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A continuación reproduzco el artículo editorial.
No al proyecto de Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida
Equipo de Dirección
1. El proyecto de Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida
El miércoles pasado (9 de octubre de 2013) el Senado uruguayo aprobó por unanimidad (30 votos en 30) un proyecto de Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida que atenta gravemente contra el orden moral objetivo de muchas maneras distintas. El proyecto pasó a la Cámara de Diputados. Hasta el momento el debate público sobre este proyecto ha sido muy escaso, por no decir casi inexistente. No obstante, vale la pena destacar un aporte de Mons. Alberto Sanguinetti, Obispo de Canelones, en su blog.
No hemos podido conseguir aún el texto completo del proyecto de ley aprobado. Sin embargo, a partir de un conocimiento genérico del tema del proyecto y de las actas de la Comisión del Senado que lo analizó, podemos hacernos la siguiente idea aproximada.
La técnica de reproducción humana artificial más utilizada actualmente es la FIVET (fecundación in vitro con transferencia de embrión). De hecho la FIVET está muy ligada con prácticas abortivas, como la selección embrionaria y la reducción embrionaria. Por ejemplo, es normal que se fecunden in vitro ocho óvulos y se transfieran al útero sólo tres embriones. Esta “selección embrionaria” se realiza con criterios eugenésicos: se seleccionan para ser transferidos los embriones que parecen tener más probabilidades de supervivencia y de desarrollo normal. Los demás embriones (los “embriones sobrantes”) son eliminados, congelados o utilizados para fines de investigación o experimentación (al parecer el proyecto en cuestión permitirá la investigación con “embriones sobrantes”). Si son congelados, es poco probable (por razones eugenésicas) que sean transferidos al útero más adelante. Lo más frecuente es que, si sobreviven a la congelación, sean mantenidos en el estado de crio-conservación durante el tiempo requerido por la reglamentación (el proyecto en cuestión no regula este aspecto) y luego sean “descartados”.
La probabilidad de aborto espontáneo en un embarazo producido mediante FIVET es bastante mayor que en un embarazo producido por medios naturales. Sigamos con nuestro ejemplo. De los tres embriones transferidos al útero, es frecuente que no prospere ninguno. A menudo se requieren varios ciclos de FIVET (por ejemplo cuatro o cinco) para lograr un parto exitoso, lo cual hace que la FIVET sea una técnica muy costosa en términos económicos y psicológicos. Pero también ocurre a veces que sobreviven dos de los tres embriones o los tres. En ese caso se suele practicar la “reducción embrionaria”: por medio de otra intervención técnica se eliminan algunos de los embriones transferidos, para dar mayores posibilidades de sobrevivencia y de desarrollo normal al embrión restante (o los embriones restantes).
Resulta alentador que recientemente un Tribunal uruguayo haya dictaminado que los embriones humanos no pueden ser desechados ni manipulados.
El proyecto de ley en cuestión permitiría aplicar las técnicas de reproducción artificial no sólo a matrimonios (heterosexuales), sino también a parejas de concubinos y parejas homosexuales. También permitiría en algunos casos la “maternidad sustitutiva”: una mujer gesta a un hijo en su vientre con el compromiso de entregarlo a otra (para que lo críe como hijo suyo) después de su nacimiento.
Generalmente las parejas que recurren a las técnicas de reproducción artificial son estériles o han sido diagnosticadas como tales, por lo que lo más frecuente es que la fecundación asistida se lleve a cabo utilizando gametos de “donantes” de esperma o de óvulos. Estos “donantes” suelen estar impulsados por motivos pecuniarios, porque las clínicas de reproducción asistida les pagan “viáticos” considerables.
Por lo general esos “donantes” son y permanecen anónimos para los “beneficiarios” de la reproducción asistida heteróloga. Salvo en algunos casos muy especiales, el proyecto de ley en cuestión impediría a las personas concebidas con el concurso de terceros conocer la identidad de su progenitor biológico “donante” de esperma o de óvulos. A la larga esto puede ser para ellas una causa de grandes sufrimientos. En el sitio Anonymous Us se pueden leer muchos testimonios sobre las experiencias y los sentimientos (a menudo muy perturbadores) de personas concebidas por medio de donantes anónimos de esperma u óvulos o de maternidad sustitutiva.
Las técnicas de reproducción artificial, consideradas en sí mismas, permiten muchas otras aberraciones que habría que tener muy en cuenta en un análisis más detallado, una vez que se dé a conocer a la opinión pública el texto completo del proyecto de ley. Por ejemplo, un solo donante de esperma podría engendrar a un número enorme de hijos (lo cual, entre otras cosas, aumentaría el riesgo de incesto involuntario); también podría ocurrir que, gracias a la crio-conservación, uno sea engendrado por un muerto, si el gameto utilizado proviniera de una persona ya fallecida; y un largo etcétera…
2. La doctrina católica sobre las técnicas de reproducción humana artificial
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