces son doctrinales (dogmas) y otras conductuales (cánones); es decir, son «definitiones et declarationes de fidei et morum». Los católicos verdaderos reciben las enseñanzas y los mandatos de la Iglesia, mientras que los católicos falsos admiten unos dogmas sí y otros no, aceptan unas normas canónicas y resisten otras. No se hacen, pues, como niños para entrar en la Iglesia, Madre y Maestra, sino que «los pensamientos y caminos» que siguen son los que ellos deciden (cf. Is 54,9).
Es por tanto exacto en estos casos hablar de católicos falsos. El Diccionario de la Real Academia entiende por falso, en su primera acepción, «engañoso, fingido, simulado, falto de ley, de realidad o de veracidad». También pueden ser llamados católicos anómicos, porque no ajustan a la ley eclesial ni su pensamiento ni su conducta. O católicos protestantes, que no admiten ni dogmas ni cánones.